• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Ávila
  • Ponente: ANA MARIA ALVAREZ DE YRAOLA
  • Nº Recurso: 5/2022
  • Fecha: 20/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El consentimiento de personas cuya capacidad es diferente por padecer una anomalía psíquica, la jurisprudencia destaca que para que exista el abuso sexual, el déficit intelecto-volitivo de la víctima debe de proyectarse necesariamente sobre la significación del acto sexual y sobre su capacidad de decidir, y la prevalencia abusiva del acusado implica ser conocedor de esas limitaciones, abusando del trastorno. El prevalimiento no limita su aplicación a los abusos sobre personas menores de edad, sino que se configura genéricamente como un supuestos de desnivel notorio entre las posiciones de ambas partes, en las que una de ellas se encuentra en una manifiesta situación de inferioridad que restringe de modo relevante su capacidad de decidir libremente. Voto particular.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: IGNACIO UBALDO GONZALEZ VEGA
  • Nº Recurso: 1374/2018
  • Fecha: 20/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: AGRESIÓN SEXUAL: no constan los pretendidos tocamientos ni la penetración por vía vaginal a la mujer. PRUEBA DE CARGO: es la que sirve para superar la presunción de inocencia, producida por cauces de legitimidad, de signo inequívocamente acusatorio y razonablemente suficiente para dar por probado el hecho mismo y la participación del acusado. DECLARACIÓN DE LA VÍCTIMA: su validez como prueba de cargo se sustenta en criterios de verisimilitud, credibilidad, coherencia y respaldo de elementos de convicción externos. en el presente caso no hay concordancia entre las distintas declaraciones prestadas, de manera que sus testimonios no se ajustan a una línea uniforme de la que se pueda extraer, al margen de posibles matizaciones e imprecisiones, una base sólida y homogénea que constituya un referente reiterado y constante que esté presente en todas las manifestaciones.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Zaragoza
  • Ponente: NICOLASA GARCIA RONCERO
  • Nº Recurso: 987/2023
  • Fecha: 19/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala condena por un delito de agresión sexual a menor de 16 años. En el presente caso, la menor tenía 13 años cuando sucedieron los hechos objeto de acusación, habiendo efectuado un relato libre de los mismos cuando se realizó la prueba preconstituida en el Juzgado de instrucción, con estructura lógica y contextualizado en tiempo y espacio; aportando gran cantidad de detalles; no apreciándose contradicciones de carácter relevante. Se comete este delito siempre que se trate de una conducta que incluya la realización inconsentida de un acto de inequívoco contenido sexual que atente contra el bien jurídico protegido, esto es, siempre que concurran " actos de inequívoco significado y contenido sexual, susceptibles de afectar negativamente a la indemnidad sexual de las menores", lo cual se produce en el caso presente con la introducción del miembro corporal en la vagina de la menor. "Para no incurrir en un prohibido bis in ídem no se puede tomar en consideración la agravación determinada por la edad. Si el tipo exige una edad inferior a los dieciséis años concluiríamos que muchas veces -la gran mayoría- habría abuso de superioridad pues el autor siempre será un joven o un adulto (al menos de dieciocho años).
  • Tipo Órgano: Sección De Apelación Penal. TSJ Sala De Lo Civil Y Penal
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: MARIA JESUS MANZANO MESEGUER
  • Nº Recurso: 362/2023
  • Fecha: 19/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Revoca parcialmente la sentencia de la Audiencia Provincial que condena a un acusado como autor responsable de un delito de agresión sexual con acceso carnal por vía vaginal y anal, con rebaja de la pena de prisión en aplicación de la legalidad penal dada por LO 10/2022, como más favorable para el acusado. Acusado que, con ocasión de acudir a pernoctar en el domicilio de su víctima, se acuesta en su cama y le impone por la fuerza una relación sexual con penetración vaginal y anal. Presunción de inocencia y prueba de cargo bastante para desactivar la presunción. Testimonio de la víctima como prueba directa de incriminación y elementos externos de corroboración del relato ofrecido por la víctima. Facultades revisorias del tribunal de apelación respecto de pruebas presentadas con inmediación ante el tribunal de primer grado. Delito de agresión sexual. Penalidad más favorable. Sucesión normativa. Ley intermedia, entre la fecha del hecho y la vigente en la fecha de la sentencia, que contempla un trato penológico más favorable para el acusado. Pena mínima prevista legalmente para el delito cometido y facultad del tribunal de apelación en orden a imponer una penalidad superior. El recorrido penológico que suponga alejarse de la pena mínima legal solo puede tener su base, en sede enjuiciamiento o de apelación, en que hayan concurrido determinadas situaciones, circunstancias o hechos que configuren ese plus de gravedad en la conducta sometida a juicio.
