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Principales vistas orales señaladas en los órganos judiciales de Cantabria.
Lunes, 28 de septiembre
12:30 horas
Plaza n.º 2 de la Sección Penal del Tribunal de Instancia de Santander (Calle Alta)
Audiencia Preliminar del Procedimiento Abreviado 105/2026
Delitos contra la intimidad
Acusado un monitor de grabar con su móvil a decenas de jugadoras de fútbol mayores y menores de edad en un vestuario deportivo. Se le atribuyen 46 delitos contra la intimidad en concurso con un delito de corrupción de menores.
Según relataba el juez en el auto que concluyó la instrucción, en su terminal se encontraron 36 grabaciones de jugadoras, algunas menores de edad, mientras se duchaban o se cambiaban de ropa después de entrenamientos y partidos, y también se halló material pornográfico con niñas descargado de internet, constatándose un total de 46 víctimas.
Estos hechos se produjeron entre abril y agosto de 2024, cuando fue sorprendido mientras grababa dos videos a las jugadoras del equipo visitante.
El magistrado abrió juicio oral por dieciocho delitos contra la intimidad sobre mayores de edad, otros dieciocho delitos contra la intimidad sobre menores de edad, catorce delitos continuados contra mayores de edad y un delito continuado contra una menor de edad. La continuidad delictiva se ha propuesto en aquellos casos en los que el investigado presuntamente grabó a la misma persona en varias ocasiones.
Por estos delitos, el ministerio fiscal solicita un total de 148 años de prisión y 190.800 euros de multa, así como inhabilitación para trabajar como monitor o entrenador deportivo, inhabilitación para desempeño que conlleve contacto con menores, y prohibición de comunicar y acercarse a las afectadas.
En concepto de responsabilidad civil, pide el ministerio público que el acusado indemnice con 78.000 euros a las perjudicadas. De forma subsidiaria, la fiscalía solicita que lo hagan la empresa que empleaba al monitor y el Ayuntamiento que contrató a la mercantil para la actividad deportiva que se desarrollaba en las instalaciones municipales.
Por su parte, las siete acusaciones particulares, que defienden a las afectadas que han deseado personarse en la causa, solicitan penas de hasta 271 años de prisión y 10.800 euros de multa por los delitos cometidos sobre sus representadas.
Jueves, 1 de octubre
10:00 horas
Sección Tercera de la Audiencia Provincial
Audiencia Preliminar del Procedimiento Abreviado 35/2026
Delito continuado de apropiación indebida agravada
Acusada de, en su condición de cajera de un supermercado, apropiarse a lo largo de dos años de 333.800 euros.
Según el escrito del ministerio fiscal, el establecimiento tenía dos líneas de caja: en una se generaba un albarán con los productos adquiridos, mientras que en la otra se procedía al pago.
Pues bien, según el relato de la fiscalía, la acusada, “con ánimo de lucrarse de lo ajeno”, cuando se encontraba en la segunda línea de cajas a la que acudían clientes que pagaban en efectivo importes de menos de 400 euros, procedía a desenchufar de la corriente el terminal de punto de venta.
Esa operación impedía que el tique se guardara en el sistema y permitía la apropiación del dinero. A lo largo de dos años, la acusada actuó de ese modo en 1.160 ocasiones.
Este proceder fue descubierto por la responsable de aplicaciones informáticas al revisar incidencias. Descubrió que varios tiques se habían quedado abiertos y al mirar un periodo más amplio compró que existía un patrón que se repetía: a primera y a última hora, y siempre utilizando las credenciales de la acusada, que identificaban cada operación.
La empresa realizó un seguimiento a la empleada durante dos días y se comprobó su actuación a través de las cámaras. Un día después, fue despedida, portando en un bolsillo 845 euros.
Los hechos constituyen, a juicio del ministerio fiscal, un delito continuado de apropiación indebida agravada, merecedor de tres años de prisión y 4.500 euros de multa. En concepto de responsabilidad civil, pide que la acusada indemnice a la empresa en 333.800 euros, la cantidad de la que presuntamente se apropió.
Por su parte, la acusación particular, que ejerce la empresa, eleva la petición de pena de prisión a diez años, así como la multa, a 288.000 euros. Como responsabilidad civil, pide una indemnización de 331.750 euros, ya que 2.000 fueron devueltos por la acusada a los pocos días de su despido.
10:15 horas
Sección Tercera de la Audiencia Provincial
Juicio del Procedimiento Abreviado 26/2026
Delitos de elaboración, tenencia de pornografía infantil y atentado a los agentes de la autoridad
Acusado de tomar fotografías, almacenarlas y crear imágenes de pornografía infantil para satisfacer su propio interés sexual.
Según el escrito de calificación del ministerio fiscal, el acusado, “valiéndose de diversas cámaras fotográficas de su propiedad, acudió reiteradamente a la zona de playas de Santander y, con intención de atender su propio ánimo libidinoso, realizó más de 8.000 fotografías y vídeos de niños menores de dieciséis años no identificados que se hallaban en la plaza desnudos, bañándose o jugando, ajenos a su presencia”.
El acusado almacenaba los vídeos y fotografías, “que año tras año iba tomando”, en discos duros que guardaba en su domicilio.
Junto a ese material, también guardaba en el ordenador “para su propio uso” otras fotografías “en las que se representaban de forma hiperrealista y confundible con la realidad menores de edad desnudos y posando provocativamente, fotografías creadas mediante inteligencia artificial y descargadas de internet”.
