• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANA ROSA NUÑEZ GALAN
  • Nº Recurso: 2398/2024
  • Fecha: 07/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: QUEBRANTAMIENTO DE MEDIDA CAUTELAR: el acusado y la persona protegida fueron sorprendidos juntos en el domicilio de esta última, donde estaba de manera libre y consentida y llevaban un tiempo conviviendo. CONTENIDO DEL DELITO: el tipo objetivo requiere la existencia de una resolución que acuerde una condena, medida de seguridad, prisión, medida cautelar, conducción o custodia y que se incumpla con conocimiento del contenido y el resultado de su acción. DOLO: no hace falta una voluntad de incumplir ni un objetivo concreto con ese incumplimiento, sino que basta con conocer que la conducta supone el resultado típico.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: PABLO MENDOZA CUEVAS
  • Nº Recurso: 2526/2024
  • Fecha: 07/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: QUEBRANTAMIENTO DE MEDIDA CAUTELAR: conociendo la prohibición, el acusado fue sorprendido en las inmediaciones del domicilio de la persona protegida, dentro del perímetro de protección. PRESUNCIÓN DE INOCENCIA: derecho constitucional que para ser desvirtuada exige una mínima aunque suficiente actividad probatoria del hecho y de la responsabilidad del acusado, practicada con arreglo a los principios de inmediación, bilateralidad y contradicción. REVISIÓN DEL HECHO PROBADO: solo procede cuando haya un manifiesto error en la valoración de la prueba, el relato sea oscuro o resulte desvirtuado por la prueba practicada en segunda instancia. DOLO: el acusado conocía el contenido y la existencia de la orden de alejamiento, sin que sea preciso conocer cual era la intención última que perseguía con esa conducta.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: PABLO MENDOZA CUEVAS
  • Nº Recurso: 2237/2024
  • Fecha: 07/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: QUEBRANTAMIENTO DE MEDIDA CAUTELAR: el acusado fue sorprendido en compañía de la persona protegida dentro de un vehículo. PRESUNCIÓN DE INOCENCIA: derecho constitucional que cede ante la práctica actos de prueba obtenidos con respeto a los derechos fundamentales y con arreglo a los principios de inmediación, contradicción y oralidad. la conclusión sobre la misma solo puede ser modificada en los casos de error manifiesto, oscuridad o imprecisión en el relato o nuevas pruebas en segunda instancia. DOLO: el acusado conocía la prohibición y, pese a ello, actuó incumpliéndola de manera consciente. CONSENTIMIENTO: es irrelevante, en la medida en que el bien jurídico, la intangibilidad de las resoluciones judiciales, es indisponible.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: AMALIA DE SANTISIMA TRINIDAD SANZ FRANCO
  • Nº Recurso: 993/2024
  • Fecha: 07/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El dolo testamentario se entiende como utilización de palabras o maquinaciones insidiosas con las que se induce a una persona a otorgar un testamento en un sentido diferente del que hubiera otorgado si no hubieran mediado tales interferencias. Incluyéndose también en tal actuación dolosa cuando lo perseguido es que el otorgante revoque el testamento anteriormente otorgado. La jurisprudencia ha integrado la laguna legal que contiene el artículo 673 del Código Civil por medio de la aplicación analógica de los artículos 1269 y 1270 del mismo Texto legal. El dolo debe ser i) grave, no bastando el llamado "dolus bonus", o lo que es lo mismo, el que con atenciones o cuidados especiales trata de dirigir a su favor la voluntad testamentaria; ii) con relación de causalidad entre la maquinación y la disposición testamentaria; iii) se tiene que probar, pues no se presume; iv) pero puede ser acreditado por cualquier medio de prueba, incluido las presunciones. En el supuesto enjuiciado el dolo no puede quedar acreditado por lo declarado en unos audios grabados por el propio demandante, de una persona especialmente vulnerable y que presenta dudas en sus manifestaciones, algunas dirigidas por el propio demandante, que pregunta y hace comentarios durante la grabación, lo que lleva a la madre terminar llorando por el estado de tensión al que se vio sometida.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Cartagena
  • Ponente: FERNANDO MADRID RODRIGUEZ
  • Nº Recurso: 60/2023
  • Fecha: 06/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Audiencia condena al acusado como autor de un delito de administración desleal con la concurrencia de la atenuante de dilaciones indebidas. Disposición indebida de bienes de la sociedad de que se es socio y administrador solidario sin conocimiento de la otra socia y administradora. El delito de administración desleal: la extralimitación en las facultades de administración en perjuicio de la sociedad. La comisión dolosa directa y eventual. La agravación por perjuicio superior a 50.000 euros. El delito de falsedad en documento mercantil. La atenuante de dilaciones indebidas. El régimen legal de la responsabilidad civil en el proceso penal y determinación de su importe.
