Información general

La promoción a la categoría de Magistrado/a se encuentra regulada en el artículo 311 de la Ley Orgánica del Poder Judicial donde se señala que de cada cuatro vacantes que se produzcan en la categoría de Magistrado, una se proveerá por medio de pruebas selectivas en los órdenes jurisdiccionales civil y penal, y de especialización en los órdenes contencioso-administrativo, social y mercantil.

La promoción a la categoría de Magistrado/a especialista en los asuntos de lo mercantil se produce mediante la superación de un proceso selectivo que se regirá por los principios de igualdad, mérito y capacidad, que tiene como objeto apreciar el grado de capacitación profesional necesario para el ejercicio de funciones jurisdiccionales en los asuntos de lo mercantil. Las pruebas se convocan con una cadencia aproximadamente bianual.

Los requisitos para concurrir a este proceso de especialización para los asuntos de lo mercantil es ser miembro de la Carrera Judicial (Juez/a o Magistrado/a) o miembro de la Carrera Fiscal con al menos dos años de servicios efectivos, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto la de suspensión definitiva. Sin perjuicio de estos requisitos, para acceder a estas pruebas será preciso acreditar haber participado en actividades de formación continua con perspectiva de género (art. 312.3 LOPJ), con una duración mínima de cincuenta horas lectivas. 

El órgano convocante es la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial.

El Tribunal calificador que evaluará las pruebas de ingreso por esta categoría tendrá la siguiente composición:

  • un magistrado o una magistrada de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo.
  • tres magistrados o magistradas, dos con destino en el orden jurisdiccional civil y uno en el orden jurisdiccional social, designados los primeros preferentemente entre quienes hayan obtenido la especialización en los asuntos propios de los órganos de lo mercantil.
  • un catedrático o una catedrática, o en su caso, un profesor o una profesora titular de universidad del área de conocimiento de Derecho Mercantil con más de diez años de antigüedad.
  • un abogado o una abogada con más de diez años de ejercicio profesional, en particular en relación con asuntos cuyo conocimiento corresponde a los órganos de lo mercantil,
  • un letrado o una letrada del Consejo General del Poder Judicial, que tenga la licenciatura en Derecho, y que actuará como secretario o secretaria.

El proceso selectivo estará compuesto de dos fases; una primera fase consistirá en la realización de un ejercicio teórico y un ejercicio práctico, y una segunda fase consistirá en la realización de un curso teórico-práctico a celebrar en la sede de Barcelona de la Escuela Judicial:

I. Superación de un proceso selectivo, compuesto de los siguientes ejercicios:

a) Ejercicio teórico (máximo 60 minutos de duración): exposición oral ante el tribunal, constituido en audiencia pública, de tres temas extraídos a la suerte de la primera parte del programa que se publica con la convocatoria. Finalizada la exposición de los temas, las personas candidatas habrán de responder a las observaciones que sobre el contenido de los mismos les sean formuladas por el tribunal, durante un periodo de tiempo que en total no exceda de quince minutos.

b) Ejercicio práctico (máximo de cinco horas): consistirá en la realización de un dictamen que versará sobre las materias contenidas en la segunda parte del temario que se publica con la convocatoria y será objeto de lectura en audiencia pública.

II. Superación de un curso teórico-práctico en la Escuela Judicial, que actualmente tiene una duración de siete semanas y comprende módulos teórico-prácticos repartidos en dos fases:

a) Primera fase (cinco semanas aprox.): realización de un curso teórico-práctico presencial durante cuatro semanas en la Escuela Judicial y una semana en la Sala Primera del Tribunal Supremo.

b) Segunda fase (dos semanas aprox.): realización de prácticas tuteladas a desarrollar en diversos órganos especializados en España.