• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Santander
  • Ponente: CRISTINA RODIZ GARCIA
  • Nº Recurso: 326/2025
  • Fecha: 13/08/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se recurre en apelación la sentencia condenatoria por la comision de un delito de hurto en grado de tentativa y un delito contra la seguridad vial, imponiéndo seis meses de prisión por el hurto, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante la condena, y doce meses de multa por el delito contra la seguridad vial, además de la obligación de indemnizar a la empresa Elecnor con 1.800 euros por los daños causados. El recurso alega que la pena de prisión por el hurto es excesiva y solicita su reducción a cuatro meses y quince días, así como cuestiona la denegación de la suspensión de la pena. El Tribunal de apelación, tras analizar los hechos probados que incluyen la pérdida de vigencia del permiso de conducir del acusado y la tentativa de hurto de cableado eléctrico valorado en 1.800 euros, considera procedente reducir la pena de prisión a cinco meses y veinte días, aplicando el artículo 62 del Código Penal que permite imponer una pena inferior en uno o dos grados en casos de tentativa, dado que el hurto está penado con seis a dieciocho meses y que existieron actos ejecutivos relevantes y riesgo significativo. Respecto a la suspensión de la pena, se confirma la denegación debido a los antecedentes penales del acusado, que incluyen condenas previas por violencia doméstica, resistencia y lesiones, lo que evidencia un riesgo grave de reincidencia.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Guadalajara
  • Ponente: MARIA ELENA MAYOR RODRIGO
  • Nº Recurso: 24/2025
  • Fecha: 31/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se plantea en el recurso, como primer motivo, la infracción a un proceso con todas las garantías, y , en concreto, a ser defendido el recurrente por un Letrado de su elección, solicitando que se declare la nulidad del juicio celebrado, retrotrayendo las actuaciones y se celebre otro nuevo juicio en el que el acusado se encuentre defendido por un Letrado de su confianza, al haberse denegado en el juicio, con carácter previo a su inicio, la suspensión del mismo, ante la petición por parte del acusado de ser asistido por el Letrado de su designación. La sentencia, en base a la jurisprudencia del TEDH, TC y TS que cita, considera que no se quebrantó el derecho constitucional de defensa del recurrente, ya que la petición del acusado de cambio de Letrado fue extemporánea, como se señala por el juzgador de instancia, pues se realizó en el acto del juicio sin ofrecer una justificación cierta de la razón que le hubiera impedido comunicar con el Letrado de su designación antes del juicio para que éste hubiese formulado alguna petición procesal en el periodo transcurrido desde la citación a juicio hasta su celebración, reservándose la petición procesal para hacerla de forma sorpresiva en el acto mismo del juicio, cuando nada había dicho en los dos años transcurridos desde que se le citó personalmente a la primera vista y sin que las penas solicitadas para él hubieran cambiado durante todo ese tiempo. Ante la existencia de indicios plurales, de naturaleza inequívocamente incriminatoria, se considera por la Sala que sustentan debidamente el juicio de inferencia sobre la participación del acusado en el robo con fuerza enjuiciado. La opción seguida por el Juez a quo de imponer, por el delito de lesiones del art. 147.1 del CP, por el que se le sanciona, en concurso ideal con el de resistencia, una pena privativa de libertad y no de multa se considera que no está justificada, pues el hecho de que hubiera resistencia y lesiones que precisaron tratamiento no es motivo pues ello es considerado para calificar los hechos como tales, en concurso, por lo que se revoca la sentencia en este punto y se impone una pena de 9 meses y 1 día de multa, en lugar de la de prisión.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA SOLEDAD GAMO SERRANO
  • Nº Recurso: 1338/2024
  • Fecha: 29/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Considera esta sentencia que es adecuada y conforme a derecho la sanción impuesta al funcionario recurrente por haber incumplido el régimen de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas.En concreto, el ser administrador de una sociedad mercantil cuyo giro comercial entra en conflicto con las funciones propias de su puesto de trabajo que desempeña, colma el tipo infractor que da cobertura a la sanción recurrida. Se entiende además que no se infringe el principio de proporcionalidad toda vez que la sanción impuesta está dentro del arco previsto por la norma que preve la sanción.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Santander
  • Ponente: ERNESTO SAGÜILLO TEJERINA
  • Nº Recurso: 331/2025
  • Fecha: 29/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El acusado fue perseguido por los agentes, y al ser interceptado propinó a uno de ellos un golpe en la cara causándole así lesiones y luego dio manotazos y forcejeó con los agentes tratando de evitar su detención. En los casos de penalidad alternativa, el primer elemento que debe tenerse en cuenta es cuál sea aquella solicitada por las partes, en particular por la acusación cuando, en supuestos como el presente, la defensa lo que pide en sus conclusiones es la absolución de su defendido. En la instancia se impuso el límite mínimo de la prisión, tres meses, sin entrar en la cuestión de la elección de esta pena en lugar de la de multa. El tribunal aprecia la presencia de determinados elementos que justifican la adopción de una penalidad como la elegida que, al menos inicialmente, resulta la más gravosa de las dos alternativas previstas legalmente. Así, la gravedad del hecho por su cercanía con el atentado: se narra una huida de la policía, haber propinado manotazos a los agentes y haber forcejeado con ellos para evitar una detención en la cual los agentes actuaban dentro del ejercicio de sus funciones, la causación de lesiones a uno de los agentes, la intervención de hasta tres agentes de la autoridad ante la oposición a ser detenido. Todo ello no es atenuando por ninguna circunstancia que opere en favor del ahora recurrente. En cuanto a la personalidad del recurrente, no aparece que sea una persona carente de antecedentes. No se considera la pena excesiva o desproporcionada.
