• Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Civil y Penal
  • Municipio: Coruña (A)
  • Ponente: JOSE ANTONIO BALLESTERO PASCUAL
  • Nº Recurso: 12/2025
  • Fecha: 18/06/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Alega la parte recurrente que no se ha practicado una prueba pericial médico psiquiátrica pese a haber sido admitida; la parte no protestó frente a la prueba practicada por el servicio de clínica forense para enfermedades mentales. En segunda instancia, se pide de nuevo la prueba a practicar por psicólogo del centro penitenciario; improcedencia. Los jurados argumentan sus conclusiones y deciden por unanimidad sobre los hábitos de consumo del acusado afectantes a su salud mental, en general, durante todo el tiempo que convivió con la difunta y, más en concreto, sobre su normal estado psíquico el día de los hechos. Agravante de género: basta con leer las conclusiones del jurado para estimar su presencia pues cuando, la noche anterior a su muerte, la difunta quiere romper la relación, lo echa de casa, él no quiere, no le devuelve las llaves y le dice "te vas a arrepentir". La acusación particular solicita el incremento de la pena de prisión; la pena está motivada en la sentencia recurrida y no hay precepto legal infringido ni razones de proporcionalidad. También pide aumento de la indemnización; no se estima pues está debidamente fundamentado en la sentencia de instancia.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial. Tribunal Jurado
  • Municipio: Córdoba
  • Ponente: MARIA DOLORES MARQUEZ LOPEZ
  • Nº Recurso: 3/2024
  • Fecha: 13/06/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El tribunal del Jurado absuelve del delito de asesinato al estimar la eximente completa de enajenación mental, trastorno mental de ideas delirantes, imponiendo como medida de seguridad el internamiento en centro psiquiátrico por tiempo máximo de 12 años. Para apreciar el asesinato se establece la compatibilidad de la alevosía, pues el ataque fue súbito, con la eximente de enajenación mental. En el caso de autos a la vista de la pericial expuesta y de sus conclusiones rotundas ha quedado acreditada la enfermedad mental y la anulación total de las facultades intelectivas del acusado a consecuencia del trastorno mental que padece, tratándose de trastorno mental grave (trastorno de ideas delirantes), con un delirio de persecución, así como trastorno por consumo de cocaína y cannabis, presentes el día de los hechos. La medida de seguridad de internamiento en centro psiquiátrico cerrado está orientada, por un lado, a la protección de la sociedad frente a los riesgos que represente el afectado por la medida y, por otro, a la protección del propio afectado destinatario del tratamiento médico-terapéutico, en la media en que puede servir para controlar sus impulsos criminales y hacer una vida normalizada, y todo esto concurre en este caso. No se aprecia, finalmente, la responsabilidad civil subsidiaria del dueño del establecimiento donde se cometió el delito ni de la aseguradora.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Almería
  • Ponente: MARIA SOLEDAD BALAGUER GUTIERREZ
  • Nº Recurso: 28/2024
  • Fecha: 12/06/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El tribunal condena por un delito de asesinato y otro de homicidio en grado de tentativa. En cuanto al asesinato concurre la agravante específica de alevosía súbita o sorpresiva, consistente en el atropello doloso e inesperado a una de las víctimas. En cuanto al delito de amenazas se aplica el principio de consunción respecto del delito de asesinato, cuando se producen ambos delitos como una progresión delictiva, como ocurre en este caso.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial. Tribunal Jurado
  • Municipio: Bilbao
  • Ponente: JOSE IGNACIO AREVALO LASSA
  • Nº Recurso: 95/2024
  • Fecha: 03/06/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El tribunal del Jurado emite veredicto de culpabilidad por un delito de asesinato doblemente cualificado por la alevosía y por ejecutar el hecho para la comisión de otro delito, todo ello en concurso medial con un delito de robo con violencia en casa habitada. Asimismo condena por un delito continuado de estafa, absolviendo del delito de usurpación del estado civil. La absolución de este delito se produce porque la utilización del nombre de la víctima para cometer delitos patrimoniales, extracción de dinero, fue puntual y no tiene el carácter de permanencia que exige dicho delito. No existe, por otro lado, según la jurisprudencia, doble incriminación o infracción del bis in ídem, apreciando la cualificación del asesinato, es decir, la producción de la muerte para facilitar la comisión de otro delito, en este caso el robo, y la comisión del delito de robo con violencia en casa habitada. La solución es la apreciación de un concurso medial entre el asesinato y el robo con violencia. Se considera, finalmente, la comisión de un delito continuado de estafa por las diversas disposiciones de dinero a través de la tarjeta y del ordenador sustraído.
  • Tipo Órgano: Sección De Apelación Penal. TSJ Sala De Lo Civil Y Penal
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: MARIA ANGELES VIVAS LARRUY
  • Nº Recurso: 245/2025
  • Fecha: 03/06/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Confirma la sentencia de la Audiencia Provincial que condena a un acusado como autor material de un delito de asesinato en grao de tentativa. Acusado que de forma sorpresiva e inesperada para su víctima golpea en la cabeza con un martillo, haciéndole caer al suelo, con pérdida de masa encefálica y abundante sangre, a pesar de lo cual no fallece al ser intervenido de urgencia. Presunción de inocencia y el principio in dubio pro reo. Prueba indiciaria. Prueba de la autoría. Reconocimiento en exhibición fotográfica llevada a cabo en comisaría de policía y su valor identificativo. Imágenes grabadas a través de una cámara de seguridad como elemento de identificación. La fuerza de la prueba indiciaria procede de la interrelación y combinación de los diferentes indicios, que convergen y se refuerzan mutuamente cuando todos ellos señalan racionalmente en una misma dirección.
