• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO JESUS FONSECA-HERRERO RAIMUNDO
  • Nº Recurso: 5253/2021
  • Fecha: 25/05/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: presenta interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia que se determine si cuenta con una justificación objetiva, suficiente y razonable la denegación del acceso a la financiación pública de un fármaco, en condiciones de equidad e igualdad, sobre la base de que pesa sobre la parte recurrente la carga de acreditar las circunstancias individualizadas de otros pacientes beneficiados de la autorización del medicamento.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO JESUS FONSECA-HERRERO RAIMUNDO
  • Nº Recurso: 7403/2021
  • Fecha: 11/05/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Se admite a trámite el recurso de casación preparado contra sentencia que confirmó el Decreto 188/2018, de 19 de octubre, del Consell de la Generalitat Valenciana, se regula la concertación de los servicios profesionales farmacéuticos y asistenciales y la acreditación de las oficinas de farmacia para su prestación. Tiene interés casacional determinar si resulta conforme con la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de 21 de noviembre, de ordenación de las Profesiones Sanitarias, la atribución competencial a los farmacéuticos que, en relación con la creación del Servicio Profesional Farmacéutico Asistencial, establece el Decreto 188/2018, de 19 de octubre, del Consell de la Generalitat Valenciana, por el que se regula la concertación de los servicios profesionales farmacéuticos y asistenciales y la acreditación de las oficinas de farmacia para su prestación.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO JESUS FONSECA-HERRERO RAIMUNDO
  • Nº Recurso: 7162/2021
  • Fecha: 09/03/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Medicamentos. Determinar si el trabajo en una oficina de farmacia consistente en la dispensación y en el control y gestión de los documentos sanitarios que permiten el acceso a la medicación constituye un acto de dispensación sujeto al régimen sancionador de la normativa estatal, o, por el contrario, es un acto sujeto al régimen sancionador de la normativa autonómica sobre ordenación farmacéutica; (ii) y en caso de que se considere aplicable el referido Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, se determine si el plazo de caducidad del procedimiento sancionador corresponde al plazo de tres meses del artículo 21.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en virtud del artículo 149.1.18ª de la Constitución española por la remisión al procedimiento administrativo común contenida en el artículo 110.4 del Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, o bien al plazo que prevea la normativa autonómica para ese tipo de procedimientos. Precedente ATS 22 de septiembre 2022 (RC 4838/2021)
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CELSA PICO LORENZO
  • Nº Recurso: 43/2020
  • Fecha: 09/03/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: No ha lugar al recurso contencioso administrativo interpuesto por la Federación Nacional de Asociaciones de Mayoristas Distribuidores de Especialidades Farmacéuticas y Productos Parafarmacéuticos (FEDIFAR), contra el Real Decreto 717/2019, de 5 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 1345/2007, de 11 de octubre, por el que se regula el procedimiento de autorización, registro y condiciones de dispensación de los medicamentos de uso humano fabricados industrialmente. Es relevante la respuesta del TJUE a la cuestión prejudicial 469/2021 y el TS sigue doctrina de precedente inmediato: el artículo 28 del Real Decreto 1345/2007 no se ocupa de la garantía de abastecimiento sino de comercialización efectiva, tal cual indica el enunciado del precepto sin que por el recurrente si hubiere justificado que se trate de situaciones idénticas. Respecto a la infracción de la DA5ª, actualización de la utilización del cupón precinto de los medicamentos, de la DT2ª, del cumplimiento por las mutualidades de funcionarios de sus obligaciones en materia de verificación y autenticación de los medicamentos; DF2ª, entrada en vigor, la recurrente no realiza un desarrollo argumental acerca de la lesión de normas de rango superior, ya que se ha limitado a adicionarla a su impugnación de los artículos 84 a 87 por lo que también procede la desestimación de la impugnación.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE MARIA DEL RIEGO VALLEDOR
  • Nº Recurso: 7575/2021
