La Audiencia Provincial ordena el archivo de la querella de AFEM contra excargos de Sanidad
Los magistrados estiman la apelación de Juan José Güemes, Patricia Flores y Antonio Burgueño por no estar debidamente justificada la perpetración de los delitos que dieron origen a la causa que se sigue en el Juzgado nº 4 de Instrucción
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- Comunicación Poder Judicial
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial ha acordado el sobreseimiento provisional de la causa que se sigue en el Juzgado de Instrucción nº 4 de Madrid contra varios ex altos cargos de la Sanidad regional, al considerar que no está debidamente justificada la perpetración de los delitos que dieron motivo a la causa, sin perjuicio de que, si apareciesen nuevos elementos que permitieran apreciar la naturaleza penal, se podría acordar la reapertura del procedimiento iniciado por presuntas irregularidades en la adjudicación de la gestión sanitaria de los primeros hospitales externalizados.
Los magistrados estiman parcialmente el recurso de apelación interpuesto por Juan José Güemes, ASISA, UNILABS, Patricia Flores y Antonio Burgueño, al que se había adherido el Ministerio Fiscal, Capio Sanidad, Juan Antonio Álvaro de la Parra y Manuel Lamela contra el auto que el 20 de junio de 2013 incoó el Juzgado de Instrucción nº 4 de Madrid tras la querella criminal presentada por AFEM por los presuntos delitos de realización arbitraria del propio derecho, coacciones, delito contra la Hacienda Pública, falsedad documental, prevaricación, cohecho, fraude y malversación de caudales públicos en el marco de la externalización de la gestión de los primeros hospitales de la Comunidad de Madrid (Infanta Elena, en Valdemoro; el Rey Juan Carlos, en Móstoles; y el Hospital de Torrejón de Ardoz).
La Audiencia Provincial de Madrid considera que “la querella contiene una mezcolanza de hechos que nada tienen que ver con la causa que ha dado origen a la misma, que es el cambio del sistema de gestión de los mencionados hospitales, por lo que difícilmente puede pedirse a un tribunal penal que se pronuncie sobre manifestaciones que en realidad no son sino discrepancias con criterios políticos o incluso administrativos en cuanto a la gestión de la sanidad de la Comunidad de Madrid, pero que difícilmente puede entenderse que revistan naturaleza jurídico penal, porque en todo caso y hasta el momento, se circunscriben al ámbito político-administrativo”.
Además, los jueces insisten en que, si a todo lo anterior, se le suma el hecho de que se dio marcha atrás en el cambio de modelo de gestión, “difícilmente podríamos llegar a la conclusión de que estamos en presencia de unos hechos que pudieran ser incardinados en un tipo penal”. “Las divergencias en el modelo de gestión –añaden- podrán residenciarse en cualquier ámbito, pero debe descartarse al respecto el ámbito del proceso penal”.