• Tipo Órgano: Audiencia Provincial. Tribunal Jurado
  • Municipio: Almería
  • Ponente: IGNACIO FRANCISCO ANGULO GONZALEZ DE LARA
  • Nº Recurso: 1/2025
  • Fecha: 13/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se condena por un delito de asesinato concurriendo la alevosía sorpresiva en la que se puede incluir la llamada "alevosía convivencial o doméstica", configurada como "una modalidad de alevosía sorpresiva en la que la relajación de los recursos defensivos viene impulsada por la imprevisibilidad de un ataque protagonizado por la persona con la que la víctima convive día a día. Como recordaba la reciente sentencia 59/2021, de 27 de enero , en la que se lee que "esta Sala ha admitido en ocasiones una modalidad especial de alevosía convivencial basada en la relación de confianza proveniente de la convivencia, generadora para la víctima de su total despreocupación respecto de un eventual ataque que pudiera tener su origen en acciones del acusado, como este es el caso. Se aprecia también el ensañamiento pues el acusado causó innecesario sufrimiento a la víctima, lo que se denomina los males de lujo.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Civil y Penal
  • Municipio: Murcia
  • Ponente: JOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ
  • Nº Recurso: 2/2025
  • Fecha: 12/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Derecho a un juez imparcial. Rechazo a límine de la recusación planteada cuatro días antes de la fecha señalada para el inicio de las sesiones del juicio. Intervención del magistrado presidente en la apelación de la sentencia dictada en la jurisdicción de menores contra un acusado menor de edad acusado por los mismos hechos objeto del juicio por jurado que el recusado preside. Efectos de la pasividad del recurrente en el traslado que se le dio del objeto y el acta del veredicto cuya nulidad pretende en apelación por defectos en los mismos. Se desestima la queja por inclusión como elementos de prueba en la motivación de la sentencia de elementos de convicción no descritos por los miembros del jurado en su acta de votación. Facultad del magistrado-presidente de complementar en la motivación de la sentencia los elementos de convicción señalados por los jurados con otros medios de prueba que hayan sido practicados en el juicio. Motivación de las sentencias: tan perturbador puede ser en ocasiones la penuria o pobreza motivadora como una acumulación agotadora de argumentos que se van amontonando y pueden llegar a aturdir por su obviedad, dificultando el hallazgo de los puntos clave, los puntos realmente controvertidos. Actuación conjunta, coordinada y de superioridad de los tres acusados y cooperación necesaria de los que no propinaron la puñalada mortal. No se aprecia atenuante por la entrega anticipada de 20.000 €, equivalente al 8 % de la suma interesada por el Ministerio Fiscal
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CARMEN LAMELA DIAZ
  • Nº Recurso: 10776/2024
  • Fecha: 07/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Correcta apreciación de la alevosía y de la imposición de la prisión permanente revisable a la acusada que, con la intención de causar dolor a quien fuera su cónyuge, idea y ejecuta la muerte de la hija común. La calificación de los hechos como asesinato se fundamenta en la concurrencia de alevosía, circunstancia que no se desvanece por el hecho de que la acusada, tras acabar con la vida de su hija, tuviera también el propósito de acabar con la suya propia. También es irrelevante el móvil que pudiera guiar su actuación, que no elimina la finalidad típica del asesinato como es la intención de dañar deliberadamente a la víctima. Varias fueron las circunstancias sobre las que se asienta la apreciación de alevosía: la edad de la víctima (4 años); encontrarse a solas en el domicilio con la acusada; haberle suministrado ésta previamente psicofármacos; y el hecho de que la acusada era su madre, de la que la víctima no podía esperar un ataque. Además, ese ataque se produjo sobre una persona especialmente vulnerable, lo que obliga a una respuesta punitiva de mayor entidad mediante la apreciación de la agravación de referencia y la imposición de la pena de prisión permanente revisable que está en consonancia con la gravedad de la conducta desplegada por el autor. Doctrina de la Sala sobre la no vulneración del non bis in idem en relación con la aplicación de la agravación de vulnerabilidad del artículo 140.1 CP.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Murcia
  • Ponente: MARIA CONCEPCION ROIG ANGOSTO
  • Nº Recurso: 432/2025
  • Fecha: 07/05/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Requisitos para la adopción de una orden de protección. La gravedad de los hechos ha de ser teñida en cuenta para determinar la necesidad y proporcionalidad de la medida, proporcionalidad, en sentido estricto, que exige el sacrificio de los intereses individuales ante el peligro de reiteración de hechos análogos, ponderado con el éxito previsible de la medida que hace ineludible la adopción de una medida concreta. Extrema gravedad de los hechos cuya comisión se le atribuyen al investigado con el posible asesinato de una niña de 5 años, hija de la protegida y cuya finalidad entraría dentro de la conocida como violencia vicaria.
