Jurisprudencia española
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Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Penal, 25-05-2018 (rec. 10549/2017)
- La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo aplica por primera vez la perspectiva de género en un caso de intento de asesinato y maltrato de un hombre a su pareja. Así, ha elevado de 12 años a 16 años y 8 meses de prisión la pena impuesta al acusado al entender que el delito que cometió fue un asesinato en grado de tentativa con la agravante de parentesco, en lugar de un homicidio intentado, al apreciar la existencia de alevosía en el agresor por la nula capacidad de defensa de la mujer a la que asestó ocho puñaladas delante de su hija.
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Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Penal, 18-04-2018 (rec. 1448/2017)
- El Pleno de la Sala Segunda del Tribunal Supremo ha establecido que la agravante prevista para las agresiones de violencia de género consistente en actuar “en presencia de menores” no puede restringirse a “las percepciones visuales directas, sino que ha de extenderse a las percepciones sensoriales de otra índole que posibiliten tener conciencia de que se está ejecutando una conducta agresiva de hecho o de palabra propia de una escena de violencia”, ya que “en tales supuestos es patente que el menor resulta directamente afectado de forma muy negativa en su formación y desarrollo personal, en su maduración psicosocial y en su salud física y mental”.
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Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Social, 26-09-2017 (rec. 2445/2017)
- Pensión de viudedad. Recurso de casación para la unidad de doctrina. Los hechos a comparar a efectos de contraste son los expresamente declarados probados por la sentencia del juzgado y no los que sin propuesta de revisión fáctica tenga por acreditados la sentencia del Tribunal Superior de Justicia. Se clarifica tal extremo, en el que la doctrina de la Sala era oscilante. Tiene derecho a pensión de viudedad, aunque no tenga reconocida pensión compensatoria, la mujer que a la fecha de su separación era objeto de amenazas e insultos.
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Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Penal, Sección 1ª, 14-03-2017 (rec. 10587/2016)
- La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo confirma la condena a 27 años de prisión por un delito consumado de asesinato, con la agravante de parentesco y reincidencia, y otro delito de violencia física y psíquica habitual a un hombre que mató a su mujer tras asestarle 54 cuchilladas en el domicilio conyugal en Barcelona. La sentencia indica que en este caso concurre una “alevosía doméstica basada en la relación de confianza proveniente de la convivencia, generadora para la víctima de su total despreocupación respecto de un eventual ataque que pudiera tener su origen en acciones del acusado”. Para la Sala, este tipo especial de alevosía “deriva de la relajación de los recursos defensivos como consecuencia de la imprevisibilidad de un ataque protagonizado por la persona con la que la víctima convive día a día”
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- El Tribunal Superior de Justicia de Canarias reconoce la pensión de viudedad a una mujer separada de su marido cuando éste falleció. La mujer alegó maltrato, lo que fue rechazado en primera instancia y posteriormente aceptado por la Sala. La sentencia de la Sala Social relata que la mujer, separada desde junio de 1995, durante su matrimonio había sido atendida en el instituto canario de la mujer debido a la incesante situación de violencia sufrida junto a sus dos hijas menores. Asimismo, había presentado varias denuncias en la comisaría de Policía Nacional. El exmarido falleció en 2014 y la mujer solicitó ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) la pensión de viudedad, siendo rechazada por haber transcurrido un periodo superior a diez años entre la fecha de divorcio o separación judicial y el fallecimiento, así como por no tener cumplidos los 65 años en la fecha de solicitud.
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Sentencia del Juzgado de lo Social Nº 1, Reus (Tarragona), 21-11-2016
- La sentencia reconoce la pensión de viudedad a una mujer objeto de malos tratos por parte de su exmarido a pesar de que cuando éste falleció llevaban 15 años separados. El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) le había denegado la prestación por haber pasado más de diez años desde la fecha de divorcio y la muerte del maltratador y no existir sentencia. El marido maltrató a la mujer durante veinte años y cuando se divorciaron, hace ya quince, no estaba tipificada la violencia de género como tal y tampoco se dictó ninguna sentencia por maltrato. La mujer demandó al INSS y cobrará una pensión de 517,54 euros mensuales con efectos retroactivos desde el 1 de noviembre de 2014.
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- El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía reconoce el derecho a la pensión de orfandad para dos niños cuya madre fue asesinada en el 2011 por el padre de los menores. El proceso fue iniciado año 2012 por los abuelos contra la resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social que denegaba la pensión para sus dos nietos, siendo la razón alegada el no hallarse la madre “en situación de alta y no acreditar 500 días cotizados dentro de los cinco años anteriormente anteriores a su fallecimiento o bien 15 años de cotización a lo largo de su vida laboral”.
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Sentencia del Juzgado de Instrucción Nº 3, Tudela (Navarra), 23-03-2016
- Primera sentencia en Navarra por el nuevo delito de acoso, denominado ‘stalking’. En concreto, el juez ha condenado a un acusado que alteró la vida de una mujer al hacerle llamadas de teléfono y enviarle mensajes de audio y texto —los últimos de contenido sexual—, así como fotografías. El juez explica que el bien jurídico protegido es la libertad de obrar, entendida como la capacidad de decidir libremente. Las conductas de stalking afectan al proceso de formación de la voluntad de la víctima en tanto que la sensación de temor e intranquilidad o angustia que produce el repetido acechamiento por parte del acosador, le lleva a cambiar sus hábitos, sus horarios, sus lugares de paso, sus números de teléfono, cuentas de correo electrónico e incluso de lugar de residencia y trabajo.
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- Veredicto de culpabilidad emitido por el Tribunal del Jurado donde es condenado un hombre como autor responsable de asesinato con agravante de parentesco. La magistrada-presidenta coincide con la declaración de unanimidad de los miembros del jurado de unos hechos caracterizados por su gravedad, revelando en el acusado peligrosidad y carencia de los más elementales valores y escrúpulos.
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Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sección 1ª, 04-02-2016 (rec. 3016/2014)
- Guarda y custodia compartida. Violencia de Género. Se declara incompatible la custodia compartida con la condena por amenazas del padre.