• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CARLOS LESMES SERRANO
  • Nº Recurso: 2003/2023
  • Fecha: 02/06/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso de casación interpuesto frente a sentencia estimatoria de recurso de apelación que revocando sentencia de instancia, desestima recurso contencioso-administrativo interpuesto frente a resolución que acuerda la expulsión del territorio nacional del extranjero en situación irregular conforme a lo dispuesto en el 53.1.a) de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero. La Sala reitera que la circunstancia de encontrarse el extranjero en situación irregular sin documentación alguna por la que pudiera ser identificado, plasmada en la resolución administrativa, puede suponer una circunstancia de agravación, para cumplir con el presupuesto de proporcionalidad de la medida de expulsión del territorio nacional del extranjero en situación irregular.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: LUIS ALBERTO GOMEZ GARCIA
  • Nº Recurso: 95/2025
  • Fecha: 30/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se resuelve este litigio con aplicación de la doctrina jurisprudencial derivada de reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo que supone rescatar la doctrina tradicional de nuestros tribunales sobre la aplicación del principio de proporcionalidad en los supuestos de simple estancia irregular, de manera tal la expulsión se considera la consecuencia única de la estancia irregular aunque se exige una valoración de las circunstancias concurrentes ya que, a la postre, la expulsión requiere una motivación específica, y distinta o complementaria de la pura permanencia ilegal . El propio Tribunal Supremo analiza en su sentencia de 18 de septiembre de 2023, RC 2251/2021, alguna de la casuística al respecto de los datos negativas o positivos que pudieren justificar o no la expulsión, señalando que deben constar en la resolución que acuerda la expulsión. En el caso que decide considera que no existen datos negativos que avalen la expulsión.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: JORGE GERMAN RUBIERA ALVAREZ
  • Nº Recurso: 13/2025
  • Fecha: 30/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se resuelve este litigio con aplicación de la doctrina jurisprudencial derivada de reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo que supone rescatar la doctrina tradicional de nuestros tribunales sobre la aplicación del principio de proporcionalidad en los supuestos de simple estancia irregular, de manera tal la expulsión se considera la consecuencia única de la estancia irregular aunque se exige una valoración de las circunstancias concurrentes ya que, a la postre, la expulsión requiere una motivación específica, y distinta o complementaria de la pura permanencia ilegal . El propio Tribunal Supremo analiza en su sentencia de 18 de septiembre de 2023, RC 2251/2021, alguna de la casuística al respecto de los datos negativas o positivos que pudieren justificar o no la expulsión, señalando que deben constar en la resolución que acuerda la expulsión. En el caso que decide considera que existen datos negativos que avalen la expulsión.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JAVIER HERNANDEZ GARCIA
  • Nº Recurso: 7157/2022
  • Fecha: 29/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Delitos contra el medio ambiente. El artículo 325 CP contempla, expresamente, conductas que «por sí mismas o conjuntamente» resulten idóneas para introducir el riesgo de afectación del bien jurídico protegido. La estructura del tipo no exige, por tanto, estanquear o individualizar distintas acciones típicas, a modo de infracciones diferenciadas, que respondan o aprovechen un plan preconcebido y que obligue, por ello, a su tratamiento normativo unitario mediante la figura del delito continuado. En puridad, la acción se concibe como permanente, a lo largo del tiempo de comisión. Por lo que es la unicidad material de las conductas conjuntas la que sirve para dotarlas de la idoneidad lesiva final penalmente relevante. Pero esta fórmula de acumulación de aportaciones contaminantes consideradas individualmente inocuas -de especial relevancia en los supuestos de contaminación acústica pues su rasgo esencial es que el ruido no se acumula y cuando cesa desaparece sincrónicamente el efecto contaminante producido por la inmisión concreta- no puede operar cuando se realizan por sujetos distintos a salvo casos de participación o coautoría. En efecto, en supuestos de contribuciones sucesivas atribuir a cada uno de los sujetos contribuyentes, sin relación participativa entre sí, el total de la lesividad causada que permite el reproche penal comprometería gravemente los principios de proporcionalidad y de responsabilidad por el hecho.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA CONSUELO URIS LLORET
