Cuentas anuales, auditorías y fiscalización
Cuentas anuales
Sometimiento de la actividad Económico-Financiera del CGPJ a los principios de legalidad, de eficiencia y de economía
La actividad económico-financiera del CGPJ, como órgano constitucional, ha estado sometida y está, desde su creación y en todo momento, además de a los naturales controles de gestión de cualquier órgano del Estado y de control interno por parte de la Intervención, al control del Tribunal de Cuentas, como supremo órgano fiscalizador de las cuentas y de la actividad económica del Estado.
La Intervención en el Consejo, como órgano de control interno, lleva a cabo la fiscalización previa de todos los actos, documentos y expedientes susceptibles de producir obligaciones o derechos de contenido económico. Según el artículo 565 de la Ley Orgánica 4/2013 de 28 de junio, en su punto 3”, indica que el control interno del gasto del Consejo General del Poder Judicial se llevará a cabo por un funcionario perteneciente al Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado, que dependerá funcionalmente del Consejo General del Poder Judicial, y el control externo por el Tribunal de Cuentas.
Las normas generales de contratación y económico financieras del Estado se aplican rigurosamente a todas las actividades del Consejo. El artículo .639 , en su punto 1, indica que el Consejo General del Poder Judicial podrá celebrar los contratos que sean precisos para el adecuado ejercicio de sus atribuciones, con sujeción a la legislación de contratos del sector público.
El Tribunal de Cuentas ha fiscalizado favorablemente todas las cuentas de liquidación de sus presupuestos, integradas en las Generales del Estado, desde su creación.
La Cuenta de Liquidación del Presupuesto del Consejo General del Poder Judicial de cada ejercicio, se formula, en virtud de lo establecido en los artículos 87 y 92 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo General del Poder Judicial de 22 de abril de 1986, por el Secretario General.
Cuenta de Liquidación 2023
El Secretario General, con fecha 29 de febrero de 2024, elevó a la Comisión de Asuntos Económicos la Cuenta de Liquidación del Presupuesto de 2023, en virtud de lo establecido en el artículo 92 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo General del Poder Judicial.
La Comisión de Asuntos Económicos, en su reunión del día 6 de marzo de 2024, ha examinado la documentación trasladada, destacando los siguientes aspectos, que constituyen el informe que eleva a la Comisión Permanente para su posterior recepción en el Pleno del Consejo en virtud del artículo 599.8ª de la Ley 6/1985:
1º. La Cuenta se ha formulado tanto en su formato como en su contenido, en base a lo establecido en la Orden EHA/1037/2010, por la que se aprueba el Plan General de Contabilidad Pública.
2º. El contenido de la cuenta proporciona una imagen fiel de la ejecución del presupuesto.
3º. La información cumple con los requisitos de claridad, relevancia, fiabilidad y comparabilidad.
4º. Se han respetado los límites de vinculación establecidos en las diferentes dotaciones presupuestarias.
5º. Los créditos definitivos (créditos iniciales más modificaciones), ascendieron a 79.907.371,03 euros, reconociéndose obligaciones por un importe de 65.972.931,03 euros, lo que supone un porcentaje de ejecución del 82,56%.
6º. La ejecución del presupuesto, distribuida por capítulos, es la que se indica a continuación:
Capítulo presupuestario | Porcentaje de ejecución sobre ctos. definitivos |
1 Gastos de personal | 84,47% |
2 Gastos corrientes en bienes y servicios | 79,13€ |
4 Transferencias corrientes (subvenciones) | 96,81% |
6 Inversiones reales | 82,38% |
8 Activos financieros | 43,27% |
TOTAL CAPÍTULOS | 82,56% |
En consecuencia, la Comisión de Asuntos Económicos, en su reunión de 8 de marzo de 2024, según lo previsto en los artículos 612.3.2ª y 599.8ª de la Ley 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial y 87 y 92 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del consejo general del Poder Judicial, acuerda manifestar su conformidad con la Cuenta de Liquidación del Presupuesto del Consejo General del Poder Judicial de 2023, formulada por el Secretario General, y elevarla a la Comisión Permanente para su posterior remisión al Pleno, juntamente con las observaciones constitutivas del informe de la Comisión de Asuntos Económicos.
El Pleno del Consejo aprobó la cuenta en su reunión de 21 de marzo de 2024.
Cuenta de Liquidación 2022
El Secretario General, en fecha 6 de marzo de 2023, elevó a la Comisión de Asuntos Económicos la Cuenta de Liquidación del Presupuesto de 2022, formulada en virtud de lo establecido en el artículo 92 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo General del Poder Judicial.
