• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Jaén
  • Ponente: MARIA JESUS JURADO CABRERA
  • Nº Recurso: 831/2021
  • Fecha: 28/06/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se condena a la Alcaldesa Presidenta de un Ayuntamiento que, movida por un ánimo de beneficio ilícito y al margen del procedimiento legalmente establecido, ordenó que la recaudación de la tasa del mercadillo de la localidad que se hacía en metálico por la Policía Local, se le entregase a ella personalmente, en lugar de ingresarse en el banco en la cuenta municipal como se venía realizando. Dicha actuación administrativa la realizó prescindiendo de cualquier procedimiento administrativo, sin soporte de informe de interventor, secretario municipal o de técnico alguno y aprovechando esta situación generada por ella misma, dispuso de la totalidad de la recaudación, incorporando parte a su propio patrimonio y usándolo para fines ajenos al municipio, sin control de la intervención municipal ni del Secretario del Ayuntamiento. Configuración jurisprudencial de los delitos de prevaricación y malversación. Concepto de caudales públicos. Concepto de funcionarios público. El concurso medial es un supuesto de pluralidad de acciones y consecuentemente un concurso real. Se trata, sin embargo, de un concurso real en el que la pena única total del hecho excepcionalmente no se rige por el principio general de acumulación, con los límites previstos en el artículo 76, sino por la regla específica que establece el artículo 77.1 del Código Penal.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JULIAN ARTEMIO SANCHEZ MELGAR
  • Nº Recurso: 3652/2020
  • Fecha: 27/06/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: En el artículo 320 del Código Penal se tipifican determinadas intervenciones en el procedimiento administrativo sobre actuaciones con respecto a la ordenación del territorio, cuando son realizadas en contra de las leyes y a sabiendas de la ilegalidad. El dolo consiste en el conocimiento de la ilegalidad de la decisión que adoptó y en la voluntad de acordarla. No lo elimina que el condenado pensara que la licencia podía dejarse sin efecto, ya que actuar conforme a esa idea contribuye a la banalización de la normativa urbanística. Tanto el Secretario municipal, como los servicios de asistencia jurídica de la Diputación provincial advirtieron al Alcalde de la ilegalidad de la concesión de la licencia, por ir contra la ordenación territorial y urbanística de la zona en donde se hallaban enclavadas las parcelas cuya construcción se pretendía llevar a cabo. Y a pesar de ello, se dictó resolución concediendo la licencia. El Código Penal de 1995 ha clarificado el tipo objetivo del delito, recogiendo lo que ya expresaba la doctrina jurisprudencial, al calificar como "arbitrarias" las resoluciones que integran el delito de prevaricación, es decir aquellos actos contrarios a la Justicia, la razón y las leyes, dictados sólo por la voluntad o el capricho Conforma, por tanto, el elemento objetivo de cualquier tipo de prevaricación, el dictado de resoluciones arbitrarias entendidas como los actos contrarios a la Justicia, la razón y las leyes, dictados sólo por la voluntad o el capricho.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Sevilla
  • Ponente: MARIA PILAR LLORENTE VARA
  • Nº Recurso: 10527/2018
  • Fecha: 23/06/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Delito de prevaricación en concurso medial con un delito de malversación de caudales públicos. La Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA), constituyó una sociedad mercantil (INVERCARIA), para mejorar la financiación de empresas andaluzas. Otorgamiento de ayudas a una empresa de energías renovables, consistentes en participación de capital y préstamos participativos, sin cumplir el trámite legalmente previsto. Posteriormente no se realizó ningún seguimiento ni control de la inversión. Planteamiento de cuestiones previas. Recusación de una Magistrada por haber participado en otros juicios contra algunos de los acusados, que no se acoge. Vulneración del derecho de defensa por falta de concreción de las acusaciones. Declaración del investigado e imputación. Vinculación del principio acusatorio con el derecho de defensa. Escritos de acusación, no requieren tanta minuciosidad. Concepto de indefensión a efectos de determinar la nulidad de actuaciones. Empresa que participa en el ejercicio de funciones públicas, y que debe ajustarse a los principios de la actividad administrativa. Concepto de funcionario público a efectos penales. Participación del extraño en los delitos especiales, en concepto de inductor. concurso medial, aplicación de la ley posterior por ser más favorable. Condena en costas, cuando son varios acusados y varios delitos.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JULIAN ARTEMIO SANCHEZ MELGAR
  • Nº Recurso: 3013/2020