  • Tipo Órgano: Sección De Apelación Penal. TSJ Sala De Lo Civil Y Penal
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: MARIA ANGELES VIVAS LARRUY
  • Nº Recurso: 2/2025
  • Fecha: 02/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Confirma la sentencia de la Audiencia Provincial, emitida en procedimiento de Jurado, en que condena a dos acusados, uno como autor y otro como cómplice, de un delito consumado de asesinato con alevosía, con la concurrencia de las circunstancias atenuantes analógicas de confesión y de hallarse bajo los efectos de las drogas y alcohol. Autoría y participación en el hecho delictivo. Aportación necesaria o accesoria del partícipe, cuya determinación debe establecerse a partir del veredicto de Jurado. Confesión del hecho como atenuante analógica. Confesión tardía, con la investigación ya abierta, pero que contribuye de forma decisiva al esclarecimiento de los hechos. Atenuantes analógicas de afectación por consumo de alcohol y drogas. Alteración leve de la capacidad para comprender lo que hacían los acusados o actuar conforme a esa comprensión que resulta del veredicto emitido por el jurado popular.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Civil y Penal
  • Municipio: Coruña (A)
  • Ponente: FERNANDO ALAÑON OLMEDO
  • Nº Recurso: 21/2025
  • Fecha: 25/04/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Recurso de apelación contra sentencia condenatoria por delito de asesinato. Por un lado, recurre el condenado. Sobre la alevosía, que el ataque se produjera de noche no determina la presencia de alevosía; simplemente es valorada por la sentencia como un dato más que corrobora la realidad alevosa, que define las circunstancias de lo sucedido y la exclusión de las posibilidades de defensa de los agredidos por la sorpresa del ataque así como la confianza de la víctima en el acusado. Que el escenario donde sucedieron los hechos se encontrara desordenado no determina necesariamente la existencia de lucha. Sobre la afectación psíquica, no ha lugar a aplicar la eximente incompleta cuando el jurado ha declarado una afectación leve de las facultades mentales. No hay falta de motivación de los hechos. La no imposición al acusado de la pena accesoria de prohibición de aproximación y comunicación con los parientes de la fallecida se debe a que no se solicitó por la acusación. Ensañamiento: no se acredita. Responsabilidad civil: no se demuestra error.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JULIAN ARTEMIO SANCHEZ MELGAR
  • Nº Recurso: 10398/2024
  • Fecha: 24/04/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Los acusados fueron condenados como autores de un delito de asesinato en grado de tentativa, agravado por haberse cometido por grupo criminal. Más de diez personas rodearon a la víctima para darle una paliza. El TSJ estimó parcialmente algunos de los recursos de apelación interpuestos. Consideró que no se había acreditado la pertenencia de algunos acusados al grupo criminal. Recurre la acusación particular. Alega vulneración de su derecho a la tutela judicial efectiva. Considera que el TSJ no motivó suficientemente el motivo por el que excluyó a algunos del delito de pertenencia a grupo criminal. La alegación se desestima. Los argumentos esgrimidos por las sentencias recurridas son razonables. Se realiza también la alegación al amparo del artículo 849.1 LECrim, por infracción de ley. El motivo se desestima. El relato de hechos introducido por el TSJ permite la absolución. Criterios jurisprudenciales para distinguir la codelincuencia del grupo criminal. Recurren también varios condenados. Fundamentalmente los que han sido condenado por un delito de asesinato agravado, por pertenencia a grupo criminal. Cuestionan la individualización de la pena. Consideran que no era posible imponer la pena de prisión permanente revisable, por no haberse consumado el delito. La alegación se desestima. Sí es posible. La rebaja en grado para la prisión permanente revisable está prevista en el artículo 70.4 CP.