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN FRANCISCO MARTEL RIVERO
  • Nº Recurso: 93/2024
  • Fecha: 18/11/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Solicitud de extradición para enjuiciamiento de un ciudadano marroquí, por hechos presuntamente constitutivos de un delito de agresión sexual. Acerca de la eventual pena de cadena perpetua que podría imponerse al reclamado, se recogen las garantías que debe ofrecer el Reino Unido, que son aceptadas. No se aprecia riesgo de vulneración de derechos fundamentales. El arraigo no es causa de denegación de la entrega solicitada, sino solo permite condicionar la entrega del reclamado a que sea devuelto al Estado de ejecución para cumplir la pena o la medida de seguridad privativa de libertad que pudiera pronunciarse en su contra en el Estado emisor. No se dan las condiciones necesarias para apreciar una integración del reclamado en nuestro país, equiparable a la de un nacional. No se precisan más garantías sobre el cumplimiento del principio de especialidad, incluido en el Acuerdo con Reino Unido.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: PABLO LLARENA CONDE
  • Nº Recurso: 3009/2022
  • Fecha: 15/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se denuncia la vulneración del derecho a la presunción de inocencia: validez de la declaración de la víctima como prueba de cargo suficiente para enervar el derecho a la presunción de inocencia. En cuanto a la pena, se determina la aplicación de la LO 10/2022 por ser más beneficiosa para el reo, por establecer un marco de punición con un límite mínimo inferior al fijado en la LO 5/2010. Proporcionalidad de la pena. La sentencia del TSJ desestimó el recurso de apelación interpuesto por el ahora recurrente y confirmó la sentencia dictada por la Audiencia Provincial, que condenó a por un delito de violación. La Sala, de acuerdo con la reforma operada por la LO 10/2022, reduce la pena de siete años y seis meses de prisión a seis años.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Cádiz
  • Ponente: MIGUEL ANGEL RUIZ LAZAGA
  • Nº Recurso: 16/2022
  • Fecha: 15/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El tribunal dictó sentencia de condena por los siguientes delitos: Delitos de lesiones, maltrato de obra y maltrato habitual en el ámbito de la violencia de género, concurriendo las agravantes de parentesco y de género. También por el delito de agresión sexual. Es evidente que el grado de vinculación entre el auto de procesamiento y el escrito de acusación del Fiscal no puede entenderse más allá de sus justos términos. En efecto, la formulación de las conclusiones provisionales corresponde al Ministerio Fiscal. Es él quien actúa el ius puniendi del Estado y quien decide con la autonomía funcional predicable de su configuración constitucional, qué va a ser objeto de acusación y contra quién va dirigirse la pretensión punitiva. El Juez de instrucción no puede exigir del Fiscal que el hecho por el que se formula acusación y las personas que hayan de soportar esa acusación coincidan con el relato fáctico y con el juicio de inculpación que ha considerado procedente expresar en el auto de procesamiento. En este sentido Fiscal puede no incorporar a su acta de acusación algunos de los hechos acogidos en el auto de procesamiento. Puede también apartarse de la subsunción suscrita por el Instructor y calificar los hechos con una tipicidad alternativa. No se puede exigir, por tanto, una exactitud fáctica.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN RAMON BERDUGO GOMEZ DE LA TORRE
  • Nº Recurso: 2535/2022
