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Preferentemente se señalan los asuntos urgentes o suspendidos durante el estado de alarma. Los actos procesales se realizan preferiblemente y siempre que sea posible mediante presencia telemática. La atención al público es telefónica o por correo electrónico y si es imprescindible acudir a los juzgados, se da cita previa
La Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha aprobado en su última reunión el Protocolo para la Coordinación de Agendas de Señalamientos en el que se establecen criterios para el uso de las salas de vistas así como el modo en que deben fijarse los juicios y las comparecencias.
Hoy ha quedado alzada la suspensión de plazos y términos acordada con la declaración del estado de alarma, que ha supuesto que durante estos meses sólo se han podido llevar a cabo aquellas actuaciones procesales consideradas urgentes por su carácter esencial.
A partir de ahora, los órganos judiciales de Cantabria pueden retomar su actividad y celebrar aquellas vistas, declaraciones y demás actuaciones que quedaron suspendidas el pasado 14 de marzo.
Dada la vigente situación de crisis sanitaria, el órgano de gobierno de los jueces elaboró hace unas semanas y ahora ha aprobado un protocolo que establece cómo deben llevarse a cabo las citadas vistas, declaraciones, juicios y otras actuaciones procesales.
Antes de su aprobación, la Sala de Gobierno ha valorado las alegaciones formuladas por las Juntas de Jueces, la Fiscalía Superior de Cantabria, la Consejería de Justicia, los Colegios de Abogados, Procuradores y Graduados Sociales, así como por el servicio jurídico del Estado y el del Instituto Nacional de la Seguridad Social.
Tendrán preferencia los asuntos urgentes y los suspendidos
El Protocolo recoge unos criterios para fijar los señalamientos, teniendo en cuenta la diversidad de situaciones que se pueden dar: algunos asuntos mantienen el carácter de urgentes, otros fueron señalados con anterioridad al estado de alarma y las vistas fijadas no se han podido celebrar en este tiempo, y otros estaban ya señalados para su celebración en fechas futuras.
Así las cosas, el documento establece que preferentemente se señalarán aquellos declarados urgentes o los que no se pudieron celebrar debido a la suspensión acordada con motivo de la declaración de estado de alarma.
Además, en el caso de señalamientos ya realizados y que están pendientes de celebrarse, indica el Protocolo que se debe comunicar con las partes antes de declarar que quedan sin efecto.
Por otra parte, con el fin de tener la seguridad de que no se superan los aforos máximos establecidos en los edificios judiciales en base a una distancia de seguridad interpersonal de dos metros, los órganos judiciales deben comunicar cada día los señalamientos que han realizado.
Deben informar, en este sentido, del número de vistas señaladas, la hora de inicio y la aproximada de finalización, si será presencial o telemática, y qué personas acudirán físicamente.
En este punto, recomienda el Protocolo que se haga un control de temperatura en los accesos de las sedes judiciales.
Junto a ello, está previsto que se puedan realizar actuaciones en turnos de mañana y tarde. En caso de que así sea, de tarde tendrían lugar aquellas que no requiera la presencia de muchos participantes y que, además, sean de corta duración.
Priorizar la presencia telemática
Dada la situación de emergencia sanitaria, se prioriza la realización de actos procesales mediante presencia telemática, el uso del trabajo en remoto y la atención al público por teléfono o correo electrónico.
Así, establece el Protocolo que para que los actos procesales se realicen preferentemente mediante presencia telemática, es aconsejable completar las salas de vistas con conexión a internet vía wifi, formar sobre la aplicación Skype Empresarial y crear direcciones de correo electrónico para llevar a cabo las citaciones o invitaciones electrónicas.
La atención al público se realiza por teléfono y correo electrónico. En la página web https://sedejudicial.cantabria.es/juzgados-ytribunales cualquier persona puede consultar los números de teléfono y direcciones electrónicas de los órganos judiciales de Cantabria a los que debe dirigirse.
Solo en caso de que sea imprescindible la presencia en sede judicial, se da cita previa.
Aunque abogados y otros profesionales no están sujetos al régimen de cita previa, se prioriza que obtengan la información que precisen vía telefónica o telemática.
Cómo usar las salas de vistas
El Protocolo hace una serie de indicaciones acerca del modo en que se deben utilizar las salas de vistas.
Se recomienda así la limpieza de superficies en cada rotación de uso que se produzca, la instalación de mamparas entre cada asiento siempre que no se pueda garantizar una distancia mínima de seguridad, o la colocación de cobertores desechables en micrófonos.
También contempla la dotación de mascarillas a todas las personas que trabajan en las sedes judiciales e indica que quienes acuden a las mismas –sean profesionales, público o justiciables- deben llevar la suya propia, garantizando que su tiempo de uso no se ha agotado ni se agotará durante la vista. En caso de que no sea así, se les proporcionará una.
Entre otras medidas, establece el Protocolo que los señalamientos deben espaciarse diez minutos entre la finalización prevista de uno y el comienzo del siguiente; que el tiempo necesario para la limpieza de una sala entre jornadas –de mañana a tarde o de un día a otro- es de cuarenta y cinco minutos; que en las salas donde no haya ventilación natural se instalarán sistemas de ventilación forzada, o que se deberá indicar a los comparecientes que deben abandonar el edificio una vez haya concluido su intervención.
Finalmente, el Protocolo crea una vía de comunicación rápida para que los profesionales puedan comunicar al Tribunal Superior de Justicia cualquier incidencia que se produzca y pueda ser solventada con inmediatez.