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CARLOS FRANCISCO FRAILE COLOMA
  • Nº Recurso: 435/2025
  • Fecha: 24/07/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Posibilidad apreciar la existencia de circunstancias que justifiquen denegar la autorización de expulsión gubernativa de un extranjero incurso en un procedimiento penal, lo que no resulta incompatible con la atribución a los tribunales contencioso-administrativos del control pleno de la legalidad de la medida de expulsión. No consta un arraigo en España en la medida necesaria para considerar desproporcionada o contraria a los derechos fundamentales del recurrente la autorización de la ejecución de la expulsión acordada en vía administrativa. No hay vulneración de la prohibición de bis in idem por la expulsión administrativa decretada en virtud de una condena penal, todavía menos podrá haberla cuando, como ocurre en el presente caso, la expulsión administrativa se autoriza en un momento en el que no ha llegado el proceso penal a la fase de enjuiciamiento y dicha autorización conlleva el archivo de este proceso.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Pamplona/Iruña
  • Ponente: MARIA AURORA RUIZ FERREIRO
  • Nº Recurso: 293/2025
  • Fecha: 24/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se recurre en apelación la sentencia condenatoria por la comisión de un delito leve de estafa por repostar combustible sin abonar el importe de 20,10 euros, imponiéndole una pena de noventa días multa con una cuota diaria de diez euros, y la obligación de indemnizar al establecimiento afectado. El recurrente solicita la reducción de la pena alegando una situación económica precaria y la existencia de cinco hijos a su cargo. En la alzada se considera que la multa impuesta es la máxima legal para este tipo de delito y que la sentencia no justifica adecuadamente la imposición de dicha pena máxima. No obstante, dado que el recurrente no compareció en el juicio ni aportó pruebas que acrediten su situación económica,por lo que se mantiene la cuota diaria de diez euros, que es próxima al mínimo legal, pero se reduce la duración a treinta días, al no argumentar la sentencia la razón de la imposición en el máximo legal previsto de tres meses.
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANA MARIA SANGÜESA CABEZUDO
  • Nº Recurso: 1225/2023
  • Fecha: 23/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Cancelación antecedentes penales. Registro Central de Delincuentes Sexuales y Trata de Seres Humanos. Real Decreto 1110/2015, artículo 10, en relación con el artículo 13 de la Ley Orgánica 1/1996 de Protección jurídica del Menor, plazo de 10 años desde la mayoría de edad del infractor para el ejercicio de profesiones que impliquen contacto con menores. Especial referencia a la Ley 26/2015 de trasposición de la Directiva 2011/93/UE, así como normativa posterior, para proteger a los menores contra la explotación y el abuso sexual.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DEL CAMINO VAZQUEZ CASTELLANOS
  • Nº Recurso: 392/2025
  • Fecha: 21/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Considera esta sentencia que no concurren hechos negativos que ajusten a derecho la expulsión acordada. Se invocan hechos negativos en la resolución sin que consten en el expediente y sobre los que no conocía nada el interesado cuando se le dió traslado del mismo para alegaciones.Tales hechos negativos no pueden no pueden ser tenidos en cuenta para acordar la expulsión impugnada.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: BERTA MARIA SANTILLAN PEDROSA
  • Nº Recurso: 501/2024
  • Fecha: 21/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala acuerda la desestimación del recurso contencioso-administrativo toda vez que no comparte los argumentos invocados por la recurrente en apoyo de su solicitud de nulidad del real decreto impugnado. Y, en consecuencia, entiende que el Real Decreto 435/2024, de 30 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 472/2021, de 29 de junio, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva (UE) 2018/958, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de junio de 2018, relativa al test de proporcionalidad antes de adoptar nuevas regulaciones de profesiones, es, en los extremos examinados, conforme a Derecho. No se lesiona la autonomía normativa cuando en el ejercicio de la potestad regulatoria con la aprobación de un código o normas deontológicas se requiere un informe previo y externo emitido por una entidad objetiva e independiente, cuyas observaciones no tienen carácter vinculante, ni se lesiona ese ámbito de autonomía normativa cuando se exige a las corporaciones profesionales que motiven la decisión adoptada cuando deciden no acoger las observaciones que pueda contener ese informe externo. Considera razonada y razonable la elección de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia como el "organismo independiente". Tampoco se vulnera el principio de legalidad en materia de competencia ni el principio de reserva de ley. Se han cumplido todos los trámites en su elaboración.
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FERMIN JAVIER ECHARRI CASI
  • Nº Recurso: 417/2025
  • Fecha: 18/07/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Realización anticipada de bienes en el proceso penal. Requisitos y circunstancias en las que procede. Procedimientos a través de los cuales puede llevarse a cabo la venta anticipada. Toda medida cautelar en el seno del proceso penal, incluidas las reales, deben respetar los principios de idoneidad, excepcionalidad, necesidad y proporcionalidad. La resolución recurrida se limita a dejar sin efecto una encomienda efectuada a la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos (ORGA) para proceder a la realización anticipada mediante su venta de las licencias VTC, cuyo producto se pondrá a disposición de la administración judicial para la liquidación y disolución de la sociedad. Las Administraciones Judiciales han dado razones suficientes y de peso desde el punto de vista legal y económico para proceder de la forma que lo ha hecho el Instructor. La operativa mercantil generada en torno a las licencias de VTC tenía su origen en el blanqueo de fondos procedentes del narcotráfico, no entendiéndose por tanto la necesidad de mantener vigente dicha operativa. Ninguna vulneración del principio de proporcionalidad se produce.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.