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Principales vistas orales señaladas en los órganos judiciales de Cantabria.
Martes, 16 de diciembre
09:30 horas
Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cantabria
Juicio del Procedimiento Sumario Ordinario 23/2025
Delitos continuados de agresión sexual
Acusado de agredir sexualmente a dos de sus hijas desde que estas cumplieron diez años.
Según relata la fiscalía en su escrito de calificación, “con ánimo libidinoso, de forma continuada y prevaliéndose de la relación de parentesco y convivencia” con dos de sus hijas, el acusado ha venido agrediéndolas sexualmente desde que estas tenían diez años.
Explica la fiscalía que, en el caso de la mayor, desde que tenía diez años y hasta que cumplió dieciocho, el acusado le realizó tocamientos y, en alguna ocasión, le introdujo dedos en la vagina. Cuando la chica se quejaba porque no quería que actuara así, el acusado la amedrentaba y en mucha ocasiones le decía que como contara algo la mataba.
Respecto de la hija más pequeña, los tocamientos se produjeron desde que tenía diez años hasta los trece.
Los hechos fueron denunciados cuando la madre y esposa descubrió un día que su hija le decía al padre que le dejara en paz, que parara y que siempre estaba igual. Entonces, las hijas confesaron a la madre los hechos.
La fiscalía considera al acusado autor de dos delitos continuados de agresión sexual, merecedores de una pena de veinticinco años de prisión, dieciocho años de alejamiento y prohibición de comunicar respecto de una de las hijas y quince años respecto de la otra, y treinta años de inhabilitación para trabajo con menores.
En concepto de responsabilidad civil, solicita el ministerio público una indemnización de 20.000 euros para la mayor y 10.000 euros para la menor.
Por su parte, la acusación particular, que ejercen las víctimas, pide también veinticinco años de prisión, y veinte años de prohibición para comunicar y acercarse a la mayor y quince años a la menor, así como cincuenta años de inhabilitación para trabajar con menores.
También solicita la acusación particular que el acusado sea privado de la patria potestad respecto de la hija que aún es menor de edad, por un tiempo de seis años.
Finalmente, solicita 25.000 euros de indemnización para la hija mayor y 15.000 euros para la menor.
Miércoles, 17 de diciembre
09:30 horas
Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cantabria
Juicio del Procedimiento Abreviado 15/2025
Delito de prevaricación
Acusado el actual alcalde de Ribamontán al Monte de un delito continuado de prevaricación administrativa.
El escrito del ministerio fiscal relata una serie de actuaciones que considera no acordes a la legalidad.
Así, en una ocasión el alcalde acordó trasladar a dependencias municipales a la encargada de un telecentro, pese a los informes de la secretaria del Ayuntamiento relativos a la imposibilidad legal del traslado, así como de contratarla como auxiliar administrativo porque ni tenía la cualificación ni existía la plaza.
El acusado, además, ordenó el pago de las nóminas a la trabajadora, “sabedor de que ese pago contravenía el ordenamiento jurídico”, tal y como constaba en los reparos de legalidad que la secretaria hacía figurar en cada nómina.
En otra ocasión, el acusado decidió contratar a un arquitecto sin tramitar expediente alguno, sabedor de que el contrato menor que había finalizado no es prorrogable.
Así, “sin subsanar absolutamente nada, sin resolver las discrepancias ni adoptar medida alguna, ordenó pagar las nóminas del técnico, al que contrató por confiar en él”.
Otro de los expedientes que son objeto de enjuiciamiento tiene que ver con el pago de tres facturas, a lo que la secretaria se opuso pues no constaba el origen, los trabajos realizados y la naturaleza del encargo. El alcalde ordenó el pago y votó a favor de levantar el reparo de legalidad.
Asimismo, el alcalde presentó una propuesta ampliable para el mantenimiento informático, con el fin de adjudicar el mismo a una persona concreta, sin sacar dicho contrato por procedimiento negociado.
Ante la negativa de la secretaria a contratar a dicho informático, el alcalde desconectó los ordenadores, las impresoras y el servidor.
Al día siguiente, el alcalde “aportó el contrato ya firmado por él mismo con el informático elegido a su voluntad, ordenando a la secretaria que pague las facturas y que entregue las claves de los ordenadores municipales”.
Estos hechos constituyen, a juicio del ministerio fiscal, un delito continuado de prevaricación administrativa, merecedor de una pena de quince años de inhabilitación para empleo o cargo público.
Nota:
Este juicio está previsto que continúe el jueves 18 y el viernes 19, a las nueve y media de la mañana.
Jueves, 18 de diciembre
10:00 horas
Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria
Juicio del Procedimiento Sumario Ordinario 29/2024
Delitos continuados de agresión sexual
Dos acusados de agredir de manera continuada a un adolescente.
Según el escrito de calificación fiscal, los dos acusados, que en la época de los hechos eran pareja, mantenían una estrecha relación de amistad con la abuela del menor, por lo que comenzaron a frecuentar la compañía de este, que tenía catorce años.
Detalla el escrito que “comenzaron a realizarle tocamientos con ánimo libidinoso” y “cada uno de ellos por separado”.
Explica que inicialmente las conductas consistieron en “tocamientos mutuos entre el menor y los adultos en sus genitales, masturbándose los adultos en su presencia hasta que eyaculaban”, y posteriormente, “en penetraciones anales del menor a los dos procesados, así como felaciones de los procesados hacia el menor”.
Los hechos se produjeron, “siempre a iniciativa del adulto”, cuando cada uno estaba a solas con el menor, bien en el domicilio en el que la pareja vivía, bien en el domicilio del menor o incluso en la calle.
Añade la fiscalía que el menor presenta una “lesión psicológica compatible con los hechos sufridos”, así como “daño social concordante con la situación vivida y que le ha afectado a su capital social”.
La pena solicitada por el ministerio público para cada acusado como autor de un delito continuado de agresión sexual asciende a doce años de prisión, trece años de alejamiento y prohibición de comunicar, ocho de libertad vigilada tras la salida de la cárcel y diecisiete de inhabilitación para desempeño con menores.
En concepto de responsabilidad civil, entiende la fiscalía que cada uno debe indemnizar al menor en 15.000 euros.
Ejerce la acusación particular el Gobierno de Cantabria, dado que fue el ICASS quien interpuso la denuncia por estos hechos tras asumir su tutela, y se suma a las penas e indemnizaciones solicitadas por el ministerio fiscal.