La Comisión de Asuntos Económicos, en su reunión del día 8 de marzo de 2023, ha examinado la documentación trasladada, destacando los siguientes aspectos, que constituyen el informe que eleva a la Comisión Permanente para su posterior recepción en el Pleno del Consejo en virtud del artículo 599.8ª de la Ley 6/1985:
1º. La Cuenta se ha formulado tanto en su formato como en su contenido, en base a lo establecido en la Orden EHA/1037/2010, por la que se aprueba el Plan General de Contabilidad Pública.
2º. El contenido de la cuenta proporciona una imagen fiel de la ejecución del presupuesto.
3º. La información cumple con los requisitos de claridad, relevancia, fiabilidad y comparabilidad.
4º. Se han respetado los límites de vinculación establecidos en las diferentes dotaciones presupuestarias.
5º. Los créditos definitivos (créditos iniciales más modificaciones), ascendieron a 77.547.107,42 euros, reconociéndose obligaciones por un importe de 62.199.389,78 euros, lo que supone un porcentaje de ejecución del 80,21%.
6º. La ejecución del presupuesto, distribuida por capítulos, es la que se indica a continuación:
Capítulo presupuestario | Porcentaje de ejecución sobre ctos. definitivos |
1 Gastos de personal | 85,47% |
2 Gastos corrientes en bienes y servicios | 72,22€ |
4 Transferencias corrientes (subvenciones) | 91,22% |
6 Inversiones reales | 73,60% |
8 Activos financieros | 84,95% |
TOTAL CAPÍTULOS | 80,21% |
En consecuencia, la Comisión de Asuntos Económicos, en su reunión de 8 de marzo de 2023, según lo previsto en los artículos 612.3.2ª y 599.8ª de la Ley 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial y 87 y 92 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del consejo general del Poder Judicial, acuerda manifestar su conformidad con la Cuenta de Liquidación del Presupuesto del Consejo General del Poder Judicial de 2022, formulada por el Secretario General, y elevarla a la Comisión Permanente para su posterior remisión al Pleno, juntamente con las observaciones constitutivas del informe de la Comisión de Asuntos Económicos.
El Pleno del Consejo aprobó la cuenta en su reunión de 30 de marzo de 2023.
Cuenta de Liquidación 2021
El Secretario General, en fecha 28 de febrero de 2022, elevó a la Comisión de Asuntos Económicos la Cuenta de Liquidación del Presupuesto de 2021, formulada en virtud de lo establecido en el artículo 92 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo General del Poder Judicial.
La Comisión de Asuntos Económicos, en su reunión del día 2 de marzo de 2022, ha examinado la documentación trasladada, destacando los siguientes aspectos, que constituyen el informe que eleva a la Comisión Permanente para su posterior recepción en el Pleno del Consejo en virtud del artículo 599.8ª de la Ley 6/1985:
1º. La Cuenta se ha formulado tanto en su formato como en su contenido, en base a lo establecido en la Orden EHA/1037/2010, por la que se aprueba el Plan General de Contabilidad Pública.
2º. El contenido de la cuenta proporciona una imagen fiel de la ejecución del presupuesto.
3º. La información cumple con los requisitos de claridad, relevancia, fiabilidad y comparabilidad.
4º. Se han respetado los límites de vinculación establecidos en las diferentes dotaciones presupuestarias.
5º. Los créditos definitivos (créditos iniciales más modificaciones), ascendieron a 74.406.558,75 euros, reconociéndose obligaciones por un importe de 54.209.376,19 euros, lo que supone un porcentaje de ejecución del 72,86%.
6º. La ejecución del presupuesto, distribuida por capítulos, es la que se indica a continuación:
CAPITULO PRESUPUESTARIO PORCENTAJE DE EJECUCIÓN
SOBRE CTOS. DEFINITIVOS
1 Gastos de personal 82,86%
2 Gastos corrientes en bienes 57,53%
y servicios
4 Transferencias corrientes 90,28%
(Subvenciones)
6 Inversiones reales 66,23%
8 Activos financieros 54,73%
TOTAL CAPÍTULOS 72,86%
En consecuencia, la Comisión de Asuntos Económicos, en su reunión de 2 de marzo de 2022, según lo previsto en los artículos 612.3.2ª y 599.8ª de la Ley 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial y 87 y 92 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del consejo general del Poder Judicial, acuerda manifestar su conformidad con la Cuenta de Liquidación del Presupuesto del Consejo General del Poder Judicial de 2021, formulada por el Secretario General, y elevarla a la Comisión Permanente para su posterior remisión al Pleno, juntamente con las observaciones constitutivas del informe de la Comisión de Asuntos Económicos.
El Pleno del Consejo aprobó la cuenta en su reunión de 24 de marzo de 2022.
