Agenda de señalamientos de la semana del 18 de mayo de 2026

Principales vistas orales señaladas en los órganos judiciales de Cantabria.

Autor
Tribunal Superior de Justicia (Cantabria)

Lunes, 18 de mayo

 

09:30 horas

Plaza n.º 3 de la Sección Penal del Tribunal de Instancia de Santander (Salón de Actos de Salesas)

Juicio del Procedimiento Abreviado 210/2025

Delitos de coacciones y lesiones

 

Ocho taxistas acusados de coaccionar y algunos de ellos agredir a un conductor de Cabify en el aeropuerto de Santander.

 

Según se desprende del escrito del ministerio fiscal, el conductor de Cabify acudió al aeropuerto para hacer un servicio. Al parar el vehículo “fue increpado por varios taxistas que allí se encontraban”, y uno de ellos “metió la cabeza por la ventanilla del vehículo y le escupió”.

 

Entonces, el increpado cambió de lugar el coche y se bajó del mismo para dirigirse a la terminal con el fin de solicitar la intervención de la Guardia Civil.

 

Sin embargo, continúa la fiscalía, no pudo hacerlo “por la violenta actuación en grupo” de los ocho acusados, todos ellos taxistas.

 

Una taxista “le sujetó por la espalda y le propinó un fuerte empujón” y, a continuación, otros dos “le golpearon propinándole varios puñetazos, llegándole a sujetar fuertemente por el cuello uno mientras el otro le golpeaba”.

 

A consecuencia de las agresiones, el hombre sufrió contusiones en mandíbula, dorso y lumbares.

 

El ministerio público califica los hechos como delito de coacciones, que atribuye a todos, y delito de lesiones, que imputa a los tres taxistas que le agredieron.

 

Así, por el primer delito solicita una pena de ocho meses de prisión para cada uno de ellos, y por el segundo delito, multas de 600 euros para los dos que le dieron puñetazos y 300 euros para la que le empujó.

 

En concepto de responsabilidad civil, pide la fiscalía que todos ellos indemnicen conjuntamente a la víctima en 1.000 euros por el daño moral causado, y que los que le abofetearon le indemnicen en 1.200 euros por las lesiones sufridas.

 

La acusación particular, por su parte, eleva la petición de pena para todos ellos a dos años y medio de prisión por el delito de coacciones y solicita que se les prive del derecho a acudir al aeropuerto durante un año.

 

 

Martes, 19 de mayo

 

09:30 horas

Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cantabria

Juicio del Procedimiento Abreviado 8/2025

Delito continuado de estafa

 

Acusado de aprovechar la relación de confianza que tenía con otro hombre para estafarle más de 25.000 euros: engañándole sobre el pago de los impuestos de una herencia, utilizando sus claves bancarias y contratando a su nombre créditos por internet.

 

En su escrito de acusación, la fiscalía explica que el acusado “mantuvo durante años una estrecha relación de amistad y familiaridad” con el otro hombre, quien “le proporcionó un amplio crédito personal”.

 

Así las cosas, cuando el padre de este falleció, el acusado, “con ánimo patrimonial ilegítimo, aprovechó el vínculo afectivo y convenció al perjudicado de que, para liquidar los tributos de la herencia de su padre, debía pagar a la Agencia Tributaria 3.300 euros”.

 

Para ello le entregó una “supuesta comunicación escrita” de hacienda donde figuraba una cuenta bancaria que era de su propiedad.

 

Posteriormente, “conoció subrepticiamente” las claves de su cuenta bancaria, de modo que llevó a cabo múltiples transferencias desde las cuentas del perjudicado a las suyas, por un importe total de 22.300 euros.

 

Finalmente, utilizó el terminal móvil del perjudicado para “simular la intervención de este en la contratación de préstamos por internet”.

 

Por todo ello, la fiscalía considera al acusado autor de un delito continuado de estafa y solicita para él tres años de prisión, 2.700 euros de multa y 25.500 euros de indemnización.

 

La acusación particular, por su parte, solicita tres años y medio de cárcel, 1.800 euros de multa y 27.800 euros de indemnización.

