• Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Málaga
  • Ponente: JOSE LUIS BARRAGAN MORALES
  • Nº Recurso: 1865/2025
  • Fecha: 24/11/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Revocación de sentencia sobre despido improcedente y declaración de despido procedente. Se interpone un recurso de suplicación por la empresa demandada contra la sentencia del Juzgado de lo Social que declaró improcedente el despido de la trabajadora, solicitando su revocación y la declaración de procedencia del despido. La sentencia de instancia consideró que la empresa había sancionado dos veces a la trabajadora por las mismas faltas de asistencia, lo que llevó a la declaración de improcedencia. Sin embargo, el tribunal de suplicación concluye que la conducta de la trabajadora, al no presentarse a trabajar tras su alta médica y acumular faltas injustificadas, constituye una falta muy grave conforme al Estatuto de los Trabajadores y al convenio colectivo aplicable. Se argumenta que la redacción deficiente del burofax enviado por la empresa no implica una doble sanción, y que la ausencia de la empresa al acto de conciliación no afecta la validez del despido. Por lo tanto, se estima el recurso, se revoca la sentencia anterior y se declara procedente el despido disciplinario con efectos desde el 16 de mayo de 2024. El fallo concluye con la desestimación de la demanda de la trabajadora y la declaración de procedencia del despido.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Málaga
  • Ponente: ERNESTO UTRERA MARTIN
  • Nº Recurso: 1967/2025
  • Fecha: 24/11/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Desestimación de recurso de suplicación sobre despido disciplinario y derechos fundamentales. El recurrente interpone un recurso de suplicación contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 6 de Málaga, que desestimó su demanda de nulidad o improcedencia del despido disciplinario por supuesta vulneración de derechos fundamentales. En la sentencia impugnada, se declaró válidamente extinguida la relación laboral, considerando acreditado el incumplimiento de las obligaciones laborales por parte del demandante, quien había sido apercibido en varias ocasiones por su coordinadora y había recibido amonestaciones por incumplimientos en sus funciones. El recurrente argumenta que no se valoró adecuadamente la prueba documental y testifical, y que se le causó indefensión al no incorporarse al expediente ciertos documentos solicitados. Sin embargo, el tribunal rechaza los motivos de nulidad y revisión de hechos probados, señalando que no se han infringido normas procesales y que la valoración de la prueba corresponde al órgano judicial, el cual actuó dentro de su potestad. Finalmente, se desestima el recurso y se confirma la sentencia de instancia, que califica el despido como procedente. El fallo concluye con la desestimación del recurso de suplicación y la confirmación de la sentencia del Juzgado de lo Social.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Málaga
  • Ponente: ERNESTO UTRERA MARTIN
  • Nº Recurso: 1922/2025
  • Fecha: 24/11/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Desestimación de recurso de suplicación sobre despido declarado procedente. El presente caso se refiere a un recurso de suplicación interpuesto por la parte actora contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Málaga, que había declarado el despido del recurrente como procedente y le condenó al pago de 1.119,03 euros. La parte actora solicitaba que se revocara dicha sentencia y se declarara el despido nulo o, subsidiariamente, improcedente, argumentando que la inmediatez entre su alta médica y el despido generaba un indicio de discriminación, además de cuestionar la falta de justificación de las ausencias que motivaron el despido. El tribunal, al examinar el recurso, concluyó que no se había demostrado un error en la valoración de los hechos probados, ya que el recurrente no justificó adecuadamente su inasistencia al trabajo durante varios días tras su alta médica. La Sala reafirmó que la carga de la prueba recaía sobre el demandante para demostrar la existencia de indicios de discriminación, lo cual no se cumplió en este caso. Por lo tanto, se desestimó el recurso de suplicación y se confirmó la sentencia de instancia. El fallo concluye con la desestimación del recurso de suplicación interpuesto por la parte actora y la confirmación de la sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Málaga.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Santander
  • Ponente: RUBEN LOPEZ-TAMES IGLESIAS
  • Nº Recurso: 785/2025
