• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Sevilla
  • Ponente: JUAN JESUS GARCIA VELEZ
  • Nº Recurso: 1075/2024
  • Fecha: 30/07/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Audiencia confirma la sentencia que condenó al acusado como autor de un delito de hurto en grado de tentativa. Criterios jurisprudenciales sobre el error en la valoración probatoria y el respeto a la realizada en la instancia con las limitaciones referidas a las pruebas personales. Valor de la declaración testifical del agente de policía que intervino en la detención. La representación de la empleada de la empresa para personarse en su nombre en el acto de juicio y reclamar. El valor de la prenda hurtada realizado a partir de su precio de venta al público.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Donostia-San Sebastián
  • Ponente: MARIA DEL CARMEN BILDARRAZ ALZURI
  • Nº Recurso: 740/2023
  • Fecha: 26/07/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El Juzgado de lo Penal absuelve al acusado del delito de hurto, y del delito de apropiación indebida. La acusación particular interpone recurso de apelación solicitando que se dicte nueva sentencia por la que se revoque la anterior, y condene al acusado como autor de un delito de hurto de la posesión, de un delito de apropiación indebida o subsidiariamente de un delito de hurto, alegando infracción de normas del ordenamiento jurídico, artículo 236 y art. 253 del código penal. La audiencia Provincial desestima el recurso de apelación y confirma la sentencia aplicando los artículos 790 y 792 de la ley de enjuiciamiento criminal.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Melilla
  • Ponente: MARIANO SANTOS PEÑALVER
  • Nº Recurso: 2/2024
  • Fecha: 24/07/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Señala la sentencia que el error en que incurre la sentencia de instancia en la descripción de los hechos y del objeto sustraído, aunque cierto es intrascendente ya que se valora en la misma, para fundamentar la condena del recurrente por la comisión de un delito de hurto, la credibilidad del testimonio de la empleada del establecimiento en el que se sustrajeron las sandalias, sin que los defectos en la redacción de la sentencia afecten a la valoración del testimonio prestado por aquella en el acto del juicio, si bien, conforme a la declaración de los testigos, hay que valorar que las zapatillas sustraídas fueron recuperadas, aunque no pudieron ser destinadas a la venta, por prohibirlo las normas reguladoras de los establecimientos de venta al público, por lo que la recuperación del objeto sustraído sin solución de continuidad al hecho mismo del apoderamiento predatorio determina que la calificación jurídica procedente sea la de delito de hurto en grado de tentativa acabada, de los artículos 234 núm. 2 del Código Penal en relación con los artículos 16 y 62 del mismo texto legal , al no haber tenido el denunciado los objetos bajo su disponibilidad. Las circunstancias personales que afectan al recurrente motivan la existencia de una situación excepcional, que aconseja la imposición de la cuota de multa mínima prevista en el número 5º del Código Penal.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA BEGOÑA CUADRADO GALACHE
  • Nº Recurso: 728/2024
  • Fecha: 24/07/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Confirma la condena por delito de simulación de delito. El acusado denunció, a sabiendas de que no era cierto, que dos varones no identificados le abordaron por la espalda mientras manipulaba su teléfono móvil, le agarraron del brazo, le tiraron al suelo, y aprovechando que se encontraba en el suelo, le arrebataron su teléfono. El delito de simulación de delito o de denuncia falsa requiere: a) la acción de simular ser responsable o víctima de una infracción penal o denunciar una infracción de este tipo inexistente, siendo el destinatario de la acción un funcionario judicial o administrativo que ante la noticia del delito esté profesionalmente obligado a proceder a su averiguación; b) que esa actuación falsaria provoque alguna actuación procesal, consumándose el delito cuando se inician las correspondientes diligencias procesales y se producen actos jurisdiccionales; y c) el tipo subjetivo, se integra por el conocimiento de la falsedad de aquello que se dice y la voluntad de presentar como verdaderos hechos que no lo son, lo que excluye la comisión culposa. La denuncia falsaria ha de ser idónea para provocar actuaciones procesales, siendo atípica penalmente la conducta cualidad cuando se denuncian hechos increíbles o de todo punto inverosímiles La reciente jurisprudencia viene admitiendo la posibilidad de comisión en grado de tentativa, cuando no se haya iniciado actuación procesal como consecuencia de la denuncia falsa.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Huelva
  • Ponente: ESTEBAN BRITO LOPEZ
  • Nº Recurso: 37/2024
  • Fecha: 23/07/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: En el recurso se considera improcedente la condena al Consorcio de Compensación de Seguros al pago del incremento del 20% de la indemnización fijada por la comisión de un delito doloso al estimar que no es tal y excede de su responsabilidad. El recurso se estima: A los efectos de la responsabilidad civil en la circulación de vehículos a motor y de la cobertura del seguro obligatorio regulado en el RD 1507/2008, se entienden por hechos de la circulación los derivados del riesgo creado por la conducción de los vehículos a motor, excluyéndose la utilización de un vehículo a motor como instrumento de la comisión de delitos dolosos contra las personas y los bienes, si bien se exceptúa la utilización de un vehículo a motor en cualquiera de las formas descritas en el Código Penal como conducta constitutiva de delito contra la seguridad vial, incluido el supuesto previsto en el art. 382 CP, pero no obstante ello, siendo el Consorcio de Compensación de Seguros una entidad de carácter público que se rige por su propio Estatuto y que tiene limitada legalmente la responsabilidad al Baremo de Circulación, sin que en el mismo se contemple el incremento por encima del Baremo que la Jurisprudencia aplica a los delitos dolosos, y teniendo en cuenta que los hechos se han considerado constitutivos de un delito de lesiones por imprudencia grave no estamos ante una indemnización fijada por un hechos doloso sino imprudente y por tanto no cabe la aplicación de ese plus de aflicción.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Donostia-San Sebastián
