Aumentan un 21,6 por ciento las denuncias de violencia sobre la mujer en los juzgados de Cantabria durante el primer trimestre de 2023

El número de mujeres que figuran como víctimas crece un 28,2 por ciento y el de mujeres que renuncian a declarar como testigo en el juzgado de violencia sobre la mujer, un 120 por ciento. La tasa de víctimas por cada 10.000 mujeres en Cantabria es de 19,2, superior a la media nacional, de 18,4

Autor
Tribunal Superior de Justicia (Cantabria)
  • Los juzgados de violencia sobre la mujer acordaron 72 órdenes de protección, el 65 por ciento de las solicitadas
  • En 11 ocasiones se acordó la suspensión del régimen de visitas, y en 9, la guarda y custodia


Santander, 14 de junio de 2023.-

Los órganos judiciales de Cantabria registraron durante el primer trimestre de este año un total de 625 denuncias por violencia de género, lo que representa un incremento del 21,6 por ciento respecto al mismo periodo del año anterior (514) y supone casi siete denuncias al día.

En las mismas, figuran como víctimas 582 mujeres –un 28,2 por ciento más que en el mismo periodo de 2022(454)- y 2 menores de edad víctimas tutelados -uno menos que en 2022-.

La tendencia al alza observada en los principales marcadores de la violencia machista se confirma a nivel nacional. En el conjunto del país, el incremento de las denuncias es del 10,9 por ciento, y el de víctimas, del 11,5 por ciento.

La tasa de mujeres víctimas por cada 10.000 mujeres se sitúa en Cantabria en 19,2, superior a la media nacional, de 18,4.

Por encima se encuentran Murcia (26,4), Baleares (26) y Comunidad Valenciana (25,6). Las tasas más bajas se dieron en País Vasco (13,1), Castilla y León (13,3) y Cataluña (13,8).

De enero a marzo, un total de 77 mujeres decidieron no declarar como testigo cuando comparecieron ante los juzgados de violencia sobre la mujer en Cantabria, lo que representa un incremento del 120 por ciento respecto a las que lo hicieron en el mismo periodo de un año antes (35). A nivel nacional, el incremento de las mujeres que tomaron esta decisión en los juzgados de violencia sobre la mujer es del 26,5 por ciento.

Además, en el Juzgado de lo Penal nº 5 de Santander, especializado en enjuiciar delitos menos graves de violencia machista, otras 5 mujeres decidieron no declarar al ser llamadas a juicio, dos más que el año anterior.

Por otro lado, los jueces y juezas de violencia sobre la mujer de Cantabria acordaron durante el primer trimestre un total de 72 órdenes de protección de las 111 que les fueron solicitadas, es decir, el 65 por ciento de las pedidas. A nivel nacional, el porcentaje de órdenes de protección adoptadas respecto a las incoadas fue del 69 por ciento.

Además, los titulares de los juzgados de instrucción en funciones de guardia -que atienden casos de violencia de género por las tardes y fines de semana, cuando los juzgados especializados no tienen audiencia- acordaron 25 órdenes de protección de las 35 solicitadas, el 71 por ciento.

Entre las medidas judiciales de protección adoptadas, destaca la suspensión del régimen de visitas, adoptada en 11 ocasiones, y la suspensión de la guarda y custodia, acordada en 9 ocasiones. En el mismo periodo del año anterior, ambas medidas fueron adoptadas en cuatro ocasiones.

Todos estos datos se desprenden del informe que trimestralmente difunde el Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, con sede en el Consejo General del Poder Judicial, y que hoy se ha dado a conocer con información relativa al primer trimestre de este año 2023.


129 hombres condenados por violencia de género

El informe del Observatorio revela que de enero a marzo fueron enjuiciadas en Cantabria un total de 163 personas por violencia de género, de las que 128 obtuvieron sentencia condenatoria (el 78,53 por ciento).

Por tipo de órgano judicial, los de violencia sobre la mujer –que son los que se encargan de instruir todas las causas y celebrar juicio por delitos leves- enjuiciaron a 100 hombres y condenaron a 89 –bien por los citados delitos leves o bien porque reconocieron los hechos en la comparecencia previa al juicio rápido-. Esta cifra representa un porcentaje de condenas del 89 por ciento.

En el Juzgado de lo Penal nº 5 –el encargado de enjuiciar los delitos de violencia sobre la mujer menos graves- fueron enjuiciados 63 hombres, de los que 39 resultaron condenados, con un porcentaje de condenas del 61,9 por ciento.

