• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ALFONSO VILLAGOMEZ RODIL
  • Nº Recurso: 433/2000
  • Fecha: 07/12/2006
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Compraventa de máquinas granalladoras, suministro de recambio y accesorios. Reclamación del precio. Reconvención: se solicita la indemnización por daños y perjuicios por deficiencias de las máquinas. Plazo para el ejercicio de la acción: es el de quince años previsto en el art. 1964 del Código Civil y no el de seis meses previsto en el art. 1490 del Código Civil al haberse vendido e instalado máquinas con defectos que las hacen impropias para el fin a que estaban destinadas autorizándose en tales casos la aplicación del art. 1101 del Código Civil al tratarse de vicio de calidad constitutivo de prestación defectuosa determinante de incumplimiento contractual y consiguiente insatisfacción de la compradora. La valoración de la prueba pericial corresponde a los tribunales de instancia y sólo es revisable en casación cuando su valoración es contraria a la lógica o a la racionalidad.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE RAMON FERRANDIZ GABRIEL
  • Nº Recurso: 602/2000
  • Fecha: 03/11/2006
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Contrato de suministro de gas: consumidores. La claúsula contractual que había requerido el pago realizada por las asociadas a la empresa suministradora, es nula y abusiva. El suministro de gas combustible es un servicio público susceptible de ser encomendado a entidades públicas o privadas y los contratos que celebren con los usuarios no pueden incluir el derecho de alta. Facultad de las asociaciones de consumidores para defender, además de sus propios derechos e intereses, los generales de los consumidores y usuarios, y los de sus asociados:legitimación por representación. La congruencia de la sentencia consiste en la adecuación de la resolución judicial a las pretensiones oportunamente deducidas por las partes. No hay incongruencia en la sentencia en que existe plena coincidencia entre el fallo de la sentencia y el petitum de la demanda.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN
  • Nº Recurso: 5178/1999
  • Fecha: 30/10/2006
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso de casación porque, en cuanto al comienzo de los efectos de la morosidad desde la reclamación judicial, la parte recurrente, al proponer que dicho comienzo coincida con la fecha de la propia sentencia de apelación hoy recurrida, desconoce por completo la jurisprudencia que ésta aplica, pues ninguna referencia hace el motivo al respecto, y desconoce igualmente que tal jurisprudencia se viene manteniendo desde entonces hasta la actualidad para aquellos casos, como el enjuiciado, en que la existencia de la deuda es indiscutible desde antes de iniciarse el litigio, el acreedor se ve forzado a promoverlo para obtener una condena del deudor a su pago y, en fin, el importe de la condena no es sensiblemente inferior al de la reclamación.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: IGNACIO SIERRA GIL DE LA CUESTA
  • Nº Recurso: 5369/1999
  • Fecha: 25/10/2006
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Incumplimiento de contrato de suministro e instalación de carpintería de alumnio. El incumplimiento del plazo para dictar sentencia no determina la nulidad de la misma. Motivación suficiente al exteriorizar el fundamento de la decisión, permitiendo su control jurisdiccional. Improcedencia de la comparación entre las sentencias de primera y segunda instancia en cuanto a la valoración de la prueba pericial.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE ALMAGRO NOSETE
  • Nº Recurso: 4428/1999
  • Fecha: 16/10/2006
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Contrato de suministro: reclamación del precio. Admisión de saldo deudor a determinada fecha y falta de prueba de haber sido cobrado por la demandante. No se infringe el Art. 1214 del Código Civil. Dicho precepto no contiene regla valorativa de prueba. Supuesto de la cuestión. Prueba de presunciones no aplicada por el Tribunal "a quo".
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA ENCARNACION ROCA TRIAS
  • Nº Recurso: 4728/1999
  • Fecha: 27/09/2006
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Contrato de suministro: normativa aplicable al ser un contrato atípico.El criterio de la buena fe en el cumplimiento de las obligaciones contractuales es un principio que integra los contratos. El art. 1258 CC está excluido del recurso de casación por su carácter genérico. Incongruencia: no la hay cuando se contestan todas las peticiones formuladas en la demanda. Prueba pericial: ha de valorarse de conformidad con los criterios de la sana crítica. Sólo es impugnable en casación cuando la labor interpretativa del tribunal sea distinta de la de los peritos o de lugar a conclusiones ilógicas, absurdas o arbitrarias. Intereses.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: IGNACIO SIERRA GIL DE LA CUESTA
  • Nº Recurso: 2749/1999
  • Fecha: 20/07/2006
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Contrato de suministro de materiales. Reclamación por la empresa suministradora del precio correspondiente a los materiales sumistrados. Carga de la prueba: no existe alteración de la misma cuando se ha practicado prueba y el organo judicial lleva a cabo su apreciación, en virtud del proceso de interpretación y de valoración de la que se ha suministrado al proceso por cada parte en el conjunto del resultado.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN
  • Nº Recurso: 3388/1999
  • Fecha: 31/05/2006
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala I de este Tribunal declara la competencia del orden civil para conocer del presunto lucro del sujeto pasivo del impuesto especial sobre combustibles a costa del sujeto repercutido cuando no se discute la existencia de la obligación tributaria por parte de ambos, la base imponible ni el tipo aplicable. La determinacion del hecho basico, es decir, que la mayorista demandada repercutia a la detallista demandante mayor cantidad que la ingresada por aquella en la Hacienda autonomica habria exigido una prueba pericial contable que no fue propuesta.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL RUIZ DE LA CUESTA CASCAJARES
  • Nº Recurso: 2764/1999
  • Fecha: 04/04/2006
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El Acuerdo marco entre las patronales del sector eléctrico y el minero fue sustituido, para el periodo aquí cuestionado, por otro Libre Acuerdo entre las mismas y la Administración, el que dio lugar a la O.M. (Mº de Industria, Comercio y Turismo) de 14 de febrero de 1992 (que entró en vigor el 23 de los mismos, aunque su aplicación se estableció a partir de 1 de enero de 1992), y que estableció un nuevo "Sistema de Retribución del Coste de las Empresas Eléctricas por la adquisición de Carbón Nacional que ofrezca garantía de suministro", y ello en cumplimiento también de la D. Final 3ª del R.D. 1821/1991 por el que se estableció la "Tarifa Eléctrica" para 1992, cuyo proceso de determinación (en relación a las Empresas Gestoras del Servicio) venía establecido en el R.D. 1538/1987, de 11 de diciembre. La O.M. de 14 de febrero de 1992 es claro que incide sobre el contrato celebrado entre las partes, haciéndolo "normado", sustituyendo en él las cláusulas por las que, provinientes de la misma, éste quedaba afectado, y en cuanto que hacen suya dicha regulación,
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL RUIZ DE LA CUESTA CASCAJARES
  • Nº Recurso: 2545/1999
  • Fecha: 24/02/2006
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Contrato de suministro de material, consistente en accesorios de automóvil (persianas o para-soles), que eran artículos "de temporada". Incumplimientos en el servicio (fuera de tiempo, o por no suministro, o con defectos o en menor cantidad que la pedida).Petición de declaración de incumplimiento del contrato, con resolución del mismo. Indemnización de daños y perjuicios (por daño moral por desprestigio, por menores ventas, y por lucro cesante).Incongruencia omisiva de la Sentencia recurrida, por no decidir sobre la acción principal, sobre resolución contractual por incumplimiento. Su decisión en el Auto aclaratorio.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.