Resumen: Requisitos para la adopción de una orden de protección. La gravedad de los hechos ha de ser teñida en cuenta para determinar la necesidad y proporcionalidad de la medida, proporcionalidad, en sentido estricto, que exige el sacrificio de los intereses individuales ante el peligro de reiteración de hechos análogos, ponderado con el éxito previsible de la medida que hace ineludible la adopción de una medida concreta. Extrema gravedad de los hechos cuya comisión se le atribuyen al investigado con el posible asesinato de una niña de 5 años, hija de la protegida y cuya finalidad entraría dentro de la conocida como violencia vicaria.
Resumen: Confirma la sentencia de la Audiencia Provincial, emitida en procedimiento de Jurado, en que condena a dos acusados, uno como autor y otro como cómplice, de un delito consumado de asesinato con alevosía, con la concurrencia de las circunstancias atenuantes analógicas de confesión y de hallarse bajo los efectos de las drogas y alcohol. Autoría y participación en el hecho delictivo. Aportación necesaria o accesoria del partícipe, cuya determinación debe establecerse a partir del veredicto de Jurado. Confesión del hecho como atenuante analógica. Confesión tardía, con la investigación ya abierta, pero que contribuye de forma decisiva al esclarecimiento de los hechos. Atenuantes analógicas de afectación por consumo de alcohol y drogas. Alteración leve de la capacidad para comprender lo que hacían los acusados o actuar conforme a esa comprensión que resulta del veredicto emitido por el jurado popular.
Resumen: Recurso de apelación contra sentencia condenatoria por delito de asesinato. Por un lado, recurre el condenado. Sobre la alevosía, que el ataque se produjera de noche no determina la presencia de alevosía; simplemente es valorada por la sentencia como un dato más que corrobora la realidad alevosa, que define las circunstancias de lo sucedido y la exclusión de las posibilidades de defensa de los agredidos por la sorpresa del ataque así como la confianza de la víctima en el acusado. Que el escenario donde sucedieron los hechos se encontrara desordenado no determina necesariamente la existencia de lucha. Sobre la afectación psíquica, no ha lugar a aplicar la eximente incompleta cuando el jurado ha declarado una afectación leve de las facultades mentales. No hay falta de motivación de los hechos. La no imposición al acusado de la pena accesoria de prohibición de aproximación y comunicación con los parientes de la fallecida se debe a que no se solicitó por la acusación. Ensañamiento: no se acredita. Responsabilidad civil: no se demuestra error.
Resumen: Los acusados fueron condenados como autores de un delito de asesinato en grado de tentativa, agravado por haberse cometido por grupo criminal. Más de diez personas rodearon a la víctima para darle una paliza. El TSJ estimó parcialmente algunos de los recursos de apelación interpuestos. Consideró que no se había acreditado la pertenencia de algunos acusados al grupo criminal. Recurre la acusación particular. Alega vulneración de su derecho a la tutela judicial efectiva. Considera que el TSJ no motivó suficientemente el motivo por el que excluyó a algunos del delito de pertenencia a grupo criminal. La alegación se desestima. Los argumentos esgrimidos por las sentencias recurridas son razonables. Se realiza también la alegación al amparo del artículo 849.1 LECrim, por infracción de ley. El motivo se desestima. El relato de hechos introducido por el TSJ permite la absolución. Criterios jurisprudenciales para distinguir la codelincuencia del grupo criminal. Recurren también varios condenados. Fundamentalmente los que han sido condenado por un delito de asesinato agravado, por pertenencia a grupo criminal. Cuestionan la individualización de la pena. Consideran que no era posible imponer la pena de prisión permanente revisable, por no haberse consumado el delito. La alegación se desestima. Sí es posible. La rebaja en grado para la prisión permanente revisable está prevista en el artículo 70.4 CP.
Resumen: La sentencia desestima el recurso de apelación contra otra que condena por intento de asesinato y lesiones graves.
El recurso de apelación interpuesto por la parte recurrente se basa en la supuesta vulneración del derecho a la presunción de inocencia, argumentando que la condena por intento de asesinato y lesiones carece de fundamento razonable. El tribunal de apelación, tras examinar los hechos probados, concluye que la intención del recurrente al agredir a la víctima era efectivamente acabar con su vida, dado el uso de un cuchillo de 17 cm, la ubicación al tiempo del acometimiento y la localización de las heridas en zonas vitales del cuerpo. Se destaca que las lesiones causadas a la víctima fueron de tal gravedad que, de no haber recibido atención médica urgente, podrían haber resultado fatales. El tribunal también considera que la actitud del recurrente, quien se encontraba en una posición ofensiva y realizó múltiples apuñalamientos, contradice su defensa de haber actuado en legítima defensa. Por lo tanto, el tribunal desestima el recurso de apelación y confirma la sentencia de instancia.