En la Sección Tercera de la Audiencia Provincial –sala que enjuicia los delitos más graves de violencia sobre la mujer- no se celebró ningún juicio de esta materia. Tampoco en el Juzgado de Menores de Santander.


82 mujeres deciden no declarar contra el denunciado

De las 625 denuncias registradas en los juzgados de violencia sobre la mujer de Cantabria, el 53,7 por ciento fueron presentadas por la propia víctima; el 30,2 por ciento de esas denuncias llegó al órgano judicial a través de servicios asistenciales o terceros en general; el 7,4 por ciento por intervención policial; el 5 por ciento a través de familiares, y el 3,7 por ciento por un parte de lesiones remitido al juzgado.

De las 582 mujeres que figuran como víctimas en las denuncias presentadas (381 españolas y 201 extranjeras), 77 se acogieron en los juzgados de violencia sobre la mujer a la dispensa legal a la obligación de declarar como testigo, prevista en el artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. De ellas, 54 eran españolas y 23, extranjeras.

Ello supone que el 13,2 por ciento de las mujeres que figuran como víctimas en las denuncias presentadas en Cantabria tomaron esa decisión en los juzgados de violencia sobre la mujer, frente a un porcentaje del 10,7 por ciento que lo hicieron a nivel nacional.

Por otro lado, otras 5 mujeres –3 españolas y 2 extranjeras- decidieron no declarar cuando fueron llamadas a testificar en juicio ante el Juzgado de lo Penal.

Desde el año 2015, el Observatorio sustituyó entre sus datos estadísticos la cifra de renuncias por la de víctimas que se acogen a la dispensa a la obligación legal de declarar, por entender que se trata de un parámetro más acorde a la realidad toda vez que en los procedimientos de violencia de género la fiscalía siempre actúa de oficio, por lo que la renuncia de la víctima no lleva aparejada obligatoriamente la finalización del proceso judicial.


Suspensión de guarda y custodia y del régimen de visitas para proteger a los menores

A lo largo del primer trimestre de 2023, los juzgados de violencia sobre la mujer de Cantabria recibieron 111 solicitudes para la adopción de órdenes y medidas de protección, de las que acordaron 72, el 65 por ciento.

Se encuadran en estas cifras las órdenes de protección y las medidas de protección y seguridad contempladas en el artículo 544 ter -conllevan medidas penales y civiles, y su adopción exige la presencia del presunto agresor-, y también las del artículo 544 bis -precepto que permite al juez adoptar una protección de carácter penal sin necesidad de tomar declaración al denunciado-.

Tales órdenes y medidas de protección y seguridad se tradujeron en 210 medidas judiciales encaminadas a la protección de las víctimas, tanto mujeres como menores. De ellas, 156 eran medidas de carácter penal y 54, de naturaleza civil.

Entre las primeras, las más frecuentes fueron el alejamiento de la víctima (66), la prohibición de comunicación con ella (31) y la prohibición de volver al lugar de los hechos (24). Además, en 18 ocasiones se decidió la suspensión de tenencia y uso de armas, en 9 se acordó la salida del domicilio, y en 3 se privó de libertad al detenido.

Por otro lado, entre las medidas cautelares civiles, cuya finalidad es la protección de la mujer y los menores en tanto se resuelve el proceso penal, las más frecuentes fueron las relacionadas con la atribución de vivienda (14) y la prestación de alimentos (13), así como las ya mencionadas de suspensión de régimen de visitas (11) y suspensión de la guarda y custodia (9).


Relación entre víctima y denunciado

En la mayoría de los casos en los que se solicitaron órdenes o medidas en los juzgados de violencia, la mujer era española y mayor de edad (74), en otras 36 solicitudes se trataba de mujeres extranjeras y en 1 la víctima era mujer española menor de edad.

En cuanto a los hombres denunciados que figuran en las órdenes de protección incoadas, 77 eran españoles y 34 de fuera de nuestro país.

Al analizar la relación que existía entre denunciante y víctima en el momento de producirse la supuesta agresión, en 16 ocasiones eran matrimonio, en 10 lo habían sido, en 31 existía una relación afectiva y en 54 la relación se había roto.


La mayoría, delitos que conllevan de seis meses a un año de prisión

A lo largo del pasado año, los juzgados de violencia sobre la mujer de Cantabria recibieron 663 asuntos penales.

