Resumen: El condenado impugna la sentencia en lo referente a dos aspectos: la existencia del ánimo de matar, y la naturaleza y alcance del padecimiento mental que le afectaba. El TSJ desestima el recurso. La conducta desplegada por el apelante evidencia la intención de acabar con la vida del perjudicado. Ataca a la víctima de manera sorpresiva, por la espalda, con un arma mortífera, dirige sus ataques contra partes vitales (la primera cuchillada en la nuca y las inmediatamente posteriores al cuello) y lo agrede repetidamente. Además, se dirige a la víctima con expresiones que denotan su desprecio por la vida del agredido, como "¿te gusta?", que en el contexto de dicho ataque denota una ironía macabra. Llega a decirle, sin tapujos, "te voy a matar". Tras las primeras cuchilladas, continuó con el acometimiento, sin que le hiciera cesar en su conducta la oposición desplegada por su hija, por lo que se entiende correctamente calificada como tentativa de asesinato y no lesiones . En lo referente a la naturaleza e intensidad del padecimiento mental que aquejaba al acusado, concluye la Sala que estaba afectado por un trastorno delirante de tipo persecutorio, lo que disminuía sus capacidades volitivas pero no las anulaba: su inteligencia se mantenía conservada pero su delirio afectaba a su capacidad volitiva, disminuyéndola, sin hacerla desaparecer. Conservaba sus facultades intelectivas y volitivas, aunque mediatizadas por su delirio, siendo correcta la estimación de la eximente incompleta.