En julio de 2024, el acusado acudió una vez más a la playa de El Sardinero y desde los jardines de Piquio trató de tomar imágenes de los menores y sus genitales.
Sin embargo, “su comportamiento fue observado por un agente de movilidad que, tras comprobar los hechos, dio aviso a la Policía Local de Santander”.
Entonces, el acusado huyó al ser descubierto y se subió en un autobús, donde le encontraron los agentes, que le requirieron para que se bajara del vehículo.
El acusado se negó, trató de borrar los archivos y, cuando un agente le quitó la cámara, “reaccionó violentamente, agrediéndole”.
Los hechos constituyen, a juicio de la fiscalía, un delito continuado de elaboración de pornografía infantil, un delito de posesión de pornografía infantil y un delito de atentado a los agentes de la autoridad.
La pena solicitada asciende a diez años y diez meses de prisión; trece años de inhabilitación para ejercer la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento; dieciocho años de inhabilitación para profesión o desempeño con menores, y diez años de libertad vigilada.
(LA AGENDA CONTINÚA EN LA PÁGINA SIGUIENTE)
Viernes, 2 de octubre
09:30 horas
Sección Tercera de la Audiencia Provincial
Vista de prisión provisional del Procedimiento Sumario Ordinario 4/2025
Delito de agresión sexual a menor de edad
Vista en la que se abordará la prisión provisional solicitada por la acusación particular para el hombre condenado a doce años de prisión por agredir sexualmente a dos niñas de corta edad a las que cuidaba.
La sentencia, que no es firme, le condenó como autor de dos delitos continuados de agresión sexual a menor de trece años, sin penetración y con abuso de superioridad.
Además de la pena de prisión, el tribunal le impuso la prohibición de comunicar y acercarse a las víctimas durante un periodo de ocho años, y una medida de libertad vigilada tras su salida de prisión de siete años.
En concepto de responsabilidad civil, la sentencia acordó una indemnización de 30.0000 euros a una de las víctimas, y de 20.000 euros a la otra, por el daño moral que les causó y por las secuelas psicológicas permanentes que sufren.
Según los hechos que se recogían en la sentencia, el acusado trabajaba prestando servicios de limpieza en un bar donde la madre de las menores y su esposo eran cocineros.
“A raíz de la amistad surgida y como quiera que la pareja no tenía a nadie con quien dejarlas mientras trabajaban, el acusado se ofreció a cuidar de las hijas, haciéndolo unas veces en casa de estas y otras veces en su casa”, relata la resolución.
Así las cosas, el acusado, a lo largo de tres años y “siendo conocedor de la ventaja que le procuraba ser amigo de la familia y con la confianza que a su vez ello comportaba en orden a la mayor facilidad en la realización de los hechos”, abusó de las menores, que entonces contaban entre tres y cinco años la pequeña, y entre cinco y nueve años la mayor. El hombre actuaba por separado, sin que una conociera lo que le había hecho a la otra.
La sentencia relata distintos hechos en los que el acusado se masturbaba delante las menores, les pedía que lo hicieran ellas, les realizaba tocamientos y les mostraba en el móvil páginas de pornografía.
10:00 horas
Sección Tercera de la Audiencia Provincial
Juicio del Procedimiento Sumario Ordinario 44/2025
Delito de incendio con peligro para las personas
Acusado de prender fuego en la vivienda de su madre, movido por el resentimiento hacia ella tras haberle pedido dinero para financiar su adicción a las drogas.
Según el escrito de la fiscalía, el acusado había estado pidiendo dinero a su madre con el pretexto de que estaba amenazado por deudas, pero ella no le entregó lo que él pretendía.
Entonces, el acusado, “con pleno desprecio para la vida e integridad física de sus vecinos y siendo plenamente consciente de que el inmueble estaba habitado por más personas, prendió fuego al salón de la vivienda, aplicando una llama directa sobre un butacón y el lienzo de un cuadro en el suelo”.
“El fuego desarrolló un foco de dos metros cuadrados, comenzando a salir gran cantidad de humo hacia la escalera exterior, en conexión con las viviendas de las plantas superiores”, explica la fiscalía.
Y continúa: “Un vecino que se encontraba casualmente en la zona, al comprobar desde el exterior la existencia del fuego, actuó con rapidez y se metió al inmueble, consiguiendo sacar de su interior al propio acusado, mientas estaba sentado en el reposabrazos del sofá de su salón, contemplando el fuego”.
Ese vecino también subió a la segunda planta y rescató a una niña de dos años y a su abuelo, que tenía dificultad para desplazarse.
Añade el escrito de calificación que el forjado del edificio era de vigas y tableado de madera, que no contaba con más zona de evacuación que la escalera comunitaria y que la vivienda tenía instalación de gas natural, lo que constituye mayor riesgo de propagación.
Minutos después de que se iniciara el fuego, los bomberos acudieron al lugar y dos horas después se dio por apagado.
Los hechos, que tuvieron lugar en junio de 2024 en Castro Urdiales, constituyen, a juicio de la fiscalía, un delito de incendio con peligro para las personas con la concurrencia de la circunstancia atenuante analógica de anomalía psíquica por drogodependencia, ya que en el momento de los hechos el acusado tenía levemente afectada su capacidad de control de impulsos por el consumo habitual de drogas.
La pena solicitada asciende a diez años de prisión y la indemnización para la madre por los desperfectos de la vivienda, a 5.031 euros. También solicita que el acusado indemnice al Ayuntamiento de Castro Urdiales por el coste de la labores de extinción.