Cuenta de Liquidación 2020
El Secretario General, en fecha 5 de marzo de 2021, elevó a la Comisión de Asuntos Económicos la Cuenta de Liquidación del Presupuesto de 2020, formulada en virtud de lo establecido en el artículo 612.3 2ª de la Ley 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial.
La Comisión de Asuntos Económicos, en su reunión del día 10 de marzo de 2021, ha examinado la documentación trasladada, destacando los siguientes aspectos, que constituyen el informe que eleva a la Comisión Permanente para su posterior recepción en el Pleno del Consejo en virtud del artículo 599.8ª de la Ley 6/1985:
1º. La Cuenta ha modificado su formato y contenido en base a lo establecido en la Orden EHA/1037/2010, por la que se aprueba el Plan General de Contabilidad Pública.
2º. El contenido de la cuenta proporciona una imagen fiel de la ejecución del presupuesto.
3º. La información cumple con los requisitos de claridad, relevancia, fiabilidad y comparabilidad.
4º. Se han respetado los límites de vinculación establecidos en las diferentes dotaciones presupuestarias.
5º. Los créditos definitivos (créditos iniciales más modificaciones), ascendieron a 59.464.243,18 euros, reconociéndose obligaciones por un importe de 53.812.817,07 euros, lo que supone un porcentaje de ejecución del 90,50%.
6º. La ejecución del presupuesto, distribuida por capítulos, es la que se indica a continuación:
CAPITULO PRESUPUESTARIO PORCENTAJE DE EJECUCIÓN
SOBRE CTOS. DEFINITIVOS
1 Gastos de personal 97,95%
2 Gastos corrientes en bienes 79,43%
y servicios
4 Transferencias corrientes 95,69%
(Subvenciones)
6 Inversiones reales 75,85%
8 Activos financieros 32,45%
TOTAL CAPÍTULOS 90,50%
En consecuencia, la Comisión de Asuntos Económicos, en su reunión de 10 de marzo de 2021, según lo previsto en los artículos 612.3.2ª y 599.8ª de la Ley 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial y 87 y 92 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del consejo general del Poder Judicial, acuerda manifestar su conformidad con la Cuenta de Liquidación del Presupuesto del Consejo General del Poder Judicial de 2020, formulada por el Secretario General, y elevarla a la Comisión Permanente para su posterior remisión al Pleno, juntamente con las observaciones constitutivas del informe de la Comisión de Asuntos Económicos.
El Pleno del Consejo aprobó la cuenta en su reunión de 25 de marzo de 2021.
Cuenta de Liquidación 2019
El Secretario General, en fecha 25 de junio de 2020, elevó a esta Comisión de Asuntos Económicos la Cuenta de Liquidación del Presupuesto de 2019, formulada en virtud de lo establecido en el artículo 612.3 2ª de la Ley 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial.
La Comisión de Asuntos Económicos, en su reunión del día 8 de julio de 2020, ha examinado la documentación trasladada, destacando los siguientes aspectos, que constituyen el informe que eleva a la Comisión Permanente para su posterior recepción en el Pleno del Consejo en virtud del artículo 599.8ª de la Ley 6/1985:
1º. La Cuenta mejora su contenido en relación con el año anterior, en el que se modificó o suprimió algunas partes no representativas desde el punto de vista contable. La Comisión aprecia positivamente su contenido informativo, remitiéndose a la Memoria elaborada por el Secretario General en todos aquellos aspectos que son tratados con detalle en la misma.
2º. La Comisión constata que en la ejecución del Presupuesto de 2019 se han respetado los límites constituidos por las cuantías de las dotaciones presupuestarias, en los niveles de agregación en los que los créditos tienen carácter vinculante.
3º. De los 59.329.236,99 euros a que ascendieron los créditos presupuestarios definitivos (Créditos iniciales 58.126.140,00 euros más modificaciones 1.203.096,99 euros), como se señala en la Memoria del Secretario General, se han reconocido obligaciones por 52.916.672,03 euros, lo que supone un grado de ejecución del 89,19% sobre los créditos definitivos y del 91,04% sobre créditos iniciales.
4º. Los distintos Capítulos presupuestarios (1º, 2º, 4º, 6º, 8º), de que consta la sección de los Presupuestos Generales del Estado correspondientes al Consejo (Sección 08) han sido ejecutados en 2019 en los porcentajes que se indican en la memoria de la cuenta de liquidación.
En consecuencia, la Comisión de Asuntos Económicos, en su reunión de 8 de julio de 2020, acuerda manifestar su conformidad con la Cuenta de Liquidación del Presupuesto del Consejo General del Poder Judicial de 2019, formulada por el Secretario General, y su elevación a la Comisión Permanente para su posterior remisión al Pleno, juntamente con las observaciones transcritas, constitutivas de su informe, para su recepción en virtud de lo previsto en el artículo 599.8ª de la Ley 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial.