  • Fecha: 14/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Para una adecuada valoración del conflicto, la jurisprudencia ha proporcionado dos criterios, el de la pertinencia y el de la relevancia. Por la primera se exige una relación entre las pruebas y el objeto del proceso. La relevancia presenta un doble aspecto: el funcional, relativo a los requisitos formales necesarios para la práctica y desarrollo de la prueba y de la impugnación; y el material, relativo a la potencialidad de la prueba denegada con relación a una alteración del fallo de la sentencia. Los requisitos exigidos para la admisión del motivo por quebrantamiento de forma por indebida denegación de prueba serán: 1º) que la prueba denegada se solicitara en tiempo y forma; 2º) que sea pertinente; 3º) que se deniegue la práctica de la prueba; 4º) que la práctica sea posible por no haberse agotado su potencia acreditativa; 5º) que se formula protesta por la parte proponente contra la denegación. Una vez generalizada la doble instancia penal, en rigor, debe rechazarse en casación, como cuestión nueva, el examen de aquellas cuestiones que no fueron planteadas en apelación, cuando el recurrente pudo hacerlo. El derecho a la obtención de la tutela judicial efectiva en el concreto aspecto de la motivación de la sentencia exige una explicitación suficiente de la concreta pena que se vaya a imponer a la persona concernida. La prohibición de irretroactividad de la norma penal es completada en el ordenamiento español por el principio de aplicación de la norma más favorable
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN RAMON BERDUGO GOMEZ DE LA TORRE
  • Nº Recurso: 3268/2022
  • Fecha: 14/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Recurso casación tras la reforma Ley 41/2015 y la introducción del previo recurso de apelación contra las sentencias dictadas en primera instancia por las Audiencias Provinciales, ante el TSJ. Ámbito del control casacional; la sentencia contra la que se plantea el recurso de casación es la resolutoria del recurso de apelación. Presunción de inocencia. La declaración de la víctima es suficiente para enervar la presunción de inocencia, no apreciándose circunstancias personales de incredibilidad, ni constancia de problemas psicológicos que puedan afectar a dicha declaración. Las explicables contradicciones de la víctima no cebe identificarlas con falta de persistencia. Las víctimas de delitos sexuales exponen una línea de progresividad en su declaración que determina que puedan existir modificaciones puntuales que para el recurrente puedan resultar relevantes pero que en un contexto de gravedad como el relatado en los hechos probados no tienen el rango que podría conllevar una duda capaz de apuntar a la falta de credibilidad. Infracción de ley art. 849.1. Existencia de fuerza o intimidación. No se exige que se ocasiones lesiones en la víctima. Error en la apreciación prueba art. 849.2. No son documentos los informes periciales. Aplicación retroactiva Ley Orgánica 10/22. La sentencia de instancia impuso, razonándolo, las penas en su límite mínimo, lo que determina la imposición de la pena en el mínimo de la LO 10/2022 más favorable.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: PABLO LLARENA CONDE
  • Nº Recurso: 2801/2022
  • Fecha: 14/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El condenado formula recurso de casación contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia que, tras estimar el recurso de apelación, le condenó por un delito de violación en grado de tentativa con las circunstancias agravantes de parentesco y de género. Presunción de inocencia. La Sala, tras exponer el control casacional sobre la presunción de inocencia, concluye que la declaración de la víctima cumple las exigencias establecidas en la jurisprudencia y constituye prueba de cargo suficiente. Error iuris. Agresión sexual en la redacción dada por la LO 5/2010. La violencia es la fuerza física que doblegue la voluntad de la víctima y sirva de instrumento para superar la resistencia que oponga al acto de contenido sexual pretendido por el autor, diferenciándose de la intimidación en que ésta restringe la libertad de decidir del sujeto pasivo, mientras que aquélla limita su libertad de actuar. Tentativa de delito. Agravante de género. Para la aplicación de la agravación no basta con la existencia de un hecho delictivo en el que la víctima tenga la condición contemplada en la norma penal, sino que es preciso, como elemento añadido en la culpabilidad del autor, que éste actúe por motivos raciales o ideológicos o, al menos, que estos motivos incidan con entidad suficiente y separada de la acción típica del delito al que acompaña. LO 10/2022. Principio de proporcionalidad.

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