• Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Zaragoza
  • Ponente: JOSE ENRIQUE MORA MATEO
  • Nº Recurso: 482/2023
  • Fecha: 19/09/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso y confirma la sentencia de instancia que denegó el derecho de la demandante a percibir pensión de viudedad como víctima de violencia de género en el momento de la ruptura matrimonial, porque los hechos acreditados no son actos de violencia física y psicológica, incluidas las agresiones a la libertad sexual, las amenazas, las coacciones o la privación arbitraria de libertad, dirigidos contra la esposa, hoy viuda y demandante.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Sevilla
  • Ponente: RAFAEL MARQUEZ ROMERO
  • Nº Recurso: 1523/2022
  • Fecha: 18/09/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD DE GANANCIALES EN CONVENIO REGULADOR DE DIVORCIO. NO HOMOLOGADO JUDICIALMENTE EN ESE APARTADO. PROCEDENTE. Hay imposibilidad de acudir al procedimiento de liquidación de sociedad de gananciales cuando previamente se ha efectuado la misma en convenio regulador firmado al amparo del principio de autonomía de la voluntad de los contratantes, pues aunque no aprobado judicialmente, tienen fuerza legal entre las partes que lo firmaron. COSTAS PROCESALES EN PROCEDIMIENTOS MATRIMONIALES: DUDAS DE DERECHO. Teniendo en cuenta la especial naturaleza de los asuntos matrimoniales y la naturaleza estrictamente jurídica de la cuestión debatida en este procedimiento que permite apreciar la existencia de dudas de derecho al tiempo de la interposición de la demanda derivadas de la no aprobación de las clausulas del convenio regulador referidas a la liquidación de la sociedad de gananciales procede la estimación parcial del recurso interpuesto revocando la sentencia apelada en el solo sentido de no hacer expresa imposición de las costas de la primera instancia.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Ciudad Real
  • Ponente: FULGENCIO VICTOR VELAZQUEZ DE CASTRO PUERTA
  • Nº Recurso: 298/2021
  • Fecha: 18/09/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: No cabe duda de que la fecha por razones de seguridad jurídica, ha de ser única, pues el momento en que se extingue la sociedad no puede ser diferido a dos instantes diferenciado si bien en este caso la singularidad esta en que ambas partes están conformes con que ello no acontece el día en que se dicta la sentencia de divorcio pues con anterioridad se había producido el cese efectivo de la convivencia si bien el demandado la fija en un día determinado que es elegido de forma arbitraria por ello no se acoge como tal dicha fecha si bien en cuanto admitido par unas determinadas partidas pero no para a otras ello es lo que produce desigualdad pero que no cercena sus derechos por haber sido acuerdo de las partes si se incluirán en el activo las mejoras realizada en la finca, gastos de notaria y registro y se excluye la cantidad que los padres dieron al demandado.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: León
  • Ponente: ALBERTO FRANCISCO ALVAREZ RODRIGUEZ
  • Nº Recurso: 126/2022
  • Fecha: 15/09/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: PENSIÓN ALIMENTICIA, INTERÉS DEL MENOR. El interés superior del menor se sustenta, entre otras cosas, en el derecho a ser alimentado y en la obligación de los titulares de la patria potestad de hacerlo en todo caso, conforme a las circunstancias económicas y necesidades de los hijos en cada momento, y en proporción al caudal o medios de quien los da y a las necesidades de quien los recibe. PRECARIEDAD. DIFICULTADES ECONÓMICAS. Ante una situación de dificultad económica habrá de examinarse el caso concreto y revisar el tribunal si se ha conculcado el juicio de proporcionalidad. Lo normal será fijar siempre en supuestos de esta naturaleza un mínimo que contribuya a cubrir los gastos repercutibles más imprescindibles para la atención y el cuidado del menor, y admitir solo con carácter muy excepcional, con criterio restrictivo y temporal, la suspensión de la obligación, pues ante la más mínima presunción de ingresos, cualquiera que sea su origen y circunstancias, se habrá de acudir a la solución que se predica como normal, aún a costa de un gran sacrificio del progenitor alimentante. En el caso, el apelante es militar de profesión, con ingresos netos en 2021 de 1180 €/mes, siendo la pensión fijada a su cargo acorde con tales extremos. Además, no cabe apreciar en la apelada mejora de fortuna, ya que la disolución del condominio implicó que ella se adjudicara la vivienda, pero que su ex marido percibiera la cantidad en efectivo que le correspondía.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Cádiz
  • Ponente: RAMON ROMERO NAVARRO
  • Nº Recurso: 181/2023
  • Fecha: 15/09/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: INDEFENSIÓN. VULNERACIÓN DEL DERECHO A TUTELA JUDICIAL EFECTIVA: IMPROCEDENTE. Considera el tribunal que el demandado no ha estado en situación de desigualdad, ya que las suspensiones de vistas que interesara, y que se le concedieran, no obstó a que, ante la grave demora del procedimiento, se dictara auto de medidas urgentes con toda regularidad procesal y legal, auto que que no fue recurrido por la ahora apelante. DELITO DE FALSO TESTIMONIO DE LA TRABAJADORA SOCIAL No se atiende al argumento planteado, ya que no consta que la testigo tuviera interés alguno en el pleito, declarando con meridiana claridad, en forma objetiva, profesional, todo ello contrastado y continuado en el tiempo. PRUEBAS. Las pruebas que fueron declaradas pertinentes a la parte demandante, no fueron recurridas en reposición por la demandada, ni tampoco hizo constar protesta alguna. NULIDAD DE ACTUACIONES: IMPROCEDENTE. No se dice ni que infracción ha habido, cuándo se ha producido, ni cuándo se ha denunciado, ni porqué son nulas las actuaciones.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Almería
  • Ponente: MARIA DEL MAR GUILLEN SOCIAS
  • Nº Recurso: 1579/2022
  • Fecha: 12/09/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Los cónyuges eran copropietarios en proindiviso de una nave. Aquellos se divorciaron presentando un convenio regulador por el cual se acordaba la disolución del condominio y adjudicación de la nave a la esposa. Antes de ser aprobado judicialmente, aquellos conciertan un contrato de arrendamiento sobre la nave en que el marido es arrendatario y posteriormente la sentencia del Juzgado aprueba el convenio regulador. La arrendadora insta el desahucio por falta de pago de rentas y la sentencia del juzgado desestima la demanda por entender condicionado el pago a la formalización de la escritura de obra nueva y disolución del condominio. Se revoca tal decisión porque no tiene amparo en el contrato y la disolución del condominio y adjudicación de la nave, tiene plena eficacia entre las partes, aunque no haya sido inscrita en el Registro de la Propiedad y en el convenio regulador concurren las condiciones esenciales para su completa eficacia constando además en documento público (sentencia judicial).
