• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: PABLO LLARENA CONDE
  • Nº Recurso: 2538/2022
  • Fecha: 18/07/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se desestima el recurso del condenado, confirmando la existencia de prueba de cargo indiciaria capaz de justificar su participación en la falsedad enjuiciada, constatada la falsedad de la factura aportada en el proceso civil y no tratándose de un delito de propia mano. Asimismo, se rechaza la apreciación de una atenuante de dilaciones cualificadas y la prescripción invocada, cuyo dies a quo no puede depender de la fecha plasmada en el documento falsificado. No obstante, la aplicación de la doctrina sentada en STS, Pleno, 232/2022, conlleva la estimación del recurso en cuanto que se afirma que no afecta a la seguridad del tráfico mercantil desde un sentido colectivo, la falsificación de documentos que surgiera en el ámbito de una relación contractual privada en la que una de las partes fuera un comerciante. Supuesto en el que se integra el caso enjuiciado, pues aunque el documento se confeccionó para generar un engaño sobre tercero, en este caso para confundir a la autoridad judicial que había de resolver la reclamación de pago presentada contra el acusado, el documento carecía de proyección y eficacia colectiva, buscando únicamente afectar a la obligación recíproca existente entre las partes. Lo expuesto conlleva la absolución por este delito, pues encontrándonos ante la falsedad de un documento privado del art. 395 CP, debe apreciarse un concurso de normas con el delito intentado de estafa procesal, a resolver por por el principio de consunción del art. 8.3 CP.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE MANUEL BANDRES SANCHEZ-CRUZAT
  • Nº Recurso: 5213/2021
  • Fecha: 16/07/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala, siguiendo la doctrina jurisprudencial sentada en las sentencias de esta Sala del Tribunal Supremo de 7 de junio de 2012 (RC 2050/2009), 31 de marzo de 2014 (RC 706/2013) y 13 de julio de 2015 (RC 1592/2014), considera que la Sala de instancia no ha realizado una interpretación irrazonable ni arbitraria de los artículos 199, 203.2 y 217 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, al sostener, que en el supuesto enjuiciado, no procede reconocer el derecho de la Unión de Empresas Vegas Bajas a ser indemnizada por los daños y perjuicios ocasionados por los retrasos producidos en la ejecución del contrato, al no ser imputables a una falta de la Administración, ya que las dilaciones fueren debidas a las ampliaciones del plazo de ejecución del contrato solicitadas a instancia del contratista y autorizadas por la Administración, y a la aprobación de una modificación por circunstancias sobrevenidas (descenso de la lamina de agua de Río Guadalquivir en el punto de captación y alteración de las características físico químicas del agua de captación), que no pueden considerarse constitutivas de fuerza mayor. La Sala estima convincentes los razonamientos jurídicos de la sentencia impugnada, que fundamentan el rechazo de las indemnizaciones reclamadas por el incremento de los costes indirectos y gastos generales derivados de los retrasos y dilaciones producidos en la ejecución del contrato.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: PABLO MARIA LUCAS MURILLO DE LA CUEVA
  • Nº Recurso: 675/2023
  • Fecha: 16/07/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Legalidad del RD 407/2022 por el que se aprueba la oferta de empleo público del año 2022 y del RD 408/2022 por el que se aprueba la oferta de empleo público para la estabilización en la Administración del Estado correspondiente a la Ley 20/2021, excepto en la medida en que para las plazas cuyo sistema de selección sea el concurso no prevé la reserva legal para personas con discapacidad
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JULIAN ARTEMIO SANCHEZ MELGAR
  • Nº Recurso: 11038/2023
  • Fecha: 15/07/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El ahora recurrente fue condenado a la pena de 9 años por el delito de violación continuada, en una horquilla de 9 a 12 años. Con la reforma la pena oscila de 8 años a 12, por lo que, en este sentido, procede reducir la condena a la pena de 8 años de prisión, sin que sea óbice que al otro condenado en la sentencia no se revise su condena, habida cuenta que la pena para cada uno es diferente, siendo de mayor extensión la del otro condenado.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANA MARIA FERRER GARCIA
  • Nº Recurso: 10714/2023
  • Fecha: 11/07/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se dará un concurso de normas en aquellos supuestos de mínima duración temporal, en los que la detención, encierro o paralización del sujeto pasivo tienen lugar durante el episodio central del apoderamiento, mientras se desarrolla la actividad de aprehensión de la cosa mueble que se va a sustraer. De esta manera la privación de la libertad ambulatoria de la víctima queda limitada al tiempo e intensidad estrictamente necesarios para efectuar el despojo conforme a la dinámica comisiva empleada. Estaremos ante un concurso ideal de delitos en su modalidad medial en aquellas situaciones en las que la privación de libertad constituya un medio necesario, en sentido amplio y objetivo, para la comisión del robo, pero su intensidad o duración excedan la mínima privación momentánea de libertad ínsita en la dinámica comisiva del delito contra la propiedad, afectando de un modo relevante y autónomo el bien jurídico protegido en el delito de detención ilegal. Finalmente, la relación será de concurso real en aquellos casos en los que la duración e intensidad de la privación de libertad, con independencia de su relación con el delito contra la propiedad, se aleje y desconecte notoriamente de su dinámica comisiva por su manifiesto exceso e indebida prolongación, de manera que no puede ser ya calificada de medio necesario para la comisión del robo.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: IGNACIO SANCHO GARGALLO
