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Principales vistas orales señaladas en los órganos judiciales de Cantabria.
Lunes, 27 de septiembre
09,30 horas
Sección Primera Audiencia Provincial de Cantabria
Procedimiento Abreviado 13/2021
Estafa
Acusado un asesor financiero de estafar a dos mujeres –madre e hija- con un negocio jurídico según el cual él adquiría la vivienda habitual y un local anexo propiedad de aquéllas –lo que sí hizo por 70.600 euros cuando el valor de tasación de los dos inmuebles era de 194.000 euros- y asumía el pago de los créditos que pesaban sobre las propiedades –extremo que nunca se produjo.
Según se desprende del escrito del ministerio público, las dos mujeres acudieron a la empresa del acusado a fin de obtener refinanciación por una deuda que tenían derivada de un crédito hipotecario que gravaba su vivienda habitual.
El acusado, “a sabiendas de la delicada situación económica de las denunciantes, prevaliéndose de su falta de conocimientos en materia de operaciones bancarias, les hizo creer que la única posibilidad que tenían para saldar sus deudas era primeramente constituir nuevos créditos hipotecarios para finalmente transmitirle la propiedad con la asunción de toda la deuda”.
Así, el acusado les concedió un primer préstamo hipotecario que gravaba la vivienda por importe de 10.200 euros, cantidad de la que las clientes sólo recibieron 5.200.
Posteriormente, les concedió otro préstamo hipotecario garantizado con el local anexo a la vivienda por un importe de 4.600 euros, de los que sólo entregó 2.000.
Ante la imposibilidad de hacer frente a las deudas, la hija enajenó la vivienda y el local anexo a la empresa del acusado por un importe de 70.600 euros, otorgando el comprador carta de pago por la totalidad del valor de la venta y comprometiéndose a subrogarse en todas las cargas, “sin llegar a realizar acción alguna tendente a ello”.
Tiempo después, el acusado firmó un contrato de arrendamiento de la vivienda previamente adquirida con su anterior propietaria por una renta mensual de 380 euros, presentándose demanda de desahucio ante la falta de pago.
Los hechos, según la fiscalía, constituyen un delito de estafa cualificado merecedor de una condena de cinco años de prisión y 3.840 euros de multa, así como de una indemnización para las mujeres de 7.800 euros, importe que aquél recibió de forma indebida.
Asimismo, considera el ministerio público que se debe declarar la nulidad del contrato de compraventa, debiendo restituirse las partes recíprocamente las prestaciones efectuadas.
10,00 horas
Sección Tercera Audiencia Provincial de Cantabria (Salón de Actos)
Procedimiento Sumario Ordinario 58/2013
Delitos de prostitución, blanqueo y tenencia ilícita de armas
Continúa el juicio a varias personas por formar una organización dedicada a la explotación sexual de mujeres extranjeras -procedentes del este de Europa, Sudamérica y norte de África- en diferentes clubes de Aragón y Alicante.
Nota:
Este juicio continuará los días 28, 29 y 30 de septiembre, y 1 de octubre, con sesiones que darán comienzo a las diez de la mañana.
Martes, 28 de septiembre
09,30 horas
Sección Primera de la Audiencia Provincial
Procedimiento Abreviado 32/2021
Tráfico de drogas
Un hombre y una mujer acusados de llevar consigo sustancias estupefacientes cuando los agentes de la Guardia Civil interceptaron su vehículo tras haber realizado éste una maniobra para evitar a la Policía Local de Noja, que se encontraba realizando acciones de seguridad ciudadana en la Avenida Ris.
Según el ministerio público, la mujer llevaba en su bolso un trozo de hachís y en el interior del coche se hallaron tres navajas y una defensa extensible, así como una bolsa de cocaína dentro de un altavoz y una pieza de hachís oculta en la palanca de cambios.
Los hechos constituyen, a juicio de la fiscalía, un delito contra la salud pública de sustancias que causan grave daño que debe ser penado con cuatro años de prisión y multa de 1.000 euros para cada uno de los dos acusados.
Miércoles, 29 de septiembre
09,30 horas
Sección Primera de la Audiencia Provincial
Procedimiento Sumario Ordinario 5/2020
Abuso sexual
Dos acusados –padre e hijo- de abusar sexualmente de una mujer a la que habían invitado a casa a comer.
Según la fiscalía, la mujer, que había consumido alcohol, cocaína y pastillas, se empezó a encontrar indispuesta, momento en que fue invitada por ambos acusados a tumbarse en una cama para que descansara.
Entonces, el padre le ofreció una pastilla que, según le dijo él a ella, era paracetamol. Ella se la tomó y se quedó dormida.
Estando la mujer en la cama “dormida y en estado de semiinconsciencia por los tóxicos previamente ingeridos, situación que era patente y que los dos procesados habían evidenciado, se aprovecharon de tales circunstancias para mantener ambos relaciones sexuales con la víctima”.
El hijo se colocó sobre ella y la penetró vaginal y rectalmente. La mujer se despertó fugazmente y le pidió que no lo hiciera, pero el joven hizo “caso omiso de los ruegos de la mujer”.
A continuación, el padre entregó otra pastilla a la mujer, si bien ésta no recuerda si la tomó, y acto seguido la penetró vaginal y rectalmente. La mujer “pese a su estado semiinconsciente” preguntó al hombre que qué estaba haciendo.
La mujer, “fruto del efecto de los tóxicos y el alcohol consumido, que mermaban significativamente sus facultades psicofísicas, fue incapaz de reaccionar”.
Tras los hechos, a la mujer le fue detectada una vaginosis bacteriana por un germen de transmisión sexual, “que presumiblemente le trasmitieron los dos procesados”.
La mujer presentó denuncia y como consecuencia del inicio del procedimiento judicial se impuso a los acusados la prohibición cautelar de acercarse y comunicar con ella. Pese a ello, ambos acudieron a un bar cercano a la vivienda de ella en una ocasión, y el padre otra vez más.
Los hechos constituyen para la fiscalía un delito de abusos sexuales, cuya autoría corresponde a los dos acusados, y dos de quebrantamiento de condena, uno atribuido al hijo y los dos, al padre.
Así, la pena solicitada para el padre asciende a siete años de prisión y 10.800 euros de multa, y para el hijo, a otros siete años de prisión y 5.400 euros de multa.
Además, entiende el ministerio fiscal que debe imponerse la prohibición de acercarse y comunicar con la mujer durante diez años, y pide que sean sustituidas las penas de prisión por la expulsión del territorio nacional durante el mismo periodo.
Finalmente, en concepto de responsabilidad civil, considera la fiscalía que ambos deben indemnizar a la mujer en 20.000 euros por los daños morales que le han causado.