• Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Civil y Penal
  • Municipio: Murcia
  • Ponente: JOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ
  • Nº Recurso: 30/2023
  • Fecha: 23/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Alcance del control que corresponde al tribunal de apelación sobre la valoración probatoria realizada por el tribunal de instancia. No cabe apreciar desistimiento en el actuar del acusado pues éste desplegó de forma reiterada y con ánimo homicida una serie de agresiones que tenían entidad suficiente para producir como resultado la muerte del agredido; resultado que, sin embargo, no se produjo debido a la férrea actuación defensiva de éste último. Llegados a ese punto de comisión delictiva resulta irrelevante que en el último de los cuatro ataques consecutivos perpetrados por el acusado sobre su víctima, finalmente permitiera que ésta se marchara del lugar. No cabe apreciar alevosía cuando, a pesar de las actuaciones desplegadas por el acusado en preparación de su ataque, no pudo sorprender a su víctima al apercibirse éste de su presencia antes del ataque. Se estima parcialmente el recurso de apelación presentado por la víctima en el sentido de imponer la pena de prohibición de aproximación del acusado a aquélla. El propio relato fáctico de la sentencia de instancia incorpora datos objetivos que -sin necesidad de completar ni modificar contra reo lo ya declarado probado- contienen los presupuestos de hecho previstos para la aplicación al caso de las penas accesorias previstas en los preceptos cuya indebida inaplicación se denuncia.
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JAVIER VIEIRA MORANTE
  • Nº Recurso: 84/2023
  • Fecha: 15/01/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Solicitud de extradición para enjuiciamiento de hechos calificables como delito de homicidio. La concurrencia o no de una circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal debe determinarse tras el enjuiciamiento de los hechos. La sola solicitud de asilo solo podría servir para suspender la entrega.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANDRES PALOMO DEL ARCO
  • Nº Recurso: 7643/2021
  • Fecha: 10/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Resulta obvio que las expresiones recogidas, dado el contexto de enfrentamiento, reiteración tanto presencial como por teléfono, destinatarios (padre y madre de los menores) seguimiento a insultos (ladrones) y también en relación a los acontecimientos posteriores a ser proferidas, integran serias conminaciones de un mal futuro: ladrones, pagaréis; tened cuidado; tened cuidado con los niños. Del mismo modo, el relato colma la conducta típica de conspiración para el homicidio; el acusado decidió contactar con el otro condenado para que lesionara o acabara con la vida de la víctima manifestando éstos su intención decidida de hacerlo al ponerse éste último en contacto con terceras personas que colaborarían en la ejecución delictiva e iniciando actos de preparación encaminadas a ello; y más allá de la mera existencia de la puesta en común de la ideación delictiva, esta es aceptada y asumida por uno de los condenados que busca y consigue, en principio, a otras personas, para su efectiva y conjunta realización, llevando a cabo los tres participantes en cada momento los actos encaminados a su materialización, especialmente la localización del domicilio de la víctima, para lo que fueron dirigidos por el recurrente, así como la colocación de cámaras en sus alrededores para obtener los movimientos habituales de la misma. Voluntad delictiva manifestada, en la que además se concierta una promesa de pago de 2000 euros a cada uno una vez finalizado el trabajo.
  • Tipo Órgano: Sección De Apelación Penal. TSJ Sala De Lo Civil Y Penal
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: FRANCISCO SEGURA SANCHO
  • Nº Recurso: 12/2023
  • Fecha: 09/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Confirma la sentencia dictada por la Audiencia Provincial en procedimiento de Jurado por la que se absuelve a un acusado del delito de asesinato. Recurso de apelación contra sentencias absolutorias e intangibilidad de los hechos probados declarados en transposición del veredicto del Jurado. Al tribunal de apelación solo le es permitido declarar la nulidad de la sentencia por falta de validez de las razones probatorias ofrecidas por el tribunal de instancia, bien porque haya valorado de manera completa toda la información probatoria significativa producida en el plenario, o bien porque los estándares utilizados para la valoración de la información probatoria sean irracionales. Veredicto de no culpabilidad al que llega el Jurado por no estimar suficientemente acreditada la autoría del acusado, expresando en el acta los motivos que les han impedido alcanzar un convencimiento sobre la autoría atribuida por la acusación. Motivación que el tribunal de apelación considera como un análisis suficiente del conjunto probatorio realizado en el plenario.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Civil y Penal
  • Municipio: Albacete
  • Ponente: MARIA ROSARIO SANCHEZ CHACON
  • Nº Recurso: 9/2023
  • Fecha: 22/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Confirma la condena por delitos de asesinato y de hurto. Se plantea la compatibilidad de las circunstancias de alevosía y de especial vulnerabilidad de la víctima (minusvalía reconocida del 72 %). Ambas circunstancias tienen distinto fundamento, constituyendo dos agravaciones distintas, la alevosía como calificadora del homicidio y su conversión en asesinato y la especial vulnerabilidad o menor edad de la víctima como hiperagravación del asesinato, no incurriendo en vulneración del principio "non bis in idem". No se aprecia concurrentes las atenuantes de arrebato y de confesión del delito. Las circunstancias modificativas de la responsabilidad, cuya carga probatoria compete a la parte que las alega, deben estar tan acreditadas como el hecho delictivo mismo. El arrebato requiere: a) existencia de estímulos o causas, generalmente procedentes de la víctima, que puedan ser calificados como poderosos y suficientes para la reacción del sujeto; b) ofuscación de la conciencia o estado emotivo repentino o súbito; c) relación causal entre el estímulo y la ofuscación; d) conexión temporal entre ambos; y d) que la respuesta al estímulo no sea repudiable. La confesión exige: a) que el sujeto confiese a las autoridades la comisión o participación en un hecho delictivo; b) confesión veraz; y c) que se produzca antes de conocer que el procedimiento se dirige contra el confesante. No se prueban por la defensa la concurrencia de los requisitos de ambas atenuantes.
