• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGEL RAMON AROZAMENA LASO
  • Nº Recurso: 7399/2023
  • Fecha: 10/04/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo consiste en determinar si son de aplicación a los convenios urbanísticos las previsiones de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público referidas a los convenios, y si ante la inexistencia de plazo de vigencia en las estipulaciones de un convenio urbanístico hay que estar a las previsiones de dicha Ley en cuanto a plazos de vigencia.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JOSE NAVARRO SANCHIS
  • Nº Recurso: 4637/2023
  • Fecha: 03/04/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional consiste en determinar si un bien inmueble debe, en todo caso, calificarse catastralmente como urbano por estar clasificado como "suelo urbano" en el planeamiento urbanístico aplicable cuando, a pesar de dicha circunstancia, existen indicios razonables sobre la patente desconexión entre la realidad y la clasificación dada por el planeamiento urbanístico.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FERNANDO ROMAN GARCIA
  • Nº Recurso: 5782/2022
  • Fecha: 13/03/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La cuestión de interés casacional objetivo consiste en determinar si, firme en vía administrativa la resolución dictada en un procedimiento de revisión de oficio que declara la nulidad de un título habilitante (licencia), cabe alegar la caducidad de dicho procedimiento con ocasión de la impugnación de la resolución dictada, en fase de ejecución de dicho título anulado, en el procedimiento de restablecimiento de la legalidad urbanística que ordena la demolición de lo construido: La Sala, atendiendo a las circunstancias del caso, considera que no procede abordar la tarea de sentar doctrina jurisprudencial pues, en este caso, tal pronunciamiento carecería por completo de relevancia, en la medida que ha desaparecido del mundo jurídico la resolución que declaró la nulidad de la licencia en virtud de la sentencia firme, sentencia judicial firme que no puede ser ignorada.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CARLOS LESMES SERRANO
  • Nº Recurso: 5113/2022
  • Fecha: 12/03/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala estima el recurso de casación y, en respuesta a la cuestión de interés casacional planteada, concluye que la situación fáctica del suelo (suelo urbanizado), obtenida en su totalidad por la ejecución de un plan urbanístico posteriormente anulado, puede producir el efecto jurídico determinante de la elección de la modalidad de evaluación ambiental estratégica por el procedimiento simplificado y no por el ordinario siempre que, atendido el tiempo transcurrido y la consolidación de la urbanización, esa situación imposibilite a la Administración imponer las medidas de restauración del orden urbanístico infringido o resulten dichas medidas excepcionalmente costosas social y económicamente, siempre que no exista la posibilidad material ni jurídica de elegir otra alternativa distinta de la existente desde la perspectiva medioambiental y concurran especiales razones de interés público que justifiquen la actividad planificadora. En todo caso, para mantener la legalidad del plan la evaluación ambiental estratégica obtenida por el procedimiento simplificado debe ser positiva.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CARLOS LESMES SERRANO
  • Nº Recurso: 5723/2022
  • Fecha: 12/03/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala parte del régimen establecido en la legislación urbanística en relación con la iniciativa de los particulares en el planeamiento urbanístico, en el que se recoge el derecho de los ciudadanos en materia urbanística a participar efectivamente en los procedimientos de elaboración y aprobación de cualesquiera instrumentos de ordenación del territorio o de ordenación y ejecución urbanísticas, si bien, respecto de la formulación del planeamiento, esa posibilidad se circunscribe a la formular peticiones dirigidas a aquella Administración a la que corresponde la iniciación de oficio del procedimiento de elaboración de tales planes. Trasladando estas consideraciones a la cuestión debatida en el recurso sobre la protección del patrimonio histórico a través del planeamiento urbanístico y la posible iniciativa de los particulares a este respecto, responde la Sala en sentido positivo, declarando que los particulares interesados tienen el derecho a promover una modificación puntual de un Plan Especial de protección de un área afectada por la declaración de Conjunto Histórico, sin perjuicio de que es a la Administración municipal a quien corresponde la aprobación inicial y definitiva de dicha modificación.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: WENCESLAO FRANCISCO OLEA GODOY
  • Nº Recurso: 5535/2022
