• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: SEBASTIAN MORALO GALLEGO
  • Nº Recurso: 5566/2023
  • Fecha: 25/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Complemento de maternidad: el actor tiene derecho a una indemnización por daños y perjuicios causados de 1800 euros, o la inferior que se reclame, incluidas las costas y los honorarios de abogado en que haya incurrido con ocasión del procedimiento judicial, por la vulneración del derecho fundamental a no ser discriminado por razón de sexo, al denegarse por el INSS al demandante - progenitor varón- el complemento de maternidad del artículo 60 LGSS, una vez que el TJUE, en su sentencia de 12 de diciembre de 2019 (C-450/18) ya había establecido que la denegación de dicho complemento al varón suponía una discriminación por razón de sexo y que la normativa que lo regulaba era, por tanto, contraria al derecho de la Unión.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: SEBASTIAN MORALO GALLEGO
  • Nº Recurso: 283/2024
  • Fecha: 25/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El Tribunal Supremo estima el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por un jubilado varón, reconociéndole el derecho a una indemnización de 1.000 euros por daños morales derivados de la discriminación por razón de sexo tras la denegación inicial del complemento por aportación demográfica (conocido como complemento de maternidad), pese a que ya había sido reconocido como discriminatorio por el TJUE. La Sala considera que la negativa del INSS obligó injustamente al actor a litigar. Aunque la doctrina fijada por el Supremo establece una indemnización estándar de 1.800 euros, en este caso se limita a 1.000 por ser esa la cuantía solicitada en la demanda. Se casa la sentencia del TSJ de Cataluña que había desestimado la pretensión indemnizatoria y se confirma en lo demás la sentencia del Juzgado de lo Social que había estimado parcialmente la demanda.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Murcia
  • Ponente: JOAQUIN TORRO ENGUIX
  • Nº Recurso: 5/2025
  • Fecha: 25/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia de instancia estima parcialmente la demanda sobre despido objetivo por causas organizativas y lo declara improcedente, desestima la declaración de nulidad por vulneración de derechos fundamentales, discriminación por razón de edad y acoso laboral y absuelve a la empresa a la empresa adquirente pues cuando esta formalizó la adquisición ya había sido despedido el trabajador sin que e apreciara sin que apreciara la existencia de fraude para eludir responsabilidades. Frente a la sentencia se interponen recurso de suplicación tanto por la empresa condenada como por el trabajador. La sala desestima los motivos que sobre revisión de hechos planteaban ambos recurrente. Por lo que se refiere a los motivos de denuncia jurídica del trabajador en el que se solicita la declaración de nulidad por discriminación por razón de edad y caso laboral también se desestima en cuanto al primero al no aportarse indicio de la vulneración alegada, teniendo en cuenta la edad del trabajo y la edad de resto de trabajadores y en cuanto al segundo al no concurrir los requisitos para apreciar el mismo. Se desestima también el recurso formulado por al empresa condenada que pretendía se extendiese la responsabilidad a la empresa adquirente, lo que se desestima puesto que cuando se materializó la adquisición por compraventa habían transcurrido más de 10 meses del despido del trabajador y no se aprecia que la citada operación mercantil fuera fraudulenta para eludir responsabilidades.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: SEBASTIAN MORALO GALLEGO
  • Nº Recurso: 5436/2023
  • Fecha: 25/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La cuestión que se plantea consiste en determinar si el actor tiene derecho a una indemnización por daños y perjuicios causados por la vulneración del derecho fundamental a no ser discriminado por razón de sexo al denegarse por el INSS al demandante -progenitor varón- el complemento de maternidad del artículo 60 LGSS una vez que el TJUE, en su sentencia de 12 de diciembre de 2019 (C-450/18) ya había establecido que la denegación de dicho complemento al varón suponía una discriminación por razón de sexo y que la normativa que lo regulaba era, por tanto, contraria al derecho de la Unión. El TS considera procedente la condena al INSS a pagar una indemnización derivada