  • Fecha: 07/03/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se recurre en casación la sentencia que desestima el recurso frente el acuerdo de la CNMC que resuelve que no resulta acreditado que el sistema de precios establecidos por Pfizer en sus contratos de venta de medicamentos a los distribuidores mayoristas suponga una conducta prohibida por el artículo 1 LDC. La Sala desestima el recurso considerando que unos contratos entre un laboratorio farmacéutico y los distribuidores mayoristas, con las condiciones y datos obrantes en el expediente examinados en este recurso, y a partir de la vigencia (1 de enero de 2000) de la reforma de la Ley 25/1990, de 20 de diciembre, del Medicamento, llevada a cabo por la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social, no puede considerarse acreditado que supongan una conducta contraria al artículo 1 de la LDC. No es posible aplicar la jurisprudencia Glaxo al presente procedimiento, y ello ante las diferencias normativas y fácticas entre los casos Glaxo y Pfizer.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: LUIS MARIA DIEZ-PICAZO GIMENEZ
  • Nº Recurso: 44/2020
  • Fecha: 02/03/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Real Decreto 717/2019, de 5 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 1345/2007 que regula el procedimiento de autorización, registro y condiciones de dispensación de los medicamentos de uso humano fabricados industrialmente a fin de adecuarlo a la legislación europea en la materia. Planteamiento de cuestiones prejudiciales. Nodo como herramienta al servicio del repositorio cuya titularidad y gestión corresponde a la Administración del Estado. Utilización por las oficinas de farmacia a la hora de dispensar medicamentos. Es indiscutible que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea entiende que la imposición por vía reglamentaria de la creación de un nodo de titularidad pública para acceder al repositorio nacional, cuya utilización sea obligatoria para la dispensación de los medicamentos financiados por el Sistema Nacional de Salud, no es contraria al Reglamento Delegado (UE) 2016/6.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO JESUS FONSECA-HERRERO RAIMUNDO
  • Nº Recurso: 2038/2022
  • Fecha: 16/02/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Las cuestiones en la que se entiende que existe interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia, es que se determine: (i) Si está legitimado el titular de una autorización de comercialización de un medicamento para recurrir la autorización de un medicamento a otra empresa, cuando considera que se están vulnerando sus derechos de exclusividad, por la utilización (en el marco del procedimiento descentralizado de los artículos 28 y 29 de la Directiva 2001/83), de la vía del artículo 10 ter), cuando entiende que, de contrario, es aplicable el régimen jurídico previsto en el art 10 de la citada directiva. (ii) Si en el procedimiento descentralizado de los artículos 28 y 29 de la Directiva 2001/83, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios se debe pronunciar sobre los aspectos sustantivos del expediente, cuando España actúe como Estados miembro afectado.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DE LA ESPERANZA CORDOBA CASTROVERDE
  • Nº Recurso: 5353/2021
  • Fecha: 06/02/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: A los efectos de cuantificar las ganancias o pérdidas patrimoniales que se pongan de manifiesto en la transmisión de elementos patrimoniales afectos a actividades económicas adquiridos a título lucrativo, que no sean susceptibles de ser registrados como activo individualizado y separado en la contabilidad, debe considerarse como valor de adquisición el importe real de los valores respectivos que resulten de la aplicación de las normas del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, sin que puedan exceder del valor de mercado, conforme al artículo 36 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: WENCESLAO FRANCISCO OLEA GODOY
  • Nº Recurso: 164/2021
  • Fecha: 26/01/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala declara la nulidad de varios preceptos (artículo 1, párrafo segundo, primera frase del segundo párrafo y la Disposición Adicional Primera) del Real Decreto 867/2020, de 29 de septiembre, por el que se regulan los productos zoosanitarios de reactivos de diagnóstico de uso veterinario, los sistemas de control de parámetros fisiológicos en animales y los productos destinados al mantenimiento del material reproductivo animal, al considerar la Sala que este excede manifiestamente de la habilitación reglamentaria y comporta una manifiesta contradicción con los preceptos legales que desarrolla (Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal)
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DEL PILAR TESO GAMELLA
  • Nº Recurso: 5439/2020
  • Fecha: 24/01/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: SISTEMA NACIONAL DE SALUD. Tratándose de medicamentos no equipotentes (los que consiguen más eficacia con menos dosis de principio activo) respecto de las restantes especialidades integrantes del mismo conjunto de referencia, para la determinación del parámetro consistente en las dosis diarias definidas o DDD se estará a su eficacia. Precedente STS 27 de octubre de 2021 (RC 7617/2019).

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