• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN MANUEL SAN CRISTOBAL VILLANUEVA
  • Nº Recurso: 3822/2023
  • Fecha: 26/11/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia apuntada resuelve el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por un trabajador frente a la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia que confirmó la denegación de la pensión de jubilación solicitada. El actor, con vida laboral acreditada de 5.994 días en alta, había solicitado la pensión en marzo de 2021, siendo denegada por el INSS al no alcanzar la carencia específica de 680 días cotizados en los quince años anteriores, al aplicarse el coeficiente de parcialidad a los periodos trabajados a tiempo parcial, que reducía dicho cómputo a 422 días. La sentencia recurrida confirmó este criterio. Como sentencia de contraste se aportó otra resolución del mismo Tribunal Superior de Justicia que, en un supuesto sustancialmente idéntico, había considerado inaplicable el coeficiente de parcialidad por su carácter discriminatorio. El Tribunal Supremo aprecia la existencia de contradicción y entra a unificar doctrina recordando su jurisprudencia consolidada y la del Tribunal Constitucional sobre la inconstitucionalidad del coeficiente de parcialidad en el cómputo de los periodos de cotización por vulnerar el principio de igualdad y suponer una discriminación indirecta por razón de sexo. Declara que, a efectos de la carencia específica exigida para la pensión de jubilación, los días cotizados a tiempo parcial deben computarse como días completos de alta, sin aplicación de coeficiente reductor. En aplicación de esta doctrina, estima el recurso, casa y anula la sentencia recurrida, revoca la dictada en instancia y reconoce al actor el derecho a la pensión de jubilación en los términos legalmente procedentes, sin imposición de costas.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: JORGE GONZALEZ RODRIGUEZ
  • Nº Recurso: 793/2025
  • Fecha: 25/11/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso y confirma la sentencia de instancia, que a su vez desestimó la demanda presentada contra la extinción de la bonificación del suministro de energía eléctrica, porque, como ha declarado sentencia de conflicto colectivo precedente sobre esta materia, los derechos de los trabajadores así como los de las personas que, no estando vinculadas por contrato laboral a las empresas firmantes del convenio y que, sin embargo, gozaban de ciertos beneficios por disposición de tal instrumento colectivo, tienen el contorno y la intensidad (esto es: el contenido) que el convenio haya querido darles ya que él es el instrumento normativo que propicia y define los derechos de estas personas y las correlativas obligaciones que tienen las empresas. El convenio colectivo que sucede al anterior puede ampliar o restringir tales derechos y beneficios e, incluso, eliminarlos.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: FRANCISCO JOSE DE PRADO FERNANDEZ
  • Nº Recurso: 888/2025
  • Fecha: 25/11/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La demandada Renfe Viajeros recurre en suplicación la sentencia de instancia, que había estimado parcialmente las demandas acumuladas de dos trabajadores, con categoría de maquinistas, quienes reclamaban indemnizaciones por gastos de destacamento debido a la demora en la toma de posesión de sus nuevos destinos tras un proceso de movilidad geográfica. La Sala de lo Social analiza la normativa aplicable y desestima el recurso, tras concluir que los actores tienen derecho a la indemnización por gastos de destacamento, pero que la clave utilizada por la empresa para calcular dicha indemnización no era la correcta, ya que no se ajustaba a la normativa interna de la empresa, al ser aplicable la clave 553, Gastos destacamento por demora de traslado, y no la clave 574, Gastos destacamento por demora de traslado voluntario misma residencia.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: JORGE GONZALEZ RODRIGUEZ
  • Nº Recurso: 1062/2025
