La Sala de lo Contencioso-Administrativo de Cantabria acuerda que los tutores de Educación Especial sean servicios mínimos en la huelga docente
Tras escuchar al Gobierno de Cantabria y a CC.OO., que ha solicitado la inclusión de los tutores de Educación Especial en el decreto de servicios mínimos
- Autor
- Tribunal Superior de Justicia (Cantabria)
- El tribunal confirma dejar fuera de los servicios mínimos a los tutores de Infantil y primero de Primaria porque “no se ha justificado suficientemente la imposibilidad de que cualquier profesor ejerza la función de tutor”
Santander, 8 de septiembre de 2025.-
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha acordado que los tutores de los centros de Educación Especial y los tutores de aulas de Educación Especial en centros ordinarios sean servicios mínimos en la huelga docente que se desarrolla entre hoy y mañana.
En un auto dictado hoy, la Sala confirma además dejar fuera de los servicios mínimos a los tutores de Infantil y primero de Primaria, medida acordada el pasado viernes.
Dado que aquella decisión fue una medida cautelarísima acordada sin escuchar a las partes, esta mañana se ha celebrado la comparecencia en la que aquellas han podido presentar sus alegaciones.
A la misma han acudido la parte demandada, el Gobierno de Cantabria; la fiscalía, presente en la comparecencia al tratarse de un procedimiento de derechos fundamentales; y la demandante, el sindicato Comisiones Obreras, que recurrió el decreto de servicios mínimos y que ha solicitado incluir a los tutores de Educación Especial en los servicios mínimos.
Durante la comparecencia, el Gobierno de Cantabria y la Fiscalía han solicitado que los tutores de Infantil y primero de Primaria sí sean considerados servicios mínimos, tal y como figura en el decreto redactado por la Consejería de Educación, lo que la Sala ha desestimado.
“La virtualidad de la función del tutor se manifiesta a lo largo de todo el curso”
El auto dictado por los magistrados tras la comparecencia, señala, en línea con lo manifestado el pasado viernes, que la tutoría es “una función especialmente relevante”, pero “considerando que son solo dos días de huelga, le parece a la Sala que esa función podría ejercerla alguno de los docentes” de servicios mínimos.
Y es que “se trata de una función cuya virtualidad se manifiesta a lo largo de todo el curso, y si se trata de atender y cuidar a los menores en los dos primeros días del curso, la Sala no encuentra, ni las partes han acreditado, obstáculo relevante a que esa tarea la pueda desempeñar cualquiera del resto de profesores”.
Explica el tribunal que “no se ha justificado por la parte demandada y el fiscal la necesidad ineludible de añadir un tutor a los profesores ya determinados por la ratio establecida, porque no se ha justificado suficientemente la imposibilidad de que en los dos días de la huelga cualquiera de los profesores ejerza la función de tutor. Recordamos –añade- que la duración de la huelga es de tan solo dos días, un factor determinante para la fijación de los servicios mínimos”.