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Principales vistas orales señaladas en los órganos judiciales de Cantabria.
Martes, 13 de octubre
09:30 horas
Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cantabria
Juicio del Procedimiento Abreviado 68/2025
Delito de tráfico de drogas
Nueve hombres acusados de formar un grupo criminal dedicado al tráfico de cocaína que traían a Cantabria desde otras comunidades autónomas.
Uno de ellos dirigía la organización y otro era su mano derecha, cuatro de los acusados se encargaban del transporte de la mercancía, otros dos se dedicaban a la venta de las sustancias al menudeo, y el último actuaba de guardador de la droga en su domicilio de Alcalá de Henares, en Madrid.
A todos ellos la fiscalía les atribuye los delitos contra la salud pública de sustancias que causan grave daño y pertenencia a grupo criminal. Además, a otro atribuye un delito de tenencia ilícita de armas, pues en su casa guardaba armas prohibidas, y a otro un delito de atentado, porque en su detención dio un mordisco a un agente.
Para los acusados que dirigían el grupo, el ministerio fiscal pide nueve y ocho años de prisión, respectivamente, y la misma multa para los dos: 200.000 euros.
Para dos de los transportistas, que fueron detenidos llevando consigo cinco kilos de cocaína guardada en un espacio oculto del vehículo creado al efecto, la pena que pide es la misma para ambos: nueve años de prisión y 150.000 euros de multa.
Para los otros dos transportistas, que fueron detenidos con un kilo de cocaína, pide la fiscalía: ocho años de prisión y 35.000 euros de multa, para uno; y diez años de prisión por reincidente y 40.000 euros de multa, para el otro. Además, a este último también atribuye la fiscalía un delito de tenencia ilícita de armas, merecedor de dos años de cárcel.
La petición de pena a los dos hombres que se dedicaban a la venta de la droga al menudeo es de cinco años de prisión y 12.000 de multa para uno, y cinco años de privación de libertad y 15.000 euros de multa para el otro. Este, además, pide que sea condenado a un año más de prisión por un delito de atentado, por morder al agente que lo detuvo.
Finalmente, la fiscalía solicita una pena de ocho años de prisión y 36.000 euros de multa al acusado que se encargaba de guardar la droga en su domicilio de Alcalá de Henares, en Madrid.
Nota:
Este juicio está señalado para los días 13, 14 y 15 de octubre.
10:00 horas
Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cantabria
Juicio del Procedimiento Abreviado 68/2025
Delito de estafa agravada, falsificación y receptación
Diez personas acusadas de participar en una trama que adquiría, con préstamos hipotecarios obtenidos de forma fraudulenta, viviendas que luego alquilaban, dejando de pagar las cuotas de los préstamos a los pocos meses de la firma.
Según el escrito de acusación del ministerio fiscal, los acusados constituyeron durante los años 2017 y 2018 “una agrupación estable de personas que tenía como finalidad enriquecerse injustamente mediante la obtención de créditos hipotecarios y personales de entidades bancarias”.
La organización estaba liderada por una mujer que presuntamente se encargaba de buscar los pisos, presentarse ante los vendedores como intermediaria inmobiliaria, guiar a los supuestos compradores -también acusados- en todo el proceso de compra, elaborar la documentación falsa presentada a las entidades bancarias para la obtención de los créditos y administrar los beneficios.
Para la obtención de esos créditos los acusados “aportaban documentación de apariencia veraz”, si bien “no era más que una imitación de nóminas, contratos laborales o informes de vida laboral”, entre otros documentos, que elaboraba la principal acusada.
Esos documentos generaban “una imagen de solvencia que no se correspondía con la realidad, lo que provocaba que las entidades bancarias les concedieran una financiación, con el consiguiente desplazamiento patrimonial que nunca les hubiesen concedido de haber contado con sus datos reales”.
En las operaciones inmobiliarias formalizaban contratos de compraventa en los que se inflaba el precio de venta, haciendo constar en escritura pública una cifra, pero pagando en realidad a los vendedores una cantidad inferior que la financiación obtenida, con lo que se quedaban con la diferencia.
Explica la fiscalía que los vendedores aceptaban que apareciese un precio inflado en el contrato “por la necesidad de vender sus inmuebles” y añade que “eran totalmente desconocedores de las maniobras urdidas por la trama”.
Tras adquirir los inmuebles, los destinaban a alquiler y a los pocos meses dejaban de abonar las cuotas del crédito, “quedando las entidades bancarias con la única opción de proceder a la ejecución hipotecaria, con un inmueble sobrevalorado y un resultado incierto”.
La organización estaba dirigida por la principal acusada, que controlaba todas las operaciones, mantenía el dominio efectivo de las viviendas adquiridas y distribuía el beneficio obtenido.
Colaboraba con ella su hijo, quien tenía “pleno conocimiento de la actividad ilegal de su madre” por ser el encargado de recibir la mayor parte del beneficio en sus cuentas bancarias, actuando como tesorero.
Una vez llegaba el dinero a su cuenta, este acusado aprovisionaba las cuentas del resto de miembros de la trama en pago de los servicios prestados, generando así “un flujo de dinero circular”.
El resto de acusados son personas “en situaciones de dificultad económica que aceptaban figurar como compradores y solicitar los préstamos hipotecarios o personales con pleno conocimiento de que iban a obtener un beneficio ilícito”.
El escrito de la fiscalía recoge doce operaciones de compraventa de viviendas por las que obtuvieron 1,3 millones de euros, y siete créditos personales, por los que recibieron 194.000 euros.
Los hechos con calificados por el ministerio público como delito de constitución y pertenencia a grupo criminal, que imputa a todos; delitos de falsedad y estafa agravada, que imputa a la principal acusada y a los ocho acusados que actuaban de compradores; y delito de receptación, que atribuye al hijo de aquella.
La pena solicitada para la acusada de dirigir la trama asciende a diez años de prisión, 8.640 euros de multa y quince años de inhabilitación para desempeñar profesión de intermediación inmobiliaria y financiera.
Para su hijo, la fiscalía pide cuatro años de prisión; para tres de los compradores, que colaboraban de forma frecuente con la principal acusada, solicita seis años de prisión y 3.960 euros para cada uno; y para los cinco compradores restantes, cinco años de prisión y 3.600 euros de multa.
En concepto de responsabilidad civil, pide el ministerio público que todos ellos indemnicen a las entidades bancarias perjudicadas en las cantidades que se determinen en sentencia.
Por su parte, la acusación particular que ejerce el Banco Santander califica los hechos como delitos de estafa, falsedad y blanqueo de capitales.
A madre e hijo, “al ser quienes encabezan la organización”, les imputa los tres delitos y pide para cada uno de ellos diez años de prisión y 3.600 euros de multa.
Para los demás, la acusación particular pide cuatro años de prisión y 1.800 euros de multa.
En concepto de indemnización, solicita el Banco Santander una indemnización de 526.000 euros.
Nota:
Este juicio está señalado para los días 13, 14, 15, 16, 19, 26, 28, 29 y 30 de octubre y 4, 5 y 6 de noviembre.