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Etiquetas:
órganos técnicos del CGPJ, CGPJ
La organización interna de los órganos técnicos del Consejo General del Poder Judicial se estructura del siguiente modo:
A) SECRETARÍA GENERAL
Integrada por el/la Secretario/a General y el/la Vicesecretaria General, ejerce las funciones y competencias previstas en los artículos 612 a 614 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (en adelante LOPJ).
La Secretaría General comprende:
B) SERVICIO DE INSPECCIÓN (ART. 615 LOPJ)
Dependiente de la Comisión Permanente, está integrado por:
C) GABINETE TÉCNICO (ART. 616 LOPJ)
Órgano encargado del asesoramiento y la asistencia técnico-jurídica a los órganos técnicos del Consejo General el Poder Judicial. Se estructura en las siguientes áreas temáticas, secciones o servicios:
D) ESCUELA JUDICIAL (ARTS. 617 Y 618 LOPJ)
Con competencias en materia de selección y formación de los Jueces y Magistrados se estructura y organiza en tres grandes servicios:
E) CENTRO DE DOCUMENTACIÓN JUDICIAL (ART. 619 LOPJ)
Órgano técnico encargado de la selección, ordenación, tratamiento, difusión y publicación de la información legislativa, jurisprudencial y doctrinal. Para el adecuado cumplimiento de sus funciones, se estructura en las siguientes áreas:
F) DIRECCIÓN DE SUPERVISIÓN Y CONTROL DE PROTECCIÓN DE DATOS (ART. 620 BIS LOPJ).
Órgano técnico encargado de prestar apoyo y asistencia a la Comisión de Supervisión y Control de Protección de Datos en el ejercicio de sus funciones.