De ellos, 186 apenas requirieron instrucción y se llevaron por juicio rápido, 31 fueron delitos leves y no hubo ningún nuevo jurado ni sumario, los procedimientos que se utilizan para tramitar los delitos más graves. El resto de asuntos se llevaron por diligencias previas o procedimiento abreviado -los procedimientos de instrucción más habituales-.

Si se analizan los tipos delictivos en los que se encuadran las denuncias presentadas, la mayoría (250) responden a acciones tipificadas en el artículo 153 del Código Penal, esto es, el delito que castiga una conducta que no da lugar a lesión o sólo requiere una primera asistencia médica, cuya condena oscila entre los seis meses y el año de prisión.

Otros 58 delitos correspondieron al tipo del artículo 173, que condena aquella actitud persistente que genera un clima de pánico en el entorno familiar. Este delito está penado con una condena de entre seis meses y tres años de cárcel.

Además, en 9 ocasiones se tramitó procedimiento que responde al maltrato del artículo 148 y siguientes del Código Penal, preceptos que se refieren a una lesión que requiere una primera asistencia y un tratamiento médico posterior, y cuya pena va de los seis meses a los cinco años de cárcel.

También se iniciaron 144 asuntos por quebrantamiento de pena, 97 por quebrantamiento de medidas cautelares, 51 por delito contra la libertad, 30 por delito contra la integridad moral, 4 contra la libertad e indemnidad sexual, 2 contra la intimidad y la propia imagen, y uno contra el honor.

En cuanto a los procedimientos por delitos leves, 45 lo fueron por injurias y 10 por vejaciones injustas.

Además, las denuncias presentadas ante los juzgados de violencia de género dieron lugar a la apertura de 40 procedimientos civiles, entre los que destacan 10 divorcios, 13 sobre la adopción de medidas de guarda y custodia de hijos de parejas no casadas, 10 sobre modificación de medidas acordadas en sentencia y 6 sobre liquidación del régimen económico matrimonial.


Formas de terminación de las denuncias

Las denuncias registradas en los juzgados de violencia sobre la mujer se instruyen y, como consecuencia de las diligencias practicadas, tienen diferentes formas de terminación.

El 20,1 por ciento de los asuntos concluyó con sentencia en el propio órgano –bien porque se trataba de un delito leve o bien porque, siendo el delito grave, el acusado se conformó con la condena solicitada por el fiscal-.

Estos juzgados dictaron un total de 100 sentencias, de las que 89 fueron condenatorias (76 de ellas previa conformidad del acusado) y 11 resultaron absolutorias.

Por otro lado, el 50,4 por ciento de los procedimientos que se tramitaron finalizó en sobreseimiento, bien libre (el 4 por ciento del total de procedimientos) o provisional (el 46,4 por ciento).

Hay que tener en cuenta que una gran parte de los casos en los que se produce el sobreseimiento provisional, como también ocurre con las sentencias que son absolutorias, responde a que la denunciante se acoge a la dispensa a la obligación de declarar como testigo.

En este sentido, cabe señalar que el 46,3 por ciento de las denuncias llegaron al juzgado por vías ajenas a la propia víctima: o por intervención policial, o por denuncia de un familiar, o por un parte de lesiones o por servicios asistenciales y terceros en general.


Elevación al órgano enjuiciador

Finalmente, el 16,1 por ciento de los procedimientos tramitados se elevó al órgano de enjuiciamiento competente –bien al Juzgado de lo Penal nº 5 de Santander o bien a la Audiencia Provincial de Cantabria, en función de la gravedad del delito-.

Durante el periodo analizado, el citado Juzgado de lo Penal nº 5 dictó 63 sentencias, de las que 39 fueron condenatorias –en 14 ocasiones el acusado admitió los hechos y se conformó con la pena- y 24 resultaron absolutorias.

Por su parte, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria, la especializada en enjuiciar los asuntos más graves de violencia sobre la mujer, no celebró ningún juicio, y como órgano de apelación contra sentencias dictadas en el Juzgado de lo Penal nº 5 (por delitos menos graves) o en los juzgados especializados en Violencia sobre la Mujer (por delitos leves), dictó 43 sentencias.

De ellas, en 18 ocasiones confirmaron la sentencia de instancia, en 22 ocasiones revocaron y en una ocasión anularon la sentencia, lo que supone un porcentaje de confirmación del 43,9 por ciento.


Los datos estadísticos relativos a Violencia sobre la Mujer en Cantabria durante el primer trimestre de 2023 pueden consultarse en el siguiente enlace:


http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Temas/Violencia-domestica-y-de-genero/Actividad-del-Observatorio/Datos-estadisticos/