  • Fecha: 23/06/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Para apreciar el delito de prevaricación administrativa, esta Sala exige: 1) una resolución dictada por autoridad/funcionario; 2) que sea ilegal; 3) que la ilegalidad se manifieste en la falta de competencia; en la omisión de trámites esenciales del procedimiento; o en el propio contenido sustancial de la resolución sea de tal entidad que no pueda ser explicada; 4) que ocasione un resultado materialmente injusto; 5) 5) que la resolución sea dictada con la finalidad de hacer efectiva la voluntad particular de la autoridad o funcionario y con el conocimiento de actuar en contra del derecho. El Código Penal de 1995 ha clarificado el tipo objetivo del delito, recogiendo lo que ya expresaba la doctrina jurisprudencial, al calificar como arbitrarias las resoluciones que integran el delito de prevaricación, es decir aquellos actos contrarios a la Justicia, la razón y las leyes, dictados sólo por la voluntad o el capricho.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANDRES PALOMO DEL ARCO
  • Nº Recurso: 4242/2020
  • Fecha: 23/06/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: No puede entenderse condicionada la punibilidad de la conducta arbitraria e injusta a las advertencias de ilegalidad que hubiera debido hacer el funcionario técnico a la autoridad decisoria no técnica. Se pretendería de este modo que la resolución, pese a su arbitrariedad e injusticia, no fuese punible si se hubiera omitido tales advertencias. Se atiende a la consideración unitaria de la pena y se resta la impuesta en un procedimiento anterior. La pena impuesta no debe imputarse exclusivamente a los hechos ahora enjuiciados, sino la que correspondería de haber sido enjuiciados conjuntamente todos los hechos susceptibles de ser calificados como un delito continuado.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Mérida
  • Ponente: JESUS SOUTO HERREROS
  • Nº Recurso: 50/2021
  • Fecha: 20/06/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El delito de prevaricación tutela el correcto ejercicio de la función pública. Sus elementos configuradores son, como delito especial propio, dictar una resolución una autoridad o funcionario en un asunto administrativo, que sea ilegal, con conocimiento de su injusticia y para hacer valer una voluntad propia. No es suficiente que una resolución no sea adecuada a Derecho para que constituya un delito de prevaricación, pues no todo acto administrativo ilegal debe ser considerado penalmente injusto. La injusticia contemplada por el Código Penal supone un plus de contradicción con la norma jurídica, que es lo que justifica la intervención del Derecho Penal. El principio de intervención mínima implica que la sanción penal sólo deberá utilizarse para resolver conflictos cuando sea imprescindible. En el supuesto analizado no se aprecia que exista suficiente prueba de que se haya producido una conducta antijurídica del acusado, y, por tanto, solo es posible dictar una sentencia absolutoria, ya que no concurre el elemento subjetivo del delito, pues no consta su voluntad clara y renuente de dictar una resolución administrativa a sabiendas de que era injusta, no pudiendo integrar dicha infracción el hecho de que se hubiera elegido un procedimiento administrativo de contratación que no es el adecuado según la Ley, sin que conste ningún otro dato más del que se pueda desprender una conducta ilícita, pues ello puede ser objeto de impugnación en vía administrativa.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Coruña (A)
  • Ponente: MARIA LUCIA LAMAZARES LOPEZ
  • Nº Recurso: 610/2022
  • Fecha: 20/06/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia de instancia condenó al acusado como autor de un delito continuado de negociaciones y actividades prohibidas a autoridad o funcionario público, en concurso ideal con un delito continuado de prevaricación administrativa. Recurrió la defensa, alegando error en la apreciación de la prueba. La sala desestima el recurso. El acusado, siendo alcalde de Camariñas, y pese a las advertencias de los técnicos del Ayuntamiento, siendo consciente de que no podía realizar actuaciones en asuntos en los que tuviera un interés particular, siguió trabajando con la Compañía Mapfre a través de la empresa Pichurri, SL, de la que él era socio y administrador único, siendo esta empresa agente exclusivo de Mapfre en Camariñas. En concreto, concertó/prorrogó contratos de seguro, cobrando comisiones y disfrutó de un viaje que le pagó Mapfre, acordó el pago de las primas de las pólizas contratadas por el Concello con Mapfre sin subsanar las irregularidades advertidas por el interventor municipal y recogidas en los informes de reparo, siendo los defectos reseñados por el interventor graves, evidentes y groseros, pues se infringían los principios y normas más esenciales, alzando los reparos del interventor municipal y favoreciendo a Mapfre. El contenido de las resoluciones era materialmente injusto y fue ejecutado con la finalidad de mantener la voluntad particular de la autoridad, que conocía perfectamente que actuaba en contra del derecho. Por ello, se confirma la sentencia apelada.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Albacete
