• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO GARCIA MARTINEZ
  • Nº Recurso: 7427/2021
  • Fecha: 30/09/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Adquisición de acciones de Banco Popular. Anulabilidad y acción indemnizatoria. Falta de acción en aplicación de la doctrina del TJUE contenida en la sentencia de 5 de mayo de 2022 (C-410/20), que ha resuelto que la Directiva 2014/59/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, por la que se establece un marco para la recuperación y la resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión, se opone a que, con posterioridad a la amortización total de las acciones de una entidad de crédito objeto de un proceso de resolución, como fue el caso del Banco Popular, quienes hayan adquirido acciones en el marco de una OPS, emitida antes del inicio del proceso de resolución, ejerciten acciones de responsabilidad por el folleto o acciones de nulidad del contrato de suscripción de acciones que, habida cuenta de sus efectos retroactivos, conllevan efectos restitutorios. El presupuesto de las acciones ejercitadas ha desaparecido a raíz de la sentencia, ya que la sala debe aplicar la doctrina del TJUE, que tiene carácter vinculante. No procede la imposición de las costas procesales en ninguna de las instancias ni en casación, ya que la situación creada es equivalente a la carencia sobrevenida de objeto.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO GARCIA MARTINEZ
  • Nº Recurso: 6824/2021
  • Fecha: 30/09/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Adquisición de acciones de Banco Popular. Acción de nulidad e indemnizatoria por incumplimiento de las obligaciones de información. Falta de acción en aplicación de la doctrina del TJUE contenida en la sentencia de 5 de mayo de 2022 (C-410/20), que ha resuelto que la Directiva 2014/59/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, por la que se establece un marco para la recuperación y la resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión, se opone a que, con posterioridad a la amortización total de las acciones de una entidad de crédito objeto de un proceso de resolución, como fue el caso del Banco Popular, quienes hayan adquirido acciones en el marco de una OPS, emitida antes del inicio del proceso de resolución, ejerciten acciones de responsabilidad por el folleto o acciones de nulidad del contrato de suscripción de acciones que, habida cuenta de sus efectos retroactivos, conllevan efectos restitutorios. El presupuesto de las acciones ejercitadas ha desaparecido a raíz de la sentencia, ya que la sala debe aplicar la doctrina del TJUE, que tiene carácter vinculante. No procede la imposición de las costas procesales en ninguna de las instancias ni en casación, ya que la situación creada es equivalente a la carencia sobrevenida de objeto.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO GARCIA MARTINEZ
  • Nº Recurso: 4479/2019
  • Fecha: 30/09/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Adquisición de acciones de Banco Popular. Nulidad por error vicio. Alteración del orden legal de resolución de los recursos. La sentencia del TJUE de 5 de mayo de 2022 (asunto C-410/20) ha resuelto que la Directiva 2014/59/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, se opone a que, con posterioridad a la amortización total de las acciones de una entidad de crédito objeto de un proceso de resolución, como fue el caso del Banco Popular, quienes hayan adquirido acciones en el marco de una OPS, emitida antes del inicio del proceso de resolución, ejerciten acciones de responsabilidad por folleto o acciones de nulidad del contrato de suscripción de acciones que, habida cuenta de sus efectos retroactivos, conllevan efectos restitutorios. La demanda formulada se basaba en el presupuesto de que los accionistas del Banco Popular podían hacer valer las pretensiones cuyo ejercicio ha excluido ahora el TJUE. Por ello el presupuesto de las acciones ejercitadas ha desaparecido a raíz de la sentencia. Estas circunstancias privan a las pretensiones de la demandante del fundamento que hubieran podido tener si no se hubiera producido la resolución del banco, ya que esta sala, por mandato del art. 4 bis LOPJ, debe aplicar la doctrina del TJUE, que tiene carácter vinculante, de modo que tales pretensiones nunca podrían ser estimadas.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO GARCIA MARTINEZ
  • Nº Recurso: 7414/2021
  • Fecha: 30/09/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Adquisición de acciones de Banco Popular. Acción indemnizatoria por incumplimiento de obligaciones. Falta de acción en aplicación de la doctrina del TJUE contenida en la sentencia de 5 de mayo de 2022 (C-410/20), que ha resuelto que la Directiva 2014/59/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, por la que se establece un marco para la recuperación y la resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión, se opone a que, con posterioridad a la amortización total de las acciones de una entidad de crédito objeto de un proceso de resolución, como fue el caso del Banco Popular, quienes hayan adquirido acciones en el marco de una OPS, emitida antes del inicio del proceso de resolución, ejerciten acciones de responsabilidad por el folleto o acciones de nulidad del contrato de suscripción de acciones que, habida cuenta de sus efectos retroactivos, conllevan efectos restitutorios. El presupuesto de las acciones ejercitadas ha desaparecido a raíz de la sentencia, ya que la sala debe aplicar la doctrina del TJUE, que tiene carácter vinculante. No procede la imposición de las costas procesales en ninguna de las instancias ni en casación, ya que la situación creada es equivalente a la carencia sobrevenida de objeto.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO GARCIA MARTINEZ
