• Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: JORGE GERMAN RUBIERA ALVAREZ
  • Nº Recurso: 4/2025
  • Fecha: 27/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Para esta sentencia la comisión de un delito que lleve aparejada una pena privativa de libertad superior a un año no conlleva necesariamente la expulsión de territorio nacional con carácter automático cuando se tiene permiso de residencia de larga duración, sino que es preciso dilucidar en cada caso las circunstancias concurrentes, especialmente la afección al orden público del delito. En el supuesto que decide considera que, si debe de haber expulsión, ya que el recurrente tenía antecedentes penales en España, sin que tampoco conste ni arraigo suficiente en nuestro país.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL BOTELLA GARCIA-LASTRA
  • Nº Recurso: 390/2024
  • Fecha: 27/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Confirma esta sentencia otra de la instancia que declara conforme a derecho una orden de expulsión de un ciudadano extranjero que ha cometido varios delitos en España, alguno con pena superior a 1 año. Considera la sentencia que en estos supuesto la expulsión no puede ser automática, debiendo valorarse las circunstancias concurrentes. Además tampoco se acredita que exista arraigo circunstancia familiar que pueda excluir la expulsión toda vez que nos acredita con la intensidad suficiente que exista una relación afectiva con una ciudadana española ni tampoco que tenga un hijo en nuestro país.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: GUILLERMINA YANGUAS MONTERO
  • Nº Recurso: 751/2024
  • Fecha: 27/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Confirma esta sentencia otra dictada por el Juzgado de la instancia que declaraba conforme a derecho una resolución que acordaba la expulsión de un ciudadano extranjero de un país de la Unión Europea del territorio español, ya que su presencia en el territorio nacional puede suponer una amenaza real y grave para el orden publico. En el decidido en el caso resuelto por la sentencia que nos ocupa, la misma destaca que la comisión de un acto delictivo constituye por si misma una amenaza grave para el orden publico.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: JOSE RAMON CHAVES GARCIA
  • Nº Recurso: 387/2024
  • Fecha: 27/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se resuelve este litigio con aplicación de la doctrina jurisprudencial derivada de reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo que supone rescatar la doctrina tradicional de nuestros tribunales sobre la aplicación del principio de proporcionalidad en los supuestos de simple estancia irregular, de manera tal la expulsión se considera la consecuencia única de la estancia irregular aunque se exige una valoración de las circunstancias concurrentes ya que, a la postre, la expulsión requiere una motivación específica, y distinta o complementaria de la pura permanencia ilegal . El propio Tribunal Supremo analiza en su sentencia de 18 de septiembre de 2023, RC 2251/2021, alguna de la casuística al respecto de los datos negativas o positivos que pudieren justificar o no la expulsión, señalando que deben constar en la resolución que acuerda la expulsión. En el caso que decide considera que el incumplimiento de orden de salida obligatoria, sin el hecho excluyente de haber solicitado y contar con los requisitos de autorización de residencia, constituye factor agravante a los efectos e imponer la sanción de expulsión. En suma, estamos ante hechos negativos suficientes para confirmar el fundamento que comporta la sanción de expulsión, sin quebranto del principio de proporcionalidad.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: MARIA JOSE MARGARETO GARCIA
  • Nº Recurso: 402/2024
  • Fecha: 27/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Para esta sentencia la comisión de un delito que lleve aparejada una pena privativa de libertad superior a un año no conlleva necesariamente la expulsión de territorio nacional con carácter automático cuando se tiene permiso de residencia , sino que es preciso dilucidar en cada caso las circunstancias concurrentes, especialmente la afección al orden público del delito. En el supuesto que decide considera que, si debe de haber expulsión, ya que el recurrente tenía antecedentes penales en España, sin que tampoco conste ni arraigo suficiente en nuestro país.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL BOTELLA GARCIA-LASTRA
  • Nº Recurso: 500/2024
  • Fecha: 27/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Revoca esta sentencia otra dictada por el Juzgado de la instancia que declaraba conforme a derecho una resolución que acordaba la expulsión de un ciudadano extranjero de un país de la Unión Europea del territorio español, ya que su presencia en el territorio nacional no se acredita que puedea suponer una amenaza real y grave para el orden publico. En el decidido en el caso resuelto por la sentencia dura la documental, especialmente la sentencia condenatoria para señalar que lo es por un delito contra la salud pública de una droga que no causa grave daño, siendo así que no consta la firmeza de las otras sentencias invocadas por la administración.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Zaragoza
