• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Cartagena
  • Ponente: JOSE MANUEL NICOLAS MANZANARES
  • Nº Recurso: 1/2025
  • Fecha: 13/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Audiencia confirma la sentencia que condenó al acusado como autor de un delito de robo con violencia y lesiones. Presunción de inocencia y error en la valoración probatoria. Valor como prueba de cargo del testimonio de la víctima. Credibilidad y corroboración periférico de su manifestación. El delito leve de lesiones en atención a la asistencia médica recibida y no a la duración de la lesión. No se altera el principio dispositivo y de rogación en el proceso penal de la responsabilidad civil por la circunstancia de que el tribunal difiera para ejecución de sentencia la fijación del quantum de la responsabilidad civil dimanante del delito, ya que este no tiene por qué sujetarse a la específica forma de la reclamación y fijarla en el fallo, sino que puede dejar para ejecución de sentencia el quantum si con la prueba practicada no le resultara posible llevarlo a cabo.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Murcia
  • Ponente: RICARDO CUEVAS VELA
  • Nº Recurso: 12/2025
  • Fecha: 13/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Audiencia confirma la sentencia que condenó al acusado como autor de un delito de robo con fuerza en establecimiento abierto al público. Ámbito de conocimiento del tribunal de apelación respecto de la apreciación de los hechos y la valoración de la prueba. Valor como prueba de cargo de la declaración de los agentes de la policía local que realizaron la detención y el de las cámaras de seguridad del establecimiento. La agravación por empleo de disfraz: el uso de una capucha y de una gorra con el fin de impedir la identificación debe considerarse disfraz a efectos de la citada agravación.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Civil y Penal
  • Municipio: Coruña (A)
  • Ponente: JOSE MARIA GOMEZ Y DIAZ-CASTROVERDE
  • Nº Recurso: 34/2025
  • Fecha: 13/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Motivación. Pruebas indiciarias: razonable explicación en la sentencia recurrida. Cámaras de grabación, vestimenta, localización de teléfonos móviles, registros, modus operandi idéntico, ... La sentencia explica con detalle en cada uno de los episodios la intervención de cada recurrente, sin que exista quiebra alguna de motivación.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Bilbao
  • Ponente: IZASKUN NAZARA LACAMBRA
  • Nº Recurso: 202/2025
  • Fecha: 12/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El Juzgado de lo penal condena al acusado como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas en grado de tentativa, a la pena de un año de prisión. La representación procesal del acusado interpone recurso de apelación alegando error en la valoración de la prueba, vulneración del derecho a la presunción de inocencia, solicitando la revocación de la sentencia y la libre absolución. La audiencia Provincial desestima el recurso de apelación, confirma íntegramente la sentencia ratificando la valoración probatoria realizada por el juez a quo en la sentencia, por ser lógica, racional, no arbitraria, basada en prueba de cargo suficiente.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Toledo
  • Ponente: FLORENCIO RODRIGUEZ RUIZ
  • Nº Recurso: 29/2025
  • Fecha: 12/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Los testimonios prestados por el acusado y los testigos que declararon en el acto del juicio, que refiere la sentencia recurrida, permiten colegir, en el mismo sentido, que, respecto al primer robo, la entrada a la parcela donde se localizaba la vivienda, así como el acceso ulterior a la misma, se tuvieron que producir, necesariamente, por el acusado, saltando la valla y forzando la ventana que se hallaba en el baño, puesto que todos los testimonios permiten constatar que esta ventana estaba rota, que había huellas en el baño y que no existía ninguna puerta ni acceso libre a la vivienda. Y, respecto del segundo robo, también se constata que el acceso a la vivienda tuvo que producirse fuera de las vías ordinarias de acceso, puesto que las puertas de la vivienda las cerraba la familia, según se deduce de la declaración de la hija del denunciante, por lo que se desestima el motivo concerniente a la calificación del delito que se pretende como hurto, en el recurso deducido, al entenderse lógicas y racionales las consideraciones que, sobre valoración probatoria, desarrolla la sentencia apelada. Al constatarse una paralización en la causa que abarca casi dos años, se ha producido una dilación extraordinaria, no atribuible al acusado y tampoco justificada por la complejidad de la causa, lo cual lleva a la aplicación por el Tribunal de la atenuante de dilaciones indebidas, si bien como ordinaria, por lo que se reduce la pena impuesta a la de dos años de prisión.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Vigo
  • Ponente: MARIA NELIDA CID GUEDE
  • Nº Recurso: 448/2025
