Agenda de señalamientos de la semana del 13 de abril de 2026

Principales vistas orales señaladas en los órganos judiciales de Cantabria.

Autor
Tribunal Superior de Justicia (Cantabria)

Lunes, 13 de abril

 

 

09:00 horas

Plaza n.º 2 de la Sección Penal del Tribunal de Instancia de Santander (Salón de Actos Salesas)

Juicio del Procedimiento Abreviado 83/2020

Delito continuado contra los recursos naturales y el medio ambiente

 

Ocho personas acusadas de delito ambiental por los vertidos de la empresa SNIACE al rio Saja-Besaya entre 2008 y 2010.

 

Según el escrito del ministerio fiscal, la empresa carecía de autorización para realizar vertidos de las aguas derivadas de su proceso industrial al río Saja-Besaya, ya que la Confederación Hidrográfica del Norte le revocó en 2006 la autorización que tenía desde 2002 “por el carácter abusivo de los vertidos que venía realizando”.

 

Por otro lado, la empresa obtuvo en 2008 Autorización Ambiental Integrada (AAI) de la Consejería de Medio Ambiente para verter las aguas procedentes del proceso industrial a la ría de San Martín a través de un colector de industriales y únicamente las aguas de refrigeración y pluviales o de escorrentía al río Saja-Besaya.

 

Tal y como mantiene la fiscalía, el colector de industriales no estuvo en funcionamiento y la empresa, “a sabiendas de que carecía autorización administrativa para realizar vertidos de las aguas derivadas del proceso industrial en el río Saja-Besaya, de manera continua y reiterada realizó vertidos de dichas aguas, alterándose por ello la calidad de las mismas, no respetándose los parámetros acordados en la AAI”.

 

“En consecuencia, se vio gravemente afectada la calidad de las aguas del río Besaya”, tal y como se desprende de las analíticas realizadas, entre otros, por el Instituto Nacional de Toxicología.

 

“Los vertidos relatados han perjudicado la calidad de las aguas del río Besaya, generando una situación de riesgo grave para el equilibrio de los sistemas naturales y del ecosistema fluvial en general, generando unas condiciones inidóneas para la vida de los peces por ausencia de oxígeno”, señala la fiscalía.

 

Y añade que los valores de demanda química de oxígeno y de carbono orgánico total que se desprenden de las analíticas “son indicativos de contaminación por materia orgánica”.

 

“Las concentraciones de sólidos en suspensión que el vertido de SNIACE ha provocado –continúa el escrito- influyen en la transparencia del agua, factor decisivo para la claridad y productividad de los ecosistemas, ya que las aguas turbias impiden la penetración de luz”, además “crean depósitos sobre las plantas y branquias de los peces, favoreciendo la aparición de condiciones anaerobias y alterando la alimentación de determinadas especies piscícolas”.

 

Por todo ello, la fiscalía acusa al que fuera jefe de operaciones de la compañía como autor material de un delito continuado contra los recursos materiales y el medio ambiente, pues cree que es el responsable de la decisión de realizar los vertidos contaminantes.

 

También acusa al presidente de la compañía y al resto del consejo de administración como autores del citado delito, ya que considera que cometieron el ilícito por omisión, al ser conocedores de los hechos y no oponerse o prohibir los mismos.

 

La pena solicitada para cada uno de ellos asciende a dieciséis meses de prisión, multa de 6.000 euros e inhabilitación especial para ejercer cualquier actividad relacionada con la emisión de vertidos al medio natural por tiempo de 20 meses.

 

Además, solicita que todos ellos indemnicen conjunta y solidariamente al Estado en la cantidad que se fije en sentencia o en ejecución de la misma por el perjuicio causado al medio natural.

 

Además de la fiscalía, están personadas dos acusaciones particulares: Ecologistas en Acción, que se suma a la petición de la fiscalía, y la Abogacía del Estado, que pide para cada uno de los ocho acusados una pena de dos años y seis meses de prisión, multa de 10.200 euros e inhabilitación para ejercer actividad relacionada con vertidos durante dos años.

 

La indemnización solicitada por la Abogacía del Estado para que abonen de manera conjunta y solidaria los ocho acusados asciende a cincuenta millones de euros.

 

 

Nota:

 

Este juicio se desarrollará en varias sesiones:

 

13 de abril: cuestiones previas y prueba testifical.

16 y 17 de abril: prueba pericial.

20 de abril: interrogatorio de acusados.

22 de abril: conclusiones.

 

 

Martes, 14 de abril

 

10:00 horas

Sección Tercera de la Audiencia Provincial

Juicio del Procedimiento Abreviado 25/2025

Delito continuado de estafa

 

Dos acusados de suscribir un contrato de venta de un vehículo, recibir el dinero y no entregar el coche.

 

Según el escrito de la fiscalía, el acusado, como administrador de una empresa de venta vehículos, y la acusada, como apoderada de la misma, suscribieron un contrato de venta de un coche “a sabiendas de que no se entregaría el objeto de la venta y simulando una solvencia económica que no era real”.

