• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL TOLEDANO CANTERO
  • Nº Recurso: 5052/2020
  • Fecha: 27/09/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Ante el incumplimiento por el sujeto pasivo del procedimiento ordinario de rectificación y regularización de las cuotas repercutidos en exceso, nada impide reconocer al particular cedente de un terreno en el marco de un contrato de permuta que termina por ser resuelto, y que ha soportado la repercusión de cuotas por IVA por la entrega anticipada, la facultad de instar el correspondiente procedimiento de rectificación de la autoliquidación, así como el derecho, de cumplirse todos los requisitos para, una vez determinado el importe en que hubiera ser rectificada la autoliquidación, y acredita la reducción de la base imponible del IVA, y consecuentemente el exceso en las cuotas repercutidas, obtener la devolución de este exceso como ingreso tributario indebido.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DE LA ESPERANZA CORDOBA CASTROVERDE
  • Nº Recurso: 38/2022
  • Fecha: 20/07/2022
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: ITPAJD, modalidad transmisiones patrimoniales onerosas. Concesiones administrativas. Determinación de la base imponible. Devolución de ingresos indebidos. Las cuestiones con interés casacional son: (1) Determinar si existe ingreso indebido en aquellos supuestos en los que, habiéndose cumplimentado inicialmente la autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas cuya base imponible se ha calculado a partir de un importe estimado del canon concesional por no poder fijarse, en el momento del devengo y conforme las cláusulas del contrato concesional, el importe definitivo, se produce posteriormente una modificación o concreción definitiva del importe que implica una minoración del canon concesional respecto del estimado. (2) En caso de responder afirmativamente a la anterior cuestión, aclarar si es procedente, al amparo de los artículos 32, 120.3 y 221.4 de la LGT, solicitar en estos casos la rectificación de la autoliquidación y la devolución de ingresos indebidos, al margen de los supuestos específicos previstos en el artículo 57 del TRLITPyAJD.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DE LA ESPERANZA CORDOBA CASTROVERDE
  • Nº Recurso: 306/2022
  • Fecha: 20/07/2022
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Determinar, en interpretación de los artículos 75.2 en relación con el 78.3.2, ambos de la LIVA, el momento en el que debe reducirse la base del IVA repercutido en los anticipos de bonificaciones a clientes, bien cuando se entregaban y abonaban a los clientes o, por el contrario, cuando se consolidase el volumen total de ventas pactado, esclareciendo la forma de regularización en caso de error en la identificación temporal en que ha de producirse la minoración de la base imponible del IVA por la aplicación descuentos y bonificaciones.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DE LA ESPERANZA CORDOBA CASTROVERDE
  • Nº Recurso: 8620/2021
  • Fecha: 20/07/2022
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Anulación de una sanción en sede jurisdiccional por vulneración del principio de proporcionalidad. Sanción prevista en el artículo 171.Uno.4º LIVA (multa del 10% de la cuota de las operaciones en las que el destinatario es sujeto pasivo por producirse la inversión que no han sido consignadas en la autoliquidación). Deber de inaplicar la norma nacional ante una vulneración del derecho de la UE. Necesidad de plantear cuestión de inconstitucionalidad sobre el precepto concernido. Plantea idéntica cuestión que el RCA/5234/2021.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DE LA ESPERANZA CORDOBA CASTROVERDE
  • Nº Recurso: 8270/2021
  • Fecha: 13/07/2022
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Impuesto sobre el Valor Añadido. Exención por prestación de servicios culturales (art. 20.Uno.14 LIVA). Concepto de "entidades de Derecho público". Determinar si, a los efectos de la exención prevista en el artículo 20.Uno.14 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, las sociedades mercantiles con capital íntegramente público pueden considerarse entidades de Derecho público y, en ese caso, qué condiciones deben reunir para tener tal consideración. Vid. RCA 6672/2021
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DE LA ESPERANZA CORDOBA CASTROVERDE
  • Nº Recurso: 1274/2022
  • Fecha: 06/07/2022
