• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: VICENTE MAGRO SERVET
  • Nº Recurso: 10043/2022
  • Fecha: 15/09/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se refleja y fija cómo se llega al juicio de inferencia con base en la concurrencia de la prueba practicada. La menor no tuvo en ningún caso ocasión de defenderse. El hecho ocurre de forma rápida, la introduce con violencia en su casa, la agrede sexualmente y acaba con su vida, con ensañamiento además. Hubo alevosía. La motivación de la sentencia del jurado cumplió con sus exigencias de la sucinta motivación. Se dan los requisitos jurisprudenciales para la concurrencia del ensañamiento. La pena impuesta fue la de prisión permanente revisable. Hubo dos circunstancias del art. 139 (alevosía y ensañamiento) y dos del art. 140 CP (menor de 16 años y muerte subsiguiente a delito sexual). Exigencias para la valoración de la atenuante de reparación del daño del art. 21.5 CP. La condena al pago de la responsabilidad civil. El motivo se estima aunque sin afectar a las penas que se mantienen. Individualización de la pena de prohibición de aproximación y comunicación con los familiares de la menor por encima de la pena de prisión en un delito grave, ex art. 57.1 y 48 2 y 3 del Código Penal. No es proporcional la fijada, atendiendo a la gravedad del delito y los hechos.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANDRES MARTINEZ ARRIETA
  • Nº Recurso: 10159/2022
  • Fecha: 14/09/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El ensañamiento es un concepto jurídico cuyo entendimiento no coincide necesariamente con su concepción coloquial, incluso gramatical, de la expresión ensañamiento, por lo que hemos de sujetarnos a los términos que el legislador emplea para dar contenido a este elemento de agravación. En la explicación de su contenido hemos aludido a una doble exigencia: de una parte un elemento objetivo, constituido por la causación de males objetivamente innecesarios para alcanzar el resultado típico, requiriéndose que estos males innecesarios supongan un aumento del dolor o del sufrimiento de la víctima. De otra parte, un elemento subjetivo consistente en que el autor debe realizar la acción, los males innecesarios, de modo consciente y deliberado, ya no dirigidos a la consecución del resultado, sino dirigidos a aumentar de forma consciente del sufrimiento de la víctima. El ensañamiento requiere, por lo tanto, que la causación de la muerte, seleccionando un medio, modo o forma de ejecución directamente dirigido a su realización y a impedir la defensa de la víctima, se añade un sufrimiento añadido innecesario para la satisfacción de la intencionalidad homicida. El hecho probado tan solo recoge que la acusada conociendo el cruel y doloroso sufrimiento físico que provoca el fuego eligió y empleó ese medio, método o forma para, decidida a causar la muerte, atacar a la víctima inmediatamente que abriera la puerta; no se hace referencia a los elementos objetivos y subjetivos del ensañamiento.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGEL LUIS HURTADO ADRIAN
  • Nº Recurso: 10038/2022
  • Fecha: 14/09/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Es difícil precisar los diferentes objetos del veredicto, siendo el artículo 52.1 LOTJ confuso. Habrá que excluir las preguntas al Jurado que no sean de influencia necesaria para calificar los hechos y las circunstancias. No es infrecuente que se incurra en un relato excesivamente detallado y con elementos irrelevantes. La agravante por alevosía exige: a) un elemento normativo (que se trate de un delito contra las personas); b) que el autor utilice en la ejecución medios, modos o formas objetivamente adecuados para asegurarla; c) que el dolo del autor se proyecte sobre la utilización de dichos medios, modos o formas y sobre su tendencia a asegurar la ejecución y a impedir la defensa del ofendido; d) que se aprecie una mayor antijuridicidad en la conducta, derivada del modus operandi. La última jurisprudencia ha resaltado el aspecto predominante objetivo de la agravante de alevosía, pero exigiendo un plus de culpabilidad, al precisar una previa excogitación de medios disponibles, siendo imprescindible que el infractor se haya representado que su modus operandi suprime todo eventual riesgo y toda posibilidad de defensa procedente del ofendido, y queriendo el agente obrar de modo consecuente a lo proyectado y representado. En cuanto a la alevosía sobrevenida se produce cuando no se halla presente en el comienzo de la acción, pero tras una interrupción temporal se reanuda el ataque, durante el que surge el aprovechamiento de la indefensión del agredido.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial. Tribunal Jurado
  • Municipio: Valencia
  • Ponente: CLARA EUGENIA BAYARRI GARCIA
  • Nº Recurso: 115/2022
  • Fecha: 01/09/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El acusado contactaba con mujeres vulnerables, que ejercían la prostitución para llevar a cabo "fiestas blancas", prácticas sexuales con consumo de cocaína; les introducía grandes cantidades de droga en la vagina y el ano, sin su consentimiento, hasta causarles la muerte en algunos casos. Indebida acumulación de causas, ausencia de conexidad. No es delito contra la integridad moral el hecho de hacer desaparecer el cuerpo de la víctima; autoencubrimiento impune. La cocaína no es objeto, a los efectos de la agravación específica del delito de abuso sexual y su introducción carece de significado sexual. Delito contra la salud pública, sustancia que causa grave daño. La utilización de las vías vaginal o anal para suministrar la cocaína a las víctimas, excede la práctica sexual pactada y evidencia el propósito criminal. Testifical de las víctimas. Asesinatos cualificados por la alevosía, consistente en el empleo de veneno, intoxicación con la introducción de una cantidad letal de cocaína, cuando las víctimas estaban desprevenidas y sin su consentimiento. Concurso ideal entre los delitos contra la libertad sexual y los asesinatos. Agravante de género.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JAVIER HERNANDEZ GARCIA
  • Nº Recurso: 10085/2022
  • Fecha: 28/07/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Denegación de pregunta: La pregunta era pertinente y la exhibición de la fotografía como instrumento de su propia formulación, también. Se impidió indebidamente que la defensa, mediante la exhibición documental, obtuviera la concreta información que pretendía con la formulación de la pregunta. No obstante, no procede rescindir la sentencia, pues la no exhibición del documento a la testigo no le impidió obtener la información pretendida mediante las otras preguntas. Presunción de inocencia: la decisión del TSJ resulta acertada, pese a que la segunda instancia cuenta con un contenido revisor plenamente devolutivo, no opera con esta intensidad en el juicio con jurados, siendo clara la apuesta del legislador de impedir que se pueda dejar sin efecto una decisión racional y suficientemente justificada. Tutela judicial efectiva: existen déficits sustanciales de justificación en el acta del veredicto con relación a la valoración del dictamen pericial. La ausencia de razones para descartar el mismo comprometió el derecho a la tutela judicial efectiva del recurrente. Se estima en este punto el recurso, por error en la valoración de la prueba pericial al descartarse de manera inconsistente las conclusiones que apuntaban a la existencia de patologías mentales con un potencial reductor de las bases de la imputabilidad.
