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El Pleno de la Sala de lo Penal ha dictado una sentencia en la que considera que cabe la aplicación de la continuidad delictiva a los coautores de agresiones sexuales grupales, aunque en ocasiones, circunstancias como el tiempo prolongado, la cesura (interrupción entre las agresiones) u otras singularidades, puedan hacer que se excluya el delito continuado y se castigue cada agresión de forma individual.
La sentencia incluye el voto particular de cuatro magistrados (de los quince que la han dictado) que entienden que, como regla general, en las agresiones sexuales cometidas por varias personas debe condenarse separadamente cada acto de contenido sexual que se haya llevado a cabo, en concurso real, mientras que la continuidad delictiva debe ser la excepción a dicha regla. En su opinión, la interpretación de la mayoría del tribunal supone que la excepción (la continuidad delictiva) se convierte en regla general.
Pensión de viudedad de víctima de violencia de género. Cumplimiento del requisito de ser víctima de tal violencia en el momento de la separación judicial o el divorcio mediante sentencia firme, como exige el artículo 220.1 LGSS. Aplica criterios de la STS 524/2021, de 12 de mayo (rcud 4697/2018).
La sección cuarta de la Audiencia Provincial de A Coruña ha denegado a un progenitor divorciado un régimen de visitas y comunicaciones con sus dos hijos debido a que presuntamente mantuvo conductas violentas en presencia de ambos menores sobre su madre cuando convivían juntos. De esta forma, ha confirmado la sentencia de febrero de 2024 en la que un juzgado acordó la disolución del matrimonio, así como la atribución de la guarda y custodia de los hijos a la madre, no estableciéndose régimen de visitas, pues el mismo juzgado había dictado una orden de protección en favor de la madre en agosto de 2023
El Tribunal Supremo confirma la condena por delito contra la libertad sexual a un agente policial por dar un beso a una detenida sin su consentimiento.
El Tribunal Supremo no considera aplicable la excusa absolutoria para víctimas de trata a una mujer vulnerable que hizo un vuelo con droga en su cuerpo para una organización. Cree que en esos casos puede estudiarse si concurre la eximente de estado de necesidad para personas en penuria económica
Acoso sexual: Infracción disciplinaria muy grave. Art. 95.2.b) del Estatuto Básico del Empleado Público, en relación con el art. 7 de la Ley Orgánica 3/2007, sobre igualdad efectiva entre mujeres y hombres. No es necesario que el comportamiento sea explícito, siempre que sea inequívoco.
Delito de maltrato habitual físico y psíquico en el ámbito de la violencia de género; delito contra la integridad moral; delito continuado de coacciones graves; delito de lesiones con deformidad; deliro de agresión sexual continuado y tres delitos de lesiones contra la mujer. Pago de una indemnización de 150.000 euros.
El Tribunal Supremo ha mantenido la pena impuesta por el Tribunal del Jurado de la AP de Madrid de 19 años de prisión por asesinato confirmada por el TSJ de Madrid al condenado por dispararle un tiro en la sien a una mujer que rechazó tener con él una relación sentimental estable. La víctima era madre de cuatro hijas y había quedado con él en un punto concreto a donde él acudió con la intención de acabar con la vida de ella dándole un disparo en la sien de forma sorpresiva y sin que ella pudiera defenderse.