  • Nº Recurso: 3679/2021
  • Fecha: 30/09/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Adquisición de acciones del Banco Popular. Alteración del orden legal de resolución de los recursos. La sentencia del TJUE de 5 de mayo de 2022 (asunto C-410/20) ha resuelto que la Directiva 2014/59/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, se opone a que, con posterioridad a la amortización total de las acciones de una entidad de crédito objeto de un proceso de resolución, como fue el caso del Banco Popular, quienes hayan adquirido acciones en el marco de una OPS, emitida antes del inicio del proceso de resolución, ejerciten acciones de responsabilidad por folleto o acciones de nulidad del contrato de suscripción de acciones que, habida cuenta de sus efectos retroactivos, conllevan efectos restitutorios. La demanda formulada se basaba en el presupuesto de que los accionistas del Banco Popular podían hacer valer las pretensiones cuyo ejercicio ha excluido ahora el TJUE. Por ello el presupuesto de las acciones ejercitadas ha desaparecido a raíz de la sentencia. Estas circunstancias privan a las pretensiones de la demandante del fundamento que hubieran podido tener si no se hubiera producido la resolución del banco, ya que la sala, por mandato del art. 4 bis LOPJ, debe aplicar la doctrina del TJUE, que tiene carácter vinculante, de modo que tales pretensiones nunca podrían ser estimadas.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN
  • Nº Recurso: 269/2022
  • Fecha: 25/09/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: RCO. VisionLab, S.A. Demanda de conflicto colectivo por modificación sustancial de conficiones de trabajo interpuesta por el presidente del comité de empresa del centro de Madrid, sin que existiera acuerdo de dicho comité previo a la interposición de la demanda y refiriéndose la demanda a centros distintos al de Madrid. La sentencia recurrida estima la excepción de falta de legitimación activa del presidente del comité y apreció que la adhesión en el acto del juicio de dos sindicatos se produjo cuando la acción ya estaba caducada. Se confirma la sentencia de la sala de lo social de la Audiencia Nacional
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DEL PILAR TESO GAMELLA
  • Nº Recurso: 3624/2023
  • Fecha: 19/09/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Legitimación activa de elector para impugnar las irregularidades cometidas en el voto remoto en las elecciones a la Cámara de Comercio,Industria y Navegación de Cataluña, si en el procedimiento electoral se pone de manifiesto que no se ha asegurado la identidad de todos los electores que han hecho uso de la modalidad de voto remoto y de la validez o invalidez de los sufragios controvertidos depende el resultado final
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGEL ANTONIO BLASCO PELLICER
  • Nº Recurso: 121/2022
  • Fecha: 18/09/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia apuntada resuelve el recurso de casación interpuesto por la Asociación Profesional Independiente de Fiscales contra la SAN que desestima su demanda relacionada con la prevención de riesgos laborales en la Carrera Fiscal. APIF solicitaba, entre otras cosas, la anulación del Manual de Prevención de Riesgos Laborales del Ministerio de Justicia y que se elaborase un plan específico para los fiscales. El Tribunal Supremo desestima el recurso en su totalidad, confirmando la sentencia de la Audiencia Nacional. Por un lado, desestima la excepción de inadecuación de procedimiento y otras cuestiones preliminares, pero estima la falta de legitimación activa de APIF para solicitar la anulación del manual en su totalidad. Se rechazan las pruebas adicionales aportadas por APIF, como un vídeo y una captura de redes sociales, ya que son inadmisibles en esta fase del proceso. El tribunal establece que APIF no tiene legitimación para impugnar un plan que afecta a todo el personal de justicia, aunque sí puede solicitar que no se aplique a los fiscales. El MF y las Comunidades Autónomas no tienen la responsabilidad de seguridad que APIF les atribuye en la prevención de riesgos laborales. Por todo ello, el Tribunal concluye que el conflicto planteado no es jurídico, sino de intereses, y que la vía de resolución debe ser la negociación.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: LUIS MARIA DIEZ-PICAZO GIMENEZ
  • Nº Recurso: 3623/2023
  • Fecha: 18/09/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en precisar, completar o matizar la jurisprudencia existente acerca de si la legitimación activa de las asociaciones legalmente constituidas exige que el reconocimiento para defender en juicio sus propios intereses y los de sus asociados, frente a los actos y resoluciones administrativas que pudieran perjudicar sus legítimos derechos e intereses, exige individualizar en los estatutos las singulares posibilidades de actuación jurídica de sus miembros o es suficiente con apelar en ellos a la defensa de los intereses comunes de los asociados.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO JESUS FONSECA-HERRERO RAIMUNDO
  • Nº Recurso: 600/2023
  • Fecha: 18/09/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Legitimación activa de elector para impugnar las irregularidades cometidas en el voto remoto en las elecciones a la Cámara de Comercio,Industria y Navegación de Cataluña, si en el procedimiento electoral se pone de manifiesto que no se ha asegurado la identidad de todos los electores que han hecho uso de la modalidad de voto remoto y de la validez o invalidez de los sufragios controvertidos depende el resultado final

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