  • Ponente: ALMUDENA DE LA ROSA MARQUEÑO
  • Nº Recurso: 92/2020
  • Fecha: 17/06/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Absuelve a los acusados por el delito de prevaricación administrativa. La denunciante sostiene que el acusado, alcalde del Ayuntamiento, le había cedido verbalmente a su padre el uso indefinido o a perpetuidad y gratuitamente de la Casa de los Maestros de la localidad para que almacenase tablones de madera, continuando ésta el uso tras el fallecimiento de su padre, situación que terminó cuando el alcalde y el concejal acusado procedieron a abrir la casa y a sacar los tablones de madera que encontraron, todo ello sin tramitar expediente administrativo alguno necesario, tanto para ceder el uso de un bien del ayuntamiento como para su desalojo y recuperación. El delito de prevaricación administrativa requiere la emisión de una resolución arbitraria, es decir que tenga como finalidad eludir los controles administrativos sobre el fondo de la actuación de la que se trate, teniendo dicha consideración la omisión del procedimiento legalmente establecido para la adopción de la resolución ya que el procedimiento a seguir busca alejar toda arbitrariedad en la decisión y toda contradicción con el derecho. De las pruebas practicadas en Juicio Oral no queda acreditado que existiera el acuerdo de cesión indicado por la denunciante y que los acusados tuvieran conocimiento de que la vivienda estuviera ocupada, razón por lo que no tramitaron procedimiento de desahucio alguno. No se condena en costas a la acusación particular al no apreciar mala fe o temeridad en el ejercicio de su pretensión.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: LOURDES CASADO LOPEZ
  • Nº Recurso: 180/2022
  • Fecha: 09/06/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Confirma la sentencia absolutoria dictada en primera instancia. En el delito de prevaricación urbanística (delito contra la ordenación del territorio y urbanismo) se castiga a la autoridad o funcionario público que por sí mismo o como miembro de un organismo colegiado haya resuelto o votado a favor de la aprobación de los instrumentos de planeamiento, los proyectos de urbanización, parcelación, reparcelación, construcción o edificación o la concesión de las licencias a que se refiere el apartado anterior, a sabiendas de su injusticia. Es un tipo especial de prevaricación administrativa (artículo 404 CP.), especialidad constituida por la materia a la que se refiere que es la información favorable o concesión de licencias urbanísticas. No basta para su tipificación penal la simple contravención con el ordenamiento jurídico y desprecio hacia los intereses generales o la ilegalidad del acto administrativo, sino que se necesita un plus de ilegalidad constituido por la injusticia o arbitrariedad de la actuación administrativa. No se trata de sustituir a la jurisdicción administrativa, en su labor de control de la legalidad de la actuación de la Administración Pública, sino de sancionar los supuestos límites, en los que la actuación administrativa no sólo es ilegal, sino además injusta y arbitraria, no pudiendo identificarse la simple nulidad de pleno derecho de la resolución administrativa con la prevaricación. No se acredita una omisión prevaricadora o de tolerancia continuada.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Sevilla
  • Ponente: MERCEDES LAGE LLERA
  • Nº Recurso: 10598/2019
  • Fecha: 07/06/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La presente causa se sigue por un delito continuado de prevaricación en concurso medial con un delito continuado de malversación de caudales públicos. Pieza separada de los ERES relativa al Consorcio Formades. Centro de Formación para el Empleo, cuyo objeto era impartir cursos de formación ecuestre, sobre energías renovables y medio ambiente, que se financiaba a través de subvenciones. Aunque sí hubo actividad formativa, muchos de los cursos no se impartieron como consecuencia del desvío de fondos. Concepto de resolución administrativa a efectos de la prevaricación. Concepto de funcionario público. Omisión del procedimiento establecido para eludir las exigencias de la contratación pública. Malversación y ánimo de lucro. Coopereadores necesarios en los que no concurría la condición de funcionario público, condena del extraño que participa en un delito especial. Responsabilidad civil. Costas procesales de la acusación particular y de la acción popular. Distribución de las costas entre los distintos acusados.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.