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La jueza entiende que las declaraciones que dieron pie al proceso de suspensión “pueden considerarse, razonablemente, como una manifestación de deslealtad al partido”
La magistrada titular del Juzgado de Primera Instancia nº 68 de Madrid ha desestimado la demanda interpuesta por el exdirigente socialista y expresidente de la Comunidad de Madrid Joaquín Leguina contra el PSOE, el actual secretario de organización del partido, Santos Cerdán, y la dirigente socialista Marta López Expósito, por la supuesta vulneración del derecho fundamental a la militancia al tramitar su expediente de suspensión de la formación política en 2022.
La jueza entiende que la “naturaleza de las expresiones empleadas y el contexto en el que se produjeron”, declaraciones de Joaquín Leguina que dieron pie al proceso de suspensión, “pueden considerarse, razonablemente, como una manifestación de deslealtad al partido y contrarias a los intereses electorales”.
La demanda, en la que la parte actuante reclamaba, entre otros conceptos, la declaración de la nulidad de la resolución de la suspensión de su militancia y una indemnización de 18.000 euros (12.000, Santos Cerdán y 6.000, López Expósito), ha sido rechazada en una sentencia que se adjunta a esta nota, y que puede ser impugnada mediante el correspondiente recurso de apelación ante la Audiencia Provincial. Además, en el fallo la magistrada impone las costas derivadas de la tramitación del procedimiento a la parte demandante.