 

El comprador transfirió a la cuenta bancaria de la mercantil 6.500 euros el mismo día de la firma del contrato y 58.500 euros diez días después, pero no recibió el vehículo, ni el dinero le fue devuelto.

 

“Ambos acusados, con conocimiento del contrato y de las obligaciones contraídas, las cuales nunca tuvieron intención de cumplir, dispusieron de los fondos de la cuenta a través de tarjeta de crédito”, añade el ministerio fiscal.

 

Por eso, les considera coautores de un delito continuado de estafa agravada, merecedor de cuatro años de prisión y 3.600 euros de multa.

 

También pide la fiscalía que indemnicen al perjudicado en la cuantía de la que se apropiaron indebidamente, 65.000 euros.

 

La acusación particular, por su parte, pide tres años y medio de prisión y nueve meses de multa, y solicita además que la mercantil sea condenada a una pena mínima del doble de la cantidad defraudada, 130.000 euros, y a su posterior disolución.

 

Y la defensa de la acusada señala que era una “simple administrativa” y que “no intervino ni en la contratación, ni en la negociación, ni en el redactado del contrato de compraventa de ningún vehículo”.

 

Confirma que figuraba como apoderada de la empresa, pero ella no lo sabía y además ese poder fue formalizado en fecha posterior a la de la firma del contrato. Añade, además, que nunca tuvo acceso a la cuenta bancaria de la entidad y que no existe “ningún tipo de beneficio obtenido” a raíz de trabajar en esa empresa. Por tanto, su defensa solicita la libre absolución.

 

 

 

 

 

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11:30 horas

Sección Tercera de la Audiencia Provincial

Juicio del Procedimiento Abreviado 16/2025

Delitos contra la seguridad vial, tráfico de drogas y falsedad

 

Dos acusados de portar drogas cuando fueron interceptados por agentes de la Policía Nacional. El conductor conducía sin permiso al haber perdido todos los puntos, y el copiloto llevaba varias recetas médicas falsificadas.

 

Explica el ministerio fiscal en su escrito que ambos circulaban por Barreda cuando agentes de la Policía Nacional les pararon.

 

El conductor, que no tenía permiso para conducir, llevaba consigo un envoltorio de MDMA y trece envoltorios de cocaína, así como una riñonera en la que guardaba catorce billetes de cincuenta euros, dieciséis billetes de veinte euros y cuatro billetes de cinco euros, procedentes de la venta de drogas.

 

Por su parte, el copiloto portaba cannabis, anfetamina, alprazolam, clonazepam y diazepam, además de cuatro recetas de distintos medicamentos que había confeccionado a partir de una original, alterando el nombre del paciente, la fecha de prescripción y el número de unidades a dispensar.

 

Añade el escrito de la fiscalía que ambos presentaban en el momento de los hechos un trastorno relacionado con el consumo de drogas que afectaba levemente su capacidad, por lo que concurre en ellos la circunstancia atenuante de la responsabilidad penal de toxicomanía.

 

El ministerio público califica los hechos como delitos contra la seguridad vial y contra la salud pública, que atribuye al conductor y le pide una pena de tres años y medio de prisión y 920 euros de multa; y delitos contra la salud pública y falsedad, que imputa al copiloto para el que solicita una pena de cinco años de prisión y 3.400 euros de multa.

 

 

 

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Miércoles, 15 de abril

 

10:00 horas

Sección Tercera de la Audiencia Provincial

Audiencia Preliminar del Procedimiento Abreviado 4/2026

Delito de apropiación indebida

 

Acusada de, en su calidad de única disponente de la cuenta bancaria de sus padres, hacer uso del dinero que estaba ingresado.

 

Tras denuncia presentada por su hermana, la acusada consignó judicialmente 22.000 euros, dándose la perjudicada por resarcida.

 

La fiscalía califica los hechos como delito de apropiación indebida, merecedor de nueve meses de prisión y 540 euros de multa. Además, como indemnización, solicita que se proceda a entregar a la perjudicada la cantidad consignada judicialmente.

 

 

10:15 horas

Sección Tercera de la Audiencia Provincial

Juicio del Procedimiento Sumario Ordinario 29/2025

Delito de agresión sexual

 

Acusado de agredir sexualmente a una joven de 17 años a la que había acogido en su casa.

 

El escrito del ministerio fiscal señala que la joven se había emancipado y abandonado el domicilio familiar.

 

Un día después de la llegada de la joven a la casa del acusado, cuando este regresó del trabajo, encontrándose ambos en el dormitorio que compartían, le propuso mantener relaciones sexuales, “a lo cual ella se negó tumbándose de espaldas en la cama”.

 

“Pese a dicha oposición, el acusado se tumbó tras ella y la abrazó, girándola y penetrándola, a lo cual ella se opuso en todo momento, pidiéndole insistentemente que no lo hiciera, solo cesando el acusado cuando la chica comenzó a levantar la voz”, añade el escrito de acusación.

