• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: DIMITRY TEODORO BERBEROFF AYUDA
  • Nº Recurso: 608/2022
  • Fecha: 13/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: En las circunstancias del caso, está sujeta a IVA la atribución a los socios, como consecuencia de la disolución y liquidación de una sociedad, de los derechos de edificación futura que correspondían a la sociedad en virtud de un contrato de opción de compra, cuando la sociedad hubiera liquidado el IVA correspondiente con motivo de la operación contractual mediante la que adquirió los derechos de edificación futura y hubiera deducido las cuotas soportadas.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JOSE NAVARRO SANCHIS
  • Nº Recurso: 3015/2023
  • Fecha: 13/12/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Las cuestiones que presentan interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consisten en: 1) Determinar el alcance probatorio de los informes elaborados por los funcionarios de una Administración que es parte en el proceso judicial, discerniendo, en primer lugar, si constituyen en realidad una verdadera y propia prueba pericial, por la mera razón de su emisión por funcionarios públicos que prestan sus servicios en la propia Administración decisora. 2) Precisar si la condición de parte procesal de la Administración despoja a tales informes u opiniones del plus de objetividad y valor probatorio reforzado que se presume por razón de su origen. 3) Finalmente, establecer los efectos y el valor probatorio que puede reconocerse, en la revisión judicial relativa a la deducción controvertida, al informe reglado vinculante emitido por el Ministerio de Ciencia y Tecnología, sobre la consideración como innovación tecnológica de los proyectos presentados. En otras palabras, si los informes internos del llamado Equipo de Apoyo Informático son aptos para contradecir ese informe vinculante, atendido el hecho de que la propia ley es la que determina su naturaleza reglada y su idoneidad para definir qué es innovación tecnológica. Plantea cuestiones semejantes al RCA/1634/2023.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JOSE NAVARRO SANCHIS
  • Nº Recurso: 2754/2023
  • Fecha: 13/12/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión con interés casacional objetivo consiste en determinar, interpretando conjuntamente los artículos 73 LJCA y 221 LGT, si la activación de cualquiera de los mecanismos de revisión de oficio puede dejar sin efecto o en suspenso la firmeza que adquirió una liquidación tributaria por no presentar los recursos previstos frente a ella en los plazos legalmente previstos para ello. También, si para reconocer ese derecho puede ampararse el órgano sentenciador en la nulidad de un precepto constitucional, haciendo así derivar efectos ex tunc de una sentencia del Tribunal Constitucional publicada después de haber adquirido firmeza las liquidaciones tributarias litigiosas. Cuestión resuelta por la sentencia del Tribunal Supremo de 9 de febrero de 2022 (casación 126/2019) en un sentido coincidente con el propugnado por la parte recurrente. Vid. Recurso de casación nº 5124/2022.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JOSE NAVARRO SANCHIS
  • Nº Recurso: 2613/2023
  • Fecha: 13/12/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo consiste en determinar si un órgano judicial o administrativo puede prescindir del contenido de un certificado de residencia fiscal emitido por las autoridades fiscales de un país que ha suscrito con España un Convenio, cuando dicho certificado se extiende a los efectos del Convenio. Aclarar si, a los efectos de analizar la existencia de un conflicto de residencia entre dos Estados, es posible rechazar el contenido de un certificado de residencia expedido por las autoridades fiscales del otro Estado contratante en el sentido del CDI, o la validez del referido certificado debe ser presumida, no pudiendo ser su contenido rechazado, precisamente por haberse suscrito el referido CDI. Dilucidar si es posible que un Estado firmante de un CDI, de forma unilateral, pueda enjuiciar la existencia de un conflicto de residencia, y si debe aplicar las normas específicas suscritas en el referido CDI para estos casos.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JOSE NAVARRO SANCHIS
  • Nº Recurso: 3176/2023
  • Fecha: 13/12/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional consiste en determinar si, las liquidaciones provisionales o definitivas notificadas en el mes anterior a dictarse la STC 182/2021 de 26 de octubre de 2021 e impugnadas en vía administrativa después de dicha fecha, pero antes de la publicación de la sentencia -25 de noviembre de 2021- tienen o no la consideración de situaciones consolidadas que puedan considerarse susceptibles de ser revisadas con fundamento en la citada sentencia, a través de la interposición del correspondiente recurso de reposición y fundamento exclusivo en la mencionada sentencia.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JOSE NAVARRO SANCHIS
  • Nº Recurso: 2870/2023
  • Fecha: 13/12/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión con interés casacional consiste en determinar si al contribuyente que pretenda aplicar el incentivo fiscal de la Reserva para Inversiones en Canarias en su IRPF le es exigible el desarrollo de una actividad económica en Canarias durante la fase de mantenimiento de la inversión en el patrimonio del obligado tributario, cuando dicha inversión consista en la suscripción de deuda pública canaria y la razón de la imposibilidad de ejercicio de dicha actividad es la jubilación de aquél.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Valladolid
  • Ponente: MARIA LUACES DIAZ DE NORIEGA
  • Nº Recurso: 800/2022