  • Fecha: 12/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El Juzgado de lo penal condena al acusado como autor de un delito de robo con violencia e intimidación de los artículos 242.1 en concurso ideal por un delito de lesiones del artículo 147.2, A la pena de dos años de prisión; y condena a la acusada como autora de un delito de estafa del artículo 248 del código penal, a la pena de seis meses de prisión. Las representaciones procesales de ambos acusados interpone recurso de apelación contra la sentencia alegando error en la valoración de la prueba y vulneración del derecho la presunción de inocencia, solicitando la revocación de la sentencia y la libre absolución. La audiencia Provincial desestima los recursos de apelación y confirma la sentencia.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Ciudad Real
  • Ponente: BEATRIZ GARCIA-MORENO GARCIA DE LA GALANA
  • Nº Recurso: 55/2025
  • Fecha: 09/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Frente a la alegación que se efectúa en el recurso de haberse vulnerado el derecho a utilizar los medios de prueba pertinentes por la inadmisión de la prueba testifical que propuso la parte en su escrito de calificación provisional, se rechaza la misma por la Sala señalando que en el recurso de apelación interpuesto no se ha interesado por el recurrente la práctica de tales declaraciones testificales, conforme al art. 790.3 de la LECrim, ni justificado su pertinencia, lo que impide efectuar un juicio de valor sobre su idoneidad, vaciando de contenido el cauce procesal previsto para reparar el eventual perjuicio que pudiera haberse derivado de su inadmisión. Tras el visionado de la grabación del juicio oral, no se constata que la Magistrada-Juez impidiera a la parte recurrente formular pregunta alguna, sin que la misma indique en el recurso cuales eran, a qué testigo irían dirigidas y por qué su omisión le ha causado la indefensión que se alega en el recurso. Se encuentra justificada la denegación de exhibición de fotografías que constan en el Atestado, que se realizó en la fase de instrucción, que se pretendía reiterar por la Defensa, en el acto del juicio, a los efectos de que los testigos reconocieran a los responsables de los hechos, sin ningún impedimento encontrara la parte en preguntar a tales testigos si reconocían al recurrente, presente en la Sala, como el responsable del robo que se le imputaba.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Murcia
  • Ponente: ALVARO CASTAÑO PENALVA
  • Nº Recurso: 41/2025
  • Fecha: 09/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Audiencia confirma la sentencia que condenó a los acusados como autores de un delito de robo con fuerza y otro de quebrantamiento de condena. Valor de la testifical y el reconocimiento efectuado por los agentes de policía. La prueba indiciaria como prueba de cargo. La consumación y la tentativa en el delito de robo: la aprehensión con disponibilidad. Las dilaciones indebidas como circunstancia de atenuación simple o cualificada.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Santa Cruz de Tenerife
  • Ponente: MARIA TERESA HERNANDEZ SANCHEZ
  • Nº Recurso: 264/2025
  • Fecha: 08/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El Juzgado de lo penal condena los acusados como autores de un delito de robo con fuerza en las cosas a la pena de un año de prisión. Ambos acusados recurren la sentencia alegando error en la valoración de la prueba, vulneración del derecho a la presunción de inocencia, Y vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva por insuficiente motivación. Suplican la estimación del recurso y la revocación de la sentencia, se decrete la libre absolución. La audiencia Provincial desestima el recurso de apelación, confirma la sentencia y ratifica la valoración probatoria realizada por el juez a quo, concluyendo que no se ha producido vulneración de ningún derecho fundamental.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Coruña (A)
  • Ponente: JOSE ALBERTO NODAR GARCIA
  • Nº Recurso: 263/2025
  • Fecha: 08/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El Juzgado de lo penal condena al acusado como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas en establecimiento abierto al público fuera del horario de apertura de los artículos 237, 200 38.2 y 241.1 del código penal, concurriendo la agravante de reincidencia, a la pena de tres años y tres meses de prisión. La representación procesal del acusado interpone recurso de apelación alegando error en la valoración de la prueba y vulneración del derecho a la presunción de inocencia, apreciación de la atenuante de drogadicción, solicitando la revocación de la sentencia y la libre absolución. La audiencia Provincial desestima el recurso de apelación, confirma íntegramente la sentencia y ratifica Íntegramente la valoración, Y concluye que es criterio de esta Sala que no basta ser drogadicto de una u otra escala u orden para pretender la aplicación de atenuantes y la disminución de la responsabilidad de los toxicómanos ha de determinarse en función de la imputabilidad ( SSTS 07/10/2022, 19/01/2023 y 25/01/2024), lo cual en este caso no se sometido a criterio del Juzgador pues nada acredita su drogadicción en autos ni en la vista objeto del pronunciamiento final ahora recurrido, y aún siéndolo, nada en relación a su adicción y el hecho enunciado se ha relacionado..

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