El Pleno del Consejo aprobó la cuenta en su reunión de 28 de julio de 2020.
Cuenta de Liquidación 2018
El Secretario General, en fecha 27 de junio de 2019, elevó a esta Comisión de Asuntos Económicos la Cuenta de Liquidación del Presupuesto de 2018, formulada en virtud de lo establecido en el artículo 612.3 2ª de la Ley 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial.
La Comisión de Asuntos Económicos, en su reunión del día 1 de julio de 2019, ha examinado la documentación trasladada, destacando los siguientes aspectos, que constituyen el informe que eleva a la Comisión Permanente para su posterior recepción en el Pleno del Consejo en virtud del artículo 599.8ª de la Ley 6/1985:
1º. La Cuenta mejora su contenido en relación con años anteriores, modificando o suprimiendo algunas partes no representativas desde el punto de vista contable. La Comisión aprecia positivamente su contenido informativo, remitiéndose a la Memoria elaborada por el Secretario General en todos aquellos aspectos que son tratados con detalle en la misma.
2º. La Comisión constata que en la ejecución del Presupuesto de 2018 se han respetado los límites constituidos por las cuantías de las dotaciones presupuestarias, en los niveles de agregación en los que los créditos tienen carácter vinculante.
3º. De los 59.087.479,03 euros a que ascendieron los créditos presupuestarios definitivos (Créditos iniciales 58.126.140,00 euros más modificaciones 961.339,03 euros), como se señala en la Memoria del Secretario General, se han reconocido obligaciones por 48.714.250,61 euros, lo que supone un grado de ejecución del 82,44% sobre los créditos definitivos y del 83,81% sobre créditos iniciales.
4º. Los distintos Capítulos presupuestarios (1º, 2º, 4º, 6º, 8º), de que consta la sección de los Presupuestos Generales del Estado correspondientes al Consejo (Sección 08) han sido ejecutados en 2018 en los porcentajes que se indican en la memoria de la cuenta de liquidación.
En consecuencia, la Comisión de Asuntos Económicos, en su reunión de 1 de julio de 2019, acuerda manifestar su conformidad con la Cuenta de Liquidación del Presupuesto del Consejo General del Poder Judicial de 2018, formulada por el Secretario General, y su elevación a la Comisión Permanente para su posterior remisión al Pleno, juntamente con las observaciones transcritas, constitutivas de su informe, para su recepción en virtud de lo previsto en el artículo 599.8ª de la Ley 4/2013.
El Pleno del Consejo aprobó la cuenta en su reunión de 24 de julio de 2019.
Cuenta de Liquidación 2017
El Secretario General, en fecha 4 de julio de 2018, elevó a esta Comisión de Asuntos Económicos la Cuenta de Liquidación del Presupuesto de 2017, formulada en virtud de lo establecido en el artículo 612.3 2ª de la Ley 4/2013, de 28 de junio, de reforma del Consejo General del Poder Judicial.
La Comisión de Asuntos Económicos, en su reunión del día 9 de julio de 2018, ha examinado la documentación trasladada, destacando los siguientes aspectos, que constituyen el informe que eleva a la Comisión Permanente para su posterior recepción en el Pleno del Consejo en virtud del artículo 599.8ª de la Ley 4/2013:
- La Cuenta presenta la misma estructura y contenido informativo que la relativa al ejercicio presupuestario anterior. La Comisión aprecia positivamente su contenido informativo, remitiéndose a la Memoria elaborada por el Secretario General en todos aquellos aspectos que son tratados con detalle en la misma.
- La Comisión constata que en la ejecución del Presupuesto de 2017 se han respetado los límites constituidos por las cuantías de las dotaciones presupuestarias, en los niveles de agregación en los que los créditos tienen carácter vinculante.
- De los 57.517.222,09 euros a que ascendieron los créditos presupuestarios definitivos (Créditos iniciales 56.274.670,00, más modificaciones 1.242.552,09), como se señala en la Memoria del Secretario General, se han reconocido obligaciones por 48.600.696,24 euros, lo que supone un grado de ejecución del 84,50% sobre los créditos definitivos y del 86,36% sobre créditos iniciales.
- Los distintos Capítulos presupuestarios (1º, 2º, 4º, 6º, 8º), de que consta la sección de los Presupuestos Generales del Estado correspondientes al Consejo (Sección 08) han sido ejecutados en 2017 en los porcentajes que se detallan en la memoria de la cuenta de liquidación.