  • Fecha: 12/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: En suma y en atención a lo expuesto, es decir, al apreciarse que en efecto se produjo la caducidad del procedimiento tributario alegada por la parte actora, lo que hace innecesario examinar el resto de motivos en que se basaba el presente recurso ( SSTS 31 mayo 2011 y 16 julio 2012 ), debe estimarse éste y anularse tanto la resolución del TEAR de Castilla y León objeto del mismo como la liquidación de la que trae causa, la número NUM000 que, con una deuda a ingresar de 38.664,20 euros, le fue girada al demandante por el Servicio de Hacienda de la Delegación Territorial de León de la Junta de Castilla y León en concepto de Impuesto sobre Sucesiones devengado por el fallecimiento de su padre, D. Rosendo, decisión que por aplicación del principio del vencimiento recogido en el artículo 139.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio (29) , reguladora de esta jurisdicción (LJCA) ha de ir acompañada de la imposición a las Administraciones demandadas, por mitad, de las costas causadas.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: DANIEL PRIETO FRANCOS
  • Nº Recurso: 169/2023
  • Fecha: 12/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Pues bien la Sala a la vista de los indicios recopilados por la Administración, y que se ponen de manifiesto en el Acuerdo impugnado del TEAC, considera que dada la argumentación así como el bagaje probatorio aportado por la recurrente, debemos confirmar el criterio del TEAC. Así no consta personal alguno, las declaraciones de IS constatan ingresos únicamente de carácter financiero; prácticamente no declara IVA. La única operación que consta es la presentación del Plan Parcial, con dos facturas asociadas, sin que se acredite que tras la denegación se haya recurrido o procedido a presentar un Plan modificado. Por el contrario, inmediatamente a la denegación del Ayto de Avilés, es una nueva sociedad la que presenta el proyecto. Y con posterioridad a la dación en pago, consta acuerdo de liquidación de CEASA. Frente a dichos elementos, cierto que indiciarios pero con sólida proyección probatoria al estar entrelazados, no se aporta explicación por la recurrente, más que la propia existencia del plan parcial, pero consideramos que estamos ante una operación puntual de la que no puede derivarse sin más el estar en el ámbito de IVA. Por cuanto antecede, se desestima el recurso.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Murcia
  • Ponente: LEONOR ALONSO DIAZ-MARTA
  • Nº Recurso: 774/2021
  • Fecha: 12/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: el informe del Ayuntamiento de Yecla hace constar que el interesado reside en dicha vivienda desde septiembre de 2013; las facturas de consumo eléctrico aportadas no son ninguna de ellas de antes de mayo de 2013; la domiciliación bancaria de los recibos de consumo de agua a nombre del recurrente no se produce hasta el 3 de octubre de 2018; y la sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia, pese a lo manifestado por el recurrente, no declara probado que el demandante y su pareja iniciaran la convivencia en la vivienda donada en el año 2010, sino que manifiesta que se fueron adquiriendo electrodomésticos y muebles para amueblarla con la finalidad de irse a vivir en ella la pareja formada por el recurrente y la Sra. Jacinta; pero, pese a la manifestación del recurrente, la convivencia no se inició a lo largo del año 2010, sino que, como textualmente dice el fundamento tercero de la sentencia 162/20, de 6 de julio, de la Audiencia Provincial de Murcia (11) , a partir de septiembre de 2013, la Sra. Jacinta se fue a vivir de forma permanente a la casa del Sr. Alberto, continuando como pareja de hecho en la misma hasta la ruptura de sus relaciones en agosto de 2016. Siendo la fecha septiembre de 2013 coincidente con la que refiere el informe del Ayuntamiento de Yecla, por tanto, con posterioridad a los doce meses contados desde la fecha de la donación. Siendo ya irrelevante el examen de si cumplía o no el requisito de no tener en propiedad otra vivienda en el momento de la donació
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Coruña (A)
  • Ponente: JULIO CESAR DIAZ CASALES
  • Nº Recurso: 4137/2023
  • Fecha: 12/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala estima el recurso de apelación interpuesto contra sentencia que a su vez estimó parcialmente el recurso interpuesto por la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL contra la desestimación presunta de la reclamación formulada contra el AYUNTAMIENTO DE OURENSE condenando a éste a que la indemnice con el importe del IBI abonado en relación con fincas declaradas de dominio público. Señala la Sala que la aplicación de la doctrina del enriquecimiento injusto debe ser prudente y moderada porque podría chocar con la necesaria seguridad jurídica, quedando al margen de su aplicación y construcción la buena fe del enriquecido, advirtiendo que de existir mala fe habría de enjuiciarse el comportamiento en otro ámbito, y para la aplicación de la institución del enriquecimiento injusto no es necesario que exista negligencia, mala fe o un acto ilícito por parte del demandado como supuestamente enriquecido, sino que es suficiente el hecho de haber obtenido una ganancia indebida, lo que es compatible con la buena fe y, por otro lado, la existencia de dolo o mala fe por parte del demandado, que podrá dar lugar a la exigencia de otro tipo de responsabilidades, no basta, por sí sola, para dar vida a la figura del enriquecimiento sin causa, si no concurren todos los requisitos que condicionan su existencia. Por ello la Sala revoca la sentencia de instancia condenando al AYUNTAMIENTO DE OURENSE a que abone a la TGSS los gastos derivados de la solicitud de licencia de obra y el IBI.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.