de la vulneración del derecho fundamental a no ser discriminado, por seguir denegando el reconocimiento del complemento de maternidad a un varón tras la STJUE de 12 de diciembre de 2019 (C-450/18), al estimar que la conducta del INSS constituye una discriminación autónoma y ligada a dicha actuación de la entidad gestora y, en consecuencia, declara que procede la indemnización para compensar los perjuicios efectivamente sufridos incluidos las costas y los honorarios de letrado, todo ello en cumplimiento de la STJUE de 14 de septiembre de 2023 (C-113-22.). Junto a ello la Sala IV fija en 1.800 euros el importe adecuado para reparar por los daños derivados de la discriminación sufrida.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: SEBASTIAN MORALO GALLEGO
  • Nº Recurso: 4189/2023
  • Fecha: 25/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La cuestión que se plantea consiste en determinar si el actor tiene derecho a una indemnización por daños y perjuicios causados por la vulneración del derecho fundamental a no ser discriminado por razón de sexo al denegarse por el INSS al demandante -progenitor varón- el complemento de maternidad del artículo 60 LGSS una vez que el TJUE, en su sentencia de 12 de diciembre de 2019 (C-450/18) ya había establecido que la denegación de dicho complemento al varón suponía una discriminación por razón de sexo y que la normativa que lo regulaba era, por tanto, contraria al derecho de la Unión. El TS considera procedente la condena al INSS a pagar una indemnización derivada de la vulneración del derecho fundamental a no ser discriminado, por seguir denegando el reconocimiento del complemento de maternidad a un varón tras la STJUE de 12 de diciembre de 2019 (C-450/18), al estimar que la conducta del INSS constituye una discriminación autónoma y ligada a dicha actuación de la entidad gestora y, en consecuencia, declara que procede la indemnización para compensar los perjuicios efectivamente sufridos incluidos las costas y los honorarios de letrado, todo ello en cumplimiento de la STJUE de 14 de septiembre de 2023 (C-113-22.). Junto a ello la Sala IV fija en 1.800 euros el importe adecuado para reparar por los daños derivados de la discriminación sufrida.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: SEBASTIAN MORALO GALLEGO
  • Nº Recurso: 2467/2023
  • Fecha: 25/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La cuestión que se plantea consiste en determinar si el actor tiene derecho a una indemnización por daños y perjuicios causados por la vulneración del derecho fundamental a no ser discriminado por razón de sexo al denegarse por el INSS al demandante -progenitor varón- el complemento de maternidad del artículo 60 LGSS una vez que el TJUE, en sentencia de 12-12-2019 (C-450/18) ya había establecido que la denegación de dicho complemento al varón suponía una discriminación por razón de sexo y que la normativa que lo regulaba era, por tanto, contraria al derecho de la Unión. El TS da una respuesta positiva, reitera doctrina y considera procedente la condena al INSS a pagar una indemnización derivada de la vulneración del derecho fundamental a no ser discriminado, por seguir denegando el reconocimiento del complemento de maternidad a un varón tras la STJUE al estimar que la conducta del INSS constituye una discriminación autónoma y ligada a dicha actuación de la entidad gestora Procede la indemnización para compensar los perjuicios efectivamente sufridos incluidos las costas y los honorarios de letrado. El actor ha tenido que acudir a los tribunales para la obtención del complemento, por lo que tiene derecho a que el órgano judicial le reconozca, además del complemento prestacional con efectos desde el nacimiento de la prestación correspondiente, una indemnización que cubra el perjuicio sufrido por el daño que el proceder de la entidad gestora le ha provocado.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO VICENTE SEMPERE NAVARRO
  • Nº Recurso: 1138/2024