  • Nº Recurso: 4878/2023
  • Fecha: 28/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Recuerda la doctrina jurisprudencial establecida en relación con el juicio de proporcionalidad respecto de la sanción de expulsión por estancia irregular iniciada con la STS de 18/9/2023 (RC 2251/2021). Tras lo cual, en respuesta a la cuestión casacional, sostiene que jurisprudencia sobre las circunstancias de agravación debe complementarse o matizarse -en relación, singularmente con los antecedentes policiales- en aquellos casos en que la actuación policial ha dado lugar a la incoación de unas diligencias penales -debidamente identificadas- por un delito grave, y en su curso se ha acordado como medida cautelar personal la prisión provisional del extranjero, en los siguientes términos: «La existencia de actuaciones penales debidamente reseñadas, abiertas contra el extranjero en situación de estancia irregular por un delito grave, en cuyo seno se acuerda la prisión preventiva, constituye una circunstancia agravante que determina la proporcionalidad de la medida de expulsión del territorio nacional, debiendo valorarse en ese contexto la duración de la situación de prisión provisional.»
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Bilbao
  • Ponente: JUAN CARLOS GARCIA LOPEZ
  • Nº Recurso: 525/2023
  • Fecha: 28/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia desestimatoria recaída en el juzgado en materia de expulsión de extranjero en situación de irregularidad. Siendo la sanción prioritaria la de multa, la expulsión sólo procede en el supuesto de que concurran circunstancias agravantes aplicando el principio de proporcionalidad que acogen el Tribunal Supremo y el de Justicia de la Unión Europea. En este caso el interesado se encuentra indocumentado y se desconoce modo y forma de entrada, habiendo sido condenado en dos ocasiones. Por el contrario, no acredita tener pareja sentimental estable al no haberse iniciado los trámites de registro como pareja de hecho, ni tener hijos en España. Sólo familiares con los que convive apenas dos meses antes de la incoación del expediente.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Zaragoza
  • Ponente: LUIS CARLOS MARTIN OSANTE
  • Nº Recurso: 274/2025
  • Fecha: 26/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso de apelación interpuesto contra auto que desestima la solicitud de medidas cautelares de suspensión de la ejecución del acto impugnado, y señala que no concurre arraigo en el recurrente, además de indicar una serie de circunstancias que suelen considerarse elementos negativos a efectos de expulsión por estancia irregular, entre las que cita un incumplimiento de salida obligatoria por haber caducado sin renovación el 9 de diciembre de 2022 la autorización de residencia temporal de menor extranjero no acompañado tutelado por entidad pública. Señala la Sala que debe recordarse que, de conformidad con una reiterada jurisprudencia del Tribunal Supremo, a la hora de decidir la eventual procedencia de la adopción de medidas cautelares en materia de extranjería, cuando el objeto de impugnación lo constituye la resolución que acuerda la expulsión del territorio nacional, es la existencia o inexistencia de arraigo el parámetro decisivo para la concesión de la medida cautelar, entendiéndose por arraigo la existencia de especiales intereses familiares, sociales o económicos del recurrente, que se verían seriamente perjudicados si se procediera a la expulsión; si bien no puede desconocerse, por otro lado, que, conforme dispone el artículo 130.2 de la vigente Ley Jurisdiccional, la medida podrá denegarse cuando de la misma pudiera seguirse perturbación grave a los intereses generales o de tercero, que el Juez o Tribunal ponderará en forma circunstanciada.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Coruña (A)
  • Ponente: MARIA AZUCENA RECIO GONZALEZ
  • Nº Recurso: 4046/2025