 

10:00 horas

Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria

Juicio del Procedimiento Abreviado 53/2025

Delito de estafa

 

Dos acusadas, hermanas, de comprar unas fincas propiedad de su madre y de su tía a un coste sustancialmente inferior al que tenían, sin que la tía, copropietaria, conociera ni consintiera el precio.

 

Explica el escrito de calificación del ministerio fiscal que la tía de las acusadas estaba pasando por una situación económica precaria, así que otorgó un poder a su hermana, madre de aquellas, para que se encargara de la venta de las cuatro fincas que compartían.

 

Haciendo uso de ese poder, la hermana vendió a sus hijas las fincas por 22.000 euros, “y todo con la intención de obtener un ilícito beneficio por cuanto todas ellas conocían que ese valor era sustancialmente inferior al que tenían realmente”.

 

Añade la fiscalía que, según la tasación de perito judicial, las fincas tendrían un valor en el momento de la venta de 108.200 euros y su valor catastral ya era de 166.600 euros.

 

Sostiene el ministerio público que la perjudicada “nunca fue informada antes de la venta, ni por sus sobrinas ni por su hermana, que aquellas eran las compradoras, y tampoco prestó su conformidad con el precio de la venta, siendo las acusadas conocedoras de tales extremos”.

 

Por eso, son consideradas por la fiscalía autoras de un delito de estafa, por el que pide una pena para cada una de ellas de dos años de prisión y 3.600 euros de multa, así como el pago de una indemnización conjunta para su tía de 86.188 euros.

 

La acusación particular que ejerce la tía eleva la petición de pena de prisión a tres años, mientras que la multa solicitada es de 1.080 euros. En concepto de indemnización, la acusación particular se suma a la solicitada por la fiscalía: 86.188 euros.

 

La defensa, por su parte, sostiene que los términos de la venta de las fincas fueron acordados por sus dos propietarias, sin que las dos acusadas, hijas de una de ellas, tuvieran ninguna intervención, limitándose “al deseo manifestado por su madre de que compraran la participación de su tía por el precio ya indicado de 22.000 euros entre las dos”.

 

Mantienen en su escrito de defensa que, un año después, cuando recibe la liquidación de la plusvalía, la perjudicada se muestra “quejosa por el importe que debía pagar” y “recrimina a su hermana que sus sobrinas no se hagan cargo del pago”.

 

Mantienen las acusadas que fue posteriormente cuando la hija de la perjudicada, por medio del poder otorgado por su madre, interpone querella alegando haber sido estafada abusando de su confianza y estado de necesidad.

 

 

Miércoles, 20 de mayo

 

09:30 horas

Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cantabria

Juicio del Procedimiento Abreviado 8/2025

Delito de agresión sexual a menor de edad

 

Acusado de agredir sexualmente a la chica con la que se encontraba en una playa a las tres de la madrugada.

 

Según se desprende del escrito de la fiscalía, el acusado actuó “con el propósito de satisfacer sus más reprobables deseos sexuales y con evidente ánimo libidinoso”.

 

Estando junto a la menor, de catorce años y “con pleno conocimiento de la edad de la misma”, la arrojó sobre una toalla “propinándole para ello un empujón” y la sujetó “fuertemente” los muslos para neutralizarla.

 

Pese a su negativa, el acusado lamió su zona genital y luego la penetró con los dedos y con el pene, “todo a pesar de la oposición que la misma exteriorizaba, solicitándole reiteradamente que detuviera su acción”.

 

Finalmente la obligó a practicarle una felación y, cuando la chica ya se iba y se agachó a recoger sus cosas, trató de penetrarla por vía anal, añade la fiscalía.

 

La joven presenta sintomatología ansioso-depresiva compatible con estrés postraumático.

 

Para el ministerio público, los hechos constituyen un delito de agresión sexual a menor de dieciséis años, merecedor de trece años de prisión; veinte años de alejamiento e incomunicación respecto de la chica; veinte años de inhabilitación para trabajar con menores; diez años de inhabilitación para la patria potestad, guarda y acogimiento, y ocho años de libertad vigilada consistente en participación en programas de educación sexual.

 

En concepto de responsabilidad civil, pide que el acusado indemnice a la menor en 15.000 euros por el daño moral ocasionado.