  • Fecha: 25/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Tutela de Derechos Fundamentales: la parte actora decidió acumular a la acción de tutela por vulneración del derecho a la igualdad retributiva, además de la reclamación de indemnización por daños morales, otra por lucro cesante de las diferencias salariales resultantes vinculadas a la estimación de su demanda. En la instancia, el juzgado estimó parcialmente la demanda. Recurrida en suplicación por la empresa, su recurso fue estimado en parte y se le absolvió del pago de la indemnización por lucro cesante, manteniendo el resto de los pronunciamientos. Ahora, en esta sentencia unificadora, tras establecer que es posible acumular a un procedimiento de tutela de derechos fundamentales, otra acción de reclamación de indemnización por lucro cesante vinculada a esa denuncia, además de la de daños morales, se estima el recurso y mantiente la decisión contenida en la sentencia del juzgado de lo social.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Coruña (A)
  • Ponente: PILAR YEBRA-PIMENTEL VILAR
  • Nº Recurso: 5288/2024
  • Fecha: 25/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La resolución recurrida examina las concretas circunstancias de una trabajadora que por motivos de cuidado de menores solicita la modificación de jornada con una concreción horaria de 9,30 a 14,30 horas. La Sala de suplicación tras una exposición detallada de la doctrina judicial y constitucional en materia de medidas conciliatorias así como la posición mantenida por esta Sala, corrige el criterio de la sentencia recurrida y reconoce el derecho. Declara la vulneración de derechos fundamentales en base a la negativa de la empresa por considerar que si bien esta afirma que negoció, lo cierto es que tan solo ofreció por escrito una propuesta, ante el requerimiento de la trabajadora, sin que haya realmente un motivo objetivo que justifique dicha negativa, cuando, por otro lado, la medida solicitada permite de forma plena la conciliación. Condena al pago de una indemnización por daños y perjuicios.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: SEBASTIAN MORALO GALLEGO
  • Nº Recurso: 3367/2023
  • Fecha: 25/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Consolida jurisprudencia (Sentencia núm. 977/2023, de 15 de noviembre (rcud 5547/2022)). A raíz de la STJUE de 14 de septiembre de 2023 (C-113/22 (14) ) la negativa del INSS a reconocer el complemento merece una reparación económica adecuada que debe fijarse según las leyes nacionales, teniendo en cuenta, en todo caso, los gastos, incluidas las costas y los honorarios de abogado.No estamos en presencia de una prestación, sino de un complemento de la prestación previamente reconocida, complemento de cuantía sensiblemente inferior a la principal, por lo que el daño patrimonial en la demora del percibo al que se tiene derecho es cuantitativamente menor.Teniendo en cuenta todo ello, la Sala entiende que la cantidad adecuada en orden a la compensación de los daños derivados de la discriminación adicional derivada de la denegación del denominado complemento de maternidad a los varones por parte del INSS cuando ya había sido establecido por el TJUE el carácter discriminatorio y contrario al derecho de la Unión de la regulación que reservaba exclusivamente dicho complemento a las mujeres, debe ser fijada en la cantidad de 1.800 euros.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: MARIA VIDAU ARGÜELLES
  • Nº Recurso: 2702/2024
  • Fecha: 25/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Con estimación en parte de la demanda interpuesta declaramos la vulneración habida por parte de la empresa demandada del derecho a la igualdad de trato y no discriminación del actor, y la nulidad radical de la conducta de la empresa demandada, con la condena a dicha empresa de tener que poner fin a la misma y realizar las medidas oportunas tendentes a valorar la posibilidad de efectuar los ajustes necesarios que permitan el desempeño laboral del actor, así como a abonar al actor en concepto indemnización adicional por daños morales la cantidad de 7.501 euros. Son nulos de pleno derecho las disposiciones , actos o cláusulas de los negocios jurídicos que constituyan o causen discriminación .Se reconoce el derecho de toda persona a la igualdad de trato y no discriminación con independencia de su nacionalidad, de si son menores o mayores de edad o de si disfrutan o no de residencia legal. Nadie podrá ser discriminado por razón de nacimiento, origen racial o étnico, sexo, religión, convicción u opinión, edad, discapacidad, orientación o identidad sexual, expresión de género, enfermedad o condición de salud, estado serológico y/o predisposición genitiva a sufrir patologías y trastornos, lengua situación socioeconómica o cualquier otra condición o circunstancia personal o social

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