  • Ponente: MARIA SOLEDAD ALEJANDRE DOMENECH
  • Nº Recurso: 311/2025
  • Fecha: 26/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Audiencia confirma la sentencia que condenó al acusado como autor de un delito de hurto con la concurrencia de la agravante de multirreincidencia. Se discute en el recurso la aplicación de la figura agravada dado que este tipo penal se introdujo por la LO 9/2022, por lo que entiende que no se pueden computar los antecedentes penales anteriores a esa fecha para la subsunción de la conducta en ese tipo penal, pues en otro supondría una aplicación retroactiva de la ley penal más desfavorable prohibido por la ley. El tribunal desestima la alegación porque no constituye sino un supuesto de agravación por multireincidencia aplicable a aquellos supuestos de reiteración en la comisión de delitos de hurto por parte de quien hacía de esta actividad su medio de vida, y que no encontraban una adecuada respuesta penal al resulta contrario a los principios de culpabilidad y proporcionalidad de las penas computar a efectos de multirreincidencia las condenas previas por delitos leves. Los antecedentes penales operan como un supuesto de agravación por la existencia de multirreincidencia y para su apreciación basta, como en cualquier supuesto de reincidencia, que en el momento de cometer el delito leve de hurto el autor haya sido ejecutoriamente condenado al menos por tres delitos de los comprendidos en el mismo Título, aunque sean delitos leves, y el montante acumulado sea superior a los 400 €, siempre y cuando estos antecedentes penales no estén cancelados o sean cancelables.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: HECTOR GARCIA MORAGO
  • Nº Recurso: 851/2022
  • Fecha: 26/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala considera que ha sido bien acreditada la circunstancia agravatoria para imponer la expulsión del territorio nacional. Constan dos sentencies firmes, en los años 2020 y 2021, por dos delitos de hurto, de lo que deberá seguirse que la sanción de expulsión deba considerarse justificada y proporcionada. Máxime no constando ninguna prueba consistente, susceptible de acreditar un grado de rehabilitación apreciable, con datos reales y tangibles.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Bilbao
  • Ponente: PAULA PLATAS GARCIA
  • Nº Recurso: 135/2024
  • Fecha: 26/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia desestimatoria recaída en el juzgado en materia de expulsión de extranjero en situación de irregularidad pues el sancionado en el momento de la detención se encontraba indocumentado, no tenía en su poder su pasaporte, que es el medio de identificación alegando haber sido víctima del robo de éste. Sanción proporcionada a los elementos negativos. Evolución jurisprudencial en la respuesta a la sanción, multa o expulsión, por estancia irregular e incidencia de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Albacete
  • Ponente: JOSE ANTONIO FERNANDEZ BUENDIA
  • Nº Recurso: 378/2021
  • Fecha: 26/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso interpuesto contra la Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional por la que se desestimó la Reclamación Económico Administrativa interpuesta frente al acuerdo de imposición de sanción tributaria por la comisión de una infracción tributaria grave, por determinar o acreditar improcedentemente partidas a compensar o deducir en la base de declaraciones futuras en relación con la declaración del del Impuesto de Sociedades, frente a ello el interesado invoca la nulidad del procedimiento sancionador por incoarse antes de la liquidación, lo cual no implica que el procedimiento sancionador haya mermado el derecho a la defensa de la actora quien reconoce la plena legalidad del acuerdo de liquidación y que las bases imponibles negativas declaradas no eran correctas, reconociendo que los hechos constitutivos de la infracción se han cometido, por lo que se discute únicamente si existe culpabilidad y en este caso el relato detallado de la conducta actora es motivación suficiente para justificar la culpabilidad, ya que pasar por alto el ajuste contable, sólo se puede explicar por la inobservancia de las más elementales reglas de liquidación del impuesto y de cumplimentación del modelo de autoliquidación, demostrando que el contribuyente no se preocupa por cumplir adecuadamente sus obligaciones fiscales, concurriendo por tanto el elemento subjetivo de la infracción.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.