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE PEDRO VAZQUEZ RODRIGUEZ
  • Nº Recurso: 104/2023
  • Fecha: 22/12/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: En la solicitud de extradición se recogen los indicios de comisión de los hechos imputados. La participación del recamado a un partido político no tiene relación con los hechos imputados. No corresponde a las autoridades judiciales del Estado requerido valorar las pruebas existentes en el procedimiento seguido en el Estado requirente.
  • Tipo Órgano: Sección De Apelación Penal. TSJ Sala De Lo Civil Y Penal
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: MARIA ANGELES VIVAS LARRUY
  • Nº Recurso: 99/2023
  • Fecha: 14/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Confirma la sentencia de la Audiencia Provincial que absuelve a un acusado del delito de asesinato en grado de tentativa y le condena como autor responsable de un delito de lesiones agravadas por el empleo de instrumento peligroso. Acusado que utiliza un vehículo a motor para atropellar a otro causándole graves lesiones. Absolución dispuesta por una acusación de asesinato intentado. Probanza del ánimo de matar atribuido al autor de los hechos. Límites de las facultades revisorias del tribunal de apelación frente a sentencias absolutorias. Delito de lesiones agravadas por el empleo de instrumento peligroso. Determinación de la pena. Deberá ponderarse el desvalor objetivo y subjetivo de la acción y el desvalor de resultado, es decir, la forma en que se lleva concretamente a cabo la conducta típica, la intensidad del dolo, y el alcance de la lesión o puesta en peligro del bien jurídico. Responsabilidad civil derivada del hecho típico. El tribunal de primer grado es soberano a la hora de cuantificar el montante indemnizatorio, de modo que, a menos que haya incurrido en error al fijar las bases indemnizatorias, deberán ser mantenidas en la apelación las cantidades fijadas en la instancia.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: VICENTE MAGRO SERVET
  • Nº Recurso: 10573/2023
  • Fecha: 14/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Condena como autor de dos delitos de asesinato a dos penas de 22 años de prisión, al matar a su mujer y a su hija de un fuerte golpe a cada una para después degollarlas en habitaciones y momentos separados. Todo ello con la agravante de género por llevarlo a cabo por sentimiento de dominación y por su condición de mujeres. La agravante de género, cuando los hechos probados recogen con claridad que las mató por su sentimiento de dominación hacia ellas y por su condición de mujeres. Referencia a la jurisprudencia del TS. C Confesión ex art. 21.7 CP. El procedimiento ya se había iniciado y se aplica solo como analógica. La indemnización concedida a los familiares de las fallecidas. No puede acudirse al baremo de tráfico en estos casos de delitos dolosos. No cabe reducirlas. 4.- Art. 849.2 LECRIM planteando aplicar eximente incompleta de alteración psíquica. No cabe utilizar la vía del art. 849.2 LECRIM para elegir el informe pericial el recurrente. Existe una explicación razonada acerca de la no admisión de esta eximente incompleta y ha sido ya validado por el TSJ. 5.- Art. 849.2 LECRIM por no admitirse la atenuante de embriaguez.
  • Tipo Órgano: Sección De Apelación Penal. TSJ Sala De Lo Civil Y Penal
  • Municipio: Valencia
  • Ponente: CARLOS CLIMENT DURAN
  • Nº Recurso: 408/2023
  • Fecha: 13/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Alcance de la función revisora que corresponde al tribunal de apelación sobre la valoración probatoria efectuada por el tribunal de instancia y, en concreto, sobre la explotación que éste haya realizado de la prueba circunstancial o indiciaria. Incredibilidad del testimonio de la mujer víctima de la agresión que indica una causación accidental de las mismas contra lo que resulta del resto de prueba practicada. Irrelevancia a efectos de integración del tipo penal de amenazas de la afirmada ausencia de miedo por la destinataria de las mismas. Directrices jurisprudenciales elaboradas en materia de drogadicción como circunstancia capaz de modificar el grado de responsabilidad de una persona.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial. Tribunal Jurado
  • Municipio: Donostia-San Sebastián
  • Ponente: JULIAN GARCIA MARCOS
  • Nº Recurso: 13/2023
  • Fecha: 11/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El tribunal del Jurado dictó un veredicto de culpabilidad por un delito de asesinato. La motivación del Jurado en cuanto a los hechos objeto del veredicto ha sido suficiente, racional y razonable. Asimismo, el Jurado se ha basado exclusivamente en pruebas practicadas en legal forma en el acto del juicio oral, propuestas por las partes del presente proceso. El acusado, cuando ejecutó el hecho, el corte con un arma blanca de lado a lado de la mandíbula, se representó como muy posible la muerte de la víctima, prácticamente segura y, aún así, actuó por lo que se le ha de atribuir el resultado, al menos a título de dolo eventual. Se comete el hecho, además, con alevosía, y en este sentido el núcleo de la alevosía se encuentra en el aniquilamiento de las posibilidades de defensa; o bien en el aprovechamiento de una situación de indefensión, cuyos orígenes son indiferentes. En el caso examinado, cuando el autor produce el corte en la garganta, la víctima estaba semiinconsciente por los golpes que había sufrido y maniatado, sin posibilidad de defenderse. La pareja del autor material es cómplice del delito pues presenció la agresión, le ayudó a ponerle las bridas y a subirlo al vehículo y vio como fue a por un cúter. Su participación como cómplice lo es a título de dolo eventual. Finalmente existe un delito de encubrimiento respecto de la tercera persona que limpió la sangre que había perdido la víctima.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.