 

Nota:

Está previsto que este juicio continúe el día 29 de mayo, a las diez de la mañana.

 

 

09:30 horas

Plaza n.º 3 de la Sección Penal del Tribunal de Instancia de Santander (Salón de Actos de Salesas)

Juicio del Procedimiento Abreviado 26/2026

Delito de daños por incendio

 

Dos acusados de provocar un incendio en el interior del garaje de una comunidad de propietarios de Santander.

 

Según el escrito de la fiscalía, el 11 de abril de 2024 cerca de las tres de la madrugada ambos, “puestos de común acuerdo, provocaron de modo intencionado un importantísimo incendio” en el garaje de una comunidad de propietarios de la calle José María de Cossío, en Santander.

 

El fuego lo inició uno de ellos, mientras el otro “realizaba labores de vigilancia a fin de evitar que la acción de terceros pudiera frustrar el acto ilícito por ellos planeado”.

 

El fuego se propagó causando daños a elementos comunes y afectó a la estructura del edificio, a los suministros de luz y agua, y a elementos privativos de algunas viviendas, así como a más de 67 vehículos que se encontraban allí estacionados.

 

La comunidad de propietarios ha pagado ya 700.300 euros para reparar las zonas comunes; otros once vecinos sufrieron daños en su propiedad, y cincuenta y un vecinos vieron sus vehículos dañados.

 

La fiscalía considera que estos hechos constituyen un delito de daños por incendio de especial gravedad, merecedor de una pena para cada uno de los dos acusados de cuatro años de prisión, 4.500 euros de multa, y una indemnización que deberán afrontar de manera conjunta y solidaria por el valor de los daños ocasionados.

 

10:00 horas

Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cantabria

Juicio del Procedimiento Abreviado 7/2026

Delito de estafa

 

Acusada de engañar a una compañera de trabajo sobre su situación personal para que esta le realizara numerosas transferencias por un importe total de 4.630 euros.

 

Según la denunciante, la acusada aprovechó la relación de amistad con ella “para solicitarle diversas cantidades de dinero”. Le “contaba que se encontraba en una situación apurada debido a que necesitaba urgentemente dinero por importantes problemas familiares y tenía congeladas las cuentas bancarias como consecuencia de su divorcio”.

 

“Estas excusas”, continúa el escrito de la acusación particular, motivaron que durante meses la denunciante le prestase diversas cantidades por un importe total de 4.630 euros.

 

“Desde un primer momento quedó claro que se trataba de préstamos, que la acusada se comprometió a devolver a la mayor brevedad posible”, señala la acusación, que añade que la mujer “no tuvo intención en ningún momento de devolver cantidad alguna” y “aún no ha restituido absolutamente nada de la suma prestada”.

 

La acusación afirma que “todas las circunstancias personales relatadas para justificar las reiteradas peticiones de dinero eran falsas” y que “inventó aquellas historias para convencer a su ‘amiga’”.

 

Además, asegura que “utilizó ese mismo procedimiento con otros compañeros de trabajo, que también llegaron a prestarle ciertas cantidades, aunque de menor importe dado que no tenían una relación tan estrecha”.

 

Por eso, la acusación particular considera que la acusada es autora de un delito de estafa merecedor de tres años de prisión, 2.700 euros de multa y una indemnización de 4.630 euros, la cantidad que, según sostiene la denunciante, entregó a la acusada.

 

Sin embargo, la fiscalía pide la absolución de la acusada, pues considera que no concurre el elemento del engaño que configura el delito de estafa.

 

“Es dudoso que pueda hablarse de engaño suficiente, pues ambas partes se conocían y la denunciante sabía de la situación económica de la investigada”, señala el ministerio público. Y añade: “Resultaba casi imposible que la acusada pudiese devolverla el dinero entregado, pero a pesar de ello realizó actos de disposición”.

 

 

11:45 horas

Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria

Audiencia Preliminar del Procedimiento Abreviado 13/2026

Delitos de violencia doméstica y abusos sexuales

 

Acusado de maltrato habitual a su hija, con la que convivía en fines de semana alternos, y de abusar sexualmente de ella de manera continuada.

