Régimen disciplinario judicial

El Consejo es el órgano responsable en España de aplicar las normas disciplinarias que regulan el incumplimiento de las responsabilidades profesionales de un juez, relativas tanto a su ejercicio profesional como a sus relaciones con los ciudadanos y profesionales de la Administración de Justicia.

El ejercicio de las funciones de un juez guardan relación, en términos generales, con los siguientes diez principios:

  • Independencia.
  • Imparcialidad.
  • Sometimiento a la ley.
  • Integridad y honradez.
  • Espíritu de servicio y trato adecuado a compañeros, profesionales y ciudadanos.
  • Respeto a las partes que intervienen en el proceso.
  • Sometimiento al proceso debido.
  • Resolución del pleito en un plazo razonable, según las circunstancias de cada caso.
  • Motivación de las resoluciones judiciales.
  • Obligación de guardar secreto profesional.

El Consejo General del Poder Judicial tiene competencias para exigir responsabilidad disciplinaria a Jueces y Magistrados. Mediante la incoación de un expediente disciplinario que tiene por objeto establecer el alcance de la conducta realizada por el juez o magistrado, el Consejo resuelve sobre la existencia de infracción y la imposición de la sanción pertinente.