  • Fecha: 06/03/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala responde a la cuestión de interés casacional precisando que, cuando la Administración deba proceder a la ejecución forzosa de un acto que comporte la obligación de pago de una cantidad líquida, caso de que se dirija el procedimiento de ejecución contra un obligado por subrogación, deberá ser requerido de cumplimiento voluntario y notificarse el acto que inicia la ejecución forzosa para poder seguir los trámites de ejecución por las normas del procedimiento de apremio. Razona que los arts. 100 y 101 LPACAP disponen que, cuando se deba ejecutar de manera forzosa, por no haberse ejecutado voluntariamente por el afectado, un acto que consista satisfacer cantidad líquida, la Administración "seguirá el procedimiento previsto en las normas reguladoras del procedimiento de apremio". Dicho procedimiento tiene como inicio la providencia de apremio, pero dicha providencia debe ponerse en relación con las normas que regulan la ejecución forzosa de los actos administrativos, que exigen constatar el incumplimiento voluntario por parte del obligado a ejecutar el acto administrativo que le compele a satisfacer una cantidad líquida, con la condición que impone el art. 97 LPACAP, que proscribe que la Administración pueda iniciar ninguna actuación material de de ejecución forzosa que limite derechos de los particulares, "sin que previamente haya dictado la resolución que le sirva de fundamento jurídico", que ha de notificarse al particular "interesado" en dicha ejecución forzosa
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGEL RAMON AROZAMENA LASO
  • Nº Recurso: 2868/2023
  • Fecha: 06/03/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en determinar (i) si un particular que ha sido parte en un convenio urbanístico en tanto propietario de suelo en el momento de su suscripción, puede instar su resolución una vez que ya no es propietario de suelo en el ámbito al que se refieren las estipulaciones de dicho convenio; y (ii) si el principio de subrogación legal en los derechos y obligaciones del nuevo titular respecto del anterior implica la pérdida de cualquier derecho dimanante de dicho convenio, especialmente el derecho a instar su resolución.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ISAAC MERINO JARA
  • Nº Recurso: 7461/2022
  • Fecha: 29/02/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Nos hallamos, pues, ante un suelo urbano, si bien por las circunstancias que concurren por la falta de canalización o encauzamiento del barranco de la Parreta se le aplica un coeficiente M: 0,80 (fincas afectadas por situaciones especiales de carácter extrínseco) en tanto no finalice su urbanización. No resulta por tanto trasladable a supuestos en los que los terrenos están clasificados catastralmente como urbanos, aunque estén ubicados en ámbito espacial sectorizado con ordenación pormenorizada cuya programación no se ha desarrollado por encontrase suspendida sine die, manteniéndose la existencia de un Agente Urbanizador y en los que no existe una declaración de caducidad que finalice el procedimiento.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FERNANDO ROMAN GARCIA
  • Nº Recurso: 5185/2022
  • Fecha: 29/02/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Es necesario ubicar la iniciación de la EAE en la fase preliminar de borrador del instrumento de planeamiento, en los términos indicados en el art. 18 de la Ley 21/2013, sin que pueda deferirse tal iniciación a un momento posterior de la tramitación del plan, debiendo la perspectiva ambiental integrarse desde su inicio, desde esa fase preliminar, en las sucesivas fases de tramitación del plan. Hay que descartar que pueda entenderse no respetado el principio de no regresión por la sola circunstancia de la reviviscencia de un plan anterior como consecuencia de la declaración de nulidad de un plan de urbanismo por razones medioambientales, sin haberse realizado un análisis material comparativo desde la perspectiva ambiental de las respectivas previsiones de ambos instrumentos de ordenación.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: WENCESLAO FRANCISCO OLEA GODOY
  • Nº Recurso: 5150/2022
  • Fecha: 22/02/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: A los efectos de inicio del cómputo del plazo de prescripción anual para la reclamación de los daños y perjuicios, cuando se impute a una determinada actuación administrativa que ha sido anulada por sentencia firme, sí en dicha sentencia la anulación impone dictar un nuevo acto administrativo --o disposición reglamentaria-- y el daño se imputa a la demora en la ejecución de lo declarado en sentencia, el cómputo de la prescripción no se inicia hasta que la Administración condenada proceda a dar pleno cumplimiento a la sentencia anulatoria y acordase el pleno restablecimiento del derecho que había sido declarado.

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