• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA ISABEL PERELLO DOMENECH
  • Nº Recurso: 7575/2021
  • Fecha: 04/05/2022
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Auto Admisión. Defensa de la competencia. Descuento para medicamentos incluidos en el régimen de la Seguridad Social. Discriminación. Si los contratos de suministro de medicamentos formalizados entre los laboratorios farmacéuticos y algunos distribuidores mayoristas, que incluyen un sistema de doble precio selectivo, pueden suponer una restricción de la competencia con arreglo a lo dispuesto en el artículo 101 TFUE, teniendo en cuenta el contexto económico y normativo en el ámbito nacional.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE LUIS REQUERO IBAÑEZ
  • Nº Recurso: 1740/2021
  • Fecha: 27/04/2022
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Se admite a trámite el recurso de casación preparado contra sentencia que confirmo el decreto por el que se aprueba el mapa farmacéutico de Galicia. La cuestión que tiene interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia es que se determine si: (i) la omisión de la consulta previa del artículo 133.1, primer inciso, de la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en una disposición de carácter general que configura la distribución y apertura de las oficinas de farmacia, da lugar a la nulidad de la disposición; (ii) si a efectos del cómputo de población para la apertura de nuevas oficinas de farmacia, la población tenida en cuenta para abrir una oficina de farmacia en virtud el artículo 3.1 b) del del R.D. 909/1978, de 14 de abril, respecto el cómputo de población para justificar la apertura de nuevas oficinas de farmacia, puede ser computada para los cálculos de población de futuras autorizaciones de farmacia.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DE LA ESPERANZA CORDOBA CASTROVERDE
  • Nº Recurso: 5353/2021
  • Fecha: 09/03/2022
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas (ejercicio 2012). Ganancias y pérdidas patrimoniales. Transmisión de elementos patrimoniales afectos a actividades económicas adquiridos a título lucrativo. Determinar si, a efectos de cuantificar las ganancias o pérdidas patrimoniales que se pongan de manifiesto en la transmisión de elementos patrimoniales afectos a actividades económicas adquiridos a título lucrativo, debe considerarse como valor de adquisición el valor contable en los términos previstos en el artículo 37 TRLIRPF, o, por el contrario, debe considerarse el importe real de los valores respectivos que resulten de la aplicación de las normas del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, sin que puedan exceder del valor de mercado, conforme al artículo 36 TRLIRPF.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE LUIS REQUERO IBAÑEZ
  • Nº Recurso: 3855/2020
  • Fecha: 15/02/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala reitera la doctrina fijada por precedentes, tomando como referente la STS nº 852/2021, el procedimiento de selección de medicamentos regulado en la Ley andaluza 22/2007, responde a la necesidad de garantizar la sostenibilidad financiera del Servicio Andaluz de Salud, sin que tenga naturaleza contractual, luego a los efectos de la Directiva 2014/24/UE, no queda sujeto a los principios propios de la contratación pública; además respeta los principios de libre competencia y circulación de mercancías.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ISAAC MERINO JARA
  • Nº Recurso: 6214/2020
  • Fecha: 20/01/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La primera copia de una escritura notarial en la que se documenta un contrato de compraventa de negocio de supermercado, es un acto sujeto, conforme a lo dispuesto en el artículo 31.2 TRLITPAJD, al Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados, al ser inscribible tal título en el Registro de Bienes Muebles creado en la disposición adicional única del Real Decreto 1828/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Condiciones Generales de la Contratación, no siendo necesario que el acto o negocio se inscriba en el Registro, bastando simplemente que sea inscribible, con independencia de cuál sea la eficacia o efectos que se otorgue a la misma.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL TOLEDANO CANTERO
  • Nº Recurso: 3678/2020
  • Fecha: 13/01/2022
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: SANIDAD. Naturaleza de los productos fabricados por un protésico dental a efectos de fijar si pueden ser considerados como medicamentos, o productos sanitarios. Aplicabilidad a los Protésicos Dentales la incompatibilidad del art. 3 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías uso racional de los medicamentos y productos sanitarios (art. 4.1 R.D. legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios).
