• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Albacete
  • Ponente: ALMUDENA DE LA ROSA MARQUEÑO
  • Nº Recurso: 49/2022
  • Fecha: 27/02/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Grabación videográfica aportada por un testigo; Son admitidas como prueba de cargo apta para desvirtuar la presunción de inocencia en cuanto medio técnico que recogen las imágenes de la participación del acusado en el hecho ilícito enjuiciado, condicionada a que no suponga una invasión de los derechos fundamentales a la intimidad de la persona, ya que en ese caso seria precisa autorización judicial. Pero si se trata de la grabación de imágenes en lugares públicos, aún de acceso restringido, no se requiere autorización judicial. Como tampoco desde la perspectiva de la propia imagen; nada obsta a que una persona ante una posible alteración del orden, decida grabar con su teléfono lo que está ocurriendo y a la persona que lo está protagonizando. Para poder imputar un tipo de homicidio a título doloso basta con que una persona tenga información de que va a realizar lo suficiente para poder explicar un resultado de muerte y por tanto prevea el resultado como una consecuencia de ese riesgo. La agravante de alevosía concurre cuando el autor comete el delito contra las personas. La agravante de alevosía concurre cuando el autor comete el delito contra las personas empleando tanto medios como modos o formas caracterizados porque tienden directa o especialmente a asegurarla sin el riesgo para la persona del autor procedente de la acción defensiva de la víctima. Trastorno mental, criterio mixto; no basta la constatación d una patología ha de afectar a sus facultades en el momento.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Civil y Penal
  • Municipio: Burgos
  • Ponente: CARLOS JAVIER ALVAREZ FERNANDEZ
  • Nº Recurso: 4/2022
  • Fecha: 27/02/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El Tribunal del Jurado condenó a los acusados como autores de un delito de homicidio consumado, y como autores de un delito de tenencia ilícita de armas. Recurren la sentencia los acusados ante el TSJ. Invocación de defectos en el objeto del veredicto. No es obligatorio que los hechos o datos expuestos en los escritos de las partes tengan que ser necesariamente trasladados al objeto del veredicto de una forma literal. Testimonio de las actuaciones, en las que se incluyen documentos que no deberían de estar a disposición del Jurado, que no tiene relevancia, al no haber influido en la adopción del veredicto. Valoración del silencio del acusado; en ese caso puede el Jurado valorar las declaraciones sumariales. Contradicción entre las declaraciones sumariales y el silencio en el juicio oral. Motivación del acta de votación del veredicto. Eximente de legítima defensa, que no es apreciada. Atenuante de dilaciones indebidas, el procedimiento estuvo paralizado por estar los acusados en ignorado paradero. Atenuante de toxicomanía.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Civil y Penal
  • Municipio: Palma de Mallorca
  • Ponente: ANTONIO FEDERICO CAPO DELGADO
  • Nº Recurso: 1/2023
  • Fecha: 24/02/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Juicio ante el Tribunal del Jurado. El Jurado condenó al acusado como autor de un delito de homicidio imprudente. En el recurso se plantea la necesidad y los límites de la motivación del veredicto por parte del Tribunal del Jurado. Acta de la votación. La motivación exigida debe atemperarse a su condición de personas no expertas en Derecho. La devolución del acta del veredicto al Jurado ha de hacerse previa audiencia a las partes sin estar presente el Tribunal del Jurado, para que puedan formular alegaciones.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MANUEL MARCHENA GOMEZ
  • Nº Recurso: 1578/2021
  • Fecha: 23/02/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Complicidad: no basta con conocer y querer el delito, sino que hay que contribuir al mismo. El mero conocimiento de la comisión del delito y la pasividad ante ello, excepto en los concretos supuestos de responsabilidad derivada de la ocupación de una específica posición de garante, legalmente prevista, no alcanza a constituir una forma de participación típica en esa comisión, por lo que el sujeto ha de llevar a cabo, en todo caso, actos de verdadera entidad y eficacia en relación con la ejecución del delito por el autor principal. Tentativa de homicidio: complicidad. No es cómplice quien se limita a «estar allí» en el momento en el que el autor material dispara a la víctima, sin ninguna aportación para la facilitar la ejecución del delito. Presunción de inocencia. Uno de los modos de vulneración del derecho a la presunción de inocencia lo constituye la falta de motivación del iter que ha conducido de las pruebas al relato de hechos probados de signo incriminatorio.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CARMEN LAMELA DIAZ
