Utilizamos cookies propias y de terceros únicamente para realizar mediciones y análisis estadísticos de la navegación por las diferentes secciones de la página web con la finalidad de mejorar el contenido que ofrecemos. Al hacer click en 'Aceptar todas las cookies', consiente que todas las cookies se guarden en su dispositivo. Para configurarlas o rechazar su uso haga click en el botón 'Configurar Cookies'.
Utilizamos cookies propias y de terceros únicamente para realizar mediciones y análisis estadísticos de la navegación por las diferentes secciones de la página web con la finalidad de mejorar el contenido que ofrecemos. Al hacer click en 'Aceptar todas las cookies', consiente que todas las cookies se guarden en su dispositivo. Para configurarlas o rechazar su uso haga click en el botón 'Configurar Cookies'.
El tribunal considera al hombre autor de un delito continuado de abuso sexual con acceso carnal a menor de 16 años y a ella cooperadora necesaria de ese delito ya que “era plenamente conocedora de los hechos, los consentía y no hizo nada por impedirlos”
Recuerda que la declaración de la víctima puede ser “prueba suficiente para sustentar una condena” siempre que cumpla con tres parámetros: la ausencia de incredibilidad subjetiva, verosimilitud del testimonio –ratificado por su coherencia interna y externa-y persistencia en la incriminación
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) rechaza el recurso interpuesto por la mujer contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Bizkaia, que consideró probado que esta engañó a un religioso del convento de los frailes Franciscanos de Bermeo para que la ayudara económicamente a afrontar necesidades que “no eran reales”.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ratifica una sentencia de un juzgado de Donostia-San Sebastián que reconoció a la vendedora de flores una incapacidad permanente total derivada de enfermedad profesional y condenó a la Mutua Fratenidad Muprespa a abonarle una pensión vitalicia de 674 euros mensuales
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) razona que los hechos por los que la empresa decidió el despido disciplinario del trabajador fueron graves por su “intensidad y su afectación a la integridad física” de su compañero, al que propinó puñetazos que le causaron una herida que requirió sutura y visita al oftalmólogo.
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) rechaza el recurso interpuesto por el procesado contra la sentencia de la Audiencia de Bizkaia que lo condenó a 7 años y un día de prisión como autor de un delito de abuso sexual con acceso carnal, concurriendo la agravante de reincidencia
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) rechaza el recurso de suplicación interpuesto por la trabajadora y confirma la resolución dictada por el Juzgado de lo Social número 7 de Bilbao
El tribunal estima parcialmente la demanda de conflicto colectivo presentada por el sindicato ELA frente al Consorcio de Haurreskolak y las centrales LAB y STEE-EILAS