Resumen: Solicitud de extradición para enjuiciamiento de hechos calificables como un delito de inmigración ilegal cometido por miembros de una organización. Conducta típica de ayudar intencionadamente a personas no nacionales de la Unión Europea a entrar o transitar en territorio español.
Resumen: Solicitud de extradición para enjuiciamiento de hechos calificables como delito de abusos sexuales, agravados por la minoría de edad o vulnerabilidad de la víctima, y de un delito de exhibicionismo y provocación sexual. Cosa juzgada: archivo en Alemania de un procedimiento abierto contra el reclamado por los mismos hechos, con efectos asimilables a un sobreseimiento libre. Alcance del principio non bis in ídem. Resulta homologable a los hechos más graves investigados en la India la normativa sobre violación de menores, aunque no se usare fuerza o intimidación ni tuvieran mermadas sus facultades o sentidos. Prescripción de los delitos.
Resumen: Se cumple el requisito de la doble incriminación. En la documentación extradicional, y más concretamente en la Orden de Detención librada por las autoridades judiciales serbias se contiene un relato claro y detallado de los hechos objeto del procedimiento. No pueden considerarse prescritos los delitos. Efecto interruptivo de la orden internacional de detención. Carácter judicial de las actuaciones de la Fiscalía en los procedimientos de extradición. No se aprecia riesgo de que el reclamado vaya a sufrir tratos inhumanos y degradantes. La solicitud de asilo solo suspende la entrega.
Resumen: Solicitud de extradición para cumplimiento de condena impuesta por hechos calificables como delito de robo con violencia. El hecho de que la condena no sea firme no es causa ni facultativa ni imperativa para la denegación de la extradición. No puede considerarse prescrita la pena ni el delito.
Resumen: Solicitud de extradición para enjuiciamiento de hechos calificables como delito contra la salud pública. La culpabilidad o inocencia del reclamado no puede ser sometidos a análisis por parte del Tribunal de la extradición. No puede analizarse por el Tribunal de la extradición la validez de las pruebas de la comisión de los hechos. No está acreditada la integración en nuestro país del reclamado para condicionar la entrega al cumplimiento de la pena en España.
Resumen: Solicitud de extradición para enjuiciamiento de hechos calificables de delito de detención ilegal, delito continuado de robo con intimidación, delito continuado de falsedad en documento oficial y delito de asociación ilícita. No pueden considerarse prescritos los delito, salvo el de falsedad documental. Se condiciona la extradición a la prestación de garantías por parte del Estado requirente de que la pena máxima a cumplir por la reclamada en caso de condena será, como máximo, la inmediatamente inferior a la de cadena perpetua. Dada la naturaleza de hechos, calificaciones delictivas y pruebas no se considera procedente hacer uso de la cláusula de denegación de entrega por la nacionalidad española de la reclamada.
Resumen: Solicitud de extradición para enjuiciamiento de hechos calificables como delito de homicidio. La concurrencia o no de una circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal debe determinarse tras el enjuiciamiento de los hechos. La sola solicitud de asilo solo podría servir para suspender la entrega.
Resumen: Solicitud de extradición para cumplimiento de condenas impuesta por un delito de tenencia ilícita de armas y un delito de atentado a agente de la autoridad, así como para enjuiciamiento. No procede la entrega para enjuiciamiento de los hechos calificables como delitos de tráfico de drogas y organización criminal, al seguirse en España un procedimiento por los mismos hechos que contempla ampliamente los hechos investigados en Serbia.
Resumen: En la solicitud de extradición se recogen los indicios de comisión de los hechos imputados. La participación del recamado a un partido político no tiene relación con los hechos imputados. No corresponde a las autoridades judiciales del Estado requerido valorar las pruebas existentes en el procedimiento seguido en el Estado requirente.
Resumen: La solicitud de extradición rebasa en importancia el ámbito de la simple orden de busca y captura, incluso cuando esta última se tramite bajo el mecanismo reforzado de la requisitoria. La extradición parte de la base de la aportación por el Estado solicitante de un cúmulo de datos que no sólo permitan la perfecta identificación del sujeto sobre el cual se vierte tal petición, sino muy especialmente de su punto de localización y/o residencia en el territorio del Estado reclamado. No puede apreciarse la prescripción del delito, al interrumpirse el plazo de prescripción por la solicitud de extradición. La puesta en libertad del reclamado al no haberse presentado la solicitud dentro del plazo establecido no elimina el carácter interruptor ni supone la caducidad y archivo del procedimiento de extradición pasiva. También hubo otros actos interruptores en el procedimiento de Perú.