• Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JAVIER PIÑONOSA ROS
  • Nº Recurso: 334/2024
  • Fecha: 12/12/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Audiencia Nacional estima la demanda interpuesta por el Sindicato CGT, a la que se adhieren los sindicatos CCOO y CIG, contra la empresa CONCENTRIX CVG SERVICIOS INFORMÁTICOS SL y declara nula y no ajustada a derecho la decisión unilateral acordada por la empresa de no hacer entrega de la cesta de Navidad a las personas trabajadoras de los centros de Olivenza y A Coruña. Se considera la existencia de una condición más beneficiosa de tales trabajadores que no puede ser suprimida unilateralmente por la empresa sin acudir al procedimiento de Modificación Sustancial de Condiciones de Trabajo. Al efecto sigue reiterada doctrina de la Sala IV del Tribunal Supremo.
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JAVIER PIÑONOSA ROS
  • Nº Recurso: 317/2024
  • Fecha: 11/12/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Audiencia Nacional desestima la demanda de impugnación de Convenio colectivo interpuesta por el sindicato por la Confederación Intersindical Galega (CIG) frente al Grupo Eroski en la que se pretendía la declaración de ilegalidad del Acuerdo de modificación parcial del VII Convenio colectivo de Supermercados Grupo Eroski pactada entre el Grupo Eroski y las representaciones de los sindicatos FETICO, CCOO y UGT. Se aprecia la excepción de inadecuación de procedimiento al no alegarse infracción de normas legales de derecho necesario que justifiquen acudir a la modalidad procesal de Impugnación de Convenio.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: EDUARDO CALVO ROJAS
  • Nº Recurso: 315/2023
  • Fecha: 09/12/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se impugna el Real Decreto 821/2021, de 28 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la realización de actividades de interés general consideradas de interés social, correspondientes a la Secretaría de Estado de Derechos Sociales. La diferencia de trato con las beneficiarias sin experiencia no parece desproporcionada, ni contraria al principio de igualdad, ni exorbitada, sino razonable y coherente con la eficiencia que persigue. El RD 821/2021 no infringe las normas del procedimiento administrativo común ni del procedimiento general de subvenciones por no prever expresamente la motivación de las resoluciones y su notificación a todos los interesados, dado que aunque no lo indique expresamente, la propuesta de resolución «provisional» debe ser motivada y debe notificarse a todos los solicitantes de las subvenciones, quienes además disponen de un trámite de alegaciones. Esa notificación debe ser sometida al trámite de audiencia de todas las partes interesadas no solo de las beneficiarias. Y es claro que la resolución final debe ser notificada a los solicitantes.
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JAVIER PIÑONOSA ROS
  • Nº Recurso: 54/2022
  • Fecha: 09/12/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Audiencia Nacional desestima la demanda interpuesta por la Federación Sindicat D’estalvi de Catalunya – Sindicato de Empleados de Crédito (FEDERACIÓN SEC) contra el BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA (BBVA S.A). En tal demanda se interesaba que, en correcta interpretación del art.34.9 ET, se reconociera a la RLT el derecho de acceder en cualquier momento y de forma inmediata al registro de jornada. La AN, interpretando la literalidad de tal precepto y dada la existencia de un procedimiento relacionado dictado por el TS, descarta que exista el derecho de la RLT a un sistema de puesta a disposición inmediato de los registros de jornada que resulte complementario al pactado con la mayoría de la representación de los trabajadores y también previsto en acuerdo sectorial y en el propio Convenio colectivo del sector de la banca.
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JAVIER PIÑONOSA ROS
  • Nº Recurso: 327/2024
  • Fecha: 09/12/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Audiencia Nacional estima la demanda interpuesta por CCOO contra la Sociedad Estatal de Infraestructuras de Transporte Terrestre SME, S.A. (SEITT) y declara la nulidad de su Plan de Igualdad, registrado unilateralmente en fecha 12 de agosto de 2024. La Sala reitera que los planes de igualdad, como regla general, deben ser acordados con los sujetos legitimados para negociarlos, sin que sea dable imponerlos de forma unilateral salvo en supuestos excepcionales que con arreglo a la jurisprudencia no se dan en el presente caso. La adopción unilateral del Plan vulneró el derecho la libertad sindical de la organización demandante en su vertiente de derecho a la negociación colectiva por lo que se condena a la demandada a que indemnice a aquella con la cantidad de 300 euros, en atención a las circunstancias concurrentes.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL TOLEDANO CANTERO
  • Nº Recurso: 151/2024
  • Fecha: 04/12/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Las cuestiones con interés casacional se refieren a la necesidad de un nuevo acuerdo de imposición y establecimiento del tributo cuando la ordenanza fiscal suponga la modifación de una previa y a la corrección del método de cuantificación de la tasa en virtud del cual (i) determinadas instalaciones (cajas de amarre, líneas subterráneas, torres metálicas, apoyos, transformadores, depósitos u otros elementos similares) se califican como aprovechamientos especiales de gran intensidad para los cuales se fija la base imponible tomando como parámetro "el valor del terreno y, en su caso, el valor de las instalaciones ocupadas", en lugar de tomar como referencia "la utilidad que reporte el aprovechamiento"; y se les aplica un tipo de gravamen del 5% y (ii) otras instalaciones (tendido eléctrico, líneas aéreas o cables de transporte de energía) se califican como aprovechamientos especiales de menor intensidad, aplicándoles un tipo de gravamen del 2,5% determinado en atención a las normas técnicas de valoración y el cuadro marco de valores del suelo y de las construcciones para determinar el valor catastral de los bienes inmuebles de naturaleza urbana en relación con las medianerías, balcones, terrazas y porches. Cuestiones resueltas en las SSTS de 26 y 30 de abril de 2024 (recursos de casación n.º 6542/2022, 6655/2022 y 8971/2022).