Resumen: La sentencia desestima el recurso de apelación interpuesto contra sentencia por asesinato y daños mediante incendio dictada por el Tribunal del Jurado de la Audiencia Provincial de Alicante, que condenó a la acusada por dichos delitos. Se descarta la nulidad del veredicto por la no inclusión de preguntas al Jurado relativas a unas lesiones por arma blanca que presentaba el cadáver porque las conclusiones definitivas no incluían mención alguna a esas lesiones. Se desestima también la tesis exculpatoria relacionada con las lesiones por falta de corroboración probatoria. Desestima también la impugnación relativa a la alevosía tras detallar las distintas modalidades de alevosía: alevosía proditoria, alevosía súbita y alevosía de desvalimiento, señalando su compatibilidad con el dolo eventual. Desestima también la pretensión de que se aplicase la atenuante de confesión como muy cualificada y la consiguiente rebaja en la pena que llevaría consigo. En definitiva, el tribunal desestimó todos los motivos del recurso, confirmando la sentencia de instancia, al considerar que la condena se basó en pruebas suficientes y que la alevosía estaba debidamente justificada, dado el contexto de indefensión de la víctima.
Resumen: Se analiza la agravante de alevosía y de la ruptura del título de imputación en supuestos de coautoría, motivo por el cual el TSJ absolvió del delito de tentativa de asesinato a dos de los coautores y mantuvo la condena por un delito de lesiones con instrumento peligro. Dos de los agresores, por tanto, responden como autores de un delito de lesiones consumadas y un tercero es condenado como responsable de un delito de asesinato. Desistimiento: no concurre.
Resumen: El tribunal del jurado condena por un delito de asesinato por desvalimiento, la muerte de un bebé por su madre, a la pena de veinticinco años de prisión. Se aplica la atenuante muy cualificada de confesión por cuanto la autora confesó los hechos a la Policía de manera voluntaria y espontánea y después ratificó la confesión en sede judicial y en el juicio oral. Tal confesión fue veraz y contribuyó de manera fácil y eficaz al esclarecimiento de los hechos investigados; atribuyéndose a tal confesión un significado muy especialmente relevante. Por ello, se estima que dicha circunstancia ha de ser apreciada como muy cualificada. Al concurrir la atenuante muy cualificada se impone la pena inferior en grado que, en este caso, tratándose de una pena de prisión permanente revisable, la misma va de 20 a 30 años.
Resumen: Se trata de un juicio oral seguido ante el Tribunal del Jurado relativo a un delito de asesinato. Los hechos probados, según el veredicto del jurado, indican que el acusado, tras una noche de convivencia amistosa con la víctima, le propinó doce puñaladas con un machete, causándole la muerte por shock hipovolémico. El jurado consideró que la agresión fue alevosa y que el acusado actuó con ensañamiento, lo que se tradujo en una mayor pena. En la fundamentación jurídica, se concluyó que los hechos constituyen un delito de asesinato al apreciar la existencia de alevosía sorpresiva. Se apreció también la agravante de ensañamiento, y se desestimaron las alegaciones de la defensa sobre eximentes o atenuantes, se rechazó que su capacidad y voluntad estuviera afectada por el alcohol y la atenuante de confesión tanto en su forma ordinaria como analógica Finalmente, el tribunal condenó al acusado a veinticuatro años de prisión, con inhabilitación absoluta, y a indemnizar a los familiares de la víctima por el daño moral causado. La sentencia justificar la individualización de la pena, condena al acusado a veinticuatro años de prisión y a indemnizar a los familiares de la víctima.
Resumen: Se interpone recurso de apelación contra la sentencia dictada por el Tribunal del Jurado de la Audiencia Provincial de Barcelona, que condenó a varios acusados como autores de un delito de asesinato, maltrato animal y robo con violencia en grado de tentativa. Los hechos probados refieren que los acusados planearon apoderarse de marihuana sin pagar, utilizando armas de fuego para intimidar a la víctima y a su perro. Durante el asalto, uno de los acusados disparó y mató a la víctima, y también disparó a un perro, causándole graves lesiones. Los recursos de apelación aducen vulneración al principio de presunción de inocencia, falta de motivación en el veredicto y la insuficiencia de pruebas. Sin embargo, el tribunal de apelación considera que el jurado actuó de manera lógica y razonable al valorar las pruebas, concluyendo que existió un acuerdo previo entre los acusados para cometer el delito, y que todos asumieron el riesgo de que se utilizara el arma que portaba uno de ellos. Se desestiman todos los recursos de apelación interpuestos, ratificando la sentencia de primera instancia. El tribunal termina desestimando el recurso de apelación interpuesto y confirmando la sentencia-