 

Según el escrito de la fiscalía, “aprovechándose de la relación de confianza” que tenía con ella, durante seis años y “de forma habitual”, actuando  “con ánimo de sumergir a la menor en un estado de temor, angustia, humillación y ansiedad permanente, cercenando su derecho a la libertad y a la seguridad, realizó de forma sistemática y reiterativa una conducta vejatoria, humillante y agresiva respecto de la menor, afectando a su integridad física, integridad psíquica, y libertad e indemnidad sexual”.

 

Así, detalla el ministerio público que “se forma reiterada” la insultaba, la golpeaba con la mano abierta, con puñetazos, con patadas y con un palo, le recriminaba su forma de vestir y hasta le cortó la ropa en alguna ocasión.

 

Además, desde que la menor cumplió trece años, le realizó tocamientos en el cuerpo. En una ocasión hizo “movimientos de penetración con ella por encima de la ropa”, y en otra “agarró la mano de la menor y la llevó hacia sus genitales, tocándolos por encima de la ropa”.

 

Según se desprende del escrito de calificación, la menor sufre trastorno ansioso-depresivo compatible con un daño psicológico permanente en el tiempo.

 

Los hechos constituyen, para la fiscalía, un delito de maltrato habitual, un delito continuado de abuso sexual a menor de edad y un delito de maltrato físico de violencia doméstica.

 

El conjunto de las penas solicitadas suma nueve años y cuatro meses de prisión; siete años de privación de tenencia y uso de armas; doce años y medio de alejamiento e incomunicación respecto de su hija; siete años de privación del ejercicio de la patria potestad; doce años de inhabilitación para trabajar con menores, y ocho años de libertad vigilada.

 

En concepto de responsabilidad civil, pide el ministerio fiscal que el acusado indemnice a la menor en 7.000 euros por las secuelas psicológicas que padece.

 

La acusación particular, por su parte, califica los hechos como delito continuado de agresión sexual, delito de lesiones, delito de amenazas leve y delito leve de injurias y vejaciones.

 

La pena pedida asciende a ocho años y medio de prisión, siete años de libertad vigilada y prohibición de acercarse y comunicar con la menor, tres años de privación de tenencia y porte de armas, sesenta días de localización permanente y sesenta días de trabajos en beneficio de la comunidad. Como indemnización, la acusación particular pide 16.000 euros.

 

 

12:00 horas

Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria

Audiencia Preliminar del Procedimiento Abreviado 19/2026

Delito de tráfico de drogas

 

Acusado de traficar con cocaína y MDMA en su domicilio y en las inmediaciones de su trabajo, en Santander.

 

En el registro realizado en su vivienda se encontraron 82,29 gramos de cocaína y 48,39 gramos de MDMA, así como una báscula de precisión, bolsitas con autocierre para meter las dosis y 5.980 euros procedentes de la venta de droga.

 

La fiscalía le considera autor de un delito contra la salud pública de sustancias que causan grave daño merecedor de cuatro años de prisión y 10.000 euros de multa.

 

 

12:15 horas

Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria

Audiencia Preliminar del Procedimiento Abreviado 21/2026

Delito de estafa

 

Dos acusados de recibir en sus cuentas bancarias dinero obtenido fraudulentamente.

 

Explica el ministerio fiscal en su escrito de acusación que personas no identificadas lograron interceptar un correo electrónico en el que una mercantil enviaba a otra una factura por importe de 80.790 euros, en la que aparecía la cuenta bancaria donde esta segunda empresa debía abonar el dinero a la primera.

 

Esas personas desconocidas manipularon la factura modificando el número de cuenta, de modo que la empresa deudora abonó el importe en la cuenta titularidad de la acusada.

 

Esta, una vez recibió el dinero, realizó dos transferencias, de 10.000 y 9.000 euros, a una cuenta titularidad del otro acusado.

 

Ambos, “actuando con ánimo de enriquecimiento injusto, previamente se habían concertado con los sujetos desconocidos para recibir en sus cuentas bancarias el dinero”.

 

Los hechos constituyen, a juicio de la fiscalía, un delito de estafa merecedor de dos años de prisión y 1.920 euros de multa.