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL TOLEDANO CANTERO
  • Nº Recurso: 6147/2021
  • Fecha: 13/01/2022
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Las cuestiones que revisten interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia consisten en aclarar: Si resulta necesario la autorización judicial en casos de que la Administración acuerde la medida consistente en la interrupción del acceso a la web por los operadores de las redes de telecomunicaciones que prestan servicio en España ante la constatación de una actividad ilegal, en particular, de venta por medios telemáticos de medicamentos no autorizados para su comercialización en nuestro país. El alcance que, en su caso, debe tener la medida atendiendo a la complejidad de los contenidos de la página web.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CELSA PICO LORENZO
  • Nº Recurso: 2138/2020
  • Fecha: 22/12/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Con remisión a anteriores pronunciamientos, la Sala Tercera concluye que el procedimiento que determina los medicamentos a dispensar cuando se prescriban o indiquen por principio activo, y que se realizará mediante convocatorias públicas para la selección del medicamento, atendiendo al menor coste final de la prescripción, que luego deberá ser dispensado por las oficinas de farmacia cuando se presente una receta médica u orden de dispensación, no tiene naturaleza contractual. No estamos ante la formalización del contrato de suministro entre el laboratorio y la Administración, en virtud del cual el primero deba proveer de medicamentos a la segunda que se obliga al pago de un precio. El farmacéutico es quien adquiere los medicamentos que suministra el laboratorio, sin perjuicio de la repercusión de la financiación pública del precio del medicamento, que es una cuestión distinta y ajena al sistema de convocatoria pública, de modo que no se produce el característico intercambio patrimonial entre las partes que comporta la formalización de un contrato administrativo. La convocatoria inicial no integra un procedimiento de licitación, en los términos que se configuran en la legislación de contratos del sector público, toda vez que únicamente estamos ante una convocatoria pública que estimula la competencia y permite abaratar costes de la facturación farmacéutica. Añade la Sala que no concurre restricción a la libre competencia de los laboratorios.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: WENCESLAO FRANCISCO OLEA GODOY
  • Nº Recurso: 94/2020
  • Fecha: 13/12/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso, rechazando los motivos de casación. No puede ser acogida la vulneración del artículo 36 CE, pues la profesión de licenciado en veterinaria aparece ampliamente delimitada en la correspondiente normativa de rango legal. Tampoco puede ser aceptada la vulneración de la Ley 17/2009, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, pues no puede desconocerse la relevancia que la sanidad animal tiene para la sociedad actual y, por ende, para los Poderes Públicos, y a ello se une las especialidades de las explotaciones intensivas que se regulan en el Real Decreto impugnado, por lo que se está ante un supuesto de excepción contemplado en el artículo 12 de la Ley de Libre Acceso a las Actividades de Servicio y su Ejercicio. También se rechaza la vulneración de la jurisprudencia de la Sala Tercera en relación con las atribuciones profesionales, pues no es extrapolable a unas ciencias tan diferentes como son la veterinaria y la de ingeniería cuya delimitación competencial objetiva no genera conflictividad alguna. Por último no puede aceptarse lo que se sostiene en la demanda sobre que los veterinarios no son los únicos que pueden desarrollar la funciones que se imponen en los preceptos cuestionados, y que también pueden desempeñarla los ingenieros agrónomos, por lo que los preceptos impugnados son ilegales, pues el titular de la explotación debe tener un asesoramiento permanente, que ha de ser licenciado en veterinaria.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JOSE NAVARRO SANCHIS
  • Nº Recurso: 117/2021
  • Fecha: 07/12/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Contrato de tracto sucesivo. Devengo del IVA. Lex specialis sobre la regla general del apartado 1º del artículo 75 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido. Eficacia del contrato y exigibilidad del precio. Valoración probatoria.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.