  • Fecha: 24/11/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La empresa demandada recurre en suplicación la sentencia de instancia que declaró improcedente el despido del demandante. Los hechos probados indican que el actor trabajó para la demandada desde 2020 y que, tras la finalización del contrato de prestación de servicios con BSH, no fue subrogado por esta última. La recurrente argumenta que el salario reflejado en la sentencia es erróneo y que no considera adecuadamente la existencia de una sucesión de empresa, dado que BSH internalizó el servicio de mantenimiento y recuperó los medios necesarios para su operación. Sin embargo, la Sala de lo Social desestima el recurso al concluir que no se cumplen los requisitos para considerar que hubo una sucesión de empresa, ya que BSH no se desprendió de los elementos materiales esenciales para la actividad y que la internalización del servicio no implica automáticamente la subrogación de los derechos laborales del demandante.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Málaga
  • Ponente: ROCIO INMACULADA ANGUITA MANDLY
  • Nº Recurso: 1895/2025
  • Fecha: 24/11/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Desestimación de recurso de suplicación sobre despido objetivo y reclamación de cantidad. Se interpone un recurso de suplicación por parte de la demandante contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 7 de Málaga, que declaró procedente el despido objetivo de la parte actora y condenó a la demandada al pago de una indemnización de 1.715,22 euros, además de estimar parcialmente la reclamación de cantidad por 280,03 euros. En el recurso, la parte actora alega infracciones en la carga de la prueba y en la aplicación de criterios de selección de trabajadores afectados por el despido colectivo, argumentando que no se cumplió con los criterios establecidos en la normativa laboral. Sin embargo, el tribunal concluye que la sentencia de instancia se ajusta a derecho, ya que la parte actora no logró desvirtuar las pruebas presentadas por la demandada que justifican la procedencia del despido. Se reitera que la carta de despido cumplía con los requisitos legales y que la actora tenía conocimiento de los criterios de selección aplicados. Por lo tanto, el tribunal desestima el recurso de suplicación y confirma la sentencia recurrida. El fallo concluye con la desestimación del recurso de suplicación interpuesto por la parte actora y la confirmación de la sentencia del Juzgado de lo Social.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Zaragoza
  • Ponente: ELENA LUMBRERAS LACARRA
  • Nº Recurso: 763/2025
  • Fecha: 24/11/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El actor recurre en suplicación la sentencia de instancia, que desestima su demanda de reclamación de cantidad por una diferencia en la indemnización por despido. El tribunal de instancia apreció la excepción de inadecuación de procedimiento planteada por la empresa demandada, argumentando que la cuestión sobre el salario a considerar para el cálculo de la indemnización debía resolverse a través del procedimiento de despido y no mediante el ordinario de reclamación de cantidad. El recurrente sostiene que la sentencia vulnera su derecho a la defensa al no resolver el fondo del asunto, ya que considera que el cálculo de la indemnización debió incluir el bonus trimestral. Sin embargo, la Sala de lo Social desestima el recurso de suplicación y confirma que la discrepancia sobre los parámetros de cálculo de la indemnización implica una cuestión de fondo que debe ser tratada en un procedimiento de despido, no en uno ordinario.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Sevilla
  • Ponente: MARIA CARMEN CUMBRE CASTRO
  • Nº Recurso: 3144/2023
  • Fecha: 21/11/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Desestimación de recurso de suplicación por despido disciplinario procedente. Se interpone recurso de suplicación por la parte demandante contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 2 de Jerez de la Frontera, que desestimó la demanda por despido disciplinario. En los hechos probados, se establece que el trabajador, tras más de 18 años de servicio, fue despedido por transgresión de la buena fe contractual, tras ser grabado en múltiples ocasiones utilizando tarjetas de fidelización para obtener descuentos de manera indebida y apropiándose de productos de la tienda sin abonarlos. La empresa alegó que estas conductas constituyen un abuso de confianza y una falta muy grave, tipificada en el Estatuto de los Trabajadores y en el convenio colectivo aplicable. El tribunal, al analizar el recurso, concluye que la revisión de los hechos probados no cumple con los requisitos establecidos por la jurisprudencia, y que la proporcionalidad entre la infracción y la sanción no es aplicable en este caso, dado que la pérdida de confianza es irreparable. Por lo tanto, se desestima el recurso y se confirma la sentencia de instancia, calificando el despido como procedente. El fallo concluye con la desestimación del recurso de suplicación y la confirmación de la sentencia recurrida.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Burgos