 

Además, solicita que los acusados indemnicen a la empresa que abonó el dinero en 67.790 euros -otros 13.000 euros se encontraban en la cuenta de uno de los acusados y fueron consignados judicialmente-.

 

 

Jueves, 21 de mayo

 

09:30 horas

Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cantabria

Vista de conformidad del Procedimiento Sumario Ordinario 1/2024

Delito de agresión sexual, leve de lesiones y apropiación indebida

 

Vista para formalizar la conformidad alcanzada entre las partes en el procedimiento que se sigue contra un hombre al que la fiscalía acusa de agredir sexualmente a una mujer.

 

Según se desprende del escrito del ministerio público, el acusado recogió a la mujer en su vivienda y acto seguido la condujo en coche a un descampado.

 

La mujer entonces le pidió que le llevara a casa, pero él la obligó a salir del coche agarrándola de un pie y un brazo.

 

Una vez la sacó del vehículo, “con idea de satisfacer sus deseos sexuales, la tiró al suelo, la agarró de la cabeza y le dio besos por la zona del cuello y el pecho”. También le realizó tocamientos por encima de la ropa, hasta que la mujer consiguió zafarse y abandonar el lugar a la carrera.

 

Entonces, ella se acercó a una vivienda para pedir auxilio, mientras él la seguía con el vehículo.

 

La mujer aprovechó entonces a pedirle que le devolviera el bolso y el móvil que se había dejado dentro del coche, pero el acusado, “actuando con ánimo de ilícito enriquecimiento”, se negó.

 

A consecuencia de los hechos, la mujer sufrió contusiones en cara, hombro y antebrazo.

 

Los hechos son calificados por la fiscalía, de conformidad con la acusación particular y la defensa, como un delito de agresión sexual, otro leve de lesiones y otro de apropiación indebida.

 

La pena solicitada asciende a un año y medio de prisión, 600 euros de multa, tres años de alejamiento y prohibición de comunicar con la víctima, dos años de libertad vigilada, y tres años y ocho meses de inhabilitación para trabajar con menores.

 

En concepto de responsabilidad civil, el acusado ya ha indemnizado a la mujer en 2.210 euros por los daños físicos y morales y en 639 euros por el valor de las pertenencias que se apropió.

 

 

 

10:00 horas

Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria

Juicio del Procedimiento Sumario Ordinario 40/2023

Delito de agresión sexual y detención ilegal

 

Acusado de agredir sexualmente a una mujer, a la que después retuvo contra su voluntad encerrada en un garaje.

 

Según el escrito de acusación de la fiscalía, la mujer había quedado con otro hombre al que había conocido a través de Instagram.

 

Acudieron a un bar, donde tomaron una consumición, pero como ella vio que él llevaba una pistola en el vehículo, le pidió regresar a su domicilio, a lo que él no accedió.

 

Entonces, una mujer que se encontraba en el local junto con el acusado le propuso que se fuera con ellos.

 

La mujer así hizo, y entonces el acusado llevó a la otra mujer a su casa y, seguidamente, emprendieron camino hacia el domicilio de ella.

 

Sin embargo, según señala la fiscalía, el acusado en vez de llevarla a casa la condujo a un garaje y la obligó a mantener relaciones sexuales.

 

Detalla el escrito de acusación que el hombre tenía una navaja en la mano mientras, con la otra, apoyaba a la mujer contra el vehículo. La penetró vaginalmente en varias ocasiones.

 

Después la mantuvo retenida en el garaje hasta que decidió llevarla a la estación de autobuses más cercana.

 

Los hechos constituyen, a juicio del ministerio público, un delito de agresión sexual y otro de detención ilegal, por lo que solicita una pena de quince años de prisión, trece años de alejamiento y prohibición de comunicar con ella, diez años de libertad vigilada y veintidós años de prohibición para trabajar con menores.

 

Además, pide que sea condenado a indemnizar a la mujer en 7.056 euros por los daños morales causados y la lesión permanente de carácter psíquico que padece.

 

Por su parte, la acusación particular que ejerce la mujer eleva la pena de cárcel a dieciocho años. Como indemnización, pide 13.056 euros.