En consecuencia, la Comisión de Asuntos Económicos, en su reunión de 9 de julio de 2018 , ha acordado manifestar su conformidad con la Cuenta de Liquidación del Presupuesto del Consejo General del Poder Judicial de 2017, formulada por el Secretario General, y su elevación a la Comisión Permanente para su posterior remisión al Pleno, juntamente con las observaciones transcritas, constitutivas de su informe, para su recepción en virtud de lo previsto en el artículo 599.8ª de la Ley 4/2013.
La Comisión Permanente, en su reunión de 19 de julio de 2018, ha acordado manifestar su conformidad con la Cuenta de Liquidación del Presupuesto del Consejo General del Poder Judicial de 2017, formulada por el Secretario General, y remitirla al Pleno.
El Pleno del Consejo aprobó la cuenta en su reunión de 24 de julio de 2018.
Cuenta de Liquidación 2016
El Secretario General, en fecha 27 de junio de 2017, elevó a esta Comisión de Asuntos Económicos la Cuenta de Liquidación del Presupuesto de 2016, formulada en virtud de lo establecido en el artículo 612.3 2ª de la Ley 4/2013, de 28 de junio, de reforma del Consejo General del Poder Judicial.
La Comisión de Asuntos Económicos, en su reunión del día 12 de julio de 2017, ha examinado la documentación trasladada, destacando los siguientes aspectos, que constituyen el informe que eleva a la Comisión Permanente para su posterior recepción en el Pleno del Consejo en virtud del artículo 599.8ª de la Ley 4/2013:
- La Cuenta presenta la misma estructura y contenido informativo que la relativa al ejercicio presupuestario anterior. La Comisión aprecia positivamente su contenido informativo, remitiéndose a la Memoria elaborada por el Secretario General en todos aquellos aspectos que son tratados con detalle en la misma.
- La Comisión constata que en la ejecución del Presupuesto de 2016 se han respetado los límites constituidos por las cuantías de las dotaciones presupuestarias, en los niveles de agregación en los que los créditos tienen carácter vinculante.
- De los 56.021.865,19 euros a que ascendieron los créditos presupuestarios definitivos (Créditos iniciales 54.883.560,00, más modificaciones 1.138.305,19), como se señala en la Memoria del Secretario General, se han reconocido obligaciones por 46.328.067,67 euros, lo que supone un grado de ejecución del 82,70% sobre los créditos definitivos y del 84,41% sobre créditos iniciales.
- Los distintos Capítulos presupuestarios (1º, 2º, 4º, 6º, 8º), de que consta la sección de los Presupuestos Generales del Estado correspondientes al Consejo (Sección 08) han sido ejecutados en 2016 en los porcentajes que se detallan en la memoria de la cuenta de liquidación.
En consecuencia, la Comisión de Asuntos Económicos, en su reunión de 12 de julio de 2017 , ha acordado manifestar su conformidad con la Cuenta de Liquidación del Presupuesto del Consejo General del Poder Judicial de 2016, formulada por el Secretario General, y su elevación a la Comisión Permanente para su posterior remisión al Pleno, juntamente con las observaciones transcritas, constitutivas de su informe, para su recepción en virtud de lo previsto en el artículo 599.8ª de la Ley 4/2013.
La Comisión Permanente, en su reunión de 20 de julio de 2017, ha acordado manifestar su conformidad con la Cuenta de Liquidación del Presupuesto del Consejo General del Poder Judicial de 2016, formulada por el Secretario General, y remitirla al Pleno.
El Pleno del Consejo aprobó la cuenta en su reunión de 26 de julio de 2017.
Cuenta de Liquidación 2015
El Secretario General, en fecha 27 de junio de 2016, elevó a esta Comisión de Asuntos Económicos la Cuenta de Liquidación del Presupuesto de 2015, formulada en virtud de lo establecido en el artículo 612.3 2ª de la Ley 4/2013, de 28 de junio, de reforma del Consejo General del Poder Judicial.
La Comisión de Asuntos Económicos, en su reunión del día 11 de julio de 2016, ha examinado la documentación trasladada, destacando los siguientes aspectos, que constituyen el informe que eleva a la Comisión Permanente para su posterior recepción en el Pleno del Consejo en virtud del artículo 599.8ª de la Ley 4/2013:
- La Cuenta presenta la misma estructura y contenido informativo que la relativa al ejercicio presupuestario anterior. La Comisión aprecia positivamente su contenido informativo, remitiéndose a la Memoria elaborada por el Secretario General en todos aquellos aspectos que son tratados con detalle en la misma.
- La Comisión constata que en la ejecución del Presupuesto de 2015 se han respetado los límites constituidos por las cuantías de las dotaciones presupuestarias, en los niveles de agregación en los que los créditos tienen carácter vinculante.