  • Fecha: 22/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso de apelación interpuesto contra sentencia que a su vez desestimó el recurso contencioso administrativo interpuesto contra la Resolución de la APLU de 4 de julio de 2022 objeto del presente procedimiento por considerar que es conforme a derecho. Señala la Sala que la competencia para la adopción de medidas relativas a la protección de la legalidad urbanística en relación con el suelo rústico incumbe a la APLU como competencias propias, y no delegadas. Añadiendo que atendido que nos hallamos ante una parcela clasificada por las NNSS del Ayuntamiento de Cabanas como suelo no urbanizable, le es de aplicación del régimen del suelo rústico. Habiendo de añadirse que el suelo rústico de especial protección patrimonial, está constituido por los terrenos protegidos por la legislación de patrimonio cultural. Siendo de aplicación dicho régimen, atendido que las obras se encuentran en el contorno de protección de la Mámoas de Punxeiro. Concluyenco en que lo que resulta del examen de las actuaciones es la realización de una actividad continuada a lo largo de los años, sin que quepa apreciar la diferenciación pretendida por la parte apelante; y sin licencia ni autorización, y sin que se pueda considerar que se trate de actuaciones en terrenos con características vinculadas a la actividad que se desarrolle en ellos.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Militar
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RICARDO CUESTA DEL CASTILLO
  • Nº Recurso: 15/2025
  • Fecha: 21/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El inamovible relato de hechos probados se incardina adecuadamente en el delito de deslealtad, al concurrir todos los elementos exigidos por el tipo: condición militar del condenado; suministro de información falsa, a sabiendas de su mendacidad, sobre asuntos del servicio -consistente en la aportación, para el reconocimiento médico anual correspondiente al expediente de aptitud psicofísica, de una analítica anterior, con la fecha falsificada-; y dolo genérico o neutro, consistente en saber lo que se hacía -elemento cognitivo- y querer hacerlo -elemento volitivo-, al tener conciencia y voluntad de transgredir la realidad. No obstante, el tribunal de instancia debió aplicar, no el tipo genérico, sino el atenuado contemplado en el párrafo segundo del art. 55 CPM, imponiendo la pena inferior en grado, ya que el recurrente se retractó, manifestando la verdad, a tiempo de que pudiese surtir efectos en el ámbito del reconocimiento médico a que iba a ser sometido. Aunque las reglas penológicas han de partir de la pena correspondiente al tipo penal apreciado -y, en el caso, procediera aplicar la correspondiente al tipo atenuado-, no puede aplicarse la regla que pretende el recurrente contemplada en el art. 66.2.ª CP -que permitiría, a su vez, aplicar la pena inferior en uno o dos grados cuando concurren dos o más circunstancias atenuantes o una muy cualificada-, pues la circunstancia atenuante contemplada en el art. 21.4.º CP que fue apreciada en la sentencia condenatoria -haber procedido el culpable, antes de conocer que el procedimiento judicial se dirige contra él, a confesar la infracción a las autoridades- es elemento integrante y motivo tenido en cuenta por el legislador para configurar el tipo atenuado del delito de deslealtad.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Palmas de Gran Canaria (Las)
  • Ponente: OSCAR BOSCH BENITEZ
  • Nº Recurso: 42/2025
  • Fecha: 21/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: En la Sentencia apelada se indica que la resolución denegatoria se fundamenta principalmente en que se presentó la solicitud fuera del plazo establecido, no se acreditó el elemento necesario de vivir a cargo y no disponía del seguro médico obligatorio. En lugar de impugnar y rebatir los motivos de denegación la demanda insta la vulneración de derechos fundamentales, obligando procesalmente, por tanto, a la tramitación del procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales de los artículos 114 y siguientes de la LJCA. La Sala no entiende que se produzca vulneración constitucional alguna. art. 24 de la CE, no procede pues las irregularidades no generan indefensión, vida familiar del art. 18.1 de la CE, tampoco se vulnera y la falta de motivación y proporcionalidad que se indica no son derechos fundamentales. Por ello se desestima el recurso.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.