  • Nº Recurso: 10561/2022
  • Fecha: 22/02/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Es reiterada la doctrina constitucional en el sentido de que "una irregularidad procesal o infracción de las normas de procedimiento sólo alcanza relevancia constitucional cuando produzca un perjuicio real y efectivo en las posibilidades de defensa de quien la denuncie (...). Solo habrá indefensión material con relevancia cuando no sea descartable que el trámite omitido hubiera sido decisivo en términos de defensa, en el sentido de que hubiera podido determinar un fallo diferente". La asistencia de intérprete no solo se limita a la intervención en las diligencias policiales, sumariales o durante el juicio, sino que se extiende a las comunicaciones del investigado con su Abogado siempre que guardan relación directa con cualquier interrogatorio o vista judicial durante el proceso, o con la presentación de un recurso u otras solicitudes procesales. Elementales exigencias de buena fe procesal exigen que cualquiera de las partes que considere que la traducción se está realizando de forma manifiestamente deficiente debe acudir a los remedios previstos legalmente: la petición de nombramiento de nuevo perito y, en caso de denegación, la formulación de la oportuna protesta. No procede declarar nulidad alguna de las conversaciones obtenidas en el teléfono de la víctima. La prueba viene constituida, no por la traducción o por la interpretación que de su contenido pudiera haberse realizado por la intérprete o por la agente, sino por las propias conversaciones.
  • Tipo Órgano: Sección De Apelación Penal. TSJ Sala De Lo Civil Y Penal
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: ROSER BACH FABREGO
  • Nº Recurso: 20/2022
  • Fecha: 21/02/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Confirma la sentencia dictada por el Magistrado Presidente del Tribunal de Jurado en que se disponía la libre absolución del acusado del delito de homicidio y del delito de omisión del deber de socorro. Acusado al que se le atribuye el haber omitido durante meses el deber de cuidado y obligación de velar por su esposa, que llega a un estado de abandono personal que ocasiona su fallecimiento. Procedimiento ante el tribunal de Jurado. Fundamentación del veredicto. Diferente intensidad motivadora de un veredicto de culpabilidad respecto de un veredicto de no culpabilidad. Grado de concreción que debe alcanzar la identificación de los medios de prueba que ha tomado en cuenta el jurado. Valoración sucinta de los elementos que impiden un veredicto de culpabilidad. Limitaciones del tribunal de apelación al revisar la valoración probatoria realizada por el jurado popular. El tribunal de apelación debe limitar su función revisoria a constatar la racionalidad sustancial en la valoración probatoria realizada por el tribunal de instancia, en cuyo caso no cabe otra opción que la de convalidar la decisión absolutoria alcanzada.
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CARMEN PALOMA GONZALEZ PASTOR
  • Nº Recurso: 40/2020
  • Fecha: 21/02/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Solicitud de extradición para enjuiciamiento de hechos calificables como delito de homicidio en grado de tentativa. Consta que el reclamado fue informado de los hechos que se le imputan. No puede entrarse en la disquisición de si estamos en presencia de un delito de homicidio en grado de tentativa, o un delito de lesiones consumado, puesto que, aparte de parecer evidenciarse un ánimo homicida al disparar con una pistola, el requisito de la doble incriminación solo requiere que los hechos por los que se solicita la extradición sean punibles también en España, con independencia de su calificación. El Tratado Bilateral no contiene una cláusula que permita sopesar la no entrega del reclamado por razones humanitarias, relacionadas con el estado de salud o la edad avanzada del reclamad. Pero al padecer el reclamado una enfermedad crónica, progresiva e irreversible se deniega la entrega por razones humanitarias.
