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La sentencia reduce la condena, de cinco años y tres meses de cárcel, y nueve años de inhabilitación, inicialmente impuesta por la Audiencia de Vizcaya
La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha condenado a tres años de cárcel y seis años de inhabilitación absoluta al exdecano de la Facultad de Medicina de la Universidad del País Vasco, Francisco Javier Goiriena de Gandarias, y a la exdirectora del departamento de Estomatología de la misma facultad, Montserrat Barranquero Arola, como autores de un delito continuado de falsedad en documento mercantil ajena al ejercicio de su función, en concurso medial con un delito continuado de malversación de caudales públicos.
La sentencia reduce la condena, de cinco años y tres meses de cárcel, y nueve años de inhabilitación, inicialmente impuesta por la Audiencia de Vizcaya (con tribunal del jurado) y que había sido confirmada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.
El Supremo estima parcialmente el recurso de los condenados y aplica la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas, ya que el tiempo de tramitación del procedimiento desde su inicio hasta que se dictó la sentencia fue de 12 años. Asimismo, considera que cometieron delito de falsedad en documento mercantil ajena al ejercicio de su función, y no de falsedad de funcionario público en el ejercicio de sus funciones como habían establecido las anteriores instancias judiciales.
Además, se mantiene la condena a los dos acusados a indemnizar conjunta y solidariamente en concepto de responsabilidad civil a la Universidad del País Vasco en 168.436 euros, por la malversación de fondos públicos realizada.