- De los 55.821.441,93 euros a que ascendieron los créditos presupuestarios definitivos (Créditos iniciales 54.883.560,00, más modificaciones 937.881,93), como se señala en la Memoria del Secretario General, se han reconocido obligaciones por 44.052.049,61 euros, lo que supone un grado de ejecución del 78,92% sobre los créditos definitivos y del 80,26% sobre créditos iniciales.
- Los distintos Capítulos presupuestarios (1º, 2º, 4º, 6º, 8º), de que consta la sección de los Presupuestos Generales del Estado correspondientes al Consejo (Sección 08) han sido ejecutados en 2015 en los porcentajes que se detallan en la memoria de la cuenta de liquidación.
En consecuencia, la Comisión de Asuntos Económicos, en su reunión de 11 de junio de 2016 , ha acordado manifestar su conformidad con la Cuenta de Liquidación del Presupuesto del Consejo General del Poder Judicial de 2015, formulada por el Secretario General, y su elevación a la Comisión Permanente para su posterior remisión al Pleno, juntamente con las observaciones transcritas, constitutivas de su informe, para su recepción en virtud de lo previsto en el artículo 599.8ª de la Ley 4/2013.
La Comisión Permanente, en su reunión de 14 de julio de 2016, ha acordado manifestar su conformidad con la Cuenta de Liquidación del Presupuesto del Consejo General del Poder Judicial de 2015, formulada por el Secretario General, y remitirla al Pleno.
El Pleno del Consejo aprobó la cuenta en su reunión de 26 de julio de 2016.
Cuenta de Liquidación 2014
El Secretario General, en fecha 12 de junio de 2015, elevó a esta Comisión de Asuntos Económicos la Cuenta de Liquidación del Presupuesto de 2014, formulada en virtud de lo establecido en el artículo 612.3 2ª de la Ley 4/2013, de 28 de junio, de reforma del Consejo General del Poder Judicial.
La Comisión de Asuntos Económicos, en su reunión del día 16 de junio de 2015, ha examinado la documentación trasladada, destacando los siguientes aspectos, que constituyen el informe que eleva a la Comisión Permanente para su posterior recepción en el Pleno del Consejo en virtud del artículo 599.8ª de la Ley 4/2013:
- La Cuenta presenta la misma estructura y contenido informativo que la relativa al ejercicio presupuestario anterior. La Comisión aprecia positivamente su contenido informativo, remitiéndose a la Memoria elaborada por el Secretario General en todos aquellos aspectos que son tratados con detalle en la misma.
- La Comisión constata que en la ejecución del Presupuesto de 2014 se han respetado los límites constituidos por las cuantías de las dotaciones presupuestarias, en los niveles de agregación en los que los créditos tienen carácter vinculante.
- De los 59.355.460,52 euros a que ascendieron los créditos presupuestarios definitivos (Créditos iniciales 57.955.190,00, más modificaciones 1.400.270,52), como se señala en la Memoria del Secretario General, se han reconocido obligaciones por 45.639.517,90 euros, lo que supone un grado de ejecución del 76,89 % sobre los créditos definitivos y del 78,75% sobre créditos iniciales.
- Los distintos Capítulos presupuestarios (1º, 2º, 4º, 6º, 8º), de que consta la sección de los Presupuestos Generales del Estado correspondientes al Consejo (Sección 08) han sido ejecutados en 2014 en los porcentajes que se detallan en la memoria de la cuenta de liquidación.
La Comisión Permanente, en su reunión de 16 de julio de 2015, ha acordado manifestar su conformidad con la Cuenta de Liquidación del Presupuesto del Consejo General del Poder Judicial de 2014, formulada por el Secretario General, y remitirla al Pleno.
El Pleno del Consejo aprobó la cuenta en su reunión de 22 de julio de 2015.
Cuenta de Liquidación 2013
La Comisión de Asuntos Económicos, en su reunión del día 11 de julio de 2014, examinó la documentación trasladada por el Secretario General, destacando los siguientes aspectos, que constituyeron el informe que elevó al Pleno del Consejo, conforme a lo previsto en el referido artículo 87 del Reglamento:
- La Cuenta presenta la misma estructura y contenido informativo que la relativa a ejercicios presupuestarios anteriores. La Comisión aprecia positivamente su contenido informativo, remitiéndose a la Memoria elaborada por el Secretario General en todos aquellos aspectos que son tratados con detalle en la misma.
- La Comisión constata que en la ejecución del Presupuesto de 2013 se han respetado los límites constituidos por las cuantías de las dotaciones presupuestarias, en los niveles de agregación en los que los créditos tienen carácter vinculante.