  • Tipo Órgano: Sección De Apelación Penal. TSJ Sala De Lo Civil Y Penal
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: MARIA ANGELES VIVAS LARRUY
  • Nº Recurso: 229/2025
  • Fecha: 03/06/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Confirma la sentencia de la Audiencia Provincial que condena a un acusado como autor responsable de un delito de asesinato alevoso en grado de tentativa con las agravantes de parentesco y de haber actuado movido por motivos de género. Acusado que ataca de forma sorpresiva y acuchilla a quien era su esposa, sin lograr el propósito de su muerte. Delito de asesinato. Animo homicida. Juicio de inferencia sobre la presencia del ánimo de terminar con la vida de la víctima. Ataque alevoso. Circunstancias agravantes de parentesco y de actuación por motivaciones de género. Eximente de intoxicación etílica que no se aprecia.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial. Tribunal Jurado
  • Municipio: Sevilla
  • Ponente: PATRICIA FERNANDEZ FRANCO
  • Nº Recurso: 21/2024
  • Fecha: 28/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El tribunal del Jurado dictó un veredicto de culpabilidad por la comisión de un delito de asesinato, concurriendo la circunstancia de alevosía, en su modalidad de alevosía sorpresiva o inesperada, sin que la víctima tuviera posibilidad de defensa alguna. La Sala considera y asume la plena compatibilidad entre la alevosía y el dolo eventual puesto que no hay ninguna incompatibilidad ni conceptual ni ontológica en que el agente trate de asegurar la ejecución evitando la reacción de la víctima --aseguramiento de la ejecución-- y que al mismo tiempo continúe con la acción que puede tener como resultado de alta probabilidad la muerte de la víctima, la que acepta en la medida que no renuncia a los actos efectuados y todo ello se produce en el caso presente. Se descarta la concurrencia del ensañamiento así como de la circunstancia de legítima defensa pues el ataque se produce por la espalda y de manera súbita e inesperada, por lo que no concurren los elementos típicos de esta eximente pues no hubo agresión ilegítima ni tampoco la necesidad racional para defenderse.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial. Tribunal Jurado
  • Municipio: León
  • Ponente: NURIA VALLADARES FERNANDEZ
  • Nº Recurso: 66/2024
  • Fecha: 27/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El tribunal del jurado declara la culpabilidad por un delito de asesinato, apreciando la alevosía por desvalimiento, la muerte producida a una anciana inyectándole insulina por una cuidadora de la residencia de ancianos, con intención de causarle la muerte. La concurrencia de la circunstancia agravante de alevosía, se produce por la situación de desvalimiento en que la víctima se encontraba debido a su avanzada edad, dependiente para las actividades básicas de la vida diaria, acostada en la cama, todo lo cual impidió a esta defenderse. Esta alevosía por desvalimiento consiste en el aprovechamiento de una especial situación de desamparo de la víctima, como acontece en los casos de niños de ancianos debilitados. En este caso, a tenor de lo afirmado por los Jurados al elaborar el veredicto, sí apreciaron la alevosía por desvalimiento, pues la acusada se aprovechó de la especial situación en la que se encontraba la víctima, de 98 años de edad, con dependencia para cuidados básicos y actividades cotidianas que la impedía cualquier reacción defensiva. La STS 82/2.024, de 25 de enero señala que "La doctrina de este Tribunal, reforzada por la Sentencia de Pleno Jurisdiccional 585/2.022, de 14 de junio, es clara al afirmar la compatibilidad entre la alevosía por desvalimiento por la especial vulnerabilidad de la víctima y la hipercualificación del artículo 140.1.1 CP". En el caso presente no procede la imposición de la pena de la prisión permanente revisable pues la situación de especial vulnerabilidad de la víctima, ya ha sido tenida en cuenta para aplicar la alevosía, lo que supondría una vulneración del principio non bis in ídem.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial. Tribunal Jurado
  • Municipio: Murcia
  • Ponente: ISABEL MARIA CARRILLO SAEZ
  • Nº Recurso: 6/2024
  • Fecha: 27/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El tribunal del jurado emite veredicto de culpabilidad contra el acusado por un delito de asesinato con ensañamiento, pues considera acreditado que el autor, en el curso de la pelea mutua, le propinó 14 puñaladas con la intención de aumentar deliberadamente el sufrimiento de la víctima, pues cuando le causó las puñaladas había signos de vitalidad en la víctima. Apreció la atenuante de confesión del hecho pues llamó para contar los hechos a un conocido suyo de profesión guardia civil. Asimismo se consideró la atenuante analógica de reparación parcial del daño al haberse consignado antes del juicio la suma de 30.000 euros como indemnización a los hermanos de la víctima.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial. Tribunal Jurado
  • Municipio: Zaragoza
  • Ponente: NATIVIDAD RAPUN GIMENO
  • Nº Recurso: 1324/2024
  • Fecha: 26/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El tribunal del Jurado declara culpable de un delito de asesinato con alevosía por haber dado muerte a su mujer mientras dormía, estando absolutamente indefensa. También por un delito de maltrato psicológico habitual en el ámbito de la violencia de género. La mujer se hallaba sola en una casa aislada a la que accedió el acusado por lugar inusual y el crimen se produjo durante la noche. El culpable confesó voluntariamente los hechos a la Policía entregándose y entregando su patrimonio a los hijos como forma de reparación del daño. Se condena también por un delito de quebrantamiento de medida cautelar al haber infringido la prohibición de aproximación a la mujer. No constan, según el jurado, motivos de género en el crimen, pero se aplica la agravante de parentesco y también la agravante de aprovechamiento de las circunstancias de lugar y tiempo.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.