  • Tipo Órgano: Sección De Apelación Penal. TSJ Sala De Lo Civil Y Penal
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: MARIA JESUS MANZANO MESEGUER
  • Nº Recurso: 21/2022
  • Fecha: 21/02/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Revoca parcialmente la sentencia dictada por el Magistrado Presidente del tribunal de Jurado en que condena a un acusado como autor material de un delito de asesinato con alevosía y como autor de un delito leve de lesiones. Acusado que apuñala repetidamente a su víctima causándole lesiones que producen su muerte, y posteriormente hiere al hijo del fallecido. Delito de asesinato. Ataque alevoso que se produce cuando existe una conducta agresiva que tienda objetivamente a la eliminación de la defensa que pueda proceder de la víctima. La alevosía es compatible con una discusión previa cuando uno de los contendientes no puede esperar racionalmente una actitud exasperada de la otra parte que vaya más allá de la confrontación verbal y se deslice hacia una agresión desproporcionada que coja de sorpresa al acometido. Alevosía sobrevenida. Motivación de la pena y de su concreta extensión temporal. Principio de proporcionalidad de las penas. En la fundamentación de la pena impuesta no se encuentran circunstancias fácticas que justifiquen la imposición de una penalidad superior a la mínima prevista en la Ley, por lo que la la sala de apelación opera una rebaja hasta ese umbral mínimo.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: JOSE MANUEL DEL AMO SANCHEZ
  • Nº Recurso: 23/2022
  • Fecha: 20/02/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Condena a un acusado como autor material de un delito de amenazas, decayendo la acusación por un delito intentado de homicidio. Acusado que se dirige hacia una persona, a quien atribuía el haber violado a un hermano menor, esgrimiendo un cuchillo de cocina al tiempo que gritaba que le iba a matar. Delito de homicidio. Dolo típico. Animo de matar y elementos objetivos necesarios para completar el juicio de inferencia sobre el propósito homicida. La sola verbalización del propósito de matar, incluso acompañada de la accIón de esgrimir un cuchillo, no es suficiente para revelar una decidida intención de matar, siendo así que no ha habido ningún resultado lesivo, ni tan siquiera un mínimo contacto físico con el destinatario de sus amenazas de muerte. No se identifican conductas anteriores o posteriores a los hechos que refuercen la tesis del ánimo de matar. No consta ninguna persistencia en el ataque por parte del acusado. La conducta es más compatible con el delito de amenazas. Una amenaza de muerte esgrimiendo un cuchillo en sí considerada y desprovista de esos otros elementos de corroboración ya conforma el delito de amenazas. Atenuante de reparación del daño. Consignación previa al juicio. Una consignación del importe del daño antes del juicio oral conforma la atenuante de reparación. Atenuante de arrebato u obcecación. Su invocación obliga a centrarse en el origen del estímulo, pues sólo puede justificar la atenuante si procede de la víctima y es actual.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Civil y Penal
  • Municipio: Murcia
  • Ponente: MIGUEL ALFONSO PASQUAL DEL RIQUELME HERRERO
  • Nº Recurso: 6/2022
  • Fecha: 20/02/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Alcance del control de valoración probatoria que corresponde realizar al tribunal de apelación en el ámbito del tribunal del jurado. Problemática derivada de que el recurso no cuestione el silencio de los hechos probados de la sentencia apelada en relación a los elementos fácticos determinantes de la no apreciación de las atenuantes invocadas, sin que el recurrente haya interesado tampoco del tribunal de apelación la integración de tales hechos probados con aquellos elementos fácticos que sirvan de base a las infracciones de preceptos legales que denuncia. Revisión en alzada del alcance jurídico de la confesión espontánea a la que el jurado negó efectos atenuatorios. Carácter potestativo de la pena de privación de la patria potestad en la legislación anterior a la Ley Orgánica 8/2021. La imposición de la pena accesoria de prohibición de aproximación y comunicación es preceptiva respecto de la víctima en delitos contra la libertad sexual, pero permanece en el ámbito de la discrecionalidad del juzgador su extensión a otros familiares o personas en función de las necesidades que se presenten en el caso concreto y atendiendo a la gravedad de los hechos o al peligro que el delincuente represente. Su imposición a la acusada respecto de sus hijos carece de justificación y parece contraproducente para los hijos y para la relación materno filial con su madre.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.