  • Fecha: 25/11/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Reitera el beneficiario el carácter profesional (AT) de la contingencia litigiosa vinculando su trastorno adaptativo con las secuelas físicas de un accidente anterior. Cuestión que la Sala examina desde la condicionante dimensión jurídica que ofrece un inalterado relato fáctico tanto en función del carácter extraordinario del recurso interpuesto como atendiendo a la prevalente valoración judicial de la prueba practicada. En su análisis del tipo normativo referente a la exigencia de una relación causal directa entre el accidente y la enfermedad sobrevenida se advierte por el Tribunal que no basta una mera proximidad temporal cuando (como es el caso) no consta que durante el tratamiento de la lesión física se solicitara o recibiera atención psiquiátrica; siendo así, además, que la nueva baja médica comenzó un mes después del alta traumatológica. Asociando el informe oficial que específicamente se valora el trastorno adaptativo a factores personales extralaborales, no al accidente.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: CATALINA ORDOÑEZ DIAZ
  • Nº Recurso: 1338/2025
  • Fecha: 25/11/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Reitera la trabajadora-accionante (empleada de hogar y embarazada) se considere como despido nulo la decisión de su empleadora invocando supuestas necesidades familiares y pérdida de confianza. Calificación que es judicialmente asumida pues la objetiva protección de las situaciones de embarazo no exige que la empleadora fuera conocedora de tal situación; siendo desproporcionadas y no justificativas de la extinción el alegado incumplimiento que se imputa. Y si bien es cierto (avanza la Sala en su razonamiento de condena) que concurriría una observada vulneración de derechos laborales (al no haberse ofrecido a la trabajadora la ampliación de su jornada parcial) se rechaza indemnizarla por daño moral al no alegarse (ni acreditarse) vulneración de un Derecho Fundamental al que asociar la indemnización adicional que se pretende.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: MARIA CRISTINA GARCIA FERNANDEZ
  • Nº Recurso: 1298/2025
  • Fecha: 25/11/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Recurre el trabajador sancionado la impugnada procedencia de un despido acordado por su empleador por razón del uso reiterado del teléfono móvil mientras conducía y durante operaciones de descarga, pese a estar expresamente prohibido tanto en su contrato como en el manual interno suministrado por la empresa; además de contravenir la evaluación de riesgos efectuada por la misma. Decisión disciplinaria que el recurrente considera reactiva al hecho de haberse negado a firmar un documento en el contexto de un conflicto colectivo; reiterando, de forma subsidiaria a su pretendida nulidad, la improcedencia por resultar desproporcionada la sanción que además se habría producido en un contexto de tolerancia empresarial. Desde la condicionante dimensión que ofrece el irrevisado relato judicial de los hechos rechaza el Tribunal la infracción que se denuncia de la garantía de indemnidad pues no constando que el trabajador hubiera ejercitado acción judicial o preparatoria real de tutela de sus derechos ad extra, la mera negativa a firmar un documento interno no activa dicha garantía cuando es así además que la gravedad del acreditado incumplimiento que se le imputa (con manifiesto riesgo en la seguridad tanto individual como colectiva) neutralizaría el indicio de vulneración de DDFF que de contrario se sugiere.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: JOSE LUIS NIÑO ROMERO
  • Nº Recurso: 1265/2025
  • Fecha: 25/11/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Reitera la trabajadora la nulidad del despido cuya improcedencia se declara, alegando vulneración de DDFF y existencia de cesión ilegal de trabajadores al Ayuntamiento y la Federación codemandada en tanto que el servicio de salvamento es competencia municipal y, en la práctica, trabajaban para la Entidad Local. Reclamando la condición de trabajadora fija de ésta cuando es así además que se vulneró su derecho de acceso al empleo público como también su garantía de indemnidad al haberse producido la decisión extintiva como represalia de una reclamación colectiva. En respuesta a este motivo jurídico de censura advierte la Sala que no existe cesión ilegal de trabajadores pues además de que la FACC contaba con estructura propia, medios materiales y organización; dirigía y controlaba el trabajo no ejercitando el Ayuntamiento el poder de dirección ni disciplinario. Conclusión que a entender del Tribunal no se ve enervada por la advertida circunstancia de que el servicio sea competencia municipal pues ello no impide que lo preste una entidad asociativa como lo es la Federación codemandada. Tampoco concurre la alegada vulneración de DDFF (avanza la Sala en su razonamiento) porque no existen indicios de represalia ni reclamaciones previas que pudieran justificarla y, en lo que atañe al pretendido derecho de acceso al empleo público se significa que la actora no es funcionaria ni empleada pública, sino personal laboral fijo discontinuo, sujeto al Estatuto de los Trabajadores y convenio colectivo. Y no acogiéndose la petición de nulidad del despido tampoco procede reconocer al actor un supuesto derecho a la readmisión obligatoria en la medida que el art. 96.2 EBEP solo obliga a readmitir cuando se trata de personal laboral fijo del sector público. En el concreto supuesto examinado el despido (cuya improcedencia se confirma) deriva de expediente disciplinario por falta muy grave. Aplicándose al mismo la normativa laboral común, que no administrativa.