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JAVIER PIÑONOSA ROS
  • Nº Recurso: 71/2024
  • Fecha: 03/12/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La AN desestima la demanda interpuesta por el Presidente del Comité de Empresa de Sevilla de la CIA LOGISTICA ACOTRAL SAU, a la que se adhieren los sindicatos USO y CSI-F, contra CIA LOGISTICA ACOTRAL SAU, ACOTRAL DISTRIBUCION CANARIAS SAU; y contra el Comité Intercentros y los sindicatos CCOO y UGT. Tras resolver el Tribunal Supremo la cuestión de competencia planteada, se desestiman las excepciones de falta de competencia objetiva, carencia sobrevenida de objeto, falta de legitimación activa, variación de los términos de la demanda e inexistencia de conflicto colectivo. Tras el examen de la normativa convencional aplicable, de los acuerdos colectivos de aplicación de la misma y de la interpretación de la Comisión Paritaria, se descarta que la empresa esté aplicando de forma errónea lo dispuesto en el Convenio en relación con el cómputo de la jornada cuando se trabaja en festivos.
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANA SANCHO ARANZASTI
  • Nº Recurso: 299/2024
  • Fecha: 29/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Audiencia Nacional desestima la demanda interpuesta por FeSMC-UGT frente a la empresa Alcampo S.A.U en la que se pretendía se reconociese el derecho de las personas trabajadoras con contrato a tiempo parcial, con pacto expreso de que las horas de trabajo se distribuirán de lunes a domingo, y festivos, a los descansos semanales en sábados y domingos, establecidos en el artículo 30 del convenio colectivo sectorial de grandes almacenes, y los descansos en domingo y festivos regulados en el artículo 31 de esta norma convencional: A juicio de la Sala , el reconocimiento de los derechos a días libres en fines de semana y festivos así como a no trabajar un número de días en fin de semana reconocidos en los arts. 30 y 31 del Convenio del Sector de Grandes almacenes, se encuentra anudado a que el trabajador haya prestado servicios efectivos más de 5 o más de 3 días de promedio. No puede reconocerse con carácter general dichos derechos a los trabajadores a tiempo parcial por el hecho de que sus contratos prevén una distribución de su jornada de lunes a domingo y festivos, pues ello no equivale a días efectivamente trabajados. Además, el derecho se reconoce a los trabajadores a tiempo parcial que superan la media de días trabajados exigidos, por lo que no se puede apreciar ninguna vulneración del derecho a la igualdad ni discriminación alguna.
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JAVIER PIÑONOSA ROS
  • Nº Recurso: 307/2024
  • Fecha: 28/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Audiencia Nacional desestima la demanda interpuesta por UGT frente a la empresa Alcampo S.A.U. en la que se pretende se reconozca que el acuerdo colectivo sobre descanso semanal (anexo I) de 23 de mayo de 2024, resulta aplicable únicamente a la plantilla proveniente de los supermercados de la empresa Sabeco, SAU, al haber sido negociado y suscrito por el comité intercentros regulado en el Convenio Colectivo de Supermercados Sabeco SAU (2021-2024), sin que pueda aplicarse por tanto a las plantillas laborales de los supermercados provenientes de la sucesión y subrogación empresarial de Alcampo en la posición de las empresas Distribuidora Internacional de Alimentación, SA (DIA) y Grupo El Árbol Distribución y Supermercados, SA (El Árbol). La Sala descarta que, a la vista de la renovación anual del Comité Intercentros en función de la representatividad existente en la empresa a 31 de diciembre de cada año, el acuerdo alcanzado con la empleadora sobre descansos semanales deba limitarse únicamente al personal procedente de los supermercados de la empresa Sabeco S.A.U.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL TOLEDANO CANTERO
  • Nº Recurso: 389/2024
  • Fecha: 27/11/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Las cuestiones que presentan interés casacional objetivo consisten en: -Determinar si, en los supuestos de modificaciones de ordenanzas fiscales reguladoras de la tasa por la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local de las instalaciones de transporte de energía eléctrica, gas, agua e hidrocarburos, en las que se excluya la tributación de la utilización privativa y se establezca la tributación del aprovechamiento especial en función de la intensidad de uso, modificando el sistema de cuantificación de la tasa, es necesario un nuevo acuerdo de imposición y establecimiento de dicho tributo. -Aclarar si, un Ayuntamiento que, en uso de su autonomía local, establece o modifica una ordenanza fiscal reguladora de la tasa a que se hace referencia, excluyendo de tributación la utilización privativa del dominio público local, puede a la vez catalogar instalaciones tales como cajas de amarre, líneas subterráneas, torres metálicas, apoyos, transformadores, depósitos u otros elementos similares. -Precisar si, las ordenanzas municipales reguladoras de esta clase de tasas pueden fijar un tipo de gravamen del 2,5% para supuestos de aprovechamiento especial de menor intensidad.

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