  • Ponente: JESUS CARLOS GALAN PARADA
  • Nº Recurso: 704/2025
  • Fecha: 20/11/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Desestimación de recurso de suplicación sobre indemnización por despido en contrato de trabajo. El recurso de suplicación interpuesto por la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León se dirige contra la sentencia del Juzgado de lo Social que declaró procedente la extinción del contrato de trabajo de la parte actora, reconociendo su derecho a percibir una indemnización por despido. La recurrente argumenta que la indemnización no debería aplicarse debido a la cobertura definitiva de la plaza ocupada por la actora, alegando que los procesos selectivos no deberían influir en la relación laboral de la misma, ya que no participó en ellos. Sin embargo, el tribunal concluye que la extinción del contrato de trabajo indefinido no fijo de la actora implica el derecho a la indemnización de 20 días por año de servicio, conforme a la jurisprudencia aplicable. Además, se establece que la antigüedad debe computarse desde el inicio de la relación laboral, sin interrupciones relevantes. Por lo tanto, el tribunal desestima el recurso, confirmando la sentencia de instancia. El fallo concluye con la desestimación del recurso de suplicación interpuesto por la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, confirmando la resolución del Juzgado de lo Social.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Pamplona/Iruña
  • Ponente: MIGUEL AZAGRA SOLANO
  • Nº Recurso: 333/2025
  • Fecha: 20/11/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Desestimación de recurso de suplicación por despido improcedente en el Ayuntamiento de Pamplona. El recurso de suplicación interpuesto por la representación letrada del Ayuntamiento de Pamplona se dirige contra la sentencia del Juzgado de lo Social que declaró improcedente el despido de la parte actora, quien había prestado servicios como auxiliar de mantenimiento desde 2015. La sentencia recurrida condenó al Ayuntamiento a readmitir a la demandante o indemnizarla con una cantidad específica, reconociendo que la extinción del contrato laboral, efectuada el 1 de diciembre de 2024, no se ajustó a derecho, dado que la plaza ocupada por la demandante fue convertida a régimen funcionarial sin seguir los trámites adecuados para extinguir un contrato laboral indefinido no fijo. El tribunal argumenta que la extinción del vínculo laboral no puede llevarse a cabo mediante la provisión de una plaza de carácter funcionarial, y que la Administración no cumplió con los requisitos legales para amortizar la plaza laboral. Por lo tanto, se confirma la improcedencia del despido y se desestima el recurso, manteniendo la decisión del Juzgado de instancia. El fallo concluye con la desestimación del recurso de suplicación y la confirmación de la sentencia recurrida en todos sus extremos.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: CARLOS ESCRIBANO VINDEL
  • Nº Recurso: 2754/2025
  • Fecha: 19/11/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Recurre la empresa su condena por despido improcedente (ante la injustificación de las causas ETOP alegadas en la comunicación extintiva). Decisión que la Sala confirma aun revisando alguno de los particulares fácticos que sustentan la conclusión judicial objeto de censura (como los referidos al salario o a la cuantificación de la cifra de negocios del año 2021); y ello en la medida que la empresa-recurrente nada prueba sobre el resultado económico correspondiente al ejercicio de 2023 como tampoco la causa organizativa alegada en la carta pues la contratación de un nuevo director comercial no puede quedar justificada por la situación penal del trabajador, por vulnerar la obligación de reserva del puesto y la presunción de inocencia. Se confirma, en consecuencia, la procedencia de su despido referenciando su salario regulador al salario fijo sin comisiones, al no haberse devengado estas durante el último año por suspensión del contrato.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.