- De los 65.122.953,74 euros a que ascendieron los créditos presupuestarios definitivos (Créditos iniciales 62.778.970,00, más modificaciones 2.343.983,74), como se señala en la Memoria del Secretario General, se han reconocido obligaciones por 53.500.581,35 euros, lo que supone un grado de ejecución del 82,15 % sobre los créditos definitivos y del 85,22% sobre créditos iniciales.
- Los distintos Capítulos presupuestarios (1º, 2º, 4º, 6º, 8º), de que consta la sección de los Presupuestos Generales del Estado correspondientes al Consejo (Sección 08) han sido ejecutados en 2013 en los porcentajes que se detallan en la memoria de la cuenta de liquidación.
El Pleno del Consejo aprobó la cuenta en su reunión de 24 de julio de 2014.
Cuenta de Liquidación 2012
La Comisión Presupuestaria, actualmente Comisión de Asuntos Económicos, en su reunión del día 17 de julio de 2013, examinó la documentación trasladada por el Secretario General, destacando los siguientes aspectos, que constituyeron el informe que elevó al Pleno del Consejo, conforme a lo previsto en el referido artículo 87 del Reglamento:
- La Cuenta presenta la misma estructura y contenido informativo que la relativa a ejercicios presupuestarios anteriores. La Comisión aprecia positivamente su contenido informativo, remitiéndose a la Memoria elaborada por el Secretario General en todos aquellos aspectos que son tratados con detalle en la misma.
- La Comisión constata que en la ejecución del Presupuesto de 2012 se han respetado los límites constituidos por las cuantías de las dotaciones presupuestarias, en los niveles de agregación en los que los créditos tienen carácter vinculante.
- De los 72.977.477,58 euros a que ascendieron los créditos presupuestarios definitivos (Créditos iniciales 71.352.510,00, más modificaciones 1.624.967,58), como se señala en la Memoria del Secretario General, se han reconocido obligaciones por 53.397.839,82 euros, lo que supone un grado de ejecución del 73,17 % sobre los créditos definitivos y del 74,84% sobre créditos iniciales.
- Los distintos Capítulos presupuestarios (1º, 2º, 4º, 6º, 8º), de que consta la sección de los Presupuestos Generales del Estado correspondientes al Consejo (Sección 08) han sido ejecutados en 2012 en los porcentajes que se detallan en la memoria de la cuenta de liquidación.
El Pleno del Consejo aprobó la cuenta en su reunión de 25 de julio de 2013.
Fiscalización realizada por órganos de control
- Fiscalización Tribunal de Cuentas Presupuesto del ejercicio 2010
- Aprobación Informe
El Tribunal de Cuentas ha aprobado, el 24 de Julio de 2014, el informe de fiscalización del Consejo en relación con la cuenta de liquidación del Presupuesto del ejercicio 2010.
El informe se ha remitido a la Comisión Mixta del Congreso y Senado para las relaciones con el Tribunal de Cuentas, junto con las alegaciones del Consejo al anteproyecto del informe de fiscalización, aprobadas por la Comisión Permanente del Consejo en su reunión de 12 de junio de 2014.
La fiscalización incluye la verificación del cumplimiento de la legalidad vigente en la gestión de los fondos públicos y la evaluación de los procedimientos y sistemas de gestión económico-financiera y de control interno aplicados. - Opinión auditoría financiera
En el informe de fiscalización del Consejo General del Poder Judicial consta literalmente la siguiente opinión de auditoría financiera, bajo el epígrafe “representatividad de la cuenta de liquidación del presupuesto”:
“La cuenta de liquidación del presupuesto del CGPJ del ejercicio presupuestario 2010 representa razonablemente las operaciones realizadas en ese ejercicio, de acuerdo a las normas y principios contables que le son de aplicación”. - Aceptación por el Consejo de las recomendaciones del Tribunal de Cuentas
El Consejo ha aceptado las cinco recomendaciones con las que el Tribunal concluye su trabajo, que seguro contribuirán a la mejora de la gestión económico financiera del Órgano de Gobierno del Poder Judicial.
Muchas de las conclusiones y recomendaciones se han aplicado desde el momento de su formulación durante los trabajos de fiscalización, incidiendo en que la ejecución de los fondos asignados por los presupuestos del Estado al Consejo respondan a los criterios de eficiencia y economía en cumplimiento del artículo 31 de la Constitución y el 9 de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas.
Las alegaciones contestan al anteproyecto de informe de fiscalización del Consejo General del Poder Judicial que ha realizado el Tribunal de Cuentas y que fue remitido el 30 de mayo de 2014.