  • Tipo Órgano: Sección De Apelación Penal. TSJ Sala De Lo Civil Y Penal
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: FRANCISCO SEGURA SANCHO
  • Nº Recurso: 16/2022
  • Fecha: 22/07/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Confirma la sentencia de la Audiencia Provincial que condena a un acusado como autor material de un delito de asesinato y de un delito de tenencia ilícita de armas. Acusado que concierta con otro un encuentro, al que acude armado con una pistola que apunta y dispara hacia el cuerpo de su víctima, realizando algunos disparos hacia su cabeza, produciendo su muerte. Tribunal de Jurado. Valoración de las pruebas por parte del Jurado popular y fundamentación del veredicto. Valoración de las declaraciones sumariales introducidas en el juicio oral mediante lectura de las recogidas en fase de instrucción sin la presencia del investigado y su defensa letrada, pero que había sido notificado para acudir a la diligencia. Presunción de inocencia y prueba indiciaria. Requisitos que debe reunir la prueba indiciaria para considerarla hábil para enervar la presunción de inocencia. Se aprecia una suma de elementos probados que conducen a una unívoca e inequívoca conclusión lógica final que completa el juicio de culpabilidad.
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JESUS EDUARDO GUTIERREZ GOMEZ
  • Nº Recurso: 40/2022
  • Fecha: 20/07/2022
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Solicitud de entrega para el enjuiciamiento de unos hechos que podrían ser constitutivos de un delito de tráfico de drogas. En la comparecencia efectuada ante el juzgado central de Instrucción consta expresamente que el reclamado fue informado de la posibilidad de nombrar un Abogado del país de emisión. En la determinación de los hechos por los que se solicita la entrega debe primar el formulario sobre la referencia policial. El hecho de que exista un procedimiento en España contra el reclamado no es causa de denegación, sino de posible suspensión de la entrega. No se ha acreditado una vinculación laboral, familiar o de otro tipo durante un tiempo razonable como para que podamos afirmar que el reclamado pueda considerarse como "residente" en España.
  • Tipo Órgano: Sección De Apelación Penal. TSJ Sala De Lo Civil Y Penal
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: CARLOS MIR PUIG
  • Nº Recurso: 13/2022
  • Fecha: 20/07/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Confirma la sentencia de la Audiencia Provincial en que se condena a dos acusados como coautores materiales de un delito de asesinato mediante alevosía y de un delito de robo con violencia en las personas. Acusados que acuden a robar a un domicilio, donde atan y amordazan a su morador hasta provocar su muerte por asfixia. Tribunal de Jurado. Fundamentación del veredicto emitido por el jurado popular sobre la valoración realizada de las pruebas llevadas al juicio oral. Prueba pericial. Huellas dactilares como elementos de identificación de los acusados. Delito de asesinato. Inferencia del dolo de matar realizada a partir de la actividad desplegada de los acusados al amordazar a su víctima introduciendo una prenda de ropa en su boca que le impedía la respiración. Alevosía por desvalimiento de la víctima, al aprovecharse los acusados de una especial situación de desamparo de la víctima. Ausencia de elementos que evidencien signos de lucha o defensa por parte de la víctima. Delito de robo con violencia. Prescripción. Los delitos de asesinato y robo violento se valoran como una unidad delictiva de modo que para la prescripción de los mismos debe estarse al plazo previsto para el delito más grave, en este caso el asesinato.
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JAVIER VIEIRA MORANTE
  • Nº Recurso: 15/2012
  • Fecha: 19/07/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Pertenencia a organización criminal: integración del acusado en la organización ocupando un papel directivo. Carencia de prueba de la participación de este acusado en el blanqueo de capitales realizado por la organización criminal, así como en la conspiración para el asesinato por la que fue condenado otro acusado.
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA FERNANDA GARCIA PEREZ
  • Nº Recurso: 48/2022
  • Fecha: 15/07/2022
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Concurre el requisito de la doble incriminación. Para valorar la concurrencia del principio de doble incriminación, no se ha de atender al " nomen iuris" del delito por el que se interesa la extradición, ni siquiera a la estructura y naturaleza del tipo, sino únicamente a si los hechos, tal y como se relatan en el escrito de acusación, resultan delictivos en el Ordenamiento Jurídico del Estado requerido. Los hechos son calificables de delito de organización criminal y de proposición para cometer los delitos de asesinato y atentado contra agentes de la autoridad. La solicitud de extradición identifica claramente la persona reclamada y los delitos que se le imputan, por lo que no puede haber confusión alguna con otro investigado. Conforme al principio de especialidad no podrá ser juzgado en Montenegro por otros hechos distintos.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.