  • Nº Recurso: 3843/2019
  • Fecha: 09/07/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Demanda formulada por sociedad vendedora de una parcela en ejercicio de la acción resolutoria expresa incluida en el contrato de compraventa (incumplimiento de la obligación de edificar la nave en el plazo pactado). La compradora-demandada se allanó parcialmente a la demanda, en lo que respecta a la resolución del contrato, pero se opuso a las consecuencias de la resolución reclamadas en la demanda (como la reinscripción de la propiedad de la finca a nombre de la vendedora demandante). Además reconvino aduciendo simulación. El juzgado estimó en parte la demanda y desestimó la reconvención. En lo que ahora interesa, consideró procedente la compensación de créditos por no regir la prohibición del art. 58 LC, pronunciamiento que la sentencia de segunda instancia revoca. Improcedente intento de revisar la valoración probatoria porque en realidad no se discrepa del juicio fáctico sino de la conclusión jurídica (cuándo se producían los efectos de la resolución del contrato de compraventa) extraída por la Audiencia Provincial a partir de los hechos probados. En casación, partiendo de la consideración concursal del crédito derivado de la aplicación de la cláusula penal, impugna la desestimación de la pretensión de compensación de este crédito con el que a su vez tiene la parte compradora, de devolución del precio de la compraventa. No resulta de aplicación la prohibición de compensación del art. 58 LC: liquidación de créditos y deudas surgidas de una misma relación contractual.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: LUIS MARIA DIEZ-PICAZO GIMENEZ
  • Nº Recurso: 1249/2023
  • Fecha: 08/07/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: En la evaluación efectuada por el Consejo Superior de la Guardia Civil no se utilizó el "Procedimiento para la actuación del Consejo Superior en la Evaluación de Ascensos a General de Brigada", usado anteriormente. Al procederse de una manera distinta, el aspirante clasificado primero pasó a ser el tercero. El informe de la Directora General de la Guardia Civil no se pronunció sobre ello, por lo que la Administración no ha explicado debidamente porqué modificó el procedimiento y no ha justificado la preferencia que manifiesta por el Coronel ascendido sobre el recurrente. La actuación administrativa impugnada incurre en ilegalidad -no en mera irregularidad no invalidante- porque carece de la justificación imprescindible. La estimación es parcial y no plena pues el Tribunal no puede reconocer al recurrente el derecho a ser nombrado General de Brigada del Cuerpo de la Guardia Civil, dado que está fuera de su alcance determinar el contenido de los actos discrecionales que ha de dictar la Administración.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: WENCESLAO FRANCISCO OLEA GODOY
  • Nº Recurso: 7420/2022
  • Fecha: 04/07/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Régimen jurídico de los convenios urbanísticos. Convenios urbanísticos de monetarización. La Sala estima el recurso de casación y confirma la doctrina contenida en la sentencia 1108/24 dictada en el recurso de casación 7145/2022, concluyendo que cuando se declare la invalidez de un convenio urbanístico de monetarización por las cesiones de terrenos gratuitas que deban realizar los propietarios a la Administración actuante, deberá discriminarse si la invalidez lo es por causa de resolución, en cuyo caso los intereses se calcularan desde que se reclamen por el perjudicado; o si se trata de una causa de nulidad o anulabilidad del convenio, en cuyo supuesto, los intereses se calcularan desde la fecha en que se hizo el pago de la cantidad reclamada
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: WENCESLAO FRANCISCO OLEA GODOY
  • Nº Recurso: 8526/2022
  • Fecha: 04/07/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: En el caso de autos se trata de un supuesto de resolución del convenio, los intereses son debidos desde el momento de la reclamación y procede casar la sentencia recurrida y desestimar el recurso de apelación que en la misma se estima. Remisión a la sentencia 1108/24 dictada en el recurso de casación 7145/2022
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: WENCESLAO FRANCISCO OLEA GODOY
  • Nº Recurso: 2697/2023
  • Fecha: 04/07/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El convenio no fue declarado nulo o anulable sino que se decretó su resolución por la causa ya mencionada. Por tanto, si en el caso de autos se trata de un supuesto de resolución del convenio, los intereses son debidos desde el momento de la reclamación y procede casar la sentencia recurrida y desestimar el recurso de apelación que en la misma se estima. remisión a la sentencia 1108/24 dictada en el recurso de casación 7145/2022

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.