El Consejo ha partido de tres premisas, a la hora de elaborar sus alegaciones a las recomendaciones, a las conclusiones y al cuerpo del informe de fiscalización:
De un lado, la opinión de auditoría financiera reflejada en el apartado II.2 del informe, en el que el Tribunal de Cuentas concluye que la cuenta de liquidación del presupuesto del Consejo General del Poder Judicial del ejercicio presupuestario 2010 representa razonablemente las operaciones realizadas en ese ejercicio, de acuerdo con las normas y principios contables que le son de aplicación.
De otra, la aceptación de las cinco recomendaciones con las que el Tribunal concluye su trabajo, que seguro contribuirán a la mejora de la gestión económico financiera del Consejo, mediante su inmediata a aplicación. Muchas de las conclusiones y recomendaciones se han aplicado, desde el momento de su formulación durante los trabajos de fiscalización, como ya conoce el Tribunal de Cuentas. Ello redunda ya en que la ejecución de los fondos asignados por los presupuestos del Estado al Consejo responda a los criterios de eficiencia y economía en cumplimiento del artículo 31 de la Constitución y el 9 de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas.
Por último la circunstancia de que el Consejo, como el resto de órganos constitucionales, no está ni puede estar sometido a la tutela de la Administración General del Estado, cuestión sobre la que se volverá más adelante.
Y todo ello sin perjuicio de la diferencia de criterio entre el Tribunal y el Consejo a la hora de interpretar la normativa aplicable en algunos apartados del informe de fiscalización. - Actualización del régimen de control y transparencia Junio 2012
Como el Tribunal de Cuentas refleja en su informe, el Consejo se dotó en Junio de 2012 de una actualización del régimen de control y transparencia que compiló una parte sustancial de las normas internas existentes hasta esa fecha, mejorando las garantías de control interno de su actividad económico financiera y que se basa en cuatro principios:
- La aprobación de los criterios para la mejora de la ejecución del presupuesto del Consejo, enmarcados en la lógica austeridad con que debe afrontarse el actual período de crisis económica, que sirvan para la contención del gasto a la hora de ejecutar el Presupuesto del Consejo.
- La actualización de las normas sobre indemnizaciones por razón de servicio con motivo de desplazamientos y gastos de protocolo o de representación con cargo al Presupuesto del CGPJ, que sustituyan a las hasta entonces vigentes aprobadas por la Comisión Presupuestaria de 14 de Diciembre de 1999, en desarrollo de las aprobadas por los Acuerdos plenarios de 11 de septiembre y 23 de octubre de 1996, con la finalidad principal de reforzar la justificación que los Altos Cargos del Consejo tienen que acreditar respecto de sus actividades públicas, dotando al sistema de una absoluta transparencia. De igual forma y en consonancia con la austeridad de la utilización de los recursos públicos escasos, hoy exigibles, se establecen diversas limitaciones a los gastos que pueden realizarse.
- La publicación en www.poderjudicial.es de la agenda institucional de actividades y reuniones de las Comisiones legales y reglamentarias, de las Vocalías delegadas para las distintas materias u órdenes jurisdiccionales y de las Vocalías territoriales.
- La publicación trimestral en www.poderjudicial.es del estado de la ejecución presupuestaria clasificada por programas, capítulos y conceptos.
El acuerdo de Junio de 2012 ha sido actualizado parcialmente por la Comisión Permanente en abril de 2014. - Aplicación normativa de la Administración General del Estado
Como señala el Tribunal de Cuentas, el ordenamiento jurídico garantiza al Consejo, en su condición de órgano constitucional, el ejercicio de sus competencias en un régimen de autonomía sin subordinación a los demás poderes del Estado, disponiendo de autonomía financiera y presupuestaria.
En relación con esa autonomía, es preciso resaltar que el Consejo, como el resto de órganos constitucionales, no está ni puede estar sometido a la tutela de la Administración General del Estado, lo que afecta a algunas de las referencias que el Tribunal de Cuentas realiza en su informe sobre determinados controles por parte del Ministerio de Hacienda (actualmente Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas) o algunos de sus órganos (como la Intervención General de la Administración del Estado).
Así, si bien como ha tenido ocasión de comprobar ese Tribunal el Consejo reproduce en gran medida los criterios que en materia de gestión del gasto rigen en la Administración General del Estado y se ha dotado recientemente de unas nuevas normas que tratan de reforzar la transparencia de su gestión, no debe entenderse sometido a tutela por ésta lo que implica que no resultarían procedentes las referencias realizadas en el informe a la omisión de determinados mecanismos de control por parte de dicha Administración General del Estado (así, las comunicaciones al Ministerio de Hacienda o a la Intervención General de la Administración del Estado). Y ello sin perjuicio de los sistemas de control de gestión y control interno existentes en el Consejo como órgano constitucional.
- Aprobación Informe