• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE LUIS REQUERO IBAÑEZ
  • Nº Recurso: 4838/2021
  • Fecha: 30/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Medicamentos. Régimen sancionador. Aplicación de la ley autonómica o estatal del Medicamento. Conducta tipificada. Caducidad del procedimiento sancionador. Plazo. Régimen especial previsto en la legislación autonómica.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DEL PILAR TESO GAMELLA
  • Nº Recurso: 6801/2022
  • Fecha: 18/10/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional consiste en determinar si cuando se dispensa un fármaco no aportándose la documentación exigida (recetas), o aportándola, esta sea inadecuada, o si el acto de dispensación no se registra por la farmacia debidamente, tal actuación es un acto de dispensación sujeto al régimen sancionador de la normativa estatal sobre medicamentos, resultando de aplica por infracción de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, o por el contrario, es un acto sujeto al régimen sancionador de la normativa autonómica sobre ordenación farmacéutica; y, en caso de que se considere aplicable el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios se determine si el plazo de caducidad del procedimiento sancionador corresponde al plazo de tres meses del artículo 21.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o al plazo que prevea la normativa autonómica para ese tipo de procedimientos. y si la infracción grave prevista en el artículo 111.2 b) 8ª del RD legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos permite sancionar al titular de la farmacia.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA ISABEL PERELLO DOMENECH
  • Nº Recurso: 4351/2021
  • Fecha: 11/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: En relación con la adjudicación de un contrato público respecto del servicio sanitario consistente en terapias respiratorias domiciliarias, se plantea en casación si las empresas prestadoras de tales servicios, precisan o no tener la condición y/o las autorizaciones previstas en los artículos 52 (34) y 67.3 del Real Decreto Legislativo 1/2015, para poder llevar a cabo dicho suministro. La Sala concluye que el servicio médico a domicilio, objeto de autos, no requiere "per se" autorización para suministrar medicinas ni que la adquisición de tales medicamentos implique la subcontratación del servicio. El artículo 52.2, además, establece una excepción prevista para los gases medicinales. Por todo ello, concluye que, debe diferenciarse entre la dispensación de medicamentos por las oficinas de farmacias autorizadas y la administración de ese medicamento al paciente previa prescripción de los facultativos competentes. Obviamente para poder administrar estos medicamentos deben adquirirse de un dispensador o suministrador autorizado para ello, pero no implica que el servicio médico a domicilio deba contar con autorización para suministrar medicinas ni que la adquisición de dichos medicamentos implique la subcontratación del servicio al que se concurre.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: DIEGO CORDOBA CASTROVERDE
  • Nº Recurso: 825/2021
  • Fecha: 02/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: En relación con la adjudicación de un contrato público respecto del servicio sanitario consistente en terapias respiratorias domiciliarias, se plantea en casación si las empresas prestadoras de tales servicios, precisan o no tener la condición y/o las autorizaciones previstas en los artículos 52 y 67.3 del Real Decreto Legislativo 1/2015, para poder llevar a cabo dicho suministro. La Sala concluye que el servicio médico a domicilio, objeto de autos, no requiere "per se" autorización para suministrar medicinas ni que la adquisición de tales medicamentos implique la subcontratación del servicio. El artículo 52.2, además, establece una excepción prevista para los gases medicinales. Por todo ello, concluye que, debe diferenciarse entre la dispensación de medicamentos por las oficinas de farmacias autorizadas y la administración de ese medicamento al paciente previa prescripción de los facultativos competentes. Obviamente para poder administrar estos medicamentos deben adquirirse de un dispensador o suministrador autorizado para ello, pero no implica que el servicio médico a domicilio deba contar con autorización para suministrar medicinas ni que la adquisición de dichos medicamentos implique la subcontratación del servicio al que se concurre.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE ANTONIO MONTERO FERNANDEZ
  • Nº Recurso: 8196/2021
  • Fecha: 19/09/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Donación por ambos cónyuges de una farmacia de carácter ganancial. Requisito de la edad, interpretación del artº 20.6 de la Ley del Impuesto sobre sucesiones y donaciones. En los casos de transmisión de bienes gananciales "ínter vivos", en favor de descendientes o adoptados, de una empresa individual, un negocio profesional o de participaciones en entidades del donante, el requisito de la edad contemplado en el artículo 20.6.a) para la aplicación de la reducción en la base imponible para determinar la liquidable del 95 por 100 del valor de adquisición, debe exigirse a cada uno de los cónyuges, de forma separada, en tanto que cada cónyuge dona su parte sin consideración al otro.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO JESUS FONSECA-HERRERO RAIMUNDO
  • Nº Recurso: 2023/2022
  • Fecha: 06/07/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La Sección de Admisión plantea que se precise si está legitimado el titular de una autorización de comercialización de un medicamento para recurrir la autorización de un medicamento a otra empresa, cuando considera que se están vulnerando sus derechos de exclusividad, por la utilización (en el marco del procedimiento descentralizado de los artículos 28 y 29 de la Directiva 2001/83, de la vía del artículo 10 ter), cuando entiende que, de contrario, es aplicable el régimen jurídico previsto en el art 10 de la citada directiva; y si en el procedimiento descentralizado de los artículos 28 y 29 de la Directiva 2001/83, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios se debe pronunciar sobre los aspectos sustantivos del expediente, cuando España actúe como Estados miembro afectado.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE LUIS REQUERO IBAÑEZ
  • Nº Recurso: 3424/2021
  • Fecha: 26/06/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Ordenación farmacéutica. Si la administración competente para la ordenación farmacéutica y servicios sociales, regula la atención farmacéutica en centros sociales de titularidad pública mediante la constitución de depósitos de medicamentos y prevé la posibilidad de vincularlos a una oficina de farmacia, la selección de tal oficina puede hacerse mediante un procedimiento administrativo que garantice la objetividad, transparencia e igualdad, sin ser aplicable la normativa reguladora del contrato administrativo de suministro.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO JESUS FONSECA-HERRERO RAIMUNDO
  • Nº Recurso: 2164/2023
  • Fecha: 15/06/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La Sección de Admisión plantea que se examine si cuenta con una justificación objetiva, suficiente y razonable la denegación del acceso a la financiación pública de un fármaco, en condiciones de equidad e igualdad, sobre la base de que pesa sobre la parte recurrente la carga de acreditar las circunstancias individualizadas de otros pacientes beneficiados de la autorización del medicamento.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ISAAC MERINO JARA
  • Nº Recurso: 8472/2022
  • Fecha: 14/06/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: IVA. Exenciones. Tributación en el IVA de las cuotas variables satisfechas por determinados colegiados a un colegio oficial de farmacéuticos destinadas a sufragar un servicio de facturación. Determinar si resulta de aplicación la exención regulada en el artículo 20.Uno 12º LIVA a los servicios de facturación a una administración, relativos a las prestaciones o dispensaciones realizadas por las oficinas de farmacia a los beneficiarios de la Seguridad Social, prestados por un colegio profesional a determinados colegiados, titulares de las citadas oficinas, que resultan obligados al pago de una cuota variable para el sufragio de tales servicios.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO JESUS FONSECA-HERRERO RAIMUNDO
  • Nº Recurso: 5253/2021
  • Fecha: 25/05/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: presenta interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia que se determine si cuenta con una justificación objetiva, suficiente y razonable la denegación del acceso a la financiación pública de un fármaco, en condiciones de equidad e igualdad, sobre la base de que pesa sobre la parte recurrente la carga de acreditar las circunstancias individualizadas de otros pacientes beneficiados de la autorización del medicamento.

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