 

Los hechos constituyen, a juicio de la fiscalía, un delito de agresión sexual merecedor de cinco años de prisión, ocho años de alejamiento e incomunicación con la joven, seis años de libertad vigilada tras la finalización de la pena privativa de libertad, cinco años de inhabilitación para ejercer la patria potestad, tutela, curatela guarda o acogimiento, y diez años de inhabilitación para trabajar con menores.

 

La fiscalía solicita la sustitución de la pena de prisión por la expulsión del territorio nacional del acusado, dado que es de nacionalidad extranjera, con prohibición de retornar a España en un plazo de diez años.

 

Finalmente, pide que el acusado indemnice a la mujer en 3.000 euros, por el daño moral que le ha causado.

 

 

Jueves, 16 de abril

 

10:00 horas

Sección Tercera de la Audiencia Provincial

Audiencia Preliminar del Procedimiento Abreviado 1/2026

Delito de tráfico de drogas

 

Dos acusados de traficar con cocaína.

 

Explica la fiscalía en su escrito de acusación que ambos fueron sorprendidos en la calle Marqués de la Hermida de Santander cuando uno le entregaba a otro un total de 1.900 euros en billetes de 50 euros que había obtenido de la venta de drogas, al tiempo que el segundo entregaba al primero una bolsa con 50 gramos de cocaína para su distribución entre consumidores.

 

Los hechos constituyen un delito contra la salud pública de sustancias que causan grave daño, con la concurrencia de la circunstancia atenuante de la responsabilidad penal de drogadicción.

 

La fiscalía solicita para cada uno una pena de dos años de prisión y 2.000 euros de multa.

 

 

 

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10:15 horas

Sección Tercera de la Audiencia Provincial

Audiencia Preliminar del Procedimiento Abreviado 2/2026

Delito de tráfico de drogas

 

Acusado de llevar consigo 10,29 gramos de cocaína para su venta entre consumidores.

 

Según la fiscalía, el acusado se encontraba en el interior de un vehículo en Cicero y guardaba en tres bolsas la droga, una en el interior del coche, otra en un guante y la tercera en una cartera.

 

Por ello, le considera autor de un delito contra la salud pública de sustancias que causan grave daño y solicita una pena para él de tres años de prisión y 1.000 euros de multa.

 

 

10:30 horas

Sección Tercera de la Audiencia Provincial

Juicio del Procedimiento Abreviado 18/2025

Delito de fraude a la Hacienda Pública

 

Acusada una sociedad dedicada a la hostelería en Suances, así como el apoderado de la misma, de eludir el pago de sus obligaciones tributarias. El administrador de la mercantil se encuentra en paradero desconocido y está declarado en rebeldía.

 

Según el escrito de calificación de la fiscalía, la empresa vendió un hotel a otra sociedad y no hizo frente al pago del correspondiente impuesto de sociedades por el incremento patrimonial que obtuvo.

 

Asimismo, eludió “de forma sistemática sus obligaciones tributarias”, como las autodeclaraciones trimestrales del IVA o la declaración informativa de operaciones con terceros. Tampoco cumplía con las obligaciones mercantiles básicas de presentación de cuentas en el Registro Mercantil.

 

El administrador de la sociedad, que se encuentra en paradero desconocido por lo que no se puede dirigir contra él este procedimiento, “con la intención de provocar un vaciamiento patrimonial de la empresa”, realizó una serie de reintegros y transferencias desde la cuenta de la mercantil a otras cuentas de su propiedad, “aprovechando la falta de controles, de ningún tipo, en material de prevención del fraude dentro de la estructura societaria de la empresa”.

 

Por otro lado, un apoderado de la mercantil, que sí está acusado en este procedimiento, conocedor de la “precaria situación económica de la mercantil”, hizo uso del poder otorgado años atrás para realizar cuatro transferencias desde la cuenta de la empresa a distintas personas y sociedades, algunas suyas.

 

Además, en la cuenta de la empresa se abonó un cheque bancario por un importe de 242.000 euros que, tras su ingreso, el acusado “con clara intención de evitar que hubiere saldo con el que hacer traba Hacienda de las sumas debidas”, emitió un total de nueve transferencias, dejando el saldo en 3.000 euros.

 

La agencia tributaria había iniciado años atrás un procedimiento de comprobación inspectora y, tras numerosas investigaciones y actuaciones ejecutivas, logró cobrar por vía de apremio ejecutivo.

 

Para la fiscalía, los hechos constituyen un delito contra la hacienda pública y un delito de frustración de la ejecución, que atribuye a la empresa hostelera y al apoderado.

 

Para la primera, solicita una pena de casi 430.000 euros de multa, así como la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y el derecho a gozar de incentivos fiscales durante cuatro años.

 

Para el apoderado, la pena solicitada por el ministerio público es de dos años de prisión y 6.750 euros de multa.