Absueltos nueve comerciales de una empresa de seguridad porque no se ha acreditado estafa alguna

Existió una reunión de la dirección con los trabajadores en la que, en una atmósfera intimidatoria, logró que algunos firmaran un escrito reconociendo irregularidades

Autor
Tribunal Superior de Justicia (Cantabria)

Santander, 6 de marzo de 2025.-

 

La Audiencia Provincial de Cantabria ha absuelto a los nueve comerciales de una empresa de seguridad privada que venían siendo acusados de estafa por cobrar irregularmente comisiones, ya que no se ha acreditado que se haya perpetrado delito alguno.

 

En una sentencia que no es firme, porque contra la misma cabe recurso de apelación ante la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, la Sección Primera de la Audiencia Provincial señala que de la prueba practicada en el juicio “no se puede deducir la realización de un engaño bastante para producir el abono, calificado por la acusación como indebido, de las comisiones”.

 

La Audiencia no respalda los argumentos de la acusación particular que ejercía la empresa y que atribuía a todos ellos un delito continuado de estafa y, además, a los tres que ostentaban cargos de responsabilidad también un delito continuado de administración desleal y otro continuado de falsedad en documento privado.

 

La fiscalía, por su parte, solo acusaba al gerente de la empresa en la zona norte por entender que manipuló en varias ocasiones datos del sistema informático para facilitar comisiones indebidas a un empleado, solicitando a este que luego se las entregaras, hechos que el tribunal considera que no se han acreditado.

 

 

 

Una reunión en un ambiente intimidatorio

 

El relato de hechos de la sentencia se refiere a las manifestaciones que una trabajadora despedida realizó durante el acto de conciliación con la empresa apuntando a la existencia de irregularidades en la oficina en la que trabajaba.

 

A consecuencia de esas manifestaciones, responsables de la empresa se reunieron con los trabajadores de la delegación de Santander para una investigación interna, “en una atmósfera que todos los implicados definieron como intimidatoria”.

 

En la misma, añade la sentencia que la empresa obtuvo “por parte de algunos trabajadores un reconocimiento escrito de irregularidades luego no ratificadas al desaparecer el ambiente opresivo en que las firmaron”.

 

Desde esa fecha, la empresa fue despidiendo a los acusados, despidos todos salvo uno que fueron declarados improcedentes en el orden social.

 

Estos hechos son los que la Audiencia considera probados, sin que se haya acreditado la versión de la empresa, según la cual los responsables de la delegación manipularon y falsearon ficheros para atribuir a determinados comerciales más contratos y que así obtuvieran más incentivos.

 

Sostenía la empresa que todos los acusados cobraron y se repartieron 32.000 euros en comisiones no generadas e infladas a consecuencia del ilícito aprovechamiento del sistema de retribución progresivo.

 

Sin embargo, la Audiencia de Cantabria rechaza estas afirmaciones y señala que el origen de las supuestas irregularidades fueron las manifestaciones de la trabajadora despedida, quien en el juicio reconoció que las realizó “fruto del despecho que sentía en ese momento, que no hubo irregularidades, que ella no las vio”.

 

Del mismo modo, una de las personas firmó el reconocimiento de irregularidades en la reunión con la empresa, señaló en el juicio que lo hizo “fruto del miedo que le hicieron sentir el día que los encerraron a todos en la delegación”.

 

Finalmente, señala el tribunal que no se ha presentado prueba alguna que fundamente el reparto de las ganancias, tampoco el falseamiento de datos y no se ha probado el perjuicio económico.