• Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA TERESA GARCIA QUESADA
  • Nº Recurso: 39/2024
  • Fecha: 22/03/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Naturaleza del auto de transformación en procedimiento abreviado. Existencia de una motivación suficiente, que puede ser conocida por el hoy apelante y por la Sala a la hora de resolver el recurso. Persecución de una conducta corruptora, en la que la decisión de sobornar se toma en España por los investigados. El delito se comete tanto en el lugar de decisión, de afloramiento de dicha decisión como en el lugar donde se produzcan los pagos de los sobornos. Indicios de corrupción en transacciones internacionales, de delito de blanqueo de capitales y de delito de falsedad en documento mercantil. En esta fase inicial del procedimiento es suficiente con los indicios que establecen la probabilidad de la implicación, aunque no excluyan la posibilidad de que tal implicación no exista, puesto que el llamado auto de transformación en Procedimiento Abreviado no prejuzga la culpabilidad de un investigado. La calificación jurídica de los hechos no resulta esencial en esta resolución.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial. Tribunal Jurado
  • Municipio: Santa Cruz de Tenerife
  • Ponente: ESTHER NEREIDA GARCIA AFONSO
  • Nº Recurso: 52/2023
  • Fecha: 20/03/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El acusado, jefe del servicio de Protección Civil, es condenado por el tribunal del jurado por haber emitido certificados falsos de que dos personas habían cumplido una pena de trabajos en beneficio de la comunidad cuando no era cierto. En uno de los casos, recibió a cambio unos pares de botas. Los hechos se califican como un delito continuado de falsedad en documento público cometido por funcionario público. También como un delito de cohecho. Se absuelve de otro delito de cohecho.
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOAQUIN DELGADO MARTIN
  • Nº Recurso: 73/2024
  • Fecha: 19/03/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Naturaleza del auto de transformación en procedimiento abreviado. Delito de corrupción en las relaciones comerciales internacionales. Pago de comisiones con objetivo de conseguir que la empresa fuera privilegiada tanto en la adjudicación de la construcción de luna central termoeléctrica como en los pagos de la administración venezolana. No corresponde establecer el exacto alcance de los periodos temporales sobre la responsabilidad penal de la persona jurídica, sino que ello deberá depurarse en la eventual fase de juicio oral. Motivación suficiente del auto. No cabe afirmar que de forma ostensible concurre la prescripción. Responsabilidad de la persona jurídica. Falta de aportación de elementos por indefensión material respecto a la prestación de declaración respecto a delitos de falsedad y de blanqueo de capitales.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial. Tribunal Jurado
  • Municipio: Sevilla
  • Ponente: MARIA DE LOS ANGELES SAEZ ELEGIDO
  • Nº Recurso: 8912/2021
  • Fecha: 14/03/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El tipo delictivo de cohecho, objeto de condena, se produce desde el momento en que la conducta tipificada por la ley se cumple por el sujeto, es decir, a partir del instante en que el funcionario solicita la dádiva o bien desde el momento en el que recibe o acepta el ofrecimiento o la promesa. No es preciso para la consumación de esta modalidad típica del cohecho que el funcionario ejecute efectivamente el comportamiento contrario a derecho que de él se pretende o que el mismo se propone realizar con tal de recibir la dádiva, no se requiere que el funcionario cometa realmente el acto delictivo o injusto. Por lo que se refiere al delito provocado es aquél que llega a realizarse en virtud de la inducción engañosa de un agente que, deseando conocer la propensión al delito de una persona sospechosa y con la finalidad de constituir pruebas indubitables de un hecho criminal, convence al presunto delincuente para que lleve a cabo la conducta que de su torcida inclinación se espera simulando primero allanar y desembarazar el iter criminis y obstruyéndolo finalmente, en el momento decisivo, con lo cual se consigue que por el provocador no sólo la casi segura detención del inducido sino la obtención de pruebas que se suponen directas e inequívocas. En el caso examinado no concurre el delito provocado.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Segovia
  • Ponente: JESUS MARINA REIG
  • Nº Recurso: 28/2021
  • Fecha: 27/02/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Prescripción, carácter permanente del delito del art. 408 CP, se comete no en el momento en que se comete el delito cuya persecución no se promueve sino desde el momento en que se conoce. En cuanto al delito contra ordenación del territorio, del art. 320.1 CP, únicamente se le atribuye al Alcalde una concreta actuación, en los relatos de acusación no se atribuye al Secretario del Ayuntamiento actuación que significase protagonismo en la construcción ni se le atribuía ningún informe en orden a la obtención de licencias, en lo que respecta al Alcalde, es sabido que tanto la prevaricación urbanística del art. 320 como la genérica del art. 404 requieren una flagrante contradicción con la legalidad vigente, una consciente decisión de actuar en contra de la misma, no se acredita que el Alcalde haya actuado en el curso de esas obras a sabiendas de su ilegalidad y con intención de apartarse de la misma, se aprecian dudas sobre la legalidad y ninguna certeza sobre el conocimiento del alcalde de estar actuando de modo contrario a derecho. Finalmente, tampoco procede la condena del Alcalde por el delito de prevaricación genérica y del Secretario del Ayuntamiento como cooperador necesario, que se derivan del desarrollo de la actividad del bar sin licencia ambiental, por la gestión del establecimiento de forma directa, por la actuación en relación con la carretera, por la contratación de los trabajadores sin oferta pública de empleo y por el préstamo del fomit.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Sevilla
  • Ponente: JUAN JESUS GARCIA VELEZ
  • Nº Recurso: 11647/2017
  • Fecha: 20/02/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Concierto de un Director General de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía, fallecido a fecha del juicio, con otros acusados, entre ellos una persona que era personal laboral fijo de la Junta de Andalucía, que desempeñaba para el primero funciones de conductor, a fin de constituir sociedades mercantiles con la intención de recibir cantidades procedentes de ayudas que serían concedidas para financiar presuntas actividades de inversión, y que provenían de fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, prescindiendo del procedimiento legalmente establecido. La sanción de prevaricación garantiza el debido respeto a la imparcialidad y objetividad en el ámbito de la función pública y el principio de legalidad como fundamento básico de un estado social y democrático de derecho, frente a ilegalidades severas y dolosas, respetando coetáneamente el principio de intervención mínima del ordenamiento penal. Delito especial propio. Análisis de los elementos del tipo. Participación del extraneus. Elementos del delito de malversación de caudales públicos. Lo relevante es que el funcionario tenga la posibilidad de disposición sobre los efectos sometidos a tal poder, en virtud de la función atribuida al ente público, o en virtud de una mera situación de hecho derivada del uso de la práctica administrativa dentro de aquella estructura. Dilaciones indebidas. Imposición de costas, criterios en cuanto a las costas de la acusación particular y acusación popular.