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: JOSE LUIS NIÑO ROMERO
  • Nº Recurso: 1358/2025
  • Fecha: 25/11/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Recurre la empresa su condena por despido improcedente reiterando la gravedad del incumplimiento (desde el tipo infractor tanto legal como del convenio aplicable) imputado a quien en situación de IT por trastorno de ansiedad ayudó a su pareja en un bazar. En aplicación al caso de su consolidada hermenéutica jurisprudencial se recuerda por la Sala que no toda actividad durante la incapacidad temporal implica simulación o mala fe pues solo puede considerarse la gravedad del incumplimiento imputado bien cuando se finge la enfermedad, se realizan tareas propias de su actividad laboral o el sancionado perjudica su recuperación; de tal manera que habrá da atenderse tanto a la clase de enfermedad como a la naturaleza de la actividad realizada. Y en el caso de autos la parte a quien incumbe su prueba no acredita simulación como tampoco que dicha actividad implicara per se la prestación de un trabajo bajo las notas que lo definen. Actividad (esporádica y de corta duración) que no se justifica fuera incompatible con la dolencia y su recuperación; ni, en definitiva, que su desempeño se corresponda a las funciones propias de su puesto como comercial.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: MARIA DE LA ALMUDENA VEIGA VAZQUEZ
  • Nº Recurso: 1982/2025
  • Fecha: 25/11/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Recurre la empresa demandada la condena que (en sede de conflicto colectivo) se le impone al declararse nula la unilateral modificación del plan de incentivos del servicio de reclamaciones de Naturgy por haber implantado la misma sin seguir el procedimiento del artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores. En respuesta al recurso interpuesto por ésta y en el que alegaba que no se trataba de una MSCT sino de un ejercicio legítimo del ius variandi se advierte por la Sala de suplicación (en armonía con la línea de defensa sustentada por la promovente) que el nuevo sistema sí constituye una modificación de la clase indicada por su intensidad, impacto en la organización del trabajo y sus efectos en la retribución variable. Y siendo ello así al no haberse seguido por la empleadora el procedimiento legal de negociación la modificación adoptada es nula; debiendo restablecer el plan anterior.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: LAURA GARCIA-MONGE PIZARRO
  • Nº Recurso: 1322/2025
  • Fecha: 25/11/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Recurre la empresa su condena por despido improcedente considerando imputable el mismo a la codemandada por razón de subrogación; con la subsidiaria rebaja o anulación del importe de la condena. Desde la condicionante dimensión que ofrece el inalterado relato judicial de los hechos (al propugnarse su revisión sobre la base de un documento carente de la literosuficiencia exigible para acreditar que la demandante estuviera incluida entre el personal a subrogar o que existiera obligación adicional a la prevista en el convenio colectivo); advierte la Sala que la trabajadora no cumplía los requisitos temporales ni de situación laboral para generar derecho a subrogación de convenio al momento en que la demandada asumió el servicio. Empresa que (frente a lo alegado de contrario) no actuó contra la buena fe ni contra sus propios actos pues el hecho de que hubiera solicitado datos de trabajadores o firmar el encargo administrativo no implica aceptar una subrogación no exigida por convenio. Finalmente y por lo que se refiere a la cuantía de la indemnización si bien existe error material en un hecho probado sobre el salario diario, se confirma que la indemnización y salarios de la recurrente.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.