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: IVA. Régimen de diferimiento del IVA a la importación. Inicio del periodo ejecutivo. Determinar si, en el caso de haberse ejercitado la opción por el régimen diferido de IVA previsto por el artículo 167.2 de la LIVA, la omisión o falta de inclusión en la autoliquidación correspondiente de IVA de una cuota de IVA a la importación, tras el levante aduanero, puede determinar el inicio del período ejecutivo de recaudación al día siguiente del vencimiento del plazo de ingreso voluntario de esa autoliquidación y la exigencia del recargo de apremio, sin que a ello obste el derecho del obligado tributario a la deducción del importe de dicha cuota.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE MANUEL BANDRES SANCHEZ-CRUZAT
  • Nº Recurso: 3945/2020
  • Fecha: 30/06/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se desestima el recurso de casación interpuesto para resolver si las reducciones y bonificaciones de cuotas en el régimen especial de la Seguridad Social de los trabajadores autónomos previstas en el artículo 31 de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto de Trabajador Autónomo, pueden aplicarlas sólo los socios de sociedades laborales y cooperativas de trabajo asociado encuadrados en el RETA, o también los trabajadores que ocupen cargos de administradores con participación en el capital social de una sociedad limitada. Aplicando el marco normativo aplicable y acerca de la doctrina jurisprudencial que resulta relevante para resolver el recurso de casación declarando que el artículo 31.3 de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo, debe interpretarse en el sentido de que los beneficios en la cotización a la Seguridad Social son de aplicación a quienes desempeñan el cargo de administrador de una sociedad mercantil capitalista cuanto estén dados de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores Autónomos por cumplir los requisitos establecidos en el artículo 305 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Reconociendo el derecho a que se practiquen las bonificaciones y reducciones solicitadas referidas al periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2016 al 28 de febrero de 2018, con devolución de las cantidades ingresadas en exceso, más los intereses legales computados desde la fecha de reclamación.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ISAAC MERINO JARA
  • Nº Recurso: 6692/2020
  • Fecha: 30/06/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Procede la devolución de lo ingresado por el Impuesto sobre Transmisiones Onerosas en los supuestos de acaecimiento de condición resolutoria, explícitamente contemplada en contrato de compraventa.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CESAR TOLOSA TRIBIÑO
  • Nº Recurso: 140/2018
  • Fecha: 30/06/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Responsabilidad del Estado Legislador. Anulación del Impuesto sobre ventas minoristas de determinados hidrocarburos. Céntimo sanitario. Cuantificación del importe de la indemnización en ejecución de sentencia, partiendo de las siguientes bases: la indemnización se ha de integrar por la suma de todas las cantidades abonadas durante la vigencia del IVMDH, declarado contrario al Derecho de la Unión Europea, y reclamadas en el presente recurso contencioso- administrativo. La cantidad que resulte podrá verse minorada en los importes que, en el momento de efectuarse el pago de la indemnización por responsabilidad patrimonial del Estado legislador, la entidad ya hubiera percibido, en concepto de devolución de ingresos indebidos, respecto del mismo tributo y ejercicios aquí reclamados.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL TOLEDANO CANTERO
  • Nº Recurso: 5527/2020
  • Fecha: 29/06/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Ni el derecho de la Unión Europea -en particular, la normativa del IVA y los principios de neutralidad y proporcionalidad- ni los principios constitucionales que rigen el ejercicio de la potestad sancionadora en el ámbito tributario, quedan vulnerados por la posibilidad de la imposición de una sanción, la tipificada en el artículo 191.6 LGT , que castiga el diferimiento de la declaración de la cuota del IVA devengada y repercutida a un trimestre posterior, con inobservancia de los requisitos exigidos en el artículo 27.4 LGT, aunque el efecto de la aplicación de la norma sancionadora supone una multa por importe superior a lo que debería abonar el contribuyente por el recargo por declaración extemporánea sin requerimiento previo cuando, como es el caso, no resulta posible la aplicación de dicho recargo, por voluntad propia del sujeto pasivo, que no se ha ceñido a las exigencias legales.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.