  • Tipo Órgano: Sección De Apelación Penal. TSJ Sala De Lo Civil Y Penal
  • Municipio: Valencia
  • Ponente: VICENTE MANUEL TORRES CERVERA
  • Nº Recurso: 156/2025
  • Fecha: 22/04/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia desestima el recurso de apelación contra otra que condena por intento de asesinato y lesiones graves. El recurso de apelación interpuesto por la parte recurrente se basa en la supuesta vulneración del derecho a la presunción de inocencia, argumentando que la condena por intento de asesinato y lesiones carece de fundamento razonable. El tribunal de apelación, tras examinar los hechos probados, concluye que la intención del recurrente al agredir a la víctima era efectivamente acabar con su vida, dado el uso de un cuchillo de 17 cm, la ubicación al tiempo del acometimiento y la localización de las heridas en zonas vitales del cuerpo. Se destaca que las lesiones causadas a la víctima fueron de tal gravedad que, de no haber recibido atención médica urgente, podrían haber resultado fatales. El tribunal también considera que la actitud del recurrente, quien se encontraba en una posición ofensiva y realizó múltiples apuñalamientos, contradice su defensa de haber actuado en legítima defensa. Por lo tanto, el tribunal desestima el recurso de apelación y confirma la sentencia de instancia.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Civil y Penal
  • Municipio: Valencia
  • Ponente: MARIA PIA CRISTINA CALDERON CUADRADO
  • Nº Recurso: 28/2025
  • Fecha: 17/04/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia desestima el recurso de apelación interpuesto contra sentencia por asesinato y daños mediante incendio dictada por el Tribunal del Jurado de la Audiencia Provincial de Alicante, que condenó a la acusada por dichos delitos. Se descarta la nulidad del veredicto por la no inclusión de preguntas al Jurado relativas a unas lesiones por arma blanca que presentaba el cadáver porque las conclusiones definitivas no incluían mención alguna a esas lesiones. Se desestima también la tesis exculpatoria relacionada con las lesiones por falta de corroboración probatoria. Desestima también la impugnación relativa a la alevosía tras detallar las distintas modalidades de alevosía: alevosía proditoria, alevosía súbita y alevosía de desvalimiento, señalando su compatibilidad con el dolo eventual. Desestima también la pretensión de que se aplicase la atenuante de confesión como muy cualificada y la consiguiente rebaja en la pena que llevaría consigo. En definitiva, el tribunal desestimó todos los motivos del recurso, confirmando la sentencia de instancia, al considerar que la condena se basó en pruebas suficientes y que la alevosía estaba debidamente justificada, dado el contexto de indefensión de la víctima.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MANUEL MARCHENA GOMEZ
  • Nº Recurso: 7709/2022
  • Fecha: 15/04/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se analiza la agravante de alevosía y de la ruptura del título de imputación en supuestos de coautoría, motivo por el cual el TSJ absolvió del delito de tentativa de asesinato a dos de los coautores y mantuvo la condena por un delito de lesiones con instrumento peligro. Dos de los agresores, por tanto, responden como autores de un delito de lesiones consumadas y un tercero es condenado como responsable de un delito de asesinato. Desistimiento: no concurre.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.