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FERNANDO ANDREU MERELLES
  • Nº Recurso: 4/2021
  • Fecha: 08/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Organización dedicada a la introducción de cocaína y hachís en Europa y su distribución posterior. Corrupción a guardias civiles encargados de supervisar y dirigir la entrada de la droga por el puerto de Algeciras. Conformidad de varios de los acusados, acompañada de prueba documental, prueba testifical, los resultados de las entradas y registros, y la localización de sustancias estupefacientes debidamente analizadas mediante dictámenes periciales. Actuación de agentes encubiertos realizada con todas las garantías. Intervención de comunicaciones: resoluciones judiciales de autorización de intervención que contienen una motivación detallada acerca del cumplimiento de los principios de especialidad, idoneidad, necesidad y proporcionalidad. Instalación de dispositivos de geolocalización y sonorización de los vehículos realizada cumpliendo los requisitos legales. Delito de pertenencia a organización criminal. Delito contra la salud pública, en su modalidad de tráfico de drogas, tratándose de sustancia que causa grave daño a la salud (cocaína), en cantidades de notoria importancia y extrema gravedad, cometidos por personas pertenecientes a organización criminal. Delito de tenencia ilícita de armas de fuego. Delito continuado de falsificación de documentos de identidad . Atenuante analógica de confesión tardía. Atenuante de drogadicción inaplicable.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN RAMON BERDUGO GOMEZ DE LA TORRE
  • Nº Recurso: 7297/2021
  • Fecha: 23/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Denegación de diligencias de prueba, art. 850.1 LECrim. Negativa a que el testigo conteste determinadas preguntas, art. 850.3 LECrim. Vulneración de la Directiva 2012/13 UE del Parlamento europeo y del Consejo sobre el derecho a la información en los procesos penales. Agentes encubiertos. Delito provocado: relación con presunción de inocencia y tentativa inidónea del delito contra la salud pública. Doctrina de la Sala. Grupo criminal. Requisitos. Distinción de la mera codelincuencia. Prueba indiciaria. Valoración conjunta -y no fragmentaria o aislada- de los indicios. Posibilidad de la complicidad. Supuestos excepcionales. Motivación de la pena. Registro domiciliario y presencia letrado. No es necesaria. Intervenciones telefónicas. No se precisa conocer la previa identidad de los usuarios de la línea intervenida. Derecho a la doble instancia. Dictámenes de la ONU sobre el recurso de casación español. Atenuante dilaciones indebidas. Doctrina de la Sala Desistimiento en la tentativa. No se aprecia. Incidencia de la drogadicción. Significación causal con el delito cometido. Delincuencia funcional.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Zaragoza
  • Ponente: FRANCISCO JOSE PICAZO BLASCO
  • Nº Recurso: 935/2023
  • Fecha: 21/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Audiencia confirma la sentencia que condenó a los acusados como autores de un delito de robo con fuerza en establecimiento abierto al público. El error en la valoración de la prueba como motivo de recurso. Exigencia jurisprudenciales en la valoración como prueba de cargo de la declaración del coacusado: las circunstancias que lo cuestionan.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: LEOPOLDO PUENTE SEGURA
  • Nº Recurso: 10445/2022
  • Fecha: 20/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El delito de cohecho activo es de mera actividad y no admite formas imperfectas de ejecución. El pago posterior, realizado por quien no participó ni conocía al tiempo de producirse el acuerdo que determinaba la ilícita adjudicación, no supone participación en el delito de cohecho. No se aprecia la atenuante de dilaciones indebidas aunque trascurrieran aproximadamente cinco años desde que concluyó la instrucción hasta que pudo celebrarse el juicio. Se trataba de una pieza desgajada de una causa principal, siendo que, antes de la celebración del plenario, hubieron de celebrarse otros juicios, también extensos y procedentes de la causa principal, entre los que, coincidiendo en ellos varios de los acusados, no resultaba posible su celebración simultánea. No estamos ante un concurso aparente o de normas. El estado de necesidad es inaplicable por la mera existencia de una deuda hipotecaria. Resulta improcedente excluir de la condena en costas las causadas como consecuencia de la desestimación de ciertas pretensiones de la acusación particular. No se aprecia la atenuante de confesión tardía por falta de relevancia para el esclarecimiento de lo sucedido. No se aprecia la reparación del daño cuando las responsabilidades civiles resultaran satisfechas exclusivamente por otros coacusados.

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