  • Ponente: JULIAN GARCIA MARCOS
  • Nº Recurso: 141/2024
  • Fecha: 22/07/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El Juzgado de lo Penal condena al acusado como autor de un delito de robo con violencia de escasa entidad y tentativa de los artículos 242.4 y 16 del código penal, concurriendo la atenuante de reparación del daño, a la pena de un año de prisión; y como autor de un delito leve de lesiones a la pena de dos meses de multa. La representación procesal del acusado interpone recurso de apelación alegando error en la valoración de la prueba porque no ejerció ningún tipo de violencia al sustraer la cadena, y no queda acreditado tampoco que causara lesiones a la víctima. Infracción de precepto legal, artículo 234 del código penal. Subsidiariamente solicita que se califiquen los hechos como de robo con escasa entidad. La audiencia Provincial estima el recurso de apelación, revoca la sentencia concluyendo que existe prueba de cargo suficiente para acreditar que la acusada cometió los hechos que se le imputan, en relación con la sustracción del objeto, existiendo un error de su subsunción, pues no son constitutivos un delito de robo sino de un delito de hurto, no se ha acreditado la violencia o intimidación, ni tampoco que se hubiera producido en la víctima lesiones al quitarle la cadena de oro que portaba, soltándola. Condena al acusado como autor de un delito leve de hurto intentado con la atenuante de reparación del daño a la pena de 29 días de multa, y le absuelve del delito leve de lesiones y del delito de robo con violencia.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: MARIA DEL CARMEN MARTINEZ LUNA
  • Nº Recurso: 85/2024
  • Fecha: 22/07/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El Tribunal aplica la doctrina sentada por el TJUE, en sentencia de 9 de noviembre del año 2023, que entiende que el artículo 6, apartado 4, de la Directiva 2012/13/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2012, relativa al derecho a la información en los procesos penales, debe interpretarse en el sentido de que se opone a una jurisprudencia nacional que permite a un órgano jurisdiccional que conoce del fondo de un asunto penal adoptar una calificación jurídica de los hechos imputados distinta de la inicialmente formulada por el Ministerio Fiscal sin informar con la debida antelación al acusado de la nueva calificación considerada, en un momento y en condiciones tales que le permitan preparar eficazmente su defensa, y, por lo tanto, sin ofrecerle la oportunidad de ejercer los derechos de la defensa de manera concreta y efectiva con respecto a esa nueva calificación. Carece de pertinencia, en este contexto, la circunstancia de que dicha calificación no pueda dar lugar a la aplicación de una pena más severa que el delito del que la persona estaba inicialmente acusada.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Zaragoza
  • Ponente: ALFREDO JOSE LAJUSTICIA PEREZ
  • Nº Recurso: 629/2024
  • Fecha: 18/07/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Audiencia confirma la sentencia que condenó al acusado como autor de un delito robo con violencia en grado de tentativa y un delito de hurto y de lesiones leves. Valor probatorio de las cámaras de seguridad del establecimiento comercial y de la declaración del vigilante quien conocía al acusado de hechos anteriores. No es apreciable el principio in dubio pro reo pues este principio señala cuál debe ser la decisión en los supuestos de duda, pero no puede determinar la aparición de dudas donde no las hay. El ejercicio de violencia subsiguiente al apoderamiento como integrador del robo y ello aunque se trate de un acto de maltrato de obra.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Málaga
  • Ponente: BEATRIZ SANCHEZ MARIN
  • Nº Recurso: 132/2024
  • Fecha: 18/07/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Audiencia confirma la sentencia que condenó al acusado como autor de un delito de robo con fuerza. No aplicación de la circunstancia eximente del art. 20.1 CP pese a que el acusado sufría una alteración psíquica basada en esquizofrenia y trastorno bipolar por los que estaba siendo medicado, y que impedía que el mismo conociera el alcance ilícito de sus actos. la necesidad de prueba de los presupuestos fácticos de las circunstancias de exención y atenuación. La eximente de alteración o anomalía psíquica. Insuficiencia de la patología para apreciar la exención completa y sí la incompleta. Diferencias.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Jerez de la Frontera
  • Ponente: BLAS RAFAEL LOPE VEGA
  • Nº Recurso: 193/2024
  • Fecha: 15/07/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Audiencia confirma la sentencia que condenó al acusado como autor de un delito leve de hurto en grado de tentativa. Incomparecencia a juicio. Se invoca la nulidad por ausencia de citación. La eficacia de la citación policial para la celebración del juicio inmediato por delito leve. la negativa documentada a firmar la citación pues esa negativa no es obstáculo para considerar probado que la citación se produjo y que si no acudió al juicio fue por causas diferentes a la pretendida falta de citación. No cabe estimar la nulidad pedida pues no cabe apreciar la existencia de vulneración del derecho a la tutela judicial garantizado en el art. 24.1 CE, pues no es admisible constitucionalmente una queja de indefensión de quien con su conducta propició o coadyuvó a la producción del estado de cosas del que luego se queja.

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