  • Tipo Órgano: Sección De Apelación Penal. TSJ Sala De Lo Civil Y Penal
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: MARIA ANGELES VIVAS LARRUY
  • Nº Recurso: 185/2025
  • Fecha: 06/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Confirma la sentencia de la Audiencia Provincial que condena a dos acusados como coautores materiales de un delito de homicidio en grado de tentativa y de dos delitos de lesiones agravadas por el empleo de instrumento peligroso, y absuelve a otros tres acusados de los delitos de lesiones que se les atribuye, por haber actuado en legítima defensa de familiar. Delito intentado de homicidio. Acción realizada con el propósito de terminar con la vida de otro. Coautoría. Unidad de propósito entre los dos atacantes que se aprecia al menos como sobrevenida. Relevancia de la aportación de cada uno de los coadyuvantes al resultado buscado.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Pontevedra
  • Ponente: MARIA DEL ROSARIO CIMADEVILA CEA
  • Nº Recurso: 264/2025
  • Fecha: 06/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El Juzgado de lo penal condena al acusado como autor de un delito de estafa de los artículos 248.2 y 249 del código penal a la pena de seis meses de prisión, accesorias costas y abono de la responsabilidad civil. La representación procesal del acusado interpone recurso de apelación alegando error en la valoración de la prueba, infracción del principio de presunción de inocencia, y error en la calificación jurídica porque no se cumplen los elementos del tipo aplicado. Solicita la revocación de la sentencia y la libre absolución. La Audiencia Provincial desestima el recurso de apelación y confirma íntegramente la sentencia.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Pontevedra
  • Ponente: MARIA DEL ROSARIO CIMADEVILA CEA
  • Nº Recurso: 322/2025
  • Fecha: 06/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Los argumentos de la instancia valorando el resultado de las pruebas y el razonamiento del resultado de la declaración de hechos probados se asientan en la lógica, la razón y máximas de experiencia. Los hechos probados han sido aseverados por tres testigos, y se encuentran corroboración en las manifestaciones del propio acusado, en cuanto admitió que conocía la existencia de la orden de alejamiento y sus términos y que había sido requerido para cumplirla. El dolo o intención, como elemento interno del sujeto si no es exteriorizado por éste, debe deducirse indiciariamente por datos externos de su conducta. El acusado era consciente de la prohibición de acercarse, a menos de 100 metros, al domicilio del denunciante, así como a éste y de que pasaba con su bicicleta por la vía situada a menos de esa distancia del domicilio del denunciante y de que además se dirigió a éste. En cuanto a la graduación de la pena, se tiene en cuenta que se trata de un delito continuado. En lo que respecta a la responsabilidad civil, el denunciante ha tenido que soportar durante un período de tiempo de cuatro meses las continuas molestias derivadas de la actitud del acusado, lo que sin duda ha repercutido en su vida cotidiana por la inseguridad que le podía crear el incumplimiento continuado de la orden de alejamiento, derivada precisamente de una condena por delito de amenazas. Se estima el recurso en cuanto a las costas de la acusación particular: se excluyen al no haber petición expresa.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Palma de Mallorca
  • Ponente: GLORIA MARTIN FONSECA
  • Nº Recurso: 37/2025
  • Fecha: 05/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: A pesar de citar el contenido del art 790.2 LECrim no se interesa por el fiscal la nulidad de la sentencia, por lo que no es posible entrar a valorar el pretendido error en la valoración de la prueba, al que pretende anudar la indebida aplicación del art 245 CP. La acusación particular si interesa la nulidad de la sentencia, si bien no indica qué efectos retroactivos interesa. No obstante, del cuerpo del recurso podría inferirse que lo que interesa es la retroacción al momento del dictado de la sentencia interesando la condena. Pero no indica en qué medida la prueba practicada en plenario hubiere sido valorada con manifiesto error, o en qué modo, el iter lógico seguido por el juez a quo a la vista de todo el material probatorio fuere ilógico o arbitrario o manifiestamente erróneo. Se limita a indicar que, desde la denuncia el acusado debería saber quién era el verdadero propietario. No obstante, este elemento requiere una prueba plena que no albergue la más mínima duda al respecto, pues de lo contrario no podrían cumplirse las exigencias de prueba mínima de la existencia de dolo en la conducta del acusado. Se destaca la existencia de denuncias por estafa siendo perjudicados el acusado y otros inquilinos en relación con personas físicas que se habrían hecho pasar por propietarias, con la inexistencia de dolo en el acceso a la vivienda, así como respecto a la permanencia del acusado en el inmueble, quien en todo momento consideraría que estaba como inquilino de un particular.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Palmas de Gran Canaria (Las)
  • Ponente: FRANCISCO LUIS LIÑAN AGUILERA
  • Nº Recurso: 50/2024
  • Fecha: 29/04/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se trata de una sentencia tras juicio en un caso de homicidio en grado de tentativa, donde se acusa al encausado de apuñalar a otra persona, a la que causó lesiones graves. En el juicio, el Ministerio Fiscal solicitó una pena de ocho años de prisión y la indemnización de la víctima por las lesiones sufridas, mientras que la defensa pidió la absolución del acusado. Los hechos probados indican que el acusado, tras una discusión, utilizó un cuchillo para apuñalar a la víctima, provocándole una herida penetrante en el abdomen que puso en riesgo su vida y que requirió intervención quirúrgica. Resulta que durante el juicio, varios testigos (la propia víctima, su acompañante y una tercera persona) cambiaron sus declaraciones iniciales en el Juzgado de Instrucción. A pesar de las contradicciones en los testimonios, el tribunal concluyó que la prueba de cargo era suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia del acusado al dar entrada en el juicio a lo que declararon los testigos en fase sumarial mediante lectura de las mismas. Examina el dolo homicida y concluye que existió determinando que actuó con dolo homicida. Finalmente, el tribunal condenó al acusado por un delito de homicidio en grado de tentativa a siete años de prisión y a indemnizar a la víctima con 12.300 euros, además de remitir testimonio a los Juzgados de Instrucción por posible delito de falso testimonio de los testigos. La resolución es susceptible de recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia.

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