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Valladolid
  • Ponente: FRANCISCO SALINERO ROMAN
  • Nº Recurso: 583/2022
  • Fecha: 12/09/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: PENSIÓN COMPENSATORIA POR DESEQUILIBRIO ECONÓMICO. CUANTÍA Y DURACIÓN. La esposa, de 54 años, ha trabajado a lo largo de su vida, aunque con intermitencia, 6 años, 8 meses y 13 días, no existiendo ningún informe que dictamine que ya no le sea posible trabajar por las afecciones que padece, siendo importantr4e que se le ha atribuido indefinidamente el uso de la que fuera vivienda familiar, lo que debe tener su repercusión en la reducción de la cuantía de la pensión fijada (800 €), pero sin que sea admisible incrementar la duración de los 8 años establecidos. Por su parte, el demandado obtiene ingresos en una media mensual de 2.578,56 €, satisfaciendo no solamente la pensión compensatoria, sino también la alimenticia del hijo (220 €), por lo que el tribunal de alzada considera que lo procedente es minorar la cuantía de la pensión compensatoria de la que es beneficiaria la ex esposa a 500 €/mes, lo que representa, junto con la alimenticia, el 28% de sus ingresos.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Badajoz
  • Ponente: LUIS ROMUALDO HERNANDEZ DIAZ-AMBRONA
  • Nº Recurso: 707/2023
  • Fecha: 12/09/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: DERECHO DE VISITAS. DESPLAZAMIENTOS. La sentencia de divorcio (20-01-2021) atribuye la guarda y custodia de los dos menores a la madre y fija un régimen de visitas en favor del progenitor paterno no custodio, quien reside en la provincia de Huelva, a 265 kilómetros de distancia de aquélla, en Badajoz, siendo los gastos de desplazamiento cubiertos exclusivamente por el demandante, entendiendo el tribunal que la subida de precios de los carburantes supone que el demandante lleve a cabo al mes hacer 2120 kilómetros por desplazamiento o, lo que es lo mismo, 25.440 kilómetros al año, habiéndose disparado el precio del combustible desde el año 2022, por lo que considera que las visitas en aquella resolución no se fijó un régimen paritario , soportando el progenitor no custodio unos gastos indebidos y desproporcionados por la circunstancia expresada , por lo que no hay en este caso concreto razones que, de forma excepcional, proceda prescindir del principio de reparto equitativo de cargas.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Soria
  • Ponente: MARIA JESUS SANCHEZ CANO
  • Nº Recurso: 229/2023
  • Fecha: 11/09/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: PROCEDIMIENTOS MATRIMONIALES. INDEFENSIÓN: IMPROCEDENTE. Las especiales características de estos procesos, los principios de rogación y disposición están marcadamente afectados por los de oficialidad y verdad material. Se dan elementos no dispositivos por derivar y ser un instrumento al servicio del derecho de familia, en donde las medidas a fijar en este ámbito lo son en beneficio de los hijos menores, primando connotaciones de orden público. El tribunal considera que la cuantía fijada de 480 €/mes para los 3 hijos es ponderada a las circunstancias concurrentes y más acorde a la interesada por la demandante, por cuanto contempla la capacidad económica de ambos progenitores, así como las necesidades de los hijos menores, y lo ha sido en beneficio de los menores guiada por las tablas publicadas por el CGPJ, amparando de manera adecuada el interés superior de éstos; por tanto, ninguna indefensión se ha causado al apelante. El procedimiento se ha seguido conforme a las normas procesales establecidas.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Soria
  • Ponente: MARIA JESUS SANCHEZ CANO
  • Nº Recurso: 247/2023
  • Fecha: 11/09/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: DERECHO DE USO Y DISFRUTE DE LA VIVIENDA FAMILIAR. EXTINCIÓN. PLAZO PARA ABANDONAR LA VIVIENDA. No es controvertido que la recurrente convive con tercero en la vivienda que fuera familiar, pero sí el plazo para desalojarla. En este sentido, habiendo 2 hijos menores de edad, resuelve el tribunal que el interés prevalente que debe guiar la decisión es el de los menores pero que, en cualquier caso, no resulta procedente su manteniendo en el uso del inmueble, ya que4 al convivir la madre con nueva pareja, ha dejado de tener el carácter de domicilio familiar, procediendo su desalojo, si bien hasta la extinción del condominio lo considera excesivo y el de 3 meses insuficiente, resolviendo como más proporcionado el de